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Ley de Aviación Civil - Gobierno | gob.mx

LEY DE AVIACI N Civil C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 26-06-2017 1 de 51 LEY DE AVIACI N Civil Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 12 de mayo de 1995 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 26-06-2017 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el H.

a) Las de propiedad o uso de la Federación distintas de las militares; las de los gobiernos estatales y municipales, y las de las entidades paraestatales, y b) Las militares, que son las destinadas o en posesión del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales. Capítulo II De la autoridad aeronáutica Artículo 6.

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  Gobierno, Municipale, Estatales, De los gobiernos estatales y municipales

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1 LEY DE AVIACI N Civil C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 26-06-2017 1 de 51 LEY DE AVIACI N Civil Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 12 de mayo de 1995 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 26-06-2017 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el H.

2 Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY DE AVIACION Civil Cap tulo I Disposiciones generales Art culo 1. La presente Ley es de orden p blico y tiene por objeto regular la explotaci n, el uso o aprovechamiento del espacio a reo situado sobre el territorio nacional, respecto de la prestaci n y desarrollo de los servicios de transporte a reo Civil y de Estado. El espacio a reo situado sobre el territorio nacional es una v a general de comunicaci n sujeta al dominio de la Naci n.

3 Art culo 2. Para los efectos de esta Ley, se entender por: I. Aeronave: cualquier veh culo capaz de transitar con autonom a en el espacio a reo con personas, carga o correo; II. Aer dromo Civil : rea definida de tierra o de agua adecuada para el despegue, aterrizaje, acuatizaje o movimiento de aeronaves, con instalaciones o servicios m nimos para garantizar la seguridad de su operaci n; III. Aeropuerto: aer dromo Civil de servicio p blico, que cuenta con las instalaciones y servicios adecuados para la recepci n y despacho de aeronaves; IV.

4 Aerov a: ruta a rea dotada de radioayudas a la navegaci n. IV Bis. Boleto: documento que contiene el contrato realizado entre el concesionario o permisionario y el pasajero para efectuar el servicio de transporte. Para el c lculo de compensaciones, indemnizaciones u otras referencias que se hagan al boleto en la presente Ley, se considerar el monto total incluyendo tarifas, impuestos, comisiones, y cualquier otro cargo cubierto por el pasajero. Fracci n adicionada DOF 26-06-2017 LEY DE AVIACI N Civil C MARA DE DIPUTADOS DEL H.

5 CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 26-06-2017 2 de 51 V. Cabotaje: el transporte a reo mediante remuneraci n o cualquier otro tipo de contraprestaci n onerosa, de pasajeros, carga, correo o una combinaci n de stos, entre dos o m s puntos en territorio nacional; Fracci n adicionada DOF 26-01-2015 VI. Certificado de aeronavegabilidad: documento oficial que acredita que la aeronave est en condiciones t cnicas satisfactorias para realizar operaciones de vuelo; Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 VII.

6 Certificado de matr cula: documento que identifica y determina la nacionalidad de la aeronave; Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 VIII. Helipuerto: aer dromo Civil para el uso exclusivo de helic pteros; Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 VIII Bis. Pasajero: persona que se traslada a trav s del servicio de transporte a reo. Tendr esta calidad, desde el momento en que realiza el contrato con el concesionario o permisionario, hasta que se cumpla el objeto del mismo. Fracci n adicionada DOF 26-06-2017 VIII Ter.

7 Procuradur a: La Procuradur a Federal del Consumidor. Fracci n adicionada DOF 26-06-2017 IX. Programa estatal de seguridad operacional: el programa establecido por la Secretar a mediante un Sistema de gesti n de seguridad operacional, a fin de alcanzar un nivel ptimo de Seguridad operacional en la aviaci n Civil ; Fracci n adicionada DOF 26-01-2015 X. Proveedores de servicio: entre otros, los concesionarios y permisionarios del transporte a reo de servicio al p blico y los concesionarios y permisionarios aeroportuarios, el organismo descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares, el rgano administrativo desconcentrado Servicios a la Navegaci n en el Espacio A reo Mexicano, los permisionarios de talleres aeron uticos, las organizaciones responsables del dise o de tipo y las responsables de la fabricaci n de aeronaves.

8 Los prestadores de servicios de tr nsito a reo, los centros de formaci n, capacitaci n y adiestramiento y los operadores a reos de aeronaves de Estado distintas de las militares; Fracci n adicionada DOF 26-01-2015 XI. Ruta: espacio a reo establecido por la Secretar a para canalizar el tr fico a reo. Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 XII. Secretar a: la Secretar a de Comunicaciones y Transportes; Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 XIII. Seguridad operacional: es el estado en que el riesgo en la prestaci n del servicio de transporte a reo, de lesiones a las personas o da os a los bienes, se reduce y se mantiene en un nivel ptimo, o por debajo del mismo, por medio de un proceso continuo de identificaci n de peligros y gesti n de riesgos; Fracci n adicionada DOF 26-01-2015 XIV.

9 Servicio al p blico de transporte a reo: el que se ofrece de manera general y que, en t rminos de la presente Ley, incluye el servicio p blico sujeto a concesi n, as como otros servicios sujetos a permiso. LEY DE AVIACI N Civil C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios ltima Reforma DOF 26-06-2017 3 de 51 Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 XV. Servicio de transporte a reo regular: el que est sujeto a itinerarios, frecuencias de vuelos y horarios; Fracci n recorrida DOF 26-01-2015 XVI.

10 Servicio de transporte a reo nacional: el que se presta entre dos o m s puntos dentro del territorio nacional; Fracci n reformada y recorrida DOF 26-01-2015 XVII. Sistema de gesti n de la seguridad operacional: es un enfoque sistem tico para la gesti n de la Seguridad operacional que se establece como un proceso documentado de manejo del riesgo que es parte de un sistema de recopilaci n y procesamiento de datos sobre Seguridad operacional, con el fin de minimizar los riesgos y realizar mejoras continuas de la Seguridad operacional de la aviaci n para proteger el inter s p blico, el cual integra operaciones y sistemas t cnicos relacionados con la administraci n de los recursos humanos y financieros.


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