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Manual de funcionamientode una AMPAE dita: UFEPA (Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi) : Federaci n Alavesa de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros ConcertadosAdriano VI, 20 - 5 - Departamento 8. 01008 VITORIA-GASTEIZ / Tel fono: 945 221 080 / Fax: 945 241 466 / web: : Federaci n Cat lica de Padres de Familia y Padres de Alumnos de Bizkaia Col n de Larre tegui, 13-4 centro 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: : Federaci n Libre de Asociaciones de Padres de Alumnos de GipuzkoaPaseo de Fueros, 5 - Bajo Dcha. 20005 Donostia-San Sebasti n / Tel fono: 943 421 656 / Fax: 943 431 753e-mail: / web: Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi IntegrantesCol n de Larre tegui, 13 -4 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: : Federaci n Alavesa de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros ConcertadosAdriano VI, 20 - 5 - Departamento 8.

Manual de funcionamiento de una AMPA Edita: UFEPA (Unión de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Enseñanza Libre de Euskadi)

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1 Manual de funcionamientode una AMPAE dita: UFEPA (Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi) : Federaci n Alavesa de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros ConcertadosAdriano VI, 20 - 5 - Departamento 8. 01008 VITORIA-GASTEIZ / Tel fono: 945 221 080 / Fax: 945 241 466 / web: : Federaci n Cat lica de Padres de Familia y Padres de Alumnos de Bizkaia Col n de Larre tegui, 13-4 centro 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: : Federaci n Libre de Asociaciones de Padres de Alumnos de GipuzkoaPaseo de Fueros, 5 - Bajo Dcha. 20005 Donostia-San Sebasti n / Tel fono: 943 421 656 / Fax: 943 431 753e-mail: / web: Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi IntegrantesCol n de Larre tegui, 13 -4 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: : Federaci n Alavesa de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros ConcertadosAdriano VI, 20 - 5 - Departamento 8.

2 01008 VITORIA-GASTEIZ / Tel fono: 945 221 080 / Fax: 945 241 466 / web: : Federaci n Cat lica de Padres de Familia y Padres de Alumnos de Bizkaia Col n de Larre tegui, 13-4 centro 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: : Federaci n Libre de Asociaciones de Padres de Alumnos de GipuzkoaPaseo de Fueros, 5 - Bajo Dcha. 20005 Donostia-San Sebasti n / Tel fono: 943 421 656 / Fax: 943 431 753e-mail: / web: Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi Col n de Larre tegui, 13 -4 48001 BILBAO / Tel fono: 944 230 571 / Fax: 944 237 294e-mail: / web: de funcionamientode una AMPAE dita: UFEPA (Uni n de Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de Ense anza Libre de Euskadi)

3 4 UFEPA ndice Pr logo 5 Normativa b sica reguladora 6 Registro de Asociaciones y Direcciones de las Oficinas por territorio 9 C mo crear una asociaci n y documentos a presentar 10 Documentos necesarios para la constituci n 10 C digo de Identificaci n Fiscal / cuenta bancaria 15 Apertura de cuenta bancaria 16 Registro Municipal de Asociaciones 16 Subvenciones 17 Seguros 18 Evoluci n de las AMPAS 19 Consejo Escolar de Centro 20 Actividades extraescolares - actividades complementarias 21 La participaci n de los padres y madres en la actividad de la AMPA 22 Fines de las asociaciones de padres y madres 22 Actividades que desarrollan las AMPAs 23 Modificaci n de estatutos 23 rganos de Gobierno: Asamblea General, Junta Directiva, Comisi n Permanente y Comisiones de Trabajo 25 Cargos y funciones de las Juntas Directivas 26 Los presupuestos e ingresos 27 Subvenciones del Gobierno Vasco 28 Gastos 29 Balance de cuentas y presupuestos 29 Actividades subvencionadas 29 Justificaci n de las subvenciones 30 El archivo 30 Conclusiones 31 Voluntariado 31 Anexos 325 Manual de funcionamiento de una AMPAPr logo Uno de los compromisos que como Confederaci n compartimos con las Fe-deraciones Territoriales que la componen es la defensa de los padres y madres y la informaci Manual es un documento de consulta en el que apoyarse cuando como voluntarios asumimos funciones de directivos en representaci n del colectivo de padres y madres de nuestros centros en las Juntas Directivas de las AMPAS.

4 Naturalmente al ser un trabajo sintetizado quedar n cuestiones puntuales que no est n recogidas, no obstante para esos casos cont is con el apoyo de la Con-federaci n o las Federaciones Territoriales, Fapacne, Fecapp y Feguiapa, quien en su caso se encargar a de documentarse y resolver los temas o inquietudes que no est n recogidas en el presente Manual . Las Asociaciones de padres y madres de alumnos, (APAS, AMPAS o APYMAS), son organizaciones reconocidas dentro del proceso educativo que garantiza la libertad de asociarse para colaborar y participar en las tareas educa-tivas del Centro de Ense anza al que asisten nuestros hijos e hijas. Es un lugar de encuentro para padres y madres, que quieren vivir la Educa-ci n de sus hijos e hijas como algo m s que enviarlos al Centro Escolar.

5 Es el lazo de uni n entre las familias y que debe contribuir a la formaci n integral del alumnado, procurando a los asociados criterios que les hagan participar en la Comunidad Educativa como educadores primarios de nuestros hijos e hijas. Los componentes de las Juntas Directivas de las Asociaciones, Federaciones y de la Confederaci n somos voluntarios. Es decir nos mueven motivos de servi-cio a los dem s, al alumnado y al colegio que hemos elegido para su educaci Constituci n reconoce el movimiento asociativo en su Art culo 22. Tam-bi n lo hace la Ley (LODE, LOGSE, LOCE) y lo apoyan la Consejer a de Edu-caci n, Universidades e Investigaci n del Gobierno Vasco. Los Ayuntamientos cooperan con las AMPAS a trav s de programas de los Departamentos de Edu-caci n Municipales, actividades formativas, culturales o recreativas.

6 Tambi n las Diputaciones Forales tienen programas de ayuda escolar con programas para centros y nuestro sistema, la Educaci n es obligatoria entre los 6 y los 16 a os. Ele-gimos un colegio en funci n de un proyecto y un ideario, que aceptamos libre-mente. Si no estamos de acuerdo, debemos ser coherentes con nuestra obliga-ci n de procurar lo mejor para nuestros hijos e hijas. No debemos enfrentarnos al centro, ni poner en entredicho, p blicamente, su fama u honradez. Ponemos en evidencia nuestra falta de profesorado lo constituyen personas en las que delegamos la parte que les corres-ponde en las tareas educativas, que son dos, Instrucci n y Ense anza de profesorado es humano, igual que nosotros. Es l gico que yerre. El colegio no est para hacernos la vida imposible.

7 Est para ayudarnos a educar a nuestros hijos e hijas y debemos corresponder. Las familias no debemos inmiscuirnos en aquellos temas que no son de nuestra objetivo es que a trav s del conocimiento de las APYMAS, consigamos una participaci n activa en la vida de la Comunidad Educativa de nuestros colegios. Las familias, como primeros educadores no podemos delegarlos en terceras per-sonas, y cada vez m s debemos estar preparados para ser educadores eficaces, siem-pre ser n consecuencia de una adecuada colaboraci n entre la escuela y la familia. Normativa B sica Reguladora En este apartado hemos querido recoger la normativa legal b sica que afecta al funcionamiento de nuestras Asociaciones para cualquier consulta dispon is de In-ternet o en su caso en UFEPA o en la Federaci n que corresponda por culo 22 de la Constituci n Espa ola.

8 1. Se reconoce el derecho de asociaci Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como de-lito son Las asociaciones constituidas al amparo de este art culo deber n inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. de funcionamiento de una AMPA4. Las asociaciones solo podr n ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resoluci n judicial Se proh ben las asociaciones secretas y las de car cter paramilitar. Art culo 27 de la Constituci n Espa ola. 1. Todos tienen el derecho a la educaci n. Se reconoce la libertad de ense La educaci n tendr por objeto el pleno desarrollo de la personalidad hu-mana en el respeto a los principios democr ticos de convivencia y a los de-rechos y libertades Los poderes p blicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formaci n religiosa y moral que est de acuerdo con sus propias La ense anza b sica es obligatoria y Los poderes p blicos garantizan el derecho de todos a la educaci n, me-diante una programaci n general de la ense anza, con participaci n efecti-va de todos los sectores afectados y la creaci n de centros Se reconoce a las personas f sicas y jur dicas la libertad de creaci n de cen-tros docentes, dentro del respeto a los principios Los profesores, los padres y.

9 En su caso, los alumnos intervendr n en el con-trol y gesti n de todos los centros sostenidos por la Administraci n con fondos p blicos, en los t rminos que la Ley Los poderes p blicos inspeccionar n y homologar n el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Los poderes p blicos ayudar n a los centros docentes que re nan los requi-sitos que la Ley Se reconoce la autonom a de las Universidades en los t rminos que la Ley n Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la 183 Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948 (art culos 20 y 21)Art culo 201. Toda persona tiene derecho a la libertad de reuni n y de asociaci n pac Nadie podr ser obligado a pertenecer a una asociaci culo 211. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pa s, directa-mente o por medio de representantes libremente Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones p blicas de su pa La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder p blico; esta voluntad se expresar mediante elecciones aut nticas, que habr n de cele-brarse peri dicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

10 Art culo 22 Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperaci n internacional, habida cuenta de la organizaci n y de los recursos de cada Estado, la satisfacci n de los derechos econ micos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Decreto 66/87, del 10 de febrero, que regula las Asociaciones de padres y madres. (Anteriormente comentado)Ley Org nica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Decreto de Asociaci n (BOE 26-03-2002)Art culo 1: Objeto y mbito de aplicaci n 1. La presente Ley Org nica tiene por objeto desarrollar el derecho de asociaci n reconocido en el art culo 22 de la Constituci n y establecer aquellas normas de r gimen jur dico de las asociaciones que corresponde dictar al Estado.


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