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NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE …

NORMA DE BUENAS PR CTICAS DE ALMACENAMIENTO 1 PRESENTACI N El Decreto Supremo Reglamentario a la Ley del Medicamento No. 25235 establece adoptar los recaudos necesarios de almacenamiento para la adecuada conservaci n de las especialidades farmac uticas, preparaciones oficinales, cosm ticos, miscel neos y sustancias qu micas. Es evidente que el almacenamiento de medicamentos reconocidos por Ley es un aspecto importante en el marco de su uso racional, mantener las condiciones adecuadas en cuanto a temperatura, humedad, luz, aire, radiaciones, etc. aseguran la conservaci n tanto de sus caracter sticas fisicoqu micas as como de sus propiedades farmacol gicas. La NORMA de BUENAS Pr cticas de Almacenamiento establece claramente las directrices referentes a la infraestructura del almac n, manejo de documentaci n, empleo de equipos y materiales adecuados, normas para el personal id neo, entre otros, en relaci n a la calidad y seguridad del producto en todos los procesos desde su adquisici n hasta su distribuci n.

3 1. INTRODUCCIÓN Las Buenas Prácticas de Almacenamiento, constituyen un elemento fundamental dentro de toda institución destinada al manejo de productos farmacéuticos, que engloba políticas,

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1 NORMA DE BUENAS PR CTICAS DE ALMACENAMIENTO 1 PRESENTACI N El Decreto Supremo Reglamentario a la Ley del Medicamento No. 25235 establece adoptar los recaudos necesarios de almacenamiento para la adecuada conservaci n de las especialidades farmac uticas, preparaciones oficinales, cosm ticos, miscel neos y sustancias qu micas. Es evidente que el almacenamiento de medicamentos reconocidos por Ley es un aspecto importante en el marco de su uso racional, mantener las condiciones adecuadas en cuanto a temperatura, humedad, luz, aire, radiaciones, etc. aseguran la conservaci n tanto de sus caracter sticas fisicoqu micas as como de sus propiedades farmacol gicas. La NORMA de BUENAS Pr cticas de Almacenamiento establece claramente las directrices referentes a la infraestructura del almac n, manejo de documentaci n, empleo de equipos y materiales adecuados, normas para el personal id neo, entre otros, en relaci n a la calidad y seguridad del producto en todos los procesos desde su adquisici n hasta su distribuci n.

2 El Ministerio de Salud y Deportes a trav s de la Direcci n de Medicamentos y Tecnolog a en Salud presenta esta edici n con el prop sito de garantizar medicamentos eficaces, seguros y de calidad. Dr. lvaro Mu oz Reyes Navarro Ministro de Salud y Deportes 2 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCI N 3 2. OBJETIVO 3 3. ALCANCE 3 4. COMPONENTES 3 5. PERSONAL 4 6. INFRAESTRUCTURA 5 7. EQUIPOS Y MATERIALES 7 8. DOCUMENTACI N 8 9. PRODUCTOS DEVUELTOS 14 10. RETIRO DEL MERCADO 15 11. DESPACHO Y TRANSPORTE 15 12. RECLAMOS 16 ANEXO 1 18 3 1. INTRODUCCI N Las BUENAS Pr cticas de Almacenamiento, constituyen un elemento fundamental dentro de toda instituci n destinada al manejo de productos farmac uticos, que engloba pol ticas, actividades y recursos con el objeto mantener y garantizar la calidad, conservaci n y el cuidado de los medicamentos reconocidos por Ley, para una buena prestaci n de servicios de salud.

3 La presente NORMA surge como respuesta a la necesidad de proveer un instrumento eficaz, destinado a establecer y evaluar las condiciones y pr cticas involucradas en el almacenamiento y es aplicable a industrias farmac uticas, empresas importadoras, distribuidoras, sucursales, establecimientos farmac uticos, almacenes de instituciones de salud de la Seguridad Social, Sector P blico y Privado, Centros de distribuci n de medicamentos y otros establecimientos del rubro farmac utico. El presente documento, est ntimamente ligado con otras normas y procesos relacionados, como son las Normas de BUENAS Pr cticas de Manufactura, estudios de estabilidad de medicamentos, procesos de distribuci n y cadena de fr o, especialmente para vacunas y productos biol gicos, contribuyendo de esta manera a establecer un sistema integral de garant a de calidad, que permita la utilizaci n de medicamentos e insumos afines en condiciones de oportunidad y calidad a fin de cumplir esa noble funci n de proteger, sanar, diagnosticar o devolver la salud al paciente.

4 2. OBJETIVO El objetivo de esta NORMA es el de establecer pautas y requisitos m nimos necesarios que permitan garantizar el cumplimiento de las BUENAS Pr cticas de Almacenamiento, en conformidad con lo establecido por la Ley del Medicamento, Ley 1737. 3. ALCANCE Esta NORMA es aplicable a industrias farmac uticas, empresas importadoras, distribuidoras, sucursales, establecimientos farmac uticos, almacenes de instituciones de salud de la Seguridad Social, Sector P blico y Privado, Centros de distribuci n de medicamentos y otros establecimientos del rubro farmac utico. 4. COMPONENTES Los elementos b sicos necesarios para el cumplimiento de las BUENAS Pr cticas de Almacenamiento, considerados en la presente NORMA son: Personal Infraestructura Equipos y materiales Documentaci n Materiales, envases, y etiquetas Productos devueltos 4 Retiro del mercado Despacho y transporte Reclamos 5.

5 PERSONAL Los almacenes deben contar con el n mero adecuado de personal calificado bajo la responsabilidad de un profesional Bioqu mico Farmac utico, Qu mico Farmac utico o Farmac utico, con la autoridad suficiente para dise ar, implementar y mantener un sistema que garantice el cumplimiento de las BUENAS Pr cticas de Almacenamiento (BPA). Las tareas espec ficas de cada persona deben definirse por escrito. Cada tarea debe ser delegada a la persona id nea y no deben haber vac os o superposiciones en las responsabilidades relacionadas al cumplimiento de las BPA. El personal de almacenes debe informar a su superior, acerca de las instalaciones, equipos o personal, que considere pueda influir negativamente en la calidad de los productos. Debe proveerse a todo el personal la capacitaci n y entrenamiento apropiado en BPA y documentos relacionados.

6 La capacitaci n debe ser inicial y continua; y su implementaci n debe ser evaluada peri dicamente, llevando los registros respectivos. Se deben establecer programas especiales de capacitaci n para el personal que trabaja en reas donde se manipulan materiales altamente activos, t xicos y sensibilizantes. Los programas de capacitaci n deben estar al alcance de todo el personal involucrado y se debe llevar un registro de dichos programas. Todo el personal debe recibir capacitaci n en las pr cticas de higiene personal y someterse a ex menes m dicos regulares, los cuales deben registrarse con mayor frecuencia para los que manejan materiales o productos peligrosos. Cualquier persona con enfermedad transmisible o lesiones abiertas en superficies descubiertas del cuerpo no debe trabajar en reas de almacenamiento. El personal debe llevar vestimenta de trabajo apropiada, incluyendo aditamentos protectores de acuerdo a las necesidades propias de sus actividades laborales.

7 Debe prohibirse el fumar, comer, beber o masticar, como tambi n el mantener plantas, alimentos, bebidas, medicamentos u otros objetos de uso personal en el almac n. Deben adoptarse las medidas necesarias para impedir el ingreso de personas no autorizadas a las reas de almacenamiento. 5 6. INFRAESTRUCTURA La infraestructura y el espacio f sico, deben responder a las necesidades de almacenamiento de la instituci n de acuerdo al volumen de medicamentos manejados, a la racionalidad en el manejo y a los criterios de distribuci n. En el dise o del almac n se debe considerar los siguientes aspectos: a. Ubicaci n. El rea de almacenamiento debe estar ubicada en un lugar donde se eviten riesgos de contaminaci n de materiales o de productos. b. reas. Seg n las condiciones del almac n, tama o y tipo de materiales almacenados, se debe contar con los siguientes espacios: recepci n, despachos, administraci n, servicios p blicos, vestidores, controladores ambientales, espacio destinado a extintores y rea de almacenamiento propiamente dicha.

8 El almac n propiamente dicho debe contar con un rea para cuarentena, rea para material rechazado (medicamentos deteriorados, vencidos, material rechazado en la recepci n, etc.), rea de almacenamiento de materias primas, productos a granel y productos terminados, sitio para material de riesgo (l quidos inflamables, t xicos, corrosivos, etc), espacio para elementos refrigerados y un sitio con llave destinado a los medicamentos controlados. c. F cil movimiento. El espacio en el interior del almac n debe facilitar el movimiento del personal y de los productos. Son recomendables los dise os de una sola planta. Si se utilizan divisiones, situar las paredes y las puertas de tal manera que faciliten el flujo. Se debe procurar que las operaciones se desarrollen de manera unidireccional. d. Condiciones ambientales.

9 Para mantener las caracter sticas (f sicas, qu micas, microbiol gicas, farmacol gicas, etc. de los productos farmac uticos, es necesario controlar los factores ambientales: temperatura, radiaciones, luz, aire (CO2, CO, O2) y humedad, seg n requerimiento del producto los cuales deben estar descritos en sus etiquetas. e. Las paredes, pisos y techos deben ser de f cil limpieza y dise ados de tal manera que se evite el ingreso de insectos, aves, roedores, polvo y otros contaminantes. f. Iluminaci n. Los almacenes deben garantizar una iluminaci n que de lugar a condiciones agradables de trabajo. Sin embargo deben evitarse ventanales grandes o claraboyas que permitan la entrada directa de la luz solar sobre los productos o estantes ya que la radiaci n solar, adem s de elevar la temperatura ambiental, inestabiliza gran parte de los medicamentos.)

10 G. Ventilaci n. Se debe asegurar los cambios de aire necesarios o permitir la circulaci n de aire adecuado a fin de evitar los riesgos de contaminaci n cruzada ocasionados por poca ventilaci n. 6 h. Humedad relativa. Debe estar entre 60% y 70% a fin de mantener las condiciones adecuadas para el almacenamiento de los productos farmac uticos. i. Temperatura. Se consideran condiciones normales de almacenamiento, un local seco, bien ventilado a temperaturas entre 2 C y 25 C o, dependiendo de las condiciones clim ticas hasta 30 C. Los rangos de temperatura de almacenamiento, utilizados como gu a y recomendados por la OMS (Anexo1). reas de almacenamiento. Los ambientes destinados a almacenamiento deben estar debidamente identificados y debe tomarse precauciones para impedir que personas no autorizadas ingresen en las reas de almacenamiento.


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