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LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES P BLICOS. C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N ltima Reforma DOF 28-05-2009. Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES. P BLICOS. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 13 de marzo de 2002. TEXTO VIGENTE. ltima reforma publicada DOF 28-05-2009. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO. "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: ARTICULO Se expide la Ley FEDERAL de RESPONSABILIDADES Administrativas de los Servidores P blicos para quedar como sigue: LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

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1 LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES P BLICOS. C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N ltima Reforma DOF 28-05-2009. Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES. P BLICOS. Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 13 de marzo de 2002. TEXTO VIGENTE. ltima reforma publicada DOF 28-05-2009. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Uni n, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO. "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: ARTICULO Se expide la Ley FEDERAL de RESPONSABILIDADES Administrativas de los Servidores P blicos para quedar como sigue: LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES.

2 PUBLICOS. TITULO PRIMERO. CAPITULO UNICO. Disposiciones Generales ARTICULO Esta Ley tiene por objeto reglamentar el T tulo Cuarto de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de: Los sujetos de responsabilidad administrativa en el servicio p blico;. Las obligaciones en el servicio p blico;. Las RESPONSABILIDADES y sanciones administrativas en el servicio p blico;. Las autoridades competentes y el procedimiento para aplicar dichas sanciones, y El registro patrimonial de los servidores p blicos. ARTICULO Son sujetos de esta Ley, los servidores p blicos federales mencionados en el p rrafo primero del art culo 108 Constitucional, y todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos p blicos federales. ARTICULO En el mbito de su competencia, ser n autoridades facultadas para aplicar la presente Ley: 1.

3 LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES P BLICOS. C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N ltima Reforma DOF 28-05-2009. Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis Las C maras de Senadores y Diputados del Congreso de la Uni n;. La Suprema Corte de Justicia de la Naci n y el Consejo de la Judicatura FEDERAL ;. La Secretar a de la Funci n P blica;. Fracci n reformada DOF 26-12-2005. El Tribunal FEDERAL de Justicia Fiscal y Administrativa;. Los tribunales de trabajo y agrarios;. El Instituto FEDERAL Electoral;. La Auditor a Superior de la Federaci n;. La Comisi n Nacional de los Derechos Humanos;. El Banco de M xico, y Los dem s rganos jurisdiccionales e instituciones que determinen las leyes. ARTICULO Para la investigaci n, tramitaci n, sustanciaci n y resoluci n, en su caso, de los procedimientos y recursos establecidos en la presente Ley, ser n autoridades competentes los contralores internos y los titulares de las reas de auditor a, de quejas y de RESPONSABILIDADES de los rganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administraci n P blica FEDERAL y de la Procuradur a General de la Rep blica.

4 ARTICULO Para los efectos de esta Ley se entender por: Ley: A la Ley FEDERAL de RESPONSABILIDADES Administrativas de los Servidores P blicos. Secretar a: A la Secretar a de la Funci n P blica. P rrafo reformado DOF 26-12-2005. Contralor as internas: A los rganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administraci n P blica FEDERAL , as como de la Procuradur a General de la Rep blica. Contralores internos y titulares de las reas de auditor a, de quejas y de RESPONSABILIDADES : A los titulares de las contralor as internas y a los de las reas de auditor a, de quejas y de RESPONSABILIDADES , designados por la Secretar a. Dependencias: A las consideradas como tales en la Ley Org nica de la Administraci n P blica FEDERAL , incluidos sus rganos administrativos desconcentrados, as como la Procuradur a General de la Rep blica.

5 Entidades: A las consideradas como entidades paraestatales en la Ley Org nica de la Administraci n P blica FEDERAL . ARTICULO Cuando los actos u omisiones de los servidores p blicos, materia de las quejas o denuncias, queden comprendidos en m s de uno de los casos sujetos a sanci n y previstos en el art culo 109 Constitucional, los procedimientos respectivos se desarrollar n en forma aut noma seg n su naturaleza y por la v a procesal que corresponda, debiendo las autoridades a que alude el art culo 3. 2. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES P BLICOS. C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N ltima Reforma DOF 28-05-2009. Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis turnar las quejas o denuncias a quien deba conocer de ellas. No podr n imponerse dos veces por una sola conducta sanciones de la misma naturaleza.

6 TITULO SEGUNDO. RESPONSABILIDADES Administrativas CAPITULO I. Principios que rigen la funci n p blica, sujetos de responsabilidad administrativa y obligaciones en el servicio p blico ARTICULO Ser responsabilidad de los sujetos de la Ley ajustarse, en el desempe o de sus empleos, cargos o comisiones, a las obligaciones previstas en sta, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio p blico. ARTICULO Todo servidor p blico tendr las siguientes obligaciones: Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisi n que cause la suspensi n o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisi n;. Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos econ micos p blicos.

7 Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para el desempe o de su empleo, cargo o comisi n, exclusivamente para los fines a que est n afectos;. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendici n de cuentas de la gesti n p blica FEDERAL , proporcionando la documentaci n e informaci n que le sea requerida en los t rminos que establezcan las disposiciones legales correspondientes;. Custodiar y cuidar la documentaci n e informaci n que por raz n de su empleo, cargo o comisi n, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, sustracci n, destrucci n, ocultamiento o inutilizaci n indebidos;. Observar buena conducta en su empleo, cargo o comisi n, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con las que tenga relaci n con motivo de ste.

8 Comunicar por escrito al titular de la dependencia o entidad en la que preste sus servicios, las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las rdenes que reciba y que pudiesen implicar violaciones a la Ley o a cualquier otra disposici n jur dica o administrativa, a efecto de que el titular dicte las medidas que en derecho procedan, las cuales deber n ser notificadas al servidor p blico que emiti la orden y al interesado;. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisi n, por haber concluido el per odo para el cual se le design , por haber sido cesado o por cualquier otra causa legal que se lo impida;. Abstenerse de disponer o autorizar que un subordinado no asista sin causa justificada a sus labores, as como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones.

9 3. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES P BLICOS. C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N ltima Reforma DOF 28-05-2009. Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis Abstenerse de autorizar la selecci n, contrataci n, nombramiento o designaci n de quien se encuentre inhabilitado por resoluci n de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisi n en el servicio p blico;. Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atenci n, tramitaci n o resoluci n de asuntos en los que tenga inter s personal, familiar o de negocios, incluyendo aqu llos de los que pueda resultar alg n beneficio para l, su c nyuge o parientes consangu neos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor p blico o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

10 El servidor p blico deber informar por escrito al jefe inmediato sobre la atenci n, tr mite o resoluci n de los asuntos a que hace referencia el p rrafo anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito sobre su atenci n, tramitaci n y resoluci n, cuando el servidor p blico no pueda abstenerse de intervenir en ellos;. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por s o por interp sita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenaci n en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para s , o para las personas a que se refiere la fracci n XI de este art culo, que procedan de cualquier persona f sica o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor p blico de que se trate en el desempe o de su empleo, cargo o comisi n y que implique intereses en conflicto.


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