Example: barber

Las ra ces del acoso sexual: las relaciones de poder y ...

LAS RA CES DEL acoso SEXUAL: LAS. relaciones DE poder Y SUMISI N EN EL. TRABAJO. Bego a Pernas gea21, 2001. 1. INTRODUCCION. 2. Antes de exponer los principales resultados de nuestra investigaci n , me gustar a poner en relaci n el acoso sexual con el tema de las Jornadas, la violencia contra las mujeres. Parece indudable que el acoso sexual es un acto de violencia y se ejerce contra las mujeres. Existen rasgos comunes entre el acoso sexual y otras circunstancias de violencia sexista, tantos que muestran lo estructural de esta violencia. Pero tambi n existen diferencias. La primera es obvia y explica en parte la singularidad del concepto: el acoso sexual se produce en el trabajo. Si nos acogemos a la cl sica separaci n de la sociedad burguesa entre lo p blico y lo privado, el acoso ser a por lo tanto una excepci n a la regla, o una intromisi n de lo privado -la sexualidad- dentro de un mbito p blico, el trabajo.

87 INTRODUCCION 1 Antes de exponer los principales resultados de nuestra investigación 2, me gustaría poner en relación el acoso sexual con el tema de las Jornadas, la violencia contra las mujeres.

Tags:

  Acoso

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of Las ra ces del acoso sexual: las relaciones de poder y ...

1 LAS RA CES DEL acoso SEXUAL: LAS. relaciones DE poder Y SUMISI N EN EL. TRABAJO. Bego a Pernas gea21, 2001. 1. INTRODUCCION. 2. Antes de exponer los principales resultados de nuestra investigaci n , me gustar a poner en relaci n el acoso sexual con el tema de las Jornadas, la violencia contra las mujeres. Parece indudable que el acoso sexual es un acto de violencia y se ejerce contra las mujeres. Existen rasgos comunes entre el acoso sexual y otras circunstancias de violencia sexista, tantos que muestran lo estructural de esta violencia. Pero tambi n existen diferencias. La primera es obvia y explica en parte la singularidad del concepto: el acoso sexual se produce en el trabajo. Si nos acogemos a la cl sica separaci n de la sociedad burguesa entre lo p blico y lo privado, el acoso ser a por lo tanto una excepci n a la regla, o una intromisi n de lo privado -la sexualidad- dentro de un mbito p blico, el trabajo.

2 Es evidente que el acoso sexual es una experiencia com n a casi todas las mujeres, m ltiple en sus formas y continua en la vida social. Por eso llama la atenci n que haya surgido, como preocupaci n social, en el mundo del trabajo, como si las mujeres llevaran asuntos privados a la discusi n p blica. Por una parte esto es muy positivo, al desmontar la falsa neutralidad del trabajo; por otro, hace que la irrupci n de las mujeres en la producci n no aparezca como aportaci n, riqueza, virtud, sino como problema, conflicto, y adem s un conflicto muy raro, complejo, ingobernable, que es como suelen aparecer las mujeres en espacios nuevos. En cuanto a los rasgos comunes al acoso y otras formas de violencia, quiz s el m s llamativo sea la serie de estereotipos que rodea el tema y la falta de contexto en que se presentan los acontecimientos.

3 Como si fueran hechos extraordinarios en situaciones de normalidad, o hechos habituales en situaciones totalmente ajenas a la experiencia com n. En particular, se da la misma tendencia a quitar importancia a los sucesos, a trivializarlos, salvo cuando muestran su mayor dramatismo y siempre que la v ctima re na los atributos adecuados para ser cre ble. Por lo tanto, lo primero que tuvimos que hacer para acercarnos al problema fue eliminar estereotipos, empezando por los de las propias investigadoras y ampliar el marco de estudio. No preguntarnos tanto qu es el acoso y cu ndo puede hablarse de acoso , pregunta apremiante que nos persigui desde el principio, sino en qu contextos se produce, c mo hablan de ello los protagonistas, qu relaciones laborales lo arropan.

4 Un acercamiento indirecto que ten a la ventaja de no presuponer demasiado en un tema marcado por una determinada fama. LOS TRES RASGOS DEL acoso . La fama ambigua del acoso se debe a los tres rasgos que lo han caracterizado como asunto p blico, haciendo olvidar los estudios universitarios feministas y las luchas legales que acu aron el t rmino a finales de los a os setenta. Estos rasgos son la percepci n del acoso como abuso de poder , su vocaci n jur dica y su relaci n con el puritanismo norteamericano. El acoso como abuso de poder . El primer rasgo entronc con un mito cl sico sobre la irrefrenable sexualidad masculina y en particular la de los poderosos, e hizo asumir que se trataba siempre un problema de jerarqu a.

5 O bien el acosador era un superior, social o laboralmente, que intentaba saciar sus apetitos mediante la presi n o el chantaje, o bien un hombre primitivo y atrasado, situado en un entorno de trabajo autoritario y precapitalista. El t pico, tal como se fue dibujando, serv a a dos intereses: dejaba a salvo las relaciones entre compa eros, igualitarias y saludables seg n era 1. El art culo est publicado en Raquel Osborne (Dir.): La violencia contra las mujeres (Realidad social y pol ticas p blicas). Madrid: UNED, Col. Varia, pp. 53-75, 2001. 2. La investigaci n sobre el acoso sexual en el trabajo fue realizada en 1998 por la consultora gea21 para la Secretar a Confederal de la mujer de El equipo de investigaci n estaba formado por Josefina Olza, Marta Rom n, Bego a Pernas y Mar a Naredo.

6 La presente ponencia es un resumen de la investigaci n publicada con el nombre La dignidad quebrada: las ra ces del acoso sexual en el trabajo . (2000), Libros de la Catarata. 87. conveniente se alar, incluso por parte de los sindicatos, y confund a poder y jerarqu a. Aparec a que en efecto el acoso era una cuesti n de poder , poder entendido como jefatura o como abuso de autoridad y que su fuente era otra que el g nero. Es decir, el poder no proven a del hecho de que fuera un hombre frente a una mujer sino un jefe frente a una trabajadora, un hombre mayor frente a una joven, etc. La ra z sexista del acoso quedaba as oscurecida. En segundo lugar, el t pico permit a dejar a salvo a la empresa moderna, la leyenda del lugar de trabajo democr tico, as ptico, donde la realizaci n personal y el beneficio de la empresa son una misma cosa.

7 Al igual que parece que en esos lugares limpios y sin sudor no existe explotaci n, ni accidentes laborales, ni conciencia de clase, tampoco ha de existir acoso sexual, salvo como excepci n o esc ndalo. El segundo rasgo es el car cter jur dico del tema. De acoso se empez a hablar en los tribunales y esto explica que el acoso haya padecido una enfermedad peculiar desde su nacimiento: ha preocupado mucho m s delimitar sus manifestaciones que explicar sus causas. Al existir sanciones para un comportamiento, la seguridad jur dica exige que ese comportamiento est bien definido. No se puede prohibir o ilegalizar algo sin que la transgresi n sea clara. Esto lleva a una curiosa paradoja. Los problemas jur dicos que rodean el tema se han ampliado a la totalidad del mismo: as se ha dicho que el tema es ambiguo, espinoso, puesto que es dif cil definirlo con sencillez.

8 Parece evidente que todas las relaciones humanas, menos los contratos, son ambiguas desde el punto de vista del Derecho. De ah . que se haya querido simplificar la realidad, creando un listado de actitudes que pueden ser definidas como acoso . Esta ambig edad que por un curioso deslizamiento va de la norma al objeto de la norma, el acoso , y de ste a la mujer que lo denuncia, como si ella debiera aclarar aquello que el Derecho no es capaz de captar, es la primera consecuencia de la judicializaci n del tema. Al mismo tiempo, pedir al C digo Penal que resuelva determinados problemas tiene una ventaja importante: rompe simb licamente la soledad del hogar o el car cter privado de las relaciones entre hombres y mujeres.

9 En el caso del acoso compromete a otros agentes, al Estado en forma de inspecci n de trabajo, a los sindicatos y empresarios como responsables de crear un ambiente de trabajo respetuoso con la dignidad de las trabajadoras. Pero tambi n tiene graves consecuencias que no deben olvidarse. La primera, ya citada, es confundir la realidad social y sus conflictos con el Derecho, obligando a que la experiencia se ajuste a la norma. La segunda es considerar que una vez que existe castigo para un comportamiento, queda poco por hacer. As en Espa a las normas que sancionan el acoso en el estatuto de los trabajadores e incluso en el C digo Penal han sido relativamente tempranas, pero a diferencia de otros pa ses, no se ha generado ning n debate sobre las causas del fen meno, su extensi n o las medidas para combatirlo.

10 Se produce, por lo tanto, cierta relajaci n del control social y de la responsabilidad colectiva y una nueva soledad de la mujer que denuncia. El Derecho individualiza las situaciones y puede deslegitimar formas de lucha que son muy comunes en situaciones de acoso , como la evitaci n, el vacile, la denuncia p blica o la solidaridad entre trabajadoras. Por ltimo, se tiende a olvidar que el aparato jur dico est inmerso en la vida social y su ideolog a es a menudo machista, sometiendo a las mujeres a nuevas humillaciones. Una ltima consideraci n: la v a jur dica no se utiliza, o se utiliza muy poco y casi siempre en casos de agresi n. El tercer rasgo que ha caracterizado el acoso como tema p blico es su asociaci n con cierto puritanismo norteamericano.


Related search queries