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MANUAL QUE RECOGE EL TEXTO ACTUALIZADO DE LAS …

1 MANUAL QUE RECOGE EL TEXTO ACTUALIZADO DE LAS CONDICIONES de trabajo DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO de salud de VIGENTE APLICACI N en el A O 2014 Este MANUAL RECOGE las condiciones de trabajo de general aplicaci n al personal incluido en el mbito del Acuerdo de condiciones de trabajo de Osakidetza, en el cual se han recogido todas las actualizaciones realizadas hasta el presente a o 2014. NDICE: EUSKALDUNIZACI N Y ALFABETIZACI N Euskaldunizaci n y Alfabetizaci n Personal liberado. Retribuciones DERECHOS SOCIALES Ropa de trabajo Anticipos Adelantos de n mina P liza de seguro de accidentes personales, responsabilidad civil y vida Indemnizaci n por raz n de servicio Ayuda por estudios de perfeccionamiento profesional directamente relacionados con la funci n o puesto desempe ado Jubilaci n y primas por jubilaci n voluntaria Jubilaci n parcial y especial a los 64 a os 2 Servicio de comedor Transporte Fondo de acci n social Otras atenciones sociales Formaci n JORNADA ORDINARIA de trabajo , JORNADA COMPLEMENTARIA, DESCANSO DIARIO, DESCANSO SEMANAL, DESCANSOS ALTERNATIVOS Y VACACIONES Jornada anual ordinaria Jornada complementaria (Servicio de Atenci n Continuada) Duraci n m xima conjunta de los tiempos de trabajo Jornada y descansos diarios Descanso semanal R gimen de descansos alternativos Car cter de los

1 manual que recoge el texto actualizado de las condiciones de trabajo del personal de osakidetza-servicio vasco de salud de vigente aplicaciÓn en el aÑo

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1 1 MANUAL QUE RECOGE EL TEXTO ACTUALIZADO DE LAS CONDICIONES de trabajo DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO de salud de VIGENTE APLICACI N en el A O 2014 Este MANUAL RECOGE las condiciones de trabajo de general aplicaci n al personal incluido en el mbito del Acuerdo de condiciones de trabajo de Osakidetza, en el cual se han recogido todas las actualizaciones realizadas hasta el presente a o 2014. NDICE: EUSKALDUNIZACI N Y ALFABETIZACI N Euskaldunizaci n y Alfabetizaci n Personal liberado. Retribuciones DERECHOS SOCIALES Ropa de trabajo Anticipos Adelantos de n mina P liza de seguro de accidentes personales, responsabilidad civil y vida Indemnizaci n por raz n de servicio Ayuda por estudios de perfeccionamiento profesional directamente relacionados con la funci n o puesto desempe ado Jubilaci n y primas por jubilaci n voluntaria Jubilaci n parcial y especial a los 64 a os 2 Servicio de comedor Transporte Fondo de acci n social Otras atenciones sociales Formaci n JORNADA ORDINARIA de trabajo , JORNADA COMPLEMENTARIA, DESCANSO DIARIO, DESCANSO SEMANAL, DESCANSOS ALTERNATIVOS Y VACACIONES Jornada anual ordinaria Jornada complementaria (Servicio de Atenci n Continuada)

2 Duraci n m xima conjunta de los tiempos de trabajo Jornada y descansos diarios Descanso semanal R gimen de descansos alternativos Car cter de los periodos de descanso Calendario laboral Carteleras de trabajo Compensaci n por horas en exceso Control horario Vacaciones 3 LICENCIAS Y PERMISOS Criterios de distinci n entre licencias y permisos Incompatibilidad entre licencias y permisos Reingreso al puesto de trabajo en licencias y permisos Licencia por enfermedad o accidente Licencia para concurrir a ex menes prenatales y t cnicas de preparaci n al parto Licencia por gestaci n, alumbramiento, lactancia, adopci n y acogimiento Licencia de paternidad por nacimiento, acogimiento o adopci n Licencia por matrimonio propio o de parientes e inicio de convivencia estable Licencia por enfermedad grave, hospitalizaci n o fallecimiento de parientes Licencia por cumplimiento de deberes inexcusables de car cter p blico o personal Licencia por traslado o mudanza del domicilio habitual Licencia por asuntos particulares Licencia por ejercicio de funciones de representaci n sindical o del personal Licencia para atender el cuidado de un familiar de primer grado por razones de enfermedad muy grave Licencia por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier causa deban permanecer hospitalizados a continuaci n del parto Permiso por asistencia a ex menes Permiso para asistencia a cursos y congresos Autorizaci n para la realizaci n de estudios de perfeccionamiento profesional Permiso para acudir a consultas.

3 Tratamientos y exploraciones de tipo m dico Permiso por asuntos propios 4 Autorizaci n de colaboraci n con organizaciones no gubernamentales Permiso por reducci n de jornada Permiso sin sueldo de un a o Permiso para atender a familiares con enfermedad cr nica o problemas de movilidad Permiso por cuidado de menores o minusv lidos ps quicos, f sicos o sensoriales y de parientes hasta 2 grado Permiso por violencia de g nero Permiso por bautizos y comuniones Permiso por cuidado de menores afectados/as por c ncer u otra enfermedad grave SITUACIONES DEL PERSONAL Situaciones Servicio activo Servicios especiales Servicio bajo otro r gimen jur dico Excedencia por prestar servicios en el sector p blico Excedencia voluntaria Suspensi n de funciones Expectativa de destino Excedencia forzosa Excedencia voluntaria incentivada Excedencia para el cuidado de familiares Excedencia por violencia de g nero 5 Autorizaci n especial para el cuidado de hijos o hijas para el personal no fijo Promoci n interna temporal Desempe o de funciones de inferior o superior categor a Suspensi n de la relaci n laboral con motivo de privaci n de libertad Reingreso al servicio activo Reingreso provisional SEGURIDAD Y salud DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA Derechos y

4 Obligaciones Revisiones m dicas R GIMEN DE EXENCI N DE GUARDIAS M DICAS FACULTATIVAS Exenci n de guardias m dicas facultativas por raz n de edad M dulos de atenci n continuada para actividad asistencial Solicitud de realizaci n de m dulos de atenci n continuada por parte de los facultativos que hubieran sido eximidos de su realizaci n en una fecha posterior al 31 de diciembre de 1999 Percepciones econ micas Aplicaci n DEL R GIMEN DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA Retribuciones para el personal sujeto al presente Acuerdo Complemento personal 6 Antig edad Reconocimiento de servicios prestados a la Administraci n P blica Pagas extraordinarias y de vacaciones Complemento retributivo de car cter general Jornada partida Complemento de hospitalizaci n Complemento espec fico de exclusividad del personal facultativo Complemento de productividad fija del personal facultativo Complemento de turnicidad Complemento de trabajo en domingo y festivos Complemento de nocturnidad Complemento de desplazamiento de dispersi n geogr fica de los Equipos de Atenci n Primaria Guardias en las Zonas rurales de las Comarcas sanitarias Compensaci n de complementos retributivos por descansos Complemento de localizaci n Conceptos retributivos no incluidos en la retribuci n total ANEXO DE RETRIBUCIONES 7 EUSKALDUNIZACI N Y ALFABETIZACI N Euskaldunizaci n y Alfabetizaci n.

5 Se adopta el compromiso de avanzar en el proceso de euskaldunizaci n, en aras a posibilitar un servicio de calidad, respetando los derechos ling sticos de la poblaci n. En materia de euskaldunizaci n y alfabetizaci n ser de aplicaci n lo dispuesto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalizaci n del uso del euskera en Osakidetza y en el II Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud . En cumplimiento de lo establecido en el citado Decreto 67/2003, de 18 de marzo, as como en las pautas determinadas en el Plan de Euskera, la cobertura de puestos deber de realizarse conforme a los criterios que dichos textos determinan. Personal liberado. Retribuciones. El personal liberado para el estudio del euskera percibir el 100% de las retribuciones, tanto fijas como variables, que por cartelera tenga asignadas. Asimismo, se constituye una bolsa de euros para el abono de las matr culas de euskera en la Escuela Oficial de Idiomas.

6 Se realizar n dos convocatorias anuales de acreditaci n de perfiles ling sticos. Osakidetza financiar , en determinadas condiciones, cursos de euskera a aquellos trabajadores a los que el IVAP no les facilite la matr cula por tener agotado su cr dito para el aprendizaje. 8 DERECHOS SOCIALES Ropa de trabajo . Osakidetza proporcionar al personal ropa y calzado de trabajo adecuados a su puesto de trabajo , seg n las disposiciones existentes, siendo obligatorio su uso. Se proporcionar con la periodicidad que seg n la prenda corresponda, reponi ndose en caso de deterioro mediante su entrega en cualquier momento anterior al cumplimiento del plazo. Anticipos. El personal en activo, tendr derecho a la concesi n de anticipos ordinarios sin inter s alguno, de hasta el 100% de su salario l quido mensual, m s la parte proporcional devengada de Paga Extraordinaria, siempre y cuando no se prevea la finalizaci n de la relaci n contractual antes de fin de mes.

7 Dicho anticipo deber ser compensado en la n mina correspondiente al mes solicitado, con excepci n de aquellos anticipos concedidos tras el cierre mensual de la n mina, en cuyo caso ser n compensados en la n mina correspondiente al mes siguiente. Asimismo, para aquellas personas a las que se les practique cualquier tipo de retenci n mensual, la cuant a m xima del anticipo mensual ser igual al 100% del salario l quido mensual menos la retenci n anteriormente se alada. Adelantos de n mina. El personal fijo, as como el personal con relaci n de empleo estatutaria o funcionarial de car cter interino para la cobertura de necesidades que se encuentren incluidas dentro de los l mites de la autorizaci n de efectivos de car cter estructural, incluidos en el mbito de este Acuerdo, tendr n derecho a un adelanto de n mina, dentro de las consignaciones presupuestarias, con arreglo a la normativa que a continuaci n se expone: Se considera adelanto de n mina el que se refiere al abono de cantidades a cargo de retribuciones correspondientes a un trabajo no efectuado.

8 9 1. El importe m ximo de los adelantos de n mina a conceder ser de euros. Para ello ser necesario que concurra alguna de las circunstancias calificadas como necesidad urgente en el apartado cuarto. No obstante, en los supuestos e), f), g), h) i), j), k) y l) previstos en el citado apartado, el importe a conceder vendr determinado, dentro del l mite m ximo se alado, por la cuant a que figure en los justificantes de gastos que, como documentos acreditativos de la necesidad urgente, deber adjuntar a su solicitud el/la peticionario/a. 2. El plazo m ximo de reintegro ser de veinticuatro mensualidades. Estos adelantos de n mina no devengar n inter s alguno, y podr n ser reintegrados en plazo inferior al se alado como m ximo. 3. No podr concederse ning n nuevo adelanto de n mina mientras no se tuvieran liquidados los compromisos de igual ndole adquiridos con anterioridad.

9 Asimismo, deber transcurrir un per odo m nimo de seis meses entre la cancelaci n de un adelanto de n mina y la solicitud de concesi n de otro. No obstante, las causas contempladas en los apartados f) y g) ser n incompatibles entre s y otorgar n derecho a la concesi n de un solo adelanto de n mina durante un per odo de diez a os, salvo traslado para la provisi n de un nuevo puesto de trabajo en distinta comarca sanitaria. Respecto al supuesto relativo a adquisici n de veh culo no cabr conceder nuevo adelanto por igual motivo hasta tanto no transcurran 5 a os desde la concesi n del anterior. Tanto para el personal fijo como interino, cualquier cambio en la situaci n administrativa de los beneficiarios y beneficiarias de los adelantos de n mina que motive la baja en n mina, requerir el previo reintegro en su totalidad del adelanto de n mina concedido, pudiendo Osakidetza ejercer las medidas disciplinarias y/o judiciales oportunas para exigir el reintegro pendiente de devoluci n.

10 No se conceder n excedencias voluntarias a beneficiarios/as de adelantos de n mina, en tanto en cuanto no haya sido reintegrado en su totalidad. 4. Necesidades urgentes. Tendr n dicha consideraci n las derivadas de: a) Matrimonio o inicio de convivencia estable en pareja acreditada mediante certificado de la persona solicitante. b) Divorcio, separaci n o nulidad del matrimonio de la persona solicitante. c) Fallecimiento del c nyuge, hijos o hijas. d) Nacimiento de hijos o hijas, o supuestos de adopci n y acogimiento. 10 e) Enfermedad o intervenci n quir rgica grave del o de la solicitante o de su c nyuge, compa ero o compa era, hijos o hijas, o de menores que tuviera en acogimiento. f) Adquisici n de la vivienda habitual y amortizaci n de cr ditos bancarios, con ocasi n de adquisici n de vivienda habitual. En este supuesto el importe del adelanto de n mina podr ascender hasta euros, siendo el plazo m ximo de reintegro de 48 mensualidades.


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