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LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS

1 LA constituci N DE LOS ESTADOS UNIDOS Nosotros, el pueblo de los ESTADOS UNIDOS , con el fin de formar una Uni n m s perfecta, establecer la justicia, garantizar la tranquilidad nacional, atender a la defensa com n, fomentar el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros mismos y para nuestra posteridad, por la presente promulgamos y establecemos esta constituci n para los ESTADOS UNIDOS de Am rica. ART CULO. I. Secci n. 1. Todos los poderes legislativos otorgados por esta constituci n residir n en un Congreso de los ESTADOS UNIDOS , que estar conformado por un Senado y una C mara de Representantes.

El Senado tendrá poder exclusivo para conocer de todos los juicios políticos. Cuando se reúnan para este fin, los Senadores prestarán juramento o harán la promesa de cumplir fielmente su cometido. Si se juzga al Presidente de los Estados Unidos, la sesión será presidida por el Magistrado Presidente de la Corte Suprema.

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1 1 LA constituci N DE LOS ESTADOS UNIDOS Nosotros, el pueblo de los ESTADOS UNIDOS , con el fin de formar una Uni n m s perfecta, establecer la justicia, garantizar la tranquilidad nacional, atender a la defensa com n, fomentar el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros mismos y para nuestra posteridad, por la presente promulgamos y establecemos esta constituci n para los ESTADOS UNIDOS de Am rica. ART CULO. I. Secci n. 1. Todos los poderes legislativos otorgados por esta constituci n residir n en un Congreso de los ESTADOS UNIDOS , que estar conformado por un Senado y una C mara de Representantes.

2 Secci n. 2. La C mara de Representantes estar compuesta de miembros elegidos cada dos a os por el pueblo de los distintos ESTADOS , y los electores en cada estado deber n llenar los requisitos exigidos a los electores de la rama m s numerosa de la Asamblea Legislativa de dicho estado . No podr ser representante ninguna persona que no haya cumplido veinticinco a os de edad, que no haya sido durante siete a os ciudadano de los ESTADOS UNIDOS y que al tiempo de su elecci n no resida en el estado por el cual ser elegido. Tanto los representantes como los impuestos directos ser n prorrateados entre los diversos ESTADOS [que est n integrados a esta Uni n, de acuerdo a su respectivo n mero, el cual se determinar sumando al n mero total de personas libres; en el cual se incluye a los que est n obligados a prestar servicio por determinado n mero de a os y se excluye a los ind genas que no est n sujetos al pago de impuestos; las tres quintas partes de todas las dem s personas].

3 La enumeraci n real se efectuar en el curso de los tres a os siguientes a la primera reuni n del Congreso de los ESTADOS UNIDOS , y despu s en cada periodo subsiguiente de diez a os, en la forma en que aquel lo dispusiere por Ley. No habr m s de un representante por cada treinta mil habitantes, pero cada estado tendr por lo menos un representante. En tanto se realiza la enumeraci n, el estado de Nueva Hampshire tendr derecho a elegir tres representantes; Massachusetts ocho; Rhode Island y las Plantaciones de Providence, uno; Connecticut cinco; Nueva York seis; Nueva Jersey cuatro; Pennsylvania ocho; Delaware uno; Maryland seis; Virginia diez; Carolina del Norte cinco; Carolina del Sur cinco y Georgia tres.

4 Cuando ocurran vacantes en la representaci n de cualquier estado , la autoridad ejecutiva de este emitir mandamientos de elecci n para cubrir tales vacantes. La C mara de Representantes elegir a su presidente y a otros funcionarios; y s lo ella tendr la facultad de iniciar procedimientos de juicio pol tico. Secci n. 3. 2 El Senado de los ESTADOS UNIDOS estar formado por dos senadores por cada estado [elegidos por sus respectivas Asambleas Legislativas], para periodos de seis a os; y cada senador tendr derecho a un voto. Tan pronto como se re nan a consecuencia de la primera elecci n, se los dividir en la forma m s equitativa posible en tres clases.

5 Los asientos de los senadores de la primera clase quedar n vacantes al expirar el segundo a o, los de la segunda clase cuando expire el cuarto a o y los de la tercera clase al expirar el sexto a o, de tal modo que cada dos a os se renueve una tercera parte de ellos. [Y si se producen vacantes, por renuncia o por cualquier otra causa, mientras est en receso la Asamblea Legislativa del estado respectivo, la autoridad ejecutiva del mismo podr hacer nombramientos provisionales hasta la pr xima sesi n de la Asamblea Legislativa, la cual llenar entonces tales vacantes.]

6 ] Ninguna persona podr ser senador si no ha cumplido treinta a os de edad, si no ha sido ciudadano de los ESTADOS UNIDOS durante nueve a os y si, en la fecha de su elecci n, no es residente del estado por el cual ser elegido. El Vicepresidente de los ESTADOS UNIDOS ser Presidente del Senado, pero no tendr voto, salvo en casos de empate. El Senado elegir a sus dem s funcionarios, as como tambi n a un Presidente pro tempore, en ausencia del Vicepresidente o cuando este desempe e el cargo de Presidente de los ESTADOS UNIDOS . El Senado tendr poder exclusivo para conocer de todos los juicios pol ticos.

7 Cuando se re nan para este fin, los Senadores prestar n juramento o har n la promesa de cumplir fielmente su cometido. Si se juzga al Presidente de los ESTADOS UNIDOS , la sesi n ser presidida por el Magistrado Presidente de la Corte Suprema. Nadie podr ser convicto sin que concurran en ello las dos terceras partes de los senadores presentes. La sentencia en casos de juicio pol tico no podr exceder de la destituci n del cargo y la inhabilitaci n para obtener y desempe ar cualquier cargo de honor, de confianza o con retribuci n, en el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS ; pero el funcionario convicto quedar , no obstante, sujeto a ser acusado, juzgado, sentenciado y castigado de acuerdo a la ley.

8 Secci n. 4. La Asamblea Legislativa de cada estado determinar la fecha, lugar y manera de celebrar las elecciones de senadores y representantes; empero, el Congreso podr aprobar o modificar en cualquier momento tales disposiciones mediante la legislaci n adecuada [salvo en lo que ata e al lugar donde se habr de elegir a los senadores]. El Congreso se reunir por lo menos una vez al a o [y tal sesi n comenzar el primer lunes de diciembre], a no ser que por ley se se ale otro d a. Secci n. 5. 3 Cada C mara ser el nico juez de las elecciones, las reelecciones y la capacidad de sus propios miembros, y la mayor a de cada una constituir el qu rum requerido para realizar sus trabajos; empero, un n mero menor podr dar por terminadas las sesiones de todos los d as y podr ser autorizado para demandar la asistencia de los miembros ausentes, en la forma y bajo las penalizaciones que cada C mara determine.

9 Cada C mara adoptar su reglamento, podr castigar a sus miembros en caso de conducta impropia y, con la anuencia de dos terceras partes de los presentes, podr expulsar a un miembro. Cada C mara tendr un diario de sus sesiones y lo publicar en forma peri dica, con excepci n de las partes que, a su juicio , deban mantenerse en secreto; y siempre que as lo desee la quinta parte de los miembros presentes, se har n constar en dicho diario los votos afirmativos y negativos de los miembros de una u otra C mara sobre cualquier asunto. Mientras el Congreso est en sesi n, ninguna C mara podr levantar sus sesiones por m s de tres d as, sin el consentimiento de la otra, ni reunirse en otro lugar que no sea aqu l en el que las dos C maras est n laborando.

10 Secci n. 6. Los senadores y los representantes recibir n por sus servicios una remuneraci n fijada por la ley, que se pagar con fondos de la Tesorer a de los ESTADOS UNIDOS . Tanto cuando est n presentes en las sesiones de sus respectivas C maras, como en el trayecto hacia ellas o al regresar de las mismas, ellos no podr n ser arrestados, salvo en casos de traici n, delitos graves o alteraci n de la paz; as mismo, no podr n ser interpelados fuera de la C mara por ninguno de sus discursos o debates pronunciados en ella. Ning n senador o representante, mientras dure el periodo para el cual fue elegido, ser nombrado para ning n cargo civil bajo la autoridad de los ESTADOS UNIDOS , que haya sido creado o cuyos emolumentos hayan sido acrecentados durante ese tiempo; y ninguna persona que desempe e un cargo bajo la autoridad de los ESTADOS UNIDOS podr ser miembro de ninguna de las C maras mientras contin e en tal cargo.


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