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LA CODIFICACIÓN CIVIL EN MÉXICO: ASPECTOS GENERALES …

1LA CODIFICACI N CIVIL EN M XICO: ASPECTOS GENERALES scar Cruz Barney*Sumario: I. La codificaci n CIVIL . II. Sistema federal (1824-1835). III. Sistema central (1835-1846). IV. Sistema federal (1846-1853). V. Constituci n de 1857 y Bases del Imperio Mexicano (1854-1867). VI. Consolidaci n del movimiento codificador. Los c digos civiles de 1870 y 1884. VII. El c digo CIVIL de M xico la tarea codificadora se ve a como la organizaci n de una legis-laci n sencilla la vez y filos fica, donde sin perder de vista los luminosos principios del derecho romano se desenvuelven los del natural.

principios del derecho romano se desenvuelven los del natural”.1 La codifica-ción se consideraba necesaria a efectos de hacer más rápida, más enérgica y más eficaz la acción de la justicia, de ahí que se considerase que su falta era uno de los grandes males de los que adolecía la sociedad mexicana en 1862.2

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  Derecho, Principios, Generale, Principios del derecho

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1 1LA CODIFICACI N CIVIL EN M XICO: ASPECTOS GENERALES scar Cruz Barney*Sumario: I. La codificaci n CIVIL . II. Sistema federal (1824-1835). III. Sistema central (1835-1846). IV. Sistema federal (1846-1853). V. Constituci n de 1857 y Bases del Imperio Mexicano (1854-1867). VI. Consolidaci n del movimiento codificador. Los c digos civiles de 1870 y 1884. VII. El c digo CIVIL de M xico la tarea codificadora se ve a como la organizaci n de una legis-laci n sencilla la vez y filos fica, donde sin perder de vista los luminosos principios del derecho romano se desenvuelven los del natural.

2 1 La codifica-ci n se consideraba necesaria a efectos de hacer m s r pida, m s en rgica y m s eficaz la acci n de la justicia, de ah que se considerase que su falta era uno de los grandes males de los que adolec a la sociedad mexicana en Exist a s , la conciencia de que la codificaci n no pod a ser obra de uno o dos a os, como efectivamente sucedi , por mas diestras que sean las manos que se les haya encargado .3* Presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de M xico. Cruz Distinguida de Primera Clase de la Orden de San Raimundo de Pe afort, Cruz de San Ivo del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, Medalla de Honor del Ilustre Colegio de Aboga-dos de Madrid, Menci n de Honor del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla.

3 Investigador Nacional Nivel III, Investigador del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la C digos , El Observador Judicial y de Legislaci n. Peri dico que contiene todas las leyes y decretos dados por el Eximio. Se or Presidente Provisional D. Antonio L pez de Santa-Anna, desde la poca de nuestra regeneraci n pol tica. Establecido impulso del Eximio. Se or Ministro de Justicia Instrucci n P blica, Don Crispiniano del Castillo, M xico, Imprenta de Vicente Garc a Torres, 1842, t. II, p. P rez Hern ndez, Jos Mar a, Estad stica de la Rep blica Mejicana, Guadalajara, Tip.

4 Del Gobierno, a cargo de Antonio de P. Gonz lez, 1862, p. Leyes B rbaras , El Observador Judicial y de Legislaci n. Peri dico que contiene todas las leyes y decretos dados por el Eximio. Se or Presidente Provisional D. Antonio L -pez de Santa-Anna, desde la poca de nuestra regeneraci n pol tica. Establecido impulso 2LA CODIFICACI N CIVIL EN M XICO: ASPECTOS GENERALESCabe destacar sin embargo, que los autores de la codificaci n no se pro-pon an hacer una obra original ni copiar un modelo extranjero. Su labor consiste primordialmente en recoger y reformular el derecho .

5 4La codificaci n signific la creaci n de una igualdad formal de la socie-dad, sin poder borrar una desigualdad material La CodifiCaCi n CiviLLos primeros esfuerzos codificadores en materia CIVIL de las naciones independientes siguieron el modelo del C digo CIVIL franc s, casos como los del C digo CIVIL de Oaxaca de 1827-1828, el boliviano de 1830 y el peruano de estudio de la codificaci n CIVIL en M xico se suele dividir de acuer-do con las opciones pol ticas, federales o centrales que han estado vigen-tes en nuestro pa s.

6 Tanto los gobiernos federalistas como los centralistas llevaron a cabo esfuerzos Tenemos entonces las siguientes etapas: Sistema federal (1824-1835), Sistema central (1835-1846), Sistema Federal (1846-1853), Constituci n de 1857 y Bases del Imperio Mexicano (1854-1867) consolidaci n del movimiento codificador; los c digos civiles de 1870 y 1884ii . SiStema federaL (1824-1835) Una vez alcanzada la independencia de M xico, la necesidad de iniciar un proceso codificador se hizo presente. El 22 de enero de 1822, la Sobera-na Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano con la intenci n de del Eximio.

7 Se or Ministro de Justicia Instrucci n P blica, Don Crispiniano del Castillo, M xico, Imprenta de Vicente Garc a Torres, 1843, t. III, p. Bravo Lira Bernardino, Codificaci n y derecho com n en Europa e Hispanoam rica. Disociaci n de los derechos nacionales del derecho com n , en Bravo Lira Bernadino y Ser-gio Concha M rquez de la Plata (eds.), Codificaci n y descodificaci n en Hispanoam rica, Chile, Escuela de derecho , Universidad Santo Tom s, 1998, p. En este sentido Tau Anzoategui, V ctor, La codificaci n en la Argentina, 1810-1870.

8 Mentalidad social e ideas jur dicas, 2a. ed., Buenos Aires, Librer a-Editorial Emilio J. Pe-rrot, 2008, p. Guzm n Brito, Alejandro, La codificaci n CIVIL en Iberoam rica. Siglos XIX y XX, Editorial Jur dica del Chile, Chile, 2000, pp. 210 y V ase Gonz lez, Mar a del Refugio, Notas para el estudio del proceso de la codifica-ci n CIVIL en M xico (1821-1928) , en Libro del cincuentenario del C digo CIVIL , Instituto de Investigaciones Jur dicas, UNAM, M xico, 1978, pp. 105 y 136. 3 SCAR CRUZ BARNE ypreparar algunos trabajos para auxilio de las labores del Congreso, nombr las comisiones encargadas de la formaci n de los c digos CIVIL , criminal, comercio, miner a, agricultura y artes, militar (incluido el de marina), siste-ma de hacienda nacional y un plan de educaci n de estudios.

9 La comisi n nombrada para acometer la obra de la codificaci n CIVIL , qued integrada por los se ores D. Jos Mar a Fagoaga, vocal de la Soberana Junta Provi-sional Gubernativa del Imperio Mexicano y oidor honorario de la Audiencia Territorial de la Corte de M xico; D. Juan Francisco Azc rate, vocal de la misma Soberana Junta; D. Jos Hip lito Odoardo, fiscal de la Audiencia y presidente de la Suprema Junta protectora de la Libertad de Imprenta; Dr. D. Tom s Salgado, juez de letras de la capital mexicana; Lic. D. Miguel Dom nguez, regidor del Ayuntamiento; Lic.

10 D. Benito Jos Guerra; Lic. D. Juan Wenceslao Barquera, vocal de la Diputaci n Provincial; Dr. D. Anto-nio Cabeza de Baca, cura de la parroquia de S. Miguel; y el Lic. D. Manuel Berm dez Zozaya, fiscal de la Libertad de Los integrantes de la Comisi n eran Personas muy notables ciertamen-te, por su ilustraci n y por su pero pesar de estas cualidades, nunca llegaron presentarse los proyectos que se les encomendaron .9 Dos defectos se se alaron a las comisiones: eran muy numerosas y estaban inte-gradas por personas de diferente profesi n, con h bitos e ideas dis hecho, durante la Primera Rep blica Federal, en el Distrito Federal no se llevaron a cabo trabajos de codificaci n CIVIL .


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