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JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO SEIS DE SEVILLA …

JUZGADO DE LO PENAL N MERO SEIS DE SEVILLA Causa PENAL N m. 223/12 EN NOMBRE DE EL REY SENTENCIA En SEVILLA , a 24 de Abril de 2013. La Iltma. Sra. D a. M del Sagrario Romero Nevado, Magistrada-Juez del JUZGADO de lo PENAL N mero Seis de los de esta Capital, ha visto, en juicio oral y p blico, los autos del procedimiento antes referenciado, dimanante de Procedimiento Abreviado N mero 207/11, seguido por el JUZGADO de Instrucci n N mero 9 de SEVILLA , por delitos contra la seguridad vial y delito de homicidio por imprudencia. Han sido partes: - El Ministerio Fiscal, Ilmo. Sr. D. Luis Carlos Rodr guez Le n. - El acusado Jos Mar a Ortega Cano, con DNI.

JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO SEIS DE SEVILLA Causa Penal Núm. 223/12 EN NOMBRE DE S.M. EL REY SENTENCIA En SEVILLA, a 24 de Abril de 2013. La Iltma.

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1 JUZGADO DE LO PENAL N MERO SEIS DE SEVILLA Causa PENAL N m. 223/12 EN NOMBRE DE EL REY SENTENCIA En SEVILLA , a 24 de Abril de 2013. La Iltma. Sra. D a. M del Sagrario Romero Nevado, Magistrada-Juez del JUZGADO de lo PENAL N mero Seis de los de esta Capital, ha visto, en juicio oral y p blico, los autos del procedimiento antes referenciado, dimanante de Procedimiento Abreviado N mero 207/11, seguido por el JUZGADO de Instrucci n N mero 9 de SEVILLA , por delitos contra la seguridad vial y delito de homicidio por imprudencia. Han sido partes: - El Ministerio Fiscal, Ilmo. Sr. D. Luis Carlos Rodr guez Le n. - El acusado Jos Mar a Ortega Cano, con DNI.

2 N m. xxxx, hijo de xxxx y de xxxx, nacido en Cartagena, Murcia, el d a 23 de diciembre de 1953, vecino de Castilblanco de los Arroyos, SEVILLA , sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Sra. Llorca Granja y defendido por el Letrado D. Enrique Trebolle Lafuente. - La Acusaci n Particular de Manuela Gurruchaga Suri n, Carmen Castillo Garc a, Sara Parra Gurruchaga y Samuel Parra Gurruchaga, representada por el Procurador Sr. Gonz lez-Velasco Calder n y defendida por el Letrado D. Andr s Avelino Romero Santos. - La Acusaci n Particular de Manuel Parra Castillo, representada por el Procurador Sr. Gonz lez-Velasco Calder n y defendida por el Letrado D.

3 Luis Romero Santos. - Como responsable civil directo MUTUA MADRILE A, representada por la Procuradora Sra. P rez-Abascal Aguilar y defendido por el Abogado D. Jos M Gir n Sampayo. - Como responsable civil directo COMPA A LINEA DIRECTA ASEGURADORA, representada por Procuradora Sra. Vi als lvarez y defendida por el Letrado D. Gonzalo Mart n Gallego. - Como responsable civil subsidiario BASERMA , representada por Procuradora Sra. Ybarra Bores y defendida por el Letrado D. Jes s Zapatero Gavira. ANTECEDENTES DE HECHO Tramitada la presente causa por el JUZGADO de Instrucci n n 9 de SEVILLA se remitieron las actuaciones a este JUZGADO de lo PENAL n 6 para la celebraci n del juicio oral, que tuvo lugar los d as 12, 13, 14, 15 y 19 de Marzo de 2013, conforme estaba se alado por Diligencia de ordenaci n de 23 de Mayo de 2012 dictada por este JUZGADO .

4 Comenzada la primera fecha de juicio, por el Letrado de la Defensa Sr. Trebolle Lafuente y como cuesti n previa se interes la declaraci n de nulidad de la prueba de an lisis de alcoholemia en sangre efectuada a su defendido, por incorporarse al proceso con vulneraci n de derechos fundamentales, en concreto el art culo 18 de la Constituci n Espa ola, derecho a la intimidad personal, en cuanto derivado de la dignidad personal (art. 10 CE), aleg ndose falta de motivaci n de la providencia de del JUZGADO de Instrucci n n 9 que la ordena. Dado traslado al Ministerio Fiscal y dem s partes sobre la cuesti n previa, interesaron la desestimaci n de la misma.

5 Dej ndose su resoluci n al dictado de la sentencia. Siguiendo con la proposici n de nuevas pruebas, por la representaci n de L nea Directa, el Letrado Sr. Mart n Gallego interes la admisi n de prueba pericial relativa a lucro cesante y, por la representaci n de Baserma , nueva pericial de reconstrucci n del accidente, admiti ndose y requiri ndose al Letrado para la aportaci n de copias en una audiencia. Por el Letrado de la defensa Sr. Trebolle se reiter la proposici n de pruebas testificales y periciales inadmitidas por auto dictado en fecha 23 de mayo de 2012. Siendo denegada la pr ctica de las mismas por innecesarias y se admiti la pr ctica de las periciales interesadas por L nea Directa y Baserma SA, formul ndose las oportunas protestas.

6 A continuaci n se dio comienzo al juicio con la declaraci n del acusado y las testificales de Manuela Gurruchaga Suri n y Manuel Parra Castillo. Durante las siguientes sesiones del juicio, se practicaron las testificales y periciales propuestas y documental por reproducida. El Ministerio Fiscal formul conclusiones definitivas, apreciando en los hechos un delito CONTRA LA SEGURIDAD VIAL (conducci n bajo los efectos del alcohol) del art. del C digo PENAL , un delito CONTRA LA SEGURIDAD VIAL (conducci n temeraria) del art. del C digo PENAL en concurso del art. 382 del mismo texto con DELITO DE HOMICIDIO IMPRUDENTE del art culo 142 del C digo PENAL (art.)

7 77 ), estimando autor al acusado y no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y pidiendo que se le impusieran penas de CUATRO A OS DE PRISION y accesoria de inhabilitaci n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y privaci n del derecho de conducir veh culos de motor y ciclomotores durante 6 a os; y costas. Interesando, asimismo, que las Compa as aseguradoras L nea Directa y Mutua Madrile a como responsables civiles directas, en virtud de sus respectivas p lizas y el acusado solidariamente con la entidad BASERMA SA, como responsables civiles subsidiarios, indemnice a los perjudicados Manuela Gurruchaga Suri n (viuda) en ,161 , Sara Parra Gurruchaga y Samuel Parra Gurruchaga (hijos) en ,18 a cada uno de ellos y a Carmen Castillo Garc a (madre) en ,58 , cantidades a las que se ha aplicado factor corrector correspondiente, Tabla II de la Resoluci n de 20 de enero de 2011, de la Direcci n General de Seguros y Fondos de Pensiones.

8 A Manuela Gurruchaga Suri n (viuda), por los da os en el veh culo en ,00 y a Mariano lvarez de la Vega, por los da os en el veh culo en ,51 . En todos los casos con aplicaci n del art. 576 LEC. Por la Acusaci n Particular de Manuela Gurruchaga Suri n y otros, se formularon conclusiones definitivas considerando los hechos constitutivos de los siguientes delitos: delito contra la seguridad vial tipificado en el art. ; delito contra la seguridad vial tipificado en el art. y 2 del C. P.; delito de homicidio imprudente del art. 142, 1 y 2 del ; considerando autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y solicitando se impusieran al acusado las penas de prisi n de 4 a os, accesoria legal y privaci n del derecho de conducir veh culos de motor y ciclomotores durante 6 a os, con costas, incluidas las de la acusaci n particular.

9 Solicita, asimismo, que el acusado junto con las compa as aseguradoras L nea Directa y Mutua Madrile a indemnicen en concepto de responsabilidad civil y conforme a Resoluci n de 20 de enero de 2011 de la Direcci n General de Seguros y Fondo de Pensiones en las siguientes cantidades: a la esposa del fallecido Sra. Gurruchaga Suri n en ,51 euros y a la madre del fallecido en ,54 euros; a cada hijo Sara y Samuel de 21 y 20 a os de edad, ,08 euros. A estas cantidades se habr de adicionar el 10% de factor de correcci n. La citada acusaci n interesa en concepto de lucro cesante para todos sus representados la cantidad de . Y asimismo en concepto de da o moral, ,21 tambi n para todos los representados.

10 Ascendiendo la cuant a total a ,72 a la que habr de detraer la suma de ,55 ya abonadas por la Compa a L nea Directa. Y por ltimo el abono de los intereses conforme art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro. La acusaci n particular de Manuel Parra Castillo, en los mismos t rminos de la anterior acusaci n, interesando en concepto de responsabilidad civil una indemnizaci n por da o moral para su representado, cifrada en . La defensa de Jos Mar a Ortega Cano formul conclusiones definitivas, solicitando el dictado de sentencia absolutoria para su patrocinado. En el mismo tr mite, la defensa letrada de la Compa a L nea Directa Aseguradora impugn la pericial del Sr.


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