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Guía Práctica sobre la incapacidad judicial y otras ...

Fundaci n Tutelar de La Rioja Gu a Pr ctica sobre la incapacidad judicial y otras actuaciones en beneficio de las personas discapacitadas Gu a editada por la Fundaci n Tutelar de La Rioja, realizada por la abogada de la entidad, D a. Africa Elorza del R o, Diciembre de 2004 Fundaci n Tutelar de La Rioja 1 P g. Presentaci n 5 Pr logo 7 Qu es la Fundaci n Tutelar de La Rioja? Qui nes componen la Fundaci n? Para qu se crea la Fundaci n? LA incapacidad CIVIL 9-13 Qu diferencia hay entre Capacidad Jur dica y Capacidad de Obrar? C mo se determina que una persona es incapaz? El PROCEDIMIENTO judicial DE incapacidad 9 Qui n inicia el proceso? C mo se interpone la demanda y se practican las pruebas? Qu efectos produce la Sentencia de Incapacitaci n?.. Si una persona est incapacitada significa que ya no puede hacer nada? La incapacitaci n declarada por el Juez es para siempre?

Fundación Tutelar de La Rioja 2 ¿Cuándo termina la defensa judicial? LA GUARDA DE HECHO 19 ¿Qué funciones tiene el guardador de hecho?

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1 Fundaci n Tutelar de La Rioja Gu a Pr ctica sobre la incapacidad judicial y otras actuaciones en beneficio de las personas discapacitadas Gu a editada por la Fundaci n Tutelar de La Rioja, realizada por la abogada de la entidad, D a. Africa Elorza del R o, Diciembre de 2004 Fundaci n Tutelar de La Rioja 1 P g. Presentaci n 5 Pr logo 7 Qu es la Fundaci n Tutelar de La Rioja? Qui nes componen la Fundaci n? Para qu se crea la Fundaci n? LA incapacidad CIVIL 9-13 Qu diferencia hay entre Capacidad Jur dica y Capacidad de Obrar? C mo se determina que una persona es incapaz? El PROCEDIMIENTO judicial DE incapacidad 9 Qui n inicia el proceso? C mo se interpone la demanda y se practican las pruebas? Qu efectos produce la Sentencia de Incapacitaci n?.. Si una persona est incapacitada significa que ya no puede hacer nada? La incapacitaci n declarada por el Juez es para siempre?

2 Hay que esperar a la Sentencia para obtener la protecci n del presunto incapaz? La incapacitaci n supone el internamiento de la persona declarada incapaz? LAS INSTITUCIONES DE GUARDA Y PROTECCION DEL INCAPAZ 13-20 PATRIA POTESTAD 13 TUTELA 13 Cu l es el procedimiento para el nombramiento de tutor? Qui nes est n sometidos a tutela? Qui nes pueden ser tutores? A qui n se prefiere para el cargo de tutor? Es obligatorio el cargo de tutor? Qu funciones tiene el tutor? Qu obligaciones asume el tutor? Qu derechos tiene el tutor? Cu ndo termina la tutela? CURATELA 16 Cu l es el procedimiento para su nombramiento? Qui nes est n sometidos a curatela? Qui nes pueden ser curadores? Qu funciones tiene el curador? Cu ndo termina la curatela? DEFENSOR judicial 18 Cu l es el procedimiento para su nombramiento? Cu ndo es necesario nombrar un defensor judicial ? Qui nes pueden ser defensores judiciales? Qu funciones tiene el defensor judicial ?

3 Fundaci n Tutelar de La Rioja 2 Cu ndo termina la defensa judicial ? LA GUARDA DE HECHO 19 Qu funciones tiene el guardador de hecho? Qu obligaciones asume el guardador de hecho? Cu ndo termina la guarda de hecho? LA AUTOTUTELA 20 otras ACTUACIONES DE LA FAMILIA EN BENEFICIO DEL INCAPAZ. ESPECIAL REFERENCIA A LA FIGURA DEL PATRIMONIO PROTEGIDO 21-24 EL TESTAMENTO 21 EL CONTRATO DE ALIMENTOS 22 Qui nes pueden suscribir el contrato de alimentos? Qu finalidad se persigue con el contrato de alimentos? Cu ndo finaliza el contrato? LA LEY DE PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 22 Qu es un patrimonio protegido? Qui n puede constituir el patrimonio protegido? C mo se constituye? Qui n administra el patrimonio protegido? C mo se extingue? Qu r gimen fiscal se aplica a los patrimonios protegidos? ANEXO NORMATIVO ESTATUTOS DE LA FUNDACION TUTELAR DE LA RIOJA 25-36 LEY 41/2003, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE PROTECCION PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

4 37-55 Fundaci n Tutelar de La Rioja 3 PRESENTACI N La Consejer a de Juventud Familia y Servicios Sociales, fiel al compromiso de satisfacer las necesidades que van surgiendo en nuestra sociedad, impuls la creaci n de la Fundaci n Tutelar de La Roja dirigida a la protecci n integral de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente. La principal funci n de esta instituci n es asumir la tutela o curatela de personas adultas que se encuentren en situaci n de dependencia o desamparo, as como la defensa judicial de las personas residentes en La Rioja sobre quienes se haya iniciado un proceso de incapacitaci n y servir de orientadora para las familias. La puesta en marcha de este proyecto mantiene la l nea impulsada desde el Gobierno de La Rioja, de seguir avanzando en la protecci n de las personas y especialmente de aquellas que m s lo necesitan.

5 Como Presidenta de la Fundaci n Tutelar de La Rioja me complace presentar esta "Gu a Pr ctica sobre la incapacidad judicial y otras actuaciones en beneficio de las personas discapacitadas", que pretende servir de herramienta de ayuda y orientaci n a las familias y personas tutelantes, y tambi n a las distintas instituciones y profesionales que desarrollan su labor en el mbito de la dependencia. Una Gu a para todos cuyo fin primordial es mejorar la vida de las personas protagonistas de nuestro mbito de actuaci n. Sagrario Loza Sierra Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales Fundaci n Tutelar de La Rioja PR LOGO Qu es la Fundaci n Tutelar de La Rioja? La Fundaci n Tutelar de La Rioja es una organizaci n fundacional de iniciativa p blica, que se constituye previo Acuerdo del Consejo de Gobierno de La Rioja, mediante escritura p blica otorgada el 16 de mayo de 2003.

6 Por Resoluci n de 5 de agosto de 2003 de la Direcci n General de Justicia e Interior, se clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Ben fico-Asistenciales de la Comunidad Aut noma de La Rioja, adquiriendo as personalidad jur dica propia e independiente. El r gimen jur dico aplicable a la Fundaci n Tutelar de La Rioja viene establecido, en el mbito estatal, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, Ley de Fundaciones, y por el Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero, que aprueba el Reglamento de las Fundaciones de Competencia Estatal. En el mbito auton mico, la figura de las Fundaciones P blicas se regula en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organizaci n del Sector P blico de la Comunidad Aut noma de La Rioja. La Fundaci n Tutelar de La Rioja posee, adem s, sus Estatutos que configuran las normas de r gimen interno y de funcionamiento de la misma (Ver Anexo Normativo). Qui nes componen la Fundaci n?

7 Pueden distinguirse dos clases de rganos: El Patronato Es el rgano de gobierno y representaci n de la Fundaci n, en cuyo seno se aprueban los planes generales de actuaci n de la instituci n. La Presidencia del Patronato la ostenta la Consejera competente en materia de Servicios Sociales, mientras que la Vicepresidencia recae en la Directora General competente en esta misma materia. Entre sus Vocales se encuentran los Directores Generales competentes en materia de Presupuestos, Salud y Relaciones con la Administraci n de Justicia, el Secretario General T cnico de la Consejer a de Servicios Sociales, el Presidente de la Federaci n Riojana de Municipios, un representante de las asociaciones de discapacitados y un representante de las asociaciones de personas mayores. El Secretario es el Director Gerente de la Fundaci n, con voz pero sin voto. La Directora Gerente Es el rgano de gesti n designado por el Patronato. Su funci n principal consiste en la gesti n ordinaria de la Fundaci n, mediante la ejecuci n de los acuerdos del Patronato.

8 Asimismo, se encomienda a la Directora Gerente la relaci n con la Administraci n de Justicia, actuando en los procesos de incapacitaci n y tutela, y ejerciendo la tutela efectiva de las personas que se encuentran bajo la guarda de la Fundaci n. La Directora Gerente dirige la Fundaci n y su personal. En la actualidad el personal de la Fundaci n lo integra, adem s de la propia Directora Gerente, una Abogada, dos Trabajadoras Sociales, una Graduada Social y una Auxiliar Administrativa. Fundaci n Tutelar de La Rioja 5 Para qu se crea la Fundaci n? Nuestro principal cometido es ejercer la tutela y, en su caso, la curatela de las personas mayores de edad, residentes en la Comunidad Aut noma de La Rioja, que hayan sido declaradas incapaces en el oportuno procedimiento judicial , y siempre que un Juez o Magistrado haya designado a la Fundaci n para estos cargos. Iniciado el proceso de incapacitaci n, la Fundaci n asumir la defensa judicial de los residentes en la Comunidad Aut noma de La Rioja, y ejercitar las funciones oportunas en los procesos de medidas cautelares, siempre que la autoridad judicial lo determine.

9 Hay que tener presente, sin embargo, que la actuaci n de la Fundaci n en este mbito ser siempre subsidiaria, de la que corresponde a los familiares y parientes del incapacitado, a falta de otras personas o instituciones que se hagan cargo de la guarda del incapaz. Otra de las principales funciones de la Fundaci n es la de orientar, apoyar y asesorar a los familiares que tengan encomendadas funciones tutelares o, para el caso de los menores de edad, que ejerzan la patria potestad prorrogada. Para ello, cualquier persona que sea, o prevea que puede llegar a ser, tutor o curador de un incapaz puede dirigirse a la Fundaci n, donde su equipo multidisciplinar de profesionales le asesorar en las diferentes reas (social, econ mica y jur dica). Asimismo, la Fundaci n promover la sensibilizaci n social para fomentar el respeto a los derechos de las personas incapacitadas, su mayor integraci n y normalizaci n en la sociedad, procurando la integraci n de sus tutelados en su propio medio social.

10 En materia de protecci n de menores nuestra tarea se centra exclusivamente, en la administraci n de los bienes de los menores desamparados, tutelados por la Comunidad Aut noma de La Rioja. En cumplimiento de la labor de asesoramiento y orientaci n a los familiares, profesionales, e instituciones relacionadas con esta materia, el equipo de la Fundaci n ha preparado esta gu a informativa, redactada de un modo sencillo, con la pretensi n de dar respuesta a las preguntas m s habituales que suelen surgir al abordar la situaci n de una persona incapaz. Esta gu a pretende, adem s, conseguir una mayor sensibilizaci n social e integraci n de las personas incapaces, poniendo especial atenci n en los derechos que la Ley les otorga, y en las funciones y deberes que, correlativamente, incumben a las personas y entidades que ejercen su guarda. Logro o, diciembre 2004. Victoria D ez Mart nez Directora-Gerente de la Fundaci n Tutelar de La Rioja Fundaci n Tutelar de La Rioja LA incapacidad CIVIL En este apartado explicaremos los tr mites que deben seguirse para lograr la plena protecci n de las personas incapaces.


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