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Norma Internacional de Contabilidad n º 8 (NIC 8 ...

Norma Internacional de Contabilidad n 8 (NIC 8) Pol ticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores Esta Norma revisada sustituye a la NIC 8 Ganancia o p rdida neta del ejercicio, errores fundamentales y cambios en pol ticas contables, y se aplicar en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicaci n anticipada. NIC 8 Norma Internacional de Contabilidad n 8 (NIC 8) Pol ticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores Objetivo 1. El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las pol ticas contables, as como el tratamiento contable y la informaci n a revelar acerca de los cambios en las pol ticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la correcci n de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, as como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por sta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades.

NIC 8 Norma Internacional de Contabilidad nº 8 (NIC 8) Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores Objetivo 1. El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así

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1 Norma Internacional de Contabilidad n 8 (NIC 8) Pol ticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores Esta Norma revisada sustituye a la NIC 8 Ganancia o p rdida neta del ejercicio, errores fundamentales y cambios en pol ticas contables, y se aplicar en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicaci n anticipada. NIC 8 Norma Internacional de Contabilidad n 8 (NIC 8) Pol ticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores Objetivo 1. El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las pol ticas contables, as como el tratamiento contable y la informaci n a revelar acerca de los cambios en las pol ticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la correcci n de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, as como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por sta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades.

2 2. Los requisitos de informaci n a revelar relativos a las pol ticas contables, excepto los referentes a cambios en las pol ticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentaci n de estados financieros. Alcance 3. Esta Norma se aplicar en la selecci n y aplicaci n de las pol ticas contables, as como en la contabilizaci n de los cambios en stas y en las estimaciones contables, y en la correcci n de errores de ejercicios anteriores. 4. El efecto impositivo de la correcci n de los errores de ejercicios anteriores, as como de los ajustes retroactivos efectuados al realizar cambios en las pol ticas contables, se contabilizar de acuerdo con la NIC 12 Impuesto sobre las ganancias, y se revelar la informaci n requerida por esta Norma . Definiciones 5. Los siguientes t rminos se usan, en la presente Norma , con el significado que a continuaci n se especifica: La aplicaci n prospectiva de un cambio en una pol tica contable y del reconocimiento del efecto de un cambio en una estimaci n contable consiste respectivamente en: (a) la aplicaci n de la nueva pol tica contable a las transacciones, otros eventos y condiciones ocurridos tras la fecha en que se cambi la pol tica; y en (b) el reconocimiento del efecto del cambio en la estimaci n contable para el ejercicio corriente y los futuros, afectados por dicho cambio.

3 La aplicaci n retroactiva consiste en aplicar una nueva pol tica contable a transacciones, otros eventos y condiciones, como si sta se hubiera aplicado siempre. Un cambio en una estimaci n contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo peri dico de un activo, que se produce tras la evaluaci n de la situaci n actual del elemento, as como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva informaci n o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores. Errores de ejercicios anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad, para uno o m s ejercicios anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar informaci n fiable que: (a) estaba disponible cuando los estados financieros para tales ejercicios fueron formulados; y (b) podr a esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboraci n y presentaci n de aquellos estados financieros.

4 Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritm ticos, errores en la aplicaci n de 2 NIC 8pol ticas contables, el no advertir o mal interpretar hechos, as como los fraudes. Impracticable. La aplicaci n de un requisito ser impracticable cuando la entidad no pueda aplicarlo tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo. Para un ejercicio anterior en particular, ser impracticable aplicar un cambio en una pol tica contable retroactivamente o realizar una reexpresi n retroactiva para corregir un error si: (a) los efectos de la aplicaci n o de la reexpresi n retroactivas no sean determinables; (b) la aplicaci n o la reexpresi n retroactivas impliquen establecer suposiciones acerca de cu les hubieran podido ser las intenciones de la direcci n en ese ejercicio; (c) la aplicaci n o la reexpresi n retroactivas requieran estimaciones de importes significativos, y que resulta imposible distinguir objetivamente informaci n de tales estimaciones que: (i) suministre evidencia de las circunstancias que exist an en la fecha o fechas en que tales importes fueron reconocidos, valorados o fue revelada la correspondiente informaci n.

5 Y (ii) hubiera estado disponible cuando los estados financieros de los ejercicios anteriores fueron formulados. Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales (o tienen importancia relativa) si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones econ micas tomadas por los usuarios con base en los estados financieros. La materialidad depender de la magnitud y la naturaleza de la omisi n o inexactitud, enjuiciadas en funci n de las circunstancias particulares en que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida o una combinaci n de ambas, podr a ser el factor determinante. Las Normas Internacionales de Informaci n Financiera (NIIF) son las Normas e Interpretaciones adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC). Esas Normas comprenden: (a) las Normas Internacionales de Informaci n Financiera; (b) las Normas Internacionales de Contabilidad ; y (c) las Interpretaciones, ya sean las originadas por el Comit de Interpretaciones Internacionales de Informaci n Financiera (IFRIC) o las antiguas Interpretaciones (SIC).

6 Pol ticas contables son los principios espec ficos, bases, acuerdos reglas y procedimientos adoptados por la entidad en la elaboraci n y presentaci n de sus estados financieros. La reexpresi n retroactiva consiste en corregir el reconocimiento, valoraci n e informaci n a revelar de los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error cometido en ejercicios anteriores no se hubiera cometido nunca. 6. Evaluar cu ndo una omisi n o inexactitud puede influir en las decisiones econ micas de los usuarios, consider ndose as material o con importancia relativa, exigiera tener en cuenta las caracter sticas de tales usuarios. El Marco Conceptual para la preparaci n y presentaci n de la informaci n financiera establece, en el p rrafo 25, que: se supone que los usuarios tienen un conocimiento razonable de las actividades econ micas y del mundo de los negocios, as como de su Contabilidad , y tambi n la voluntad de estudiar la informaci n con razonable diligencia.

7 En consecuencia, la evaluaci n exige tener en cuenta c mo puede esperarse que, en t rminos razonables, los usuarios con las caracter sticas descritas se vean influidos al tomar decisiones econ micas. Pol ticas contables Selecci n y aplicaci n de las pol ticas contables 7. Cuando una Norma o Interpretaci n sea espec ficamente aplicable a una transacci n, otro evento o 3 NIC 8 condici n, la pol tica o pol ticas contables aplicadas a esa partida se determinar n aplicando la Norma o Interpretaci n en cuesti n, y considerando adem s cualquier Gu a de Implementaci n relevante emitida por el IASB para esa Norma o Interpretaci n. 8. En las NIIF se establecen pol ticas contables sobre las que el IASB ha llegado a la conclusi n de que dan lugar a estados financieros que contienen informaci n relevante y fiable sobre las transacciones, otros eventos y condiciones a las que son aplicables.

8 Estas pol ticas no necesitan ser aplicadas cuando el efecto de su utilizaci n no sea significativa. Sin embargo, no es adecuado dejar de aplicar las NIIF, o dejar de corregir errores, apoy ndose en que el efecto no es significativo, con el fin de alcanzar una presentaci n particular de la posici n financiera, rendimiento financiero o flujos de efectivo de la entidad. 9. Las Gu as de Implementaci n de la Normas emitidas por el IASB no forman parte de dichas Normas y, por tanto, no contienen requerimientos para la elaboraci n de los estados financieros. 10. En ausencia de una Norma o Interpretaci n que sea aplicable espec ficamente a una transacci n, otros hechos o condiciones, la direcci n deber usar su juicio en el desarrollo y aplicaci n de una pol tica contable , a fin de suministrar informaci n que sea: (a) relevante para las necesidades de toma de decisiones econ micas de los usuarios; y (b) fiable, en el sentido de que los estados financieros: (i) presenten de forma fidedigna la situaci n financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo de la entidad; (ii) reflejen el fondo econ mico de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no simplemente su forma legal; (iii) sean neutrales, es decir, libres de prejuicios o sesgos; (iv) sean prudentes; y (v) est n completos en todos sus aspectos significativos.

9 11. Al realizar los juicios descritos en el p rrafo 10, la direcci n deber referirse, en orden descendente, a las siguientes fuentes a la hora de considerar su aplicabilidad: (a) los requisitos y directrices establecidos en las Normas e Interpretaciones que traten temas similares y relacionados; y (b) las definiciones, as como los requisitos de reconocimiento y valoraci n, establecidos para activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual. 12. Al realizar los juicios descritos en el p rrafo 10, la direcci n podr considerar tambi n los pronunciamientos m s recientes de otros instituciones emisoras de normas, que empleen un marco conceptual similar al emitir normas contables, as como otra literatura contable y las pr cticas aceptadas en los diferentes sectores de actividad, en la medida que no entren en conflicto con las fuentes se aladas en el p rrafo 11.

10 Uniformidad de las pol ticas contables 13. La entidad seleccionar y aplicar sus pol ticas contables de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, a menos que una Norma o Interpretaci n exija o permita espec ficamente establecer categor as de partidas para las cuales podr a ser apropiado aplicar diferentes pol ticas. Si una Norma o Interpretaci n exige o permite establecer esas categor as, se seleccionar una pol tica contable adecuada, y se aplicar de manera uniforme a cada categor a. Cambios en las pol ticas contables 14. La entidad cambiar una pol tica contable s lo si tal cambio: (a) es requerido por una Norma o Interpretaci n; o 4 NIC 8(b) lleva a que los estados financieros suministren informaci n m s fiable y relevante sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones que afecten a la situaci n financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.


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