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LA INVESTIGACION PERICIAL DEL ACCIDENTE DE …

ASOCIACI N DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES. JORNADA NACIONAL SOBRE ACCIDENTES DE TRANSITO. LA PERICIA ACCIDENTOLOGICA EN LOS ACCIDENTES DE TRANSITO. LA CALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL . Ing. An bal O. GARCIA(a). Con la colaboraci n de los Ings. Daniel BERTOLDI (b), Ruben DEBENEDETTI(c) y Daniel IVALDI(d). GIP-baires - Grupo de Investigaci n PERICIAL de Buenos Aires 0 - OBJETO. El presente trabajo tiene por objeto definir la relaci n e interacci n mutua que establecen los diversos actores (Magistrados, letrados de partes, funcionarios policiales y peritos) en la construcci n de un dictamen PERICIAL de ingenier a en los procesos iniciados a ra z de un ACCIDENTE de tr nsito.

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1 ASOCIACI N DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES. JORNADA NACIONAL SOBRE ACCIDENTES DE TRANSITO. LA PERICIA ACCIDENTOLOGICA EN LOS ACCIDENTES DE TRANSITO. LA CALIDAD DEL DICTAMEN PERICIAL . Ing. An bal O. GARCIA(a). Con la colaboraci n de los Ings. Daniel BERTOLDI (b), Ruben DEBENEDETTI(c) y Daniel IVALDI(d). GIP-baires - Grupo de Investigaci n PERICIAL de Buenos Aires 0 - OBJETO. El presente trabajo tiene por objeto definir la relaci n e interacci n mutua que establecen los diversos actores (Magistrados, letrados de partes, funcionarios policiales y peritos) en la construcci n de un dictamen PERICIAL de ingenier a en los procesos iniciados a ra z de un ACCIDENTE de tr nsito.

2 Desde esa perspectiva, intentamos incorporar los conceptos de calidad al dictamen PERICIAL y conjugarlos con la b squeda de la verdad objetiva, como parte integrante de un proceso de elevaci n permanente de la calidad en la administraci n de la Justicia. Es una reflexi n surgida desde nuestra especialidad t cnica, y su presentaci n en el marco de la Jornada Nacional de Accidentes de Tr nsito organizada por la AABA supone un intento de trascendencia transdisciplinaria del problema. En tal sentido no puede sino proponer caminos de an lisis y reflexi n futura en los mbitos de las distintas disciplinas profesionales que concurren al marco general descripto. Con estos prop sitos definimos en primer lugar el problema del objeto y el m todo de la pericia accidentol gica, los t rminos de calidad y su aplicaci n en el contexto de an lisis, y la concurrencia en t rminos de responsabilidad diferenciada y limitada de los peritos, los funcionarios judiciales, las partes y los Magistrados.

3 Analizamos algunos casos particulares que ilustran sobre las cuestiones analizadas, para concluir en una suerte de regla o correlaci n entre la actitud de cada actor y el resultado final, en t rminos de calidad del dictamen PERICIAL . (a) (b) (c) (d). 1 LOS ALCANCES DEL PROBLEMA. Los siniestros viales no son accidentes en el sentido propio de la palabra(1). Tienen causas definidas y predecibles, la principal, el incumplimiento sistem tico de las normas de tr nsito. Un especialista mundial en la materia, Leonard Evans, no usa la palabra ACCIDENTE ; la reemplaza por car crash, refiri ndose al hecho y no a su causa. No existe en el idioma castellano un equivalente tan euf nico que permita identificar de una manera similar la cuesti n.

4 Abordar el tratamiento de la pericia accidentol gica(2), de su construcci n y de su calidad, presupone definir de alg n modo lo siguiente: El objeto de la pericia como requerimiento y producto necesario, de cuyos contenidos y nivel de calidad depende en gran medida la adecuada resoluci n del litigio: el acuerdo transaccional entre las partes, el laudo arbitral, o el fallo condenatorio. El m todo de desarrollo de una investigaci n PERICIAL , y las disciplinas asociadas al trabajo del perito ingeniero. El significado del t rmino calidad y subsidiariamente, los elementos que contribuyen a conformar la calidad de la pericia. El dictamen PERICIAL como requerimiento de una autoridad judicial un juez, un instructor judicial-, es una encomienda judicial cuya finalidad es contribuir, desde el mbito de las ciencias y las t cnicas que conforman el saber de la ingenier a, al esclarecimiento de las causas y responsabilidades en la producci n de un determinado ACCIDENTE .

5 Al decir de un acad mico espa ol, en la convocatoria "..se aprecia la necesidad de elaborar un informe t cnico de reconstrucci n del ACCIDENTE en el que, por medio de principios f sicos, se determinen las velocidades desarrolladas por los veh culos antes del impacto, se efect en reconstrucciones secuenciales gr ficas, se analicen problemas de visibilidad, etc., de forma que se arroje luz acerca de quien pudo ser el responsable de ese determinado ACCIDENTE y se haga, adem s, con un alto grado de fiabilidad".(3). No deber a perderse de vista el hecho que en el caso de los accidentes de tr nsito (y de los accidentes en general), la prueba PERICIAL de ingenier a es la prueba m s fuerte por su alto contenido objetivo, y en un gran n mero de casos resulta la nica prueba confiable a la que puede recurrir el Juzgador a la hora de administrar justicia.

6 Las causas y las responsabilidades que el juzgador debe establecer con relaci n a un hecho concreto, y fallar en consecuencia, se encuentran en el mbito de las conductas humanas (infracciones a las normas y reglamentaciones del tr nsito y/o los hechos il citos tipificados en los C digos Civil y Penal). Se estima que alrededor del 70 % de los siniestros viales son producto de inconductas humanas en el tr nsito. (1). Seg n el informe estad stico sobre Trauma, a o 2000, editado por la Sociedad Argentina de Medicina y Cirug a del Trauma, se sugiere reemplazar el t rmino ACCIDENTE por el de lesi n no intencional dado que un ACCIDENTE no es producto del azar ni de la fatalidad, ni tampoco intencional el error humano al destino o a un designio divino (Citado por Ra l Julio COLLADO EL.)

7 T RMINO ACCIDENTE ). (2). El t rmino accidentolog a no existe en el idioma castellano, ni tiene relaci n con una traslaci n fon tica de un t rmino de un idioma extranjero dominante. Por tal es un neologismo cuyo significado podr a entenderse como una disciplina que estudia los accidentes en general, tratando de determinar las causales m s generales y prevenirlo, o los accidentes de tr nsito en particular, para determinar responsabilidades en su producci n. Pese a la difusi n que tiene el t rmino en el mbito policial y judicial, no se encuentra en la reglamentaci n y legislaci n argentina, ni en las incumbencias de las profesiones involucradas, definiciones al respecto, lo cual ha dado lugar a m ltiples confusiones e interpretaciones, poniendo la cuesti n en un mbito difuso y borroso.

8 Por lo tanto preferimos referirnos a aplicaciones de Ingenier a a la Investigaci n de Accidentes para tratar las cuestiones de la determinaci n f sico matem tica de los accidentes en el mbito forense. (3). Juan Jos ALBA LOPEZ, et al - Grupo de Seguridad Vial y Accidentes de Tr fico - Universidad de Zaragoza - ACCIDENTES DE TRAFICO - INTRODUCCI N AL AN LISIS DE DEFORMACIONES. Resulta ajeno a la competencia del perito dictaminar sobre culpas o responsabilidades. Sin embargo, la experiencia demuestra que el an lisis PERICIAL pierde efectividad, cuando el informe t cnico prescinde de las consideraciones que deber realizar el juzgador para determinar culpas o responsabilidades.

9 Cualquier profesional lograr una optimizaci n de su trabajo, si en las consideraciones preliminares ocupa un lugar destacado el saber c mo y para qu se usar ese trabajo. Este criterio general es extensivo a la relaci n del perito ingeniero con el Juez; sabiendo para qu el Juez quiere el dictamen PERICIAL , el perito pondr atenci n a ciertas cuestiones, a ciertos enfoques y a ciertos an lisis, de manera que el dictamen PERICIAL sea un verdadero acierto, en lugar de un mero acertijo. (4). Es decir que en toda pericia tenemos un origen, la encomienda PERICIAL instada por una autoridad judicial, a partir de un hecho concreto, sobre el cual se ha iniciado una investigaci n con la finalidad de determinar las responsabilidades involucradas en la producci n del mismo.

10 Deber amos agregar que la encomienda ha sido realizada en base al relevamiento del escenario de los hechos, realizado por la autoridad policial de la jurisdicci n, o bien por elementos de prueba documental (fotograf as, croquis, evaluaci n de da os en los veh culos y en los inmuebles afectados, lesiones de los afectados registradas por los m dicos forenses, listados de da os y presupuestos de reparaci n, etc.). Desde el punto de vista de la actividad del perito, toda la documentaci n acopiada en el expediente, o bien relacionada a l pero que no consta en el expediente, es la informaci n para la investigaci n y el an lisis (o simplemente la informaci n), recopilada con anterioridad a la intervenci n del Perito.


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