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Ley Federal Sobre Metrología y Normalización - gob.mx

LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis ltima Reforma DOF 30-04-2009 1 de 48 LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 1 de julio de 1992 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 30-04-2009 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Uni n se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY Federal Sobre METROLOGIA Y NORMALIZACION TITULO PRIMERO CAPITULO UNICO Disposiciones Generales ART CULO La presente Ley regir en toda la Rep blica y sus disposiciones son de orden p blico e inter s social.

LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis

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1 LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis ltima Reforma DOF 30-04-2009 1 de 48 LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 1 de julio de 1992 TEXTO VIGENTE ltima reforma publicada DOF 30-04-2009 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Uni n se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: LEY Federal Sobre METROLOGIA Y NORMALIZACION TITULO PRIMERO CAPITULO UNICO Disposiciones Generales ART CULO La presente Ley regir en toda la Rep blica y sus disposiciones son de orden p blico e inter s social.

2 Su aplicaci n y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal , por conducto de las dependencias de la administraci n p blica Federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento. Siempre que en esta Ley se haga menci n a la Secretar a, se entender hecha a la Secretar a de Econom a. P rrafo reformado DOF 28-07-2006 ART CULO Esta Ley tiene por objeto: I. En materia de Metrolog a: a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida; b) Precisar los conceptos fundamentales Sobre metrolog a; c) Establecer los requisitos para la fabricaci n, importaci n, reparaci n, venta, verificaci n y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; d) Establecer la obligatoriedad de la medici n en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados; e) Instituir el Sistema Nacional de Calibraci n; LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N C MARA DE DIPUTADOS DEL H.

3 CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis ltima Reforma DOF 30-04-2009 2 de 48f) Crear el Centro Nacional de Metrolog a, como organismo de alto nivel t cnico en la materia; y g) Regular, en lo general, las dem s materias relativas a la metrolog a. II. En materia de normalizaci n, certificaci n, acreditamiento y verificaci n: a) Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboraci n y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas; b) Instituir la Comisi n Nacional de Normalizaci n para que coadyuve en las actividades que Sobre normalizaci n corresponde realizar a las distintas dependencias de la administraci n p blica Federal ; c) Establecer un procedimiento uniforme para la elaboraci n de normas oficiales mexicanas por las dependencias de la administraci n p blica Federal ; d) Promover la concurrencia de los sectores p blico, privado, cient fico y de consumidores en la elaboraci n y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas.

4 E) Coordinar las actividades de normalizaci n, certificaci n, verificaci n y laboratorios de prueba de las dependencias de administraci n p blica Federal ; f) Establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos de normalizaci n y de certificaci n, unidades de verificaci n y de laboratorios de prueba y de calibraci n; y g) En general, divulgar las acciones de normalizaci n y dem s actividades relacionadas con la materia. ART CULO Para los efectos de esta Ley, se entender por: I. Acreditaci n: el acto por el cual una entidad de acreditaci n reconoce la competencia t cnica y confiabilidad de los organismos de certificaci n, de los laboratorios de prueba, de los laboratorios de calibraci n y de las unidades de verificaci n para la evaluaci n de la conformidad; Fracci n reformada DOF 20-05-1997 II.

5 Calibraci n: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras caracter sticas metrol gicas; III. Certificaci n: procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalizaci n nacionales o internacionales; IV. Dependencias: las dependencias de la administraci n p blica Federal ; IV-A. Evaluaci n de la conformidad: la determinaci n del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o caracter sticas. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibraci n, certificaci n y verificaci n; Fracci n adicionada DOF 20-05-1997 V.

6 Instrumentos para medir: los medios t cnicos con los cuales se efect an las mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores; VI. Medir: el acto de determinar el valor de una magnitud; LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis ltima Reforma DOF 30-04-2009 3 de 48 VII. Medida materializada: el dispositivo destinado a reproducir de una manera permanente durante su uso, uno o varios valores conocidos de una magnitud dada; VIII. Manifestaci n: la declaraci n que hace una persona f sica o moral a la Secretar a de los instrumentos para medir que se fabriquen, importen, o se utilicen o pretendan utilizarse en el pa s; IX.

7 M todo: la forma de realizar una operaci n del proceso, as como su verificaci n; X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalizaci n, o la Secretar a, en los t rminos de esta Ley, que prev para un uso com n y repetido reglas, especificaciones, atributos, m todos de prueba, directrices, caracter sticas o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalaci n, sistema, actividad, servicio o m todo de producci n u operaci n, as como aquellas relativas a terminolog a, simbolog a, embalaje, marcado o etiquetado; Fracci n reformada DOF 20-05-1997 X-A. Norma o lineamiento internacional: la norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalizaci n u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los t rminos del derecho internacional; Fracci n adicionada DOF 20-05-1997 XI.

8 Norma oficial mexicana: la regulaci n t cnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el art culo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, caracter sticas o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalaci n, sistema, actividad, servicio o m todo de producci n u operaci n, as como aquellas relativas a terminolog a, simbolog a, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicaci n; Fracci n reformada DOF 20-05-1997 XII. Organismos de certificaci n: las personas morales que tengan por objeto realizar funciones de certificaci n; XIII. Organismos nacionales de normalizaci n: las personas morales que tengan por objeto elaborar normas mexicanas; XIV.

9 Patr n: medida materializada, aparato de medici n o sistema de medici n destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o varios valores conocidos de una magnitud para transmitirlos por comparaci n a otros instrumentos de medici n; XV. Patr n nacional: el patr n autorizado para obtener, fijar o contrastar el valor de otros patrones de la misma magnitud, que sirve de base para la fijaci n de los valores de todos los patrones de la magnitud dada; XV-A. Personas acreditadas: los organismos de certificaci n, laboratorios de prueba, laboratorios de calibraci n y unidades de verificaci n reconocidos por una entidad de acreditaci n para la evaluaci n de la conformidad; Fracci n adicionada DOF 20-05-1997 XVI. Proceso: el conjunto de actividades relativas a la producci n, obtenci n, elaboraci n, fabricaci n, preparaci n, conservaci n, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulaci n, ensamblado, transporte, distribuci n, almacenamiento y expendio o suministro al p blico de productos y servicios; XVII.

10 Unidad de verificaci n: la persona f sica o moral que realiza actos de verificaci n; y Fracci n reformada DOF 20-05-1997 LEY Federal Sobre METROLOG A Y NORMALIZACI N C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Centro de Documentaci n, Informaci n y An lisis ltima Reforma DOF 30-04-2009 4 de 48 XVIII. Verificaci n: la constataci n ocular o comprobaci n mediante muestreo, medici n, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado. Fracci n adicionada DOF 20-05-1997 XIX. (Se deroga) Fracci n derogada DOF 20-05-1997 ART CULO La Secretar a, en coordinaci n con la Secretar a de Relaciones Exteriores y en los t rminos de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal , representar al pa s en todos los eventos o asuntos relacionados con la metrolog a y normalizaci n a nivel internacional, sin perjuicio de que en dicha representaci n y conforme a sus atribuciones participen otras dependencias interesadas en raz n de su competencia, en coordinaci n con la propia Secretar a.


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