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1 Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, Marco normativo Para la vigilancia epidemiol gica CNDH Fecha de publicaci n: 19 de febrero de 2013. Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, PARA LA VIGILANCIA. EPIDEMIOL GICA. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Salud. PABLO ANTONIO KURI MORALES, Subsecretario de Prevenci n y Promoci n de la Salud y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Prevenci n y Control de Enfermedades, con fundamento en los art culos 39 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;. 3o. fracci n XV, 13, apartado A fracci n I, 133, fracciones I y II, 134, 135, 139, 158, 353 y 359 de la Ley General de Salud; 38 fracci n II, 40 fracciones lll y Xl, 41 y 47 fracci n IV de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 8 fracci n V, 10 fracciones VII, XII y XVI, y 32.
2 Bis 2, del Reglamento Interior de la Secretar a de Salud, me permito expedir y ordenar la publicaci n en el Diario Oficial de la Federaci n, de esta Norma Oficial Mexicana NOM- 017- ssa2 -2012, Para la vigilancia epidemiol gica. CONSIDERANDO. Que toda persona en los t rminos establecidos en la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos tiene derecho a la protecci n de la salud. Que la Ley General de Salud contempla como materia de salubridad general a la vigilancia epidemiol gica. Que el Estado mexicano se adhiere a las disposiciones establecidas en el Reglamento Sanitario Internacional emitido por la Organizaci n Mundial de la Salud. Que la vigilancia epidemiol gica en M xico requiere afrontar los nuevos desaf os en salud p blica, nacionales e internacionales, con un paradigma metodol gico moderno. Que la vigilancia epidemiol gica debe contemplar la din mica de las enfermedades, los eventos relacionados con la salud y sus determinantes.
3 Que corresponde a la Secretar a de Salud (SSA) establecer y operar el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiol gica (SINAVE) con la participaci n de las instituciones de los sectores p blico, social y privado, as como de los profesionales, t cnicos y auxiliares, para la salud y de la poblaci n en general. Que con fecha 8 de agosto de 2012, en cumplimiento del acuerdo del Comit y lo previsto en el art culo 47 fracci n I de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, se public el Proyecto PROY- NOM-017- ssa2 -2012, Para la vigilancia epidemiol gica en el Diario Oficial de la Federaci n, a efecto de que dentro de los siguientes 60 d as naturales posteriores a dicha publicaci n, los interesados presentaran sus comentarios al Comit . Consultivo Nacional de Normalizaci n de Prevenci n y Control de Enfermedades. Que con fecha previa fueron publicados en el Diario Oficial de la Federaci n las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comit , en t rminos del art culo 47 fracci n III de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n.
4 En atenci n a las anteriores consideraciones, se publica la: Integrado por: Subdirecci n de Inform tica Jur dica P gina 1 de 35. Direcci n General de Tecnolog as de Informaci n y Comunicaciones Comisi n Nacional de los Derechos Humanos Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, Marco normativo Para la vigilancia epidemiol gica CNDH Fecha de publicaci n: 19 de febrero de 2013. Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, PARA LA VIGILANCIA. EPIDEMIOLOGICA. En la elaboraci n de esta Norma Oficial Mexicana , participaron las siguientes dependencias, organismos, instituciones y unidades administrativas: SECRETARIA DE SALUD. Subsecretar a de Prevenci n y Promoci n de la Salud. Direcci n General de Epidemiolog a. Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades. Consejo de Salubridad General. Comisi n Federal para la Protecci n contra Riesgos Sanitarios.
5 Comisi n Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad. Centro Nacional para la Prevenci n y el Control de las Adicciones. Consejo Nacional de Salud. Centro Nacional de Equidad de G nero y Salud Reproductiva. Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. Centro Nacional para la Prevenci n y el Control del VIH/SIDA. Centro Nacional de Trasplantes. Direcci n General de Promoci n de la Salud. Direcci n General de Calidad y Educaci n en Salud. Direcci n General de Informaci n en Salud. Direcci n General de Evaluaci n del Desempe o. Instituto Nacional de Salud P blica SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y. ALIMENTACION. Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria. Consejo T cnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal. SECRETARIA DE GOBERNACION. Consejo Nacional de Poblaci n.
6 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Direcci n de Prestaciones M dicas. Programa IMSS-Oportunidades. INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES. DEL ESTADO. Direcci n M dica. SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. Direcci n General de Protecci n y Medicina Preventiva en el Transporte. SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL. Direcci n General de Sanidad. SECRETARIA DE MARINA. Direcci n General de Sanidad Naval. SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA. Subsecretar a de Educaci n Superior. Integrado por: Subdirecci n de Inform tica Jur dica P gina 2 de 35. Direcci n General de Tecnolog as de Informaci n y Comunicaciones Comisi n Nacional de los Derechos Humanos Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, Marco normativo Para la vigilancia epidemiol gica CNDH Fecha de publicaci n: 19 de febrero de 2013. SECRETARIA DE TURISMO. Subsecretar a de Operaci n Tur stica.
7 Direcci n General de Mejora Regulatoria. PETROLEOS MEXICANOS. Subdirecci n de Servicios de Salud. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. Direcci n de Protecci n a la Infancia. COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS. SERVICIOS DE SALUD PUBLICA Y SECRETARIA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL. DISTRITO FEDERAL. ASOCIACION Mexicana DE FACULTADES Y ESCUELAS DE MEDICINA, COLEGIO NACIONAL DE ENFERMERAS, ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD. SOCIEDAD Mexicana DE SALUD PUBLICA, LABORATORIOS DE BIOLOGICOS Y REACTIVOS DE MEXICO DE (BIRMEX). CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA. FUNDACION Mexicana PARA LA PLANEACION FAMILIAR, INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. Centro de Investigaci n y de Estudios Avanzados. Escuela Nacional de Ciencias Biol gicas. Escuela Superior de Medicina. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO. Facultad de Medicina.
8 Facultad de Odontolog a. Instituto de Investigaciones Biom dicas. INDICE. 0. Introducci n. 1. Objetivo y campo de aplicaci n. 2. Referencias. 3. Definiciones y abreviaturas. 4. Disposiciones generales. 5. Organizaci n para la vigilancia epidemiol gica. 6. Componentes de la vigilancia epidemiol gica. 7. Metodolog as y procedimientos para la vigilancia epidemiol gica. 8. Notificaci n y an lisis de la informaci n para la vigilancia epidemiol gica. Integrado por: Subdirecci n de Inform tica Jur dica P gina 3 de 35. Direcci n General de Tecnolog as de Informaci n y Comunicaciones Comisi n Nacional de los Derechos Humanos Norma Oficial Mexicana NOM-017- ssa2 -2012, Marco normativo Para la vigilancia epidemiol gica CNDH Fecha de publicaci n: 19 de febrero de 2013. 9. Evaluaci n y an lisis de riesgos y determinantes de la salud. 10. Difusi n de la informaci n. 11. Laboratorio nacional de referencia y red nacional de laboratorios de salud p blica.
9 12. Procedimiento de evaluaci n de la conformidad. 13. Capacitaci n de recursos humanos para la vigilancia epidemiol gica. 14. Supervisi n del sistema de vigilancia epidemiol gica. 15. Investigaci n operativa epidemiol gica. 16. Bibliograf a. 17. Concordancia con Normas Internacionales y Mexicanas. 18. Observancia de la Norma . 19. Vigencia. Ap ndices informativos A, B y C. 0. Introducci n En nuestro pa s, a trav s del SINAVE se realiza la recolecci n sistem tica, continua, oportuna y confiable de informaci n relevante y necesaria sobre las condiciones de salud de la poblaci n y sus determinantes. El an lisis e interpretaci n de esta informaci n permite establecer las bases y facilitar su difusi n para la toma de decisiones. Los procedimientos espec ficos para la vigilancia epidemiol gica y el diagn stico de laboratorio se encuentran descritos en los manuales para la vigilancia epidemiol gica vigentes.
10 Los mecanismos de organizaci n y funcionamiento del SINAVE, as como las acciones de capacitaci n e investigaci n de vigilancia epidemiol gica que se describen en esta Norma sirven de base para establecer las pol ticas y programas de salud p blica. 1. Objetivo y campo de aplicaci n Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios, especificaciones y directrices de operaci n del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiol gica, para la recolecci n sistem tica, continua, oportuna y confiable de informaci n relevante y necesaria sobre las condiciones de salud de la poblaci n y sus determinantes. Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional y su ejecuci n involucra a los sectores p blico, social y privado que integran el Sistema Nacional de Salud. 2. Referencias Para la correcta interpretaci n de esta Norma , es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas o las que las sustituyan: Norma Oficial Mexicana NOM-020-SSA1-1993, Salud ambiental.