Transcription of LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
1 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL , VILEGISLATURAINSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS1 LEY DE DESARROLLO URBANO DELDISTRITO en la Gaceta Oficial del DISTRITO FEDERAL , el jueves 15 de julio de 2010. ltima reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M xico:5demayode 2017.(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de M enMovimiento)DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DESARROLLO URBANODEL DISTRITO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del DISTRITO FEDERAL ,a sus habitantes sabed:Que la H. Asamblea Legislativadel DISTRITO FEDERAL , V Legislatura se ha servidodirigirme el siguiente:DECRETO(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOSUNIDOS LEGISLATIVA DEL LEGISLATURA)ASAMBLEA LEGISLATIVA DELDISTRITO FEDERAL V E C R E T ADECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DESARROLLO URBANODEL DISTRITO CULO NICO: Se expide la Ley de DESARROLLO URBANO del DISTRITO FEDERAL ,para quedar como sigue:LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERALT tulo PrimeroDisposiciones GeneralesCap tulo nicoArt culo 1.
2 Las disposiciones de la presente ley son de orden p blico e inter sgeneral y social que tienen por objeto establecer las bases de la pol tica urbanaASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL , VILEGISLATURAINSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS2del DISTRITO FEDERAL , mediante la regulaci n de su ordenamiento territorial y quecontemple la protecci n de los derechos a la Ciudad de M xico, el crecimientourbano controlado y la funci n del DESARROLLO sustentable de la propiedadurbana, en beneficio de las generaciones presente y futuras del culo 2. Son principios generales para la realizaci n del objeto de la presenteley, los siguientes:I. Planear el DESARROLLO URBANO , con base en proyecciones del crecimientopoblacional de la ciudad de M xico, a fin de garantizar la sustentabilidad de laCiudad de M xico mediante el ejercicio de los derechos de los habitantes delDistrito FEDERAL al suelo URBANO , a la vivienda, a la calidad de vida, a lainfraestructura urbana, al transporte, a los servicios p blicos, al patrimoniocultural URBANO , al espacio p blico, al esparcimiento y a la imagen urbana y sucompatibilidad con el sistema de planificaci n urbana del DISTRITO FEDERAL ;II.
3 Hacer prevalecer la funci n del DESARROLLO sutentable (sic) de la propiedad delsuelo, a trav s del establecimiento de derechos y obligaciones de lospropietarios y poseedores de inmuebles urbanos, respecto de los dem shabitantes del DISTRITO FEDERAL y del entorno en que se ubican;III. Alentar la participaci n y concertaci n con los sectores p blico, social yprivado en acciones de reordenamiento URBANO , dotaci n de infraestructuraurbana, prestaci n de servicios p blicos, conservaci n, recuperaci n yacrecentamiento del patrimonio cultural URBANO , recuperaci n y preservaci n dela imagen urbana y de crecimiento URBANO controlado;IV. Sustentar las acciones en las materias de esta Ley en la gesti n querealicen los habitantes en lo individual y/o a trav s de la representaci n de lasorganizaciones sociales de las colonias, barrios y pueblos de la Ciudad deM xico constituidos conforme a las normas aplicables;V.
4 Establecer y actualizar el sistema de planificaci n urbana que se adapte a lamovilidad de la poblaci n del DISTRITO FEDERAL y a las necesidades de desarrollodelas diferentes zonas de la Ciudad de M xico, as como a su conformaci ngeopol tica;VI. Limitar la existencia de zonas unifuncionales, a trav s del fomento delestablecimiento de reas geogr ficas con diferentes usos del suelo, quepermita una mejor distribuci n poblacional, la disminuci n de traslados y el ptimo aprovechamiento de servicios p blicos e infraestructura urbana y lacompatibilidad de la expansi n urbana con la sustentabilidad ambiental, socialy econ mica;VII. Planear el DESARROLLO URBANO , considerando la instalaci n de sistemas deahorro de energ a y el aprovechamiento de energ as renovables;ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL , VILEGISLATURAINSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS3 VIII.
5 Otorgar mayor certidumbre al tr fico inmobiliario, a trav s delestablecimiento de mecanismos administrativos que faciliten la regularizaci nde la propiedad inmobiliaria;IX. Establecer sistemas de tributaci n inmobiliaria que permitan la aplicaci n,en acciones de DESARROLLO URBANO , de recursos recaudados por actos realizadosen materias de esta Ley;X. Fomentar el DESARROLLO de industriasustentable, a trav s de la previsi n debeneficios fiscales para su instalaci n y operaci n y de medidas administrativasque faciliten su establecimiento, yXI. Establecer mecanismos de simplificaci n de tr mites y procedimientos, parala aplicaci n de esta Ley su culo 3. Para los efectos de esta ley, se entiende por:I.
6 Administraci n P blica: El conjunto de dependencias, rganos y entidadesque componen la Administraci n Centralizada, Desconcentrada y Paraestataldel DISTRITO FEDERAL ;II. reas de Conservaci n Patrimonial: Las que por sus caracter sticas formanparte del patrimonio cultural URBANO , as como las que cuenten con declaratoriafederal de zona de monumentos hist ricos, arqueol gicos o art sticos, as comolas que sin estarformalmente clasificadas como tales, presenten caracter sticasde unidad formal, que requieren atenci n especial para mantener y potenciarsus valores patrimoniales y que ser n definidas en los programas;III. reas de Gesti n Estrat gica; Instrumento deplaneaci n y ordenamientoterritorial del DESARROLLO URBANO -ambiental, en reas espec ficas de la ciudad,cuyos objetivos fundamentales son: incidir positivamente en la regeneraci n,recualificaci n y revitalizaci n urbana y/o ambiental; proteger y fomentar elpatrimonio cultural URBANO y/o el paisaje cultural; acciones multidimensionales ymultisectoriales; de gesti n participativa; de DESARROLLO integral y, de inter sgeneral; y, definidas por el Comit T cnico de las reas de Gesti nEstrat gica;IV.
7 Asamblea: Asamblea Legislativa del DISTRITO FEDERAL ;V. Ciudad: la Ciudad de M xico, DISTRITO FEDERAL ;VI. Consejo: Consejo para el DESARROLLO URBANO Sustentable;VII. Delegaciones: Los rganos Pol tico-Administrativos con los que cuentacada una de las demarcaciones territoriales, en t rminos del art culo 104 delEstatuto de Gobierno del DISTRITO FEDERAL ;VIII. Dictamen: Resultado de la evaluaci n t cnico-jur dica emitida por laautoridad competente, respecto de un asunto sometido a su an lisis;ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL , VILEGISLATURAINSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS4IX. Equipamiento URBANO : El conjunto de inmuebles, instalaciones,construcciones y mobiliario URBANO , destinados a prestar a la poblaci nservicios p blicos, de administraci n p blica, de educaci n y cultura; decomercio, de salud y asistencia; de deporte y de recreaci n, de traslado y detransporte y otros, para satisfacer sus necesidades y su bienestar;X.
8 Espacio P blico; Las reas para la recreaci n p blica y las v as p blicas,tales como, plazas, calles, avenidas, viaductos, paseos, jardines, bosques,parques p blicos y dem s de naturaleza an loga;XI. Estatuto: El Estatuto de Gobierno del DISTRITO FEDERAL ;XII. Gaceta Oficial: La Gaceta Oficial del DISTRITO FEDERAL ;XIII. Infraestructura urbana: La distribuci n y orden de las partes del conjuntoinmobiliario del dominio p blico del DISTRITO FEDERAL , subyacente alequipamiento URBANO existente o por establecerse, que comprende la v ap blica, el suelo de uso com n, las redes subterr neas de distribuci n debienes y servicios, as como los dem s bienes inmuebles an logos;XIV.
9 Impacto URBANO : Es la influencia o alteraci n que causa una obra p blica oprivada en el entorno en el que se ubica;XV. Jefe de Gobierno: El Jefe de Gobierno del DISTRITO FEDERAL ;XVI. Jefes Delegacionales: Los Jefes Delegacionalesdel DISTRITO FEDERAL ;XVII. Ley de Planeaci Ley de Planeaci n del DESARROLLO del DistritoFederal;XVIII. Ley General: La Ley General de Asentamientos Humanos;XIX. Medidas de integraci n urbana: Las condiciones que deben cumplir laspersonas f sicas o morales que construyan, ampl en, reparen o modifiquen unaobra con el fin de integrarla al entorno URBANO , a la vialidad, a la estructurasocioecon mica, a la infraestructura y a la imagen urbana;XX. Mobiliario URBANO : Los elementos complementarios al equipamientourbano, ya sean fijos, m viles, permanentes o temporales, ubicados en la v ap blica o en espacios p blicos formando parte de la imagen de la Ciudad, losque, seg n su funci n, se aplican para el descanso, comunicaci n, informaci n,necesidades fisiol gicas, comercio, seguridad, higiene, servicio, jardiner a, as como aquellos otros muebles que determinen la Secretar a y la Comisi n Mixtade Mobiliario URBANO .
10 (ADICIONADO, 23 DE MARZO DE 2015)Dentro del mobiliario URBANO de losparques p blicos, se consideran losbebederos de agua potable a cargo de las delegaciones, los cuales deben serdise ados y construidos de modo tal que no posean un flujo de aguapermanente, a efectos de evitar su derroche. Sus mecanismos deASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL , VILEGISLATURAINSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS5accionamientoy provisi n deben reunir condiciones de higiene estrictas,evitando contacto de labios y manos que ofrezcan riesgos de transmisi n deenfermedades;XXI. Norma de Ordenaci n: las que regulan la intensidad, la ocupaci n yformas de aprovechamiento del sueloy el espacio URBANO ; asi como lascaracter sticas de las edificaciones, las construcciones, la transferencia depotencialidades de DESARROLLO URBANO , el impacto URBANO y las dem s quese ala esta ley; dichas normas se establecer n en los programas y en elreglamento de esta ley;XXII.