Example: tourism industry

INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS NATURALES - sii.cl

C mo se hace para? P gina 1 de 7 Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigente; las modificaciones posteriores deber n ser consideradas para la aplicaci n de la informaci n contenida en este documento INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS JUR DICAS Y OBTENCI N DE RUT Importante: esta informaci n que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es s lo una gu a de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. Informaci n vigente a 2014. 1. Descripci n del tr mite paso a paso 2. A qu se refiere este tr mite? 3. Qui nes deben realizar este tr mite? 4. Cu ndo se hace este tr mite? 5. D nde se hace este tr mite? 6. Requisitos para efectuar el tr mite 7. Observaciones 8. Normativa relacionada al tr mite 9.

¿cómo se hace para? página 7 de 7 descripciÓn paso a paso obtener rut e iniciaciÓn de actividades personas jurÍdicas en las oficinas del sii

Tags:

  Pearson, Actividades, Naturales, Iniciar actividades personas naturales sii, Iniciar, Actividades personas

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS NATURALES - sii.cl

1 C mo se hace para? P gina 1 de 7 Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigente; las modificaciones posteriores deber n ser consideradas para la aplicaci n de la informaci n contenida en este documento INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS JUR DICAS Y OBTENCI N DE RUT Importante: esta informaci n que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es s lo una gu a de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. Informaci n vigente a 2014. 1. Descripci n del tr mite paso a paso 2. A qu se refiere este tr mite? 3. Qui nes deben realizar este tr mite? 4. Cu ndo se hace este tr mite? 5. D nde se hace este tr mite? 6. Requisitos para efectuar el tr mite 7. Observaciones 8. Normativa relacionada al tr mite 9.

2 Preguntas frecuentes del tr mite 10. Formularios relacionados al tr mite Descripci n del tr mite paso a paso a) Para acceder a la descripci n del tr mite paso a paso para Obtener RUT e Iniciaci n de ACTIVIDADES PERSONAS Jur dicas por Internet (Ver pagina 5). b) Para acceder a la descripci n del tr mite paso a paso para Obtener RUT e Iniciaci n de ACTIVIDADES PERSONAS Jur dicas en las Oficinas del SII (Ver pagina 6). 2. A qu se refiere este tr mite? La solicitud inscripci n en el Rol nico Tributario es un tr mite que se realiza en cumplimiento a lo se alado en el art culo 66 del C digo Tributario y se solicita simult neamente con el aviso de Inicio de ACTIVIDADES . La declaraci n de iniciaci n de ACTIVIDADES es una declaraci n jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la primera o segunda categor a de la Ley de la Renta.

3 Puede consultar el listado de C digos de Actividad Econ mica, para ver el c digo correspondiente a la actividad econ mica que declara comenzar a realizar. 3. Qui nes deben realizar este tr mite? Las PERSONAS jur dicas y otros entes sin personalidad jur dica obligadas con el tr mite de solicitar su inscripci n en el Rol nico Tributario y Declarar Inicio de Actividad, son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los art culos 20 , N s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, y 42 N 2 de la Ley de la Renta. C mo se hace para? P gina 2 de 7 4. Cu ndo se hace este tr mite? El plazo para presentar la declaraci n de iniciaci n de ACTIVIDADES es, dentro de los dos meses siguientes a aqu l en que comiencen sus ACTIVIDADES . Por ejemplo, un contribuyente que comienza su actividad durante septiembre de un a o determinado, tiene plazo hasta el ltimo d a de noviembre del mismo a o.

4 5. D nde se hace este tr mite? Este tr mite se puede realizar a trav s de Internet, en la secci n Registro de Contribuyentes, men Inicio de ACTIVIDADES , opci n Persona Jur dica y obtenci n de Rut. Tambi n se puede realizar en la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio del contribuyente. Si el tr mite se realiza v a Internet y los datos ingresados no son validados positivamente, el contribuyente deber terminar el tr mite en la Unidad correspondiente a su domicilio. 6. Requisitos para efectuar el tr mite Las PERSONAS jur dicas, en primer lugar, deber n demostrar su constituci n legal, y que tienen uno o m s representantes. El resto de los antecedentes que se requieren en t rminos generales son los que se indican a continuaci n y la exigencia o presentaci n de ellos var a dependiendo de si el tr mite es por internet o en las oficinas del SII.

5 Al realizarlo por internet, los requisitos para quien efect a el tr mite son: Ser PERSONAS NATURALES con clave de autenticaci n para el SII. Ser socios o representantes de la Persona Jur dica que se inicia, salvo para la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), donde el solicitante debe ser el empresario individual y representante. Deben ser mayores de edad. Deben estar vivos. En las oficinas, los requisitos son: C dula Nacional de Identidad del representante. Si ste es extranjero, C dula de Identidad de Extranjeros y C dula RUT. Si act a un mandatario: C dula de Identidad del mandatario; Poder del representante al mandatario al menos autorizado ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no existan Notarios); Original o fotocopia ante Notario de la C dula de Identidad del representante.

6 Si el representante es extranjero, presentar adem s C dula RUT del mismo; C mo se hace para? P gina 3 de 7 Formulario: F4415, lleno y firmado, y C mo se hace para? P gina 4 de 7 En ambos casos: Acreditar Domicilio: para estos fines deber tener en consideraci n la informaci n contenida en la Circular N 31 de 2007. Todos los documentos que se exhiban, tanto aquellos que demuestran la existencia de las PERSONAS jur dicas, o de otros entes sin personalidad jur dica, como los que acreditan las representaciones o mandatos, deber n ser presentados en originales. Trat ndose de escrituras p blicas e instrumentos protocolizados, s lo se admitir n las copias autorizadas por el Notario otorgante del instrumento, el que lo subroga o suceda legalmente o el archivero a cuyo cargo est el protocolo respectivo.

7 En ning n caso se admitir n fotocopias autorizadas. El Servicio de Impuestos Internos proceder a registrar la huella dactilar del dedo pulgar derecho de la persona que firme la declaraci n. A falta de dicho dedo, se registrar la huella de otro cualquiera, dej ndose constancia del dedo a que corresponde. Si la persona se encontrara impedida f sicamente para realizar dicha acci n, se dejar constancia de este hecho en el respectivo formulario, estampando firma y timbre de la jefatura a cargo. 7. Observaciones El contribuyente debe tener presente que si indica que solicitar timbraje de facturas y otros documentos que den derecho a cr dito fiscal del IVA, independiente de que el tr mite tributario lo hubiere efectuado por internet o presentando el formulario 4415 en las oficinas del Servicio, el SII debe efectuarle una verificaci n de domicilio y actividad, para posteriormente ser autorizado el timbraje de documentos, conforme se instruye en la Circular N 10 de 1998.

8 8. Normativa relacionada al tr mite Este tr mite se efect a para cumplir con la normativa del Decreto Ley N 830, sobre C digo Tributario. Circular N 7 de 2008, complementa Circular N 31, de 2007. Circular N 31 de 2007, regula la forma de cumplir con las obligaciones de solicitar la inscripci n en el Registro de Rol nico Tributario y de dar aviso de Inicio de ACTIVIDADES . Resoluci n Exenta N 810, del 30 de Enero de 1998. Fija monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias y duplicados de c dula de rol nico tributario. Se public en el Diario Oficial el 05 de Febrero de 1998. Resoluci n Ex. N 5879 de 1999, elimina obligatoriedad de presentar declaraci n de inicio de ACTIVIDADES y de dar aviso de termino de giro a los contribuyentes que exploten a cualquier titulo veh culos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros Resoluci n Exenta N 12 del 24 de Febrero del 2003, Modifica Resoluci n Ex N 5879, publicada en el del 31 de Agosto de 1999, que exime de la obligaci n de presentar declaraci n de inicio de ACTIVIDADES y de dar aviso de t rmino de giro a los contribuyentes que exploten a cualquier t tulo veh culos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros.

9 Resoluci n Exenta SII N 49 del 16 de Mayo del 2005. Modifica Resoluci n Ex. N 810 de 1998, que fija monto a que se encuentra afecto el otorgamiento de copias y duplicado de C dula de Rol nico Tributario. C mo se hace para? P gina 5 de 7 9. Preguntas frecuentes del tr mite Si desea mayor informaci n, seleccione las preguntas frecuentes del tr mite. 10. Formularios relacionados al tr mite Formulario 4415: Usted lo puede descargar desde el sitio web del SII y es v lido para llenarlo desde su propio computador, imprimirlo y presentarlo en las unidades del SII. Recuerde lo siguiente: Llene en su PC el original y la copia del mismo Verifique que en la impresi n aparezca el documento completo Para hacer el tr mite en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos ( ) se presenta un formulario electr nico que debe ser completado en las partes pertinentes.

10 C mo se hace para? P gina 6 de 7 DESCRIPCI N PASO A PASO OBTENER RUT E INICIACI N DE ACTIVIDADES PERSONAS JUR DICAS POR INTERNET Ingrese al men Registro de Contribuyentes, opci n Rut e Inicio de ACTIVIDADES PERSONAS Jur dicas. Identif quese con su Clave Secreta o Certificado Digital. Complete la informaci n solicitada de: - Tipo de entidad - Informaci n de la Sociedad (estos datos deben coincidir con los del Diario Oficial) - ACTIVIDADES econ micas - Domicilios - Socios o accionistas - Capital y datos de env o de C dula - Nombre del Representante Legal o Administrador Seleccione el bot n "Aceptar" y luego "Validar", para revisar y verificar los datos ingresados. Luego "Env e" la informaci n y seleccione "Certificado". Ah tambi n tendr la opci n de ver e imprimir la c dula RUT provisoria, que tendr una duraci n de 60 d as, hasta que la definitiva le llegue por correo.