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LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN EL …

1 LEY AMBIENTAL DE PROTECCI N A LA TIERRA EN EL distrito FEDERAL1 Publicada en la Gaceta Oficial del distrito federal el 13 de enero de 2000 Ultima reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M xico el 23 de abril de 2021 T TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ART CULO La presente Ley es de orden p blico e inter s social y tiene por objeto:2 I. Definir los principios mediante los cuales se habr de formular, conducir y evaluar la pol tica AMBIENTAL en el distrito federal , as como los instrumentos y procedimientos para su protecci n, vigilancia y aplicaci n;3 II. Regular el ejercicio de las facultades de las autoridades de la Administraci n P blica del distrito federal en materia de conservaci n del ambiente, protecci n ecol gica y restauraci n del equilibrio ecol gico;4 III. Conservar y restaurar el equilibrio ecol gico, as como prevenir los da os al ambiente, de manera que la obtenci n de beneficios econ micos y las actividades sociales se generen en un esquema de desarrollo sustentable;5 IV.

Forestal Sustentable, la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y la Ley de Aguas del Distrito Federal, así como las siguientes:25 ACTIVIDAD RIESGOSA: Toda acción u omisión que ponga en peligro la integridad de las personas o del ambiente, en virtud de la naturaleza, características o

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1 1 LEY AMBIENTAL DE PROTECCI N A LA TIERRA EN EL distrito FEDERAL1 Publicada en la Gaceta Oficial del distrito federal el 13 de enero de 2000 Ultima reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M xico el 23 de abril de 2021 T TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ART CULO La presente Ley es de orden p blico e inter s social y tiene por objeto:2 I. Definir los principios mediante los cuales se habr de formular, conducir y evaluar la pol tica AMBIENTAL en el distrito federal , as como los instrumentos y procedimientos para su protecci n, vigilancia y aplicaci n;3 II. Regular el ejercicio de las facultades de las autoridades de la Administraci n P blica del distrito federal en materia de conservaci n del ambiente, protecci n ecol gica y restauraci n del equilibrio ecol gico;4 III. Conservar y restaurar el equilibrio ecol gico, as como prevenir los da os al ambiente, de manera que la obtenci n de beneficios econ micos y las actividades sociales se generen en un esquema de desarrollo sustentable;5 IV.

2 Establecer y regular las reas verdes, reas de valor AMBIENTAL y reas naturales protegidas de competencia del distrito federal , y en general regular el suelo de conservaci n para la preservaci n de los ecosistemas y recursos naturales de la TIERRA , as como manejar y vigilar aquellas cuya administraci n se suma por convenio con la Federaci n, estados o municipios;6 V. Prevenir y controlar la contaminaci n del aire, agua y suelo en el distrito federal en aquellos casos que no sean competencia de la Federaci n; VI. Establecer las medidas de control, de seguridad y las sanciones administrativas que correspondan, para garantizar el cumplimiento y la aplicaci n de esta ley y de las disposiciones que de ella se deriven; 1 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 2 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 3 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 4 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 5 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 6 Reforma publicada en la GODF el 27 de junio de 2013 2 VII.

3 Regular la responsabilidad por da os al ambiente y establecer los mecanismos adecuados para garantizar la incorporaci n de los costos ambientales en los procesos productivos;7 VIII. Establecer el mbito de participaci n de la sociedad en el desarrollo y la gesti n AMBIENTAL ;8 IX. Reconocer las obligaciones y deberes tanto del Gobierno como de la sociedad, para garantizar el respeto a la TIERRA ; y9 X. Promover y establecer el mbito de participaci n ciudadana individual, colectiva o a trav s de los rganos de representaci n ciudadana e instrumentos de participaci n ciudadana en los t rminos de la ley, en el desarrollo sustentable y de gesti n ART CULO 2 .- Esta ley se aplicar en el territorio del distrito federal en los siguientes casos:11 I. En la prevenci n y control de la contaminaci n atmosf rica proveniente de fuentes fijas o m viles que de conformidad con la misma est n sujetas a la jurisdicci n local; II.

4 En la prevenci n y control de la contaminaci n de las aguas de competencia local conforme a la ley federal en la materia;12 III. En la conservaci n y control de la contaminaci n del suelo; IV. En la conservaci n, restauraci n y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales de jurisdicci n del distrito federal ; V. En la conservaci n, protecci n y preservaci n de la flora y fauna en el suelo de conservaci n y suelo urbano y en las reas verdes, reas de valor AMBIENTAL , reas naturales protegidas competencia del distrito federal ;13 VI. En la evaluaci n y autorizaci n del impacto AMBIENTAL y riesgo de obras y actividades; VII. En la pol tica de desarrollo sustentable y los instrumentos para su aplicaci n;14 7 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 8 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 9 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 10 Adici n publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 11 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 12 Reforma publicada en la GODF el 10 de febrero de 2004 13 Reforma publicada en la GODF el 31 de octubre de 2008 14 Adici n publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 3 VIII.

5 En el establecimiento de las competencias de las autoridades ambientales;15 IX. En la prevenci n, control y acciones contra la contaminaci n AMBIENTAL ;16 X. En la vigilancia y protecci n de los recursos naturales de la TIERRA ;17 XI. En la prestaci n de servicios ambientales; y18 XII. En el establecimiento de medidas de control, seguridad y ART CULO 3 .- Se consideran de utilidad p blica: I. El ordenamiento ecol gico del territorio del distrito federal ; II. El establecimiento, protecci n, preservaci n, restauraci n mejoramiento y vigilancia de las reas verdes, reas de valor AMBIENTAL , reas naturales protegidas de competencia del distrito federal , las zonas de restauraci n ecol gica y en general del suelo de conservaci n y suelo urbano para la preservaci n de los ecosistemas y elementos naturales;20 III. El establecimiento de zonas intermedias de salvaguarda; las reas de producci n agropecuaria, y la zona federal de las barrancas, humedales, vasos de presas, cuerpos y corrientes de aguas;21 IV.

6 La prevenci n y control de la contaminaci n AMBIENTAL del aire, agua y suelo, as como el cuidado, restauraci n y aprovechamiento de los elementos naturales y de los sitios necesarios para asegurar la conservaci n e incremento de la flora y fauna silvestres; V. Las actividades vinculadas con la prestaci n del servicio p blico de suministro de agua potable; VI. La Ejecuci n de programas destinados a fomentar la educaci n AMBIENTAL y a otorgar incentivos para la aplicaci n de tecnolog a AMBIENTAL y para la conservaci n de servicios ambientales en las reas naturales protegidas de competencia del distrito federal , las reas comunitarias de conservaci n ecol gica y el suelo de conservaci n;22 15 Adici n publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 16 Adici n publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 17 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 18 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 19 Adici n publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 20 Reforma publicada en la GODF el 31 de octubre de 2008 21 Reforma publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 22 Reforma publicada en la GODF el 21 de junio de 2006 4 VII.

7 La participaci n social encaminada al desarrollo sustentable del distrito federal ; y VIII. La elaboraci n y aplicaci n de planes y programas que contengan pol ticas de desarrollo integral de la entidad bajo criterios ambientales. IX. La celebraci n de convenios o acuerdos de coordinaci n entre autoridades ambientales y otras autoridades administrativas para la realizaci n coordinada y conjunta de acciones de protecci n, vigilancia, conservaci n y preservaci n de los ecosistemas y sus elementos ART CULO 4 .- En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicar n las disposiciones contenidas en otras leyes, reglamentos, normas y dem s ordenamientos jur dicos relacionados con las materias que regula este ART CULO 5 .- Para los efectos de esta Ley, se estar a las definiciones de conceptos que se contienen en la Ley General del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al Ambiente, la Ley de Aguas nacionales, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Residuos S lidos del distrito federal y la Ley de Aguas del distrito federal , as como las siguientes:25 ACTIVIDAD RIESGOSA: Toda acci n u omisi n que ponga en peligro la integridad de las personas o del ambiente, en virtud de la naturaleza, caracter sticas o volumen de los materiales o residuos que se manejen, de conformidad con las normas oficiales mexicanas, los criterios o listados en materia AMBIENTAL que publiquen las autoridades competentes en el Diario Oficial de la Federaci n y la Gaceta Oficial del distrito federal .

8 26 ADMINISTRACI N: La planeaci n, instrumentaci n, promoci n, ejecuci n, control y evaluaci n de las acciones que en el mbito p blico y en materia de protecci n, preservaci n, restauraci n y desarrollo se realicen en las reas verdes, reas de valor AMBIENTAL y reas naturales protegidas, as como la coordinaci n de la investigaci n cient fica, monitoreo AMBIENTAL , capacitaci n y asesor a t cnica que respecto a dichas reas y sus elementos se lleven a cabo; 27 ADMINISTRACI N P BLICA DEL distrito federal : conjunto de rganos, centrales, desconcentrados y paraestatales, conforme a la Ley Org nica que expida la Asamblea Legislativa, la cual distribuir los negocios del orden administrativo del distrito federal ; 23 Adici n publicada en la GODF el 31 de octubre de 2008 24 Reforma publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 25 Reforma publicada en la GODF el 17 de septiembre de 2013 26 Reforma publicada en la GODF el 03 de mayo de 2011 27 Adici n publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 5 AGUAS RESIDUALES: Son las provenientes de actividades dom sticas, industriales, comerciales, agr colas, pecuarias o de cualquier otra actividad que, por el uso de que han sido objeto, contienen materia org nica y otras sustancias qu micas que alteran su calidad original.

9 ALUMBRADO P BLICO: Servicio p blico consistente en la iluminaci n de las v as p blicas, parques p blicos, y dem s espacios de libre circulaci n que no se encuentren a cargo de ninguna persona f sica o moral, con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades y seguridad de los habitantes de la AMBIENTE: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y dem s organismos vivos que interact an en un espacio y tiempo determinados. Deber entenderse tambi n como medio ambiente; APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA ENERG A: El uso y aprovechamiento ptimo de la energ REAS COMUNITARIAS DE CONSERVACI N ECOL GICA. Superficies del suelo de conservaci n, cubiertas de vegetaci n natural, establecidas por acuerdo del ejecutivo local con los ejidos y comunidades, en terrenos de su propiedad, que se destinan a la preservaci n, protecci n y restauraci n de la biodiversidad y los servicios ambientales, sin modificar el r gimen de propiedad de dichos REAS NATURALES PROTEGIDAS: Los espacios f sicos naturales en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por actividades antropog nicas, o que requieren ser preservadas y restauradas, por su estructura y funci n para la recarga del acu fero y la preservaci n de la biodiversidad.

10 Son reas que por sus caracter sticas ecogeogr ficas, contenido de especies, bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la poblaci n, hacen imprescindible su preservaci n;31 REAS DE VALOR AMBIENTAL : Las reas verdes en donde los ambientes originales han sido modificados por las actividades antropog nicas y que requieren ser restauradas o preservadas, en funci n de que a n mantienen ciertas caracter sticas biof sicas y esc nicas, las cuales les permiten contribuir a mantener la calidad AMBIENTAL de la Ciudad;32 28 Adici n publicada en la GODF el 27 de diciembre de 2010. 29 Adici n publicada en la GODF el 27 de diciembre de 2010. 30 Adici n del concepto publicado en la GODF el 21 de junio de 2006 31 Reforma publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 32 Adici n publicada en la GODF el 31 de enero de 2002 6 REA VERDE: Toda superficie cubierta de vegetaci n, natural o inducida que se localice en el distrito federal ; ARMON A: Las actividades humanas, que en el marco de la pluralidad y la diversidad, deben lograr equilibrios din micos con los ciclos y procesos inherentes a la TIERRA .


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