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INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE LA ... - Comunidad de Madrid

1 INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE LA DIRECCI N GENERAL DE EDUCACI N INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LA DIRECCI N GENERAL DE EDUCACI N SECUNDARIA, FORMACI N PROFESIONAL Y ENSE ANZAS DE R GIMEN ESPECIAL, SOBRE LA APLICACI N DE MEDIDAS PARA LA EVALUACI N DE LOS ALUMNOS CON DISLEXIA, OTRAS DIFICULTADES ESPEC FICAS DE APRENDIZAJE O TRASTORNO POR D FICIT DE ATENCI N E HIPERACTIVIDAD EN LAS ENSE ANZAS DE EDUCACI N PRIMARIA, EDUCACI N SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO REGULADAS EN LA LEY ORG NICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACI N. El art culo de la Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n, en su nueva redacci n dada por la Ley Org nica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), ha previsto que corresponde a las Administraciones asegurar las medidas necesarias para que los alumnos con dislexia, dificultades espec ficas de aprendizaje (DEA) o con trastorno por d ficit de atenci n e hiperactividad (TDAH) puedan alcanzar el m ximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con car cter general para todo el alumnado.

tanto públicos como privados, de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan enseñanzas reguladas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, correspondientes a Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. 2.

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1 1 INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE LA DIRECCI N GENERAL DE EDUCACI N INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LA DIRECCI N GENERAL DE EDUCACI N SECUNDARIA, FORMACI N PROFESIONAL Y ENSE ANZAS DE R GIMEN ESPECIAL, SOBRE LA APLICACI N DE MEDIDAS PARA LA EVALUACI N DE LOS ALUMNOS CON DISLEXIA, OTRAS DIFICULTADES ESPEC FICAS DE APRENDIZAJE O TRASTORNO POR D FICIT DE ATENCI N E HIPERACTIVIDAD EN LAS ENSE ANZAS DE EDUCACI N PRIMARIA, EDUCACI N SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO REGULADAS EN LA LEY ORG NICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACI N. El art culo de la Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci n, en su nueva redacci n dada por la Ley Org nica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), ha previsto que corresponde a las Administraciones asegurar las medidas necesarias para que los alumnos con dislexia, dificultades espec ficas de aprendizaje (DEA) o con trastorno por d ficit de atenci n e hiperactividad (TDAH) puedan alcanzar el m ximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con car cter general para todo el alumnado.

2 Procede, pues, incorporar las oportunas medidas para la evaluaci n dirigidas a los alumnos con este tipo de dificultades en las pruebas o ex menes que se les apliquen. En virtud de lo anterior, las Direcciones General de Educaci n Infantil y Primaria, y de Educaci n Secundaria, Formaci n Profesional y Ense anzas de R gimen Especial, dictan las siguientes INSTRUCCIONES Primera. 1. Lo previsto en estas INSTRUCCIONES ser de aplicaci n en todos los centros docentes, tanto p blicos como privados, de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan ense anzas reguladas de la Ley Org nica 2/2006, de 3 de mayo, correspondientes a Educaci n Primaria, Educaci n Secundaria Obligatoria y Bachillerato. 2. Para facilitar la adopci n de las medidas recogidas en estas INSTRUCCIONES , se contar con la colaboraci n del EOEP de zona, de los maestros especialistas en Pedagog a Terap utica y/o Audici n y Lenguaje que presten servicio en el centro, y de los Departamentos de orientaci n.

3 Segunda. La detecci n inicial de dislexia, otras DEA o TDAH podr producirse tanto en el centro educativo como en el mbito familiar. En este ltimo caso, la familia deber aportar al centro el dictamen emitido por un facultativo colegiado. Tercera. 1. Una vez realizada la detecci n inicial de las dificultades, el tutor, junto con el resto de profesores que atiende al alumno, determinar el tipo de medidas referidas a la evaluaci n que se aplicar n al alumno, de entre las que figuran en las presentes INSTRUCCIONES . Todo ello quedar plasmado en un informe seg n el modelo establecido en el anexo. 2. Para la emisi n de dicho informe, el tutor podr contar con la colaboraci n del EOEP o del orientador del centro en los centros p blicos, o del responsable del servicio o departamento de orientaci n en los centros privados. Dicho informe deber estar firmado por el tutor del grupo y contar con el visto bueno del Jefe de Estudios del centro.

4 23. La aplicaci n de las medidas recogidas en el informe del tutor tendr un per odo de validez limitado al a o acad mico para el que ha sido emitido, procedi ndose a su actualizaci n al comienzo de cada curso escolar. Cuarta. Las medidas aplicables a los alumnos con dislexia, DEA o TDAH en los ex menes y otros instrumentos de evaluaci n podr n ser las que se recogen en el siguiente cuadro: Adaptaci n de tiempos El tiempo de cada examen se podr incrementar hasta un m ximo de un 35% sobre el tiempo previsto para ello. Adaptaci n del modelo de examen Se podr adaptar el tipo y el tama o de fuente en el texto del examen. Se permitir el uso de hojas en blanco. Adaptaci n de la evaluaci n Se utilizar n instrumentos y formatos variados de evaluaci n de los aprendizajes: pruebas orales, escritas, de respuesta m ltiple, etc. Facilidades: t cnicas/materiales Adaptaciones de espacios Se podr realizar una lectura en voz alta, o mediante un documento grabado, de los enunciados de las preguntas al comienzo de cada examen.

5 Se podr n realizar los ejercicios de examen en un aula separada Quinta. El informe a que se refiere la instrucci n tercera se adjuntar al expediente acad mico del alumno custodiado en el centro, en el que se extender n las oportunas diligencias. Sexta. Las Direcciones de rea Territorial adoptar n las medidas oportunas para que las presentes INSTRUCCIONES tengan la pertinente difusi n y conocimiento en sus respectivos mbitos territoriales, entre las que se contar el traslado de las mismas a los Servicios de Inspecci n Educativa y a todos los centros que impartan las ense anzas de Educaci n Primaria, de Educaci n Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. Madrid , 12 de diciembre de 2014 LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACI N INFANTIL Y PRIMARIA, Fdo.: Mercedes Ruiz Paz LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACI N SECUNDARIA, FORMACI N PROFESIONAL Y ENSE ANZAS DE R GIMEN ESPECIAL, Fdo.: Mar a Jos Garc a-Patr n Alc zar SRES.

6 DIRECTORES DE REA TERRITORIAL 3 ANEXO MODELO DE INFORME1 RELATIVO A LA APLICACI N DE MEDIDAS PARA LA EVALUACI N DE ALUMNOS CON DISLEXIA, OTRAS DIFICULTADES ESPEC FICAS DE APRENDIZAJE Y TDAH Centro: C digo: Localidad: Curso escolar: Alumno/a Ense anzas2_____ Curso_____ El equipo de profesores que atiende al alumno ha considerado oportuno aplicar durante el presente curso escolar las siguientes medidas a la hora de realizar pruebas o ex menes de evaluaci n3: Medidas acordadas Tipos de medidas Descripci n de las medidas Adaptaci n de tiempos El tiempo de cada examen se podr incrementar hasta un m ximo de un____% sobre el tiempo previsto para ello. Adaptaci n del modelo de examen Adaptar el tipo y el tama o de fuente en el texto del examen. Se permitir el uso de hojas en blanco. Adaptaci n de la evaluaci n Se utilizar n instrumentos y formatos variados de evaluaci n de los aprendizajes: pruebas orales, escritas, de respuesta m ltiple, etc.

7 Facilidades: t cnicas/materiales Adaptaciones de espacios Se podr realizar una lectura en voz alta, o mediante un documento grabado, de los enunciados de las preguntas al comienzo de cada examen. Se podr n realizar los ejercicios de examen en un aula separada Madrid , a ____ de _____ de 20__ EL TUTOR V B EL JEFE DE ESTUDIOS Fdo.:_____ Fdo.: _____ 1 El presente informe se adjuntar al expediente acad mico del alumno y se extender n las oportunas diligencias. 2 Educaci n Primaria, Educaci n Secundaria Obligatoria, Bachillerato. 3 Se ale las medidas concretas que se van a aplicar al alumno.


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