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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

1 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria MINISTERIO DE ECONOM A Y FINANZAS SUBSECRETAR A DE presupuesto NORMAS T CNICAS DE presupuesto CODIFICACI N AL 5 DE ABRIL DE 2018 2 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria CONTENIDO Contenido .. 2 1. NORMATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS P BLICAS (SINFIP) .. 5 PRINCIPIOS GENERALES .. 5 ENTES FINANCIEROS .. 5 MODELO DE GESTI N FINANCIERA .. 5 PERIODOS DE GESTI N .. 6 CONSISTENCIA .. 7 EXPOSICI N DE INFORMACI N .. 7 IMPORTANCIA RELATIVA .. 7 OBSERVANCIA DEL ORDENAMIENTO LEGAL .. 7 OBLIGATORIEDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS P BLICAS (SINFIP) .. 7 2. NORMAS T CNICAS DE presupuesto .. 8 NORMAS GENERALES .. 8 OBJETIVO .. 8 MBITO DE APLICACI N .. 8 MODELO DE GESTI N FINANCIERA .. 9 PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS.

de la Institución en función de las necesidades de la gestión financiera institucional. 1.1.2.3 Entidad Operativa Desconcentrada EOD Es la unidad desconcentrada con atribuciones y competencias para realizar funciones administrativas y financieras. Los presupuestos se asignan al nivel de la entidad operativa

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1 1 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria MINISTERIO DE ECONOM A Y FINANZAS SUBSECRETAR A DE presupuesto NORMAS T CNICAS DE presupuesto CODIFICACI N AL 5 DE ABRIL DE 2018 2 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria CONTENIDO Contenido .. 2 1. NORMATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS P BLICAS (SINFIP) .. 5 PRINCIPIOS GENERALES .. 5 ENTES FINANCIEROS .. 5 MODELO DE GESTI N FINANCIERA .. 5 PERIODOS DE GESTI N .. 6 CONSISTENCIA .. 7 EXPOSICI N DE INFORMACI N .. 7 IMPORTANCIA RELATIVA .. 7 OBSERVANCIA DEL ORDENAMIENTO LEGAL .. 7 OBLIGATORIEDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS P BLICAS (SINFIP) .. 7 2. NORMAS T CNICAS DE presupuesto .. 8 NORMAS GENERALES .. 8 OBJETIVO .. 8 MBITO DE APLICACI N .. 8 MODELO DE GESTI N FINANCIERA .. 9 PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS.

2 9 GESTI N PRESUPUESTARIA POR RESULTADOS .. 11 DE LA PROGRAMACI N PRESUPUESTARIA .. 13 DEFINICI N .. 13 CRONOGRAMA PARA LA ELABORACI N DE LA PROFORMA PRESUPUESTARIA .. 13 PROGRAMACI N PRESUPUESTARIA GLOBAL .. 13 PROGRAMACI N PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL .. 16 DE LA FORMULACI N PRESUPUESTARIA .. 21 DEFINICI N .. 21 ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS .. 21 CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS .. 21 EXPEDICI N Y ACTUALIZACI N DE CAT LOGOS Y CLASIFICADORES .. 22 CLAVES PRESUPUESTARIAS .. 23 PROCESO DE AN LISIS Y VALIDACI N DE LAS PROFORMAS 23 ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA PROFORMA DEL presupuesto GENERAL DEL ESTADO .. 23 PRESENTACI N DE LA PROFORMA A LA ASAMBLEA NACIONAL .. 24 APROBACI N Y PUESTA EN VIGENCIA DEL presupuesto GENERAL DEL ESTADO .. 25 APROBACI N DE LOS PRESUPUESTOS DE LAS EMPRESAS P BLICAS .. 25 3 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria APROBACI N DE LOS PRESUPUESTOS DE LAS ENTIDADES DE R GIMEN AUT NOMO DESCENTRALIZADO.

3 25 DE LA EJECUCI N PRESUPUESTARIA .. 25 DEFINICI N .. 25 PROGRAMACI N DE LA EJECUCI N PRESUPUESTARIA .. 25 REFORMAS PRESUPUESTARIAS .. 33 EVALUACI N DE LA EJECUCI N PRESUPUESTARIA .. 41 DEFINICI N .. 41 PERIODICIDAD .. 41 NIVELES DE LA EVALUACI N .. 41 MBITO DE COMPETENCIAS DE LA EVALUACI N .. 41 PROCESO GENERAL DE LA EVALUACI N .. 41 CONTENIDO DE LA EVALUACI N FINANCIERA .. 42 CONTENIDO DE LA EVALUACI N PROGRAM TICA .. 43 INFORMES .. 43 CLAUSURA Y LIQUIDACI N .. 45 CLAUSURA DEL presupuesto .. 45 LIQUIDACI N 45 DE LAS COMPETENCIAS .. 46 DE LAS COMPETENCIAS .. 46 DE LAS ESPECIES 46 RGANO RECTOR .. 46 MBITO DE APLICACI N .. 46 CORRESPONSABLES .. 47 DEFINICI N .. 47 CLASIFICACI N .. 47 PLANIFICACI N Y JUSTIFICACI N DE LA EMISI 47 AN LISIS Y APROBACI N DE ARTES O DISE OS .. 47 INFORME T CNICO .. 48 ACUERDO MINISTERIAL.

4 48 IMPRESI N Y/O ELABORACI N .. 48 EL PROCEDIMIENTO PRECONTRACTUAL Y CONTRACTUAL .. 48 DE LA ENTREGA RECEPCI N .. 48 DISTRIBUCI N .. 50 COMERCIALIZACI N Y RETROINFORMACI N .. 50 CONTROL CONCURRENTE .. 51 4 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria DE LA BAJA .. 51 ANULACI N .. 52 INFORME DE BAJAS .. 53 DISPOSICIONES GENERALES .. 53 5 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria 1. NORMATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS P BLICAS (SINFIP) El Sistema Nacional de FINANZAS P blicas (SINFIP) comprende el conjunto de normas, pol ticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector P blico, deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, egresos y financiamiento p blicos, con sujeci n al Plan Nacional de Desarrollo y a las pol ticas p blicas establecidas en esta Ley.

5 RECTOR A DEL SINFIP La Rector a del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la Rep blica, quien la ejercer a trav s del MINISTERIO de Econom a y FINANZAS , que ser el ente rector del SINFIP. COMPONENTES DEL SINFIP Los componentes del SINFIP son: Pol tica y Programaci n Fiscal; Ingresos; presupuesto ; Endeudamiento P blico; Contabilidad Gubernamental; y, Tesorer a. PRINCIPIOS GENERALES ENTES FINANCIEROS Constituyen entes financieros los organismos, entidades, fondos o proyectos creados por ley, decreto u ordenanza, con existencia propia e independiente, que administran recursos y obligaciones del Estado.

6 Bajo cuya responsabilidad estar el funcionamiento del Sistema Nacional de FINANZAS P blicas. Si las circunstancias lo ameritan se desconcentrar el sistema, bajo la exclusiva responsabilidad del ente financiero institucional. Los entes financieros se presumir n de existencia permanente, a menos que las disposiciones que los crearon definan una existencia determinada u otra norma legal establezca su disoluci n o fusi n. El conjunto de recursos y obligaciones administrados por los entes financieros, reflejados en el Sistema de Administraci n Financiera institucional, constituir n la base del Sistema en los niveles Sectorial y Global del Sector P blico no Financiero. Los organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Estado Central, se constituir n en un solo Ente Financiero, con presupuesto , contabilidad y tesorer a nicos. MODELO DE GESTI N FINANCIERA El conjunto de organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Estado Central, se rigen a trav s de la centralizaci n contable y de la caja fiscal y desconcentraci n de la ejecuci n presupuestaria, para lo que se constituyen los siguientes niveles estructurales: Unidad de Administraci n Financiera UDAF Es la m xima instancia institucional en materia financiera y presupuestaria; cumple y vela por la aplicaci n de leyes, normas y procedimientos que rigen la actividad financiera y presupuestaria de observancia general en la Instituci n.

7 Las atribuciones de las Unidades de Administraci n Financiera de cada organismo y ente del Sector P blico, son las siguientes: 6 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria a. Coordinar la programaci n y formulaci n del presupuesto , la programaci n de la ejecuci n presupuestaria con los responsables de cada unidad ejecutora, la evaluaci n de la gesti n presupuestaria; b. Coordinar con la unidad de planificaci n institucional la adecuada vinculaci n de la planificaci n con el presupuesto y el registro en el sistema integrado de informaci n financiera, de la parte pertinente a los objetivos, metas, y acciones definidas en el plan; y, c. Coordinar la administraci n financiera institucional con el ente rector para la debida aplicaci n de las pol ticas, directrices, normas y procedimientos que emanen del mismo.

8 La UDAF no tiene competencias de car cter operativo: aglutina las solicitudes de sus unidades ejecutoras para su tratamiento al nivel del ente rector; autoriza y aprueba las operaciones presupuestarias delegadas para su tratamiento. Unidad Coordinadora UC Es la unidad que, en lo organizativo, es una instancia dependiente de la UDAF para cumplir determinadas atribuciones que le sean delegadas para facilitar la coordinaci n de las entidades operativas desconcentradas con la UDAF, particularmente en lo relacionado a la programaci n presupuestaria, programaci n financiera y ejecuci n presupuestaria. Su creaci n es facultativa de la Instituci n en funci n de las necesidades de la gesti n financiera institucional. Entidad Operativa Desconcentrada EOD Es la unidad desconcentrada con atribuciones y competencias para realizar funciones administrativas y financieras.

9 Los presupuestos se asignan al nivel de la entidad operativa desconcentrada; por tanto, son la instancia responsable, en lo operativo, de las distintas fases del ciclo presupuestario; para tal efecto se regir a las disposiciones y normas del ente rector canalizadas a trav s de la UDAF y de las Unidades Coordinadoras de las que deber requerir su aprobaci n o autorizaci n en todo aquello que no se encuentre dentro de su marco de competencias. Todos los registros en las distintas fases del presupuesto se efect an en la Entidad Operativa Desconcentrada EOD; en consecuencia, le corresponde mantener los documentos de soporte de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. Para efecto de realizar sus actividades mantendr comunicaci n y canalizar sus requerimientos por medio de las Unidades Coordinadoras y la UDAF, seg n sea el caso. PERIODOS DE GESTI N El Sistema de Administraci n Financiera operar con per odos mensuales para medir, conocer y comparar los resultados de la gesti n y la situaci n econ mica financiera, contable y presupuestaria, sin que ello constituya impedimento para generar informes con la oportunidad, forma y contenido que los usuarios lo determinen.

10 En el per odo con cierre activado, no se podr n alterar o modificar los datos; las regularizaciones por errores u otras causas, deber n efectuarse en el mes vigente del sistema. El ejercicio fiscal coincidir con el a o calendario, comprendido entre el 1ro. de enero y el 31 de diciembre de cada a o. 7 Subsecretar a de presupuesto / Direcci n Nacional de Consistencia Presupuestaria CONSISTENCIA El Sistema Nacional de FINANZAS P blicas estar estructurado como un sistema integral, nico y uniforme. El MINISTERIO de Econom a y FINANZAS tendr la atribuci n exclusiva para autorizar, en casos excepcionales, la aplicaci n de criterios t cnicos diferentes a los establecidos en los principios y normas t cnicas; los efectos en los resultados contables y presupuestarios se dar n a conocer en notas explicativas de los respectivos informes, analizando el impacto econ mico o financiero que representen.


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