Example: bachelor of science

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SSA3-2012, EN …

Viernes 30 de noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Secci n) 97. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035- ssa3 -2012, En materia de informaci n en salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integraci n y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Innovaci n, Desarrollo, Tecnolog as e Informaci n en Salud, con fundamento en lo dispuesto en los art culos 39 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones I y X, 7, fracciones V y X, 13, apartado A, fracci n I, 104, 105, 106, 107, 108 y 109 de la Ley General de Salud; 38, fracci n II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 45, 47, fracci n IV y 51 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 3, 4, 20, 21, 22, 45, 46, 47 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Informaci n Estad stica y Geogr fica.

2.3 Norma Oficial Mexicana NOM 004-SSA3-2012, del Expediente Clínico. 2.4 Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, Que Establece los Requisitos Mínimos de Infraestructura y Equipamiento de Establecimientos para la Atención Médica de Pacientes Ambulatorios.

Tags:

  Roman, Oficial, Norma oficial mexicana nom, Mexicana, Ssa3, Norma oficial mexicana nom 004 ssa3, Norma oficial mexicana nom 035

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SSA3-2012, EN …

1 Viernes 30 de noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Secci n) 97. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035- ssa3 -2012, En materia de informaci n en salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integraci n y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n de Innovaci n, Desarrollo, Tecnolog as e Informaci n en Salud, con fundamento en lo dispuesto en los art culos 39 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones I y X, 7, fracciones V y X, 13, apartado A, fracci n I, 104, 105, 106, 107, 108 y 109 de la Ley General de Salud; 38, fracci n II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 45, 47, fracci n IV y 51 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 3, 4, 20, 21, 22, 45, 46, 47 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Informaci n Estad stica y Geogr fica.

2 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n y 8, fracciones V y XVI, 9, fracciones IV Bis y VI, 16, fracci n XV y 24 fracci n IX del Reglamento Interior de la Secretar a de Salud, me permito expedir y ordenar la publicaci n en el Diario OFICIAL de la Federaci n de la: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035- ssa3 -2012, EN MATERIA DE INFORMACION EN SALUD. CONSIDERANDOS. Que el 28 de septiembre de 2005 se public en el Diario OFICIAL de la Federaci n, la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-040-SSA2-2004 En Materia de Informaci n en Salud , la cual tiene por objeto establecer los criterios para obtener, integrar, organizar, procesar, analizar y difundir la Informaci n en Salud, en lo referente a poblaci n y cobertura, recursos disponibles, servicios otorgados, da os a la salud y evaluaci n del desempe o del Sistema Nacional de Salud, y es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los establecimientos, personas f sicas y morales del Sistema Nacional de Salud de los sectores p blico, social y privado, que proporcionen servicios de atenci n a la salud.

3 Que de conformidad con lo dispuesto por el art culo 51 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, dentro del a o siguiente a la entrada en vigor de la mencionada NORMA OFICIAL MEXICANA , el Comit Consultivo Nacional de Normalizaci n respectivo, podr solicitar a la dependencia responsable de su emisi n que se analice su aplicaci n, efectos y observancia, a fin de determinar las acciones que mejoren su aplicaci n y si procede o no su modificaci n. Que del an lisis de la aplicaci n, efectos y observancia de la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-040-SSA2-2004, la Secretar a de Salud, por conducto de la Direcci n General de Informaci n en Salud, determin modificar el alcance de su contenido. Que dicha NORMA ha permitido contar con un sistema oportuno e integrador, que administra los datos, la informaci n y el conocimiento que sirven de apoyo para conformar un sistema de salud universal, equitativo, de alta calidad, descentralizado y participativo, que orienta al proceso de planeaci n, la gesti n de programas y servicios, as como a la toma de decisiones.

4 Que el Sistema Nacional de Salud debe contar con informaci n que apoye los procesos de toma de decisiones de los diferentes actores y usuarios del Sistema, y con indicadores que impulsen las acciones de equidad, calidad y protecci n financiera en salud. Que la Secretar a de Salud, a trav s de la Direcci n General de Informaci n en Salud, consciente de estas responsabilidades, ha impulsado la revisi n de esta NORMA , dando as cumplimiento a las disposiciones jur dicas aplicables. Que con fecha 23 de agosto de 2012 se public en el Diario OFICIAL de la Federaci n, para su consulta p blica, el Proyecto de Modificaci n de la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-040-SSA2-2004, En Materia de Informaci n en Salud, para quedar como PROY-NOM-035- ssa3 -2012, En Materia de Informaci n en Salud.

5 Que mediante oficio n mero COFEME12/2505 de 24 de agosto de 2012 la Comisi n Federal de Mejora Regulatoria emiti Dictamen Total, que surte los efectos de un Dictamen Final, respecto a lo previsto por el art culo 69-L, segundo p rrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, sobre el anteproyecto denominado Proyecto de Modificaci n de la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-040-SSA2-2004, En Materia de Informaci n en Salud, para quedar como PROY-NOM-035- ssa3 -2012, En Materia de Informaci n en Salud. Que con fecha previa conforme a lo establecido en el art culo 47, fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, se publicaron en el Diario OFICIAL de la Federaci n, las respuestas a los comentarios realizados, respecto del proyecto antes mencionado.

6 98 (Segunda Secci n) DIARIO OFICIAL Viernes 30 de noviembre de 2012. PREFACIO. En la elaboraci n de esta NORMA participaron: SECRETARIA DE SALUD. SUBSECRETARIA DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD. Direcci n General de Planeaci n y Desarrollo en Salud Direcci n General de Informaci n en Salud Direcci n General de Calidad y Educaci n en Salud Direcci n General de Evaluaci n del Desempe o SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD. Direcci n General de Epidemiolog a COMISION COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA. ESPECIALIDAD. Direcci n General de Coordinaci n de Institutos Nacionales de Salud Direcci n General de Coordinaci n de Hospitales Federales de Referencia UNIDAD COORDINADORA DE VINCULACION Y PARTICIPACION SOCIAL.

7 UNIDAD DE ANALISIS ECONOMICO. SECRETARIA DE GOBERNACION. Direcci n General del Registro de Poblaci n e Identificaci n Personal CONSEJO NACIONAL DE POBLACION. SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL. Direcci n General de Sanidad SECRETARIA DE MARINA-ARMADA DE MEXICO. Direcci n General Adjunta de Sanidad Naval SECRETARIA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. Direcci n de Prestaciones M dicas Direcci n de Finanzas Unidad del Programa IMSS-Oportunidades INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. Direcci n M dica Direcci n de Finanzas PETROLEOS MEXICANOS. Subdirecci n de Servicios de Salud SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA. Direcci n General de Profesionalizaci n de la Asistencia Social INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA.

8 Direcci n General de Estad sticas Sociodemogr ficas ASOCIACION NACIONAL DE HOSPITALES PRIVADOS ASOCIACION MEXICANA DE INSTITUCIONES DE SEGUROS NUEVO SANATORIO DURANGO. Viernes 30 de noviembre de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Secci n) 99. INDICE. 0. Introducci n 1. Objetivo y Campo de Aplicaci n 2. Referencias 3. Definiciones 4. Abreviaturas 5. Generalidades 6. Flujos de Informaci n 7. Aspectos Espec ficos 8. Poblaci n y Cobertura 9. Recursos para la Salud 10. Servicios para la Salud 11. Nacimientos 12. Da os a la Salud 13. Acceso, Difusi n y Uso de la Informaci n en Salud 14. Concordancia con Normas Mexicanas e Internacionales 15. Bibliograf a 16. Vigilancia 17. Vigencia 0. Introducci n La Secretar a de Salud, a trav s de la Direcci n General de Informaci n en Salud, tiene bajo su responsabilidad la coordinaci n del Sistema Nacional de Informaci n B sica en Materia de Salud, as como del Sistema Nacional de Informaci n en Salud; tambi n le corresponde elaborar, difundir y vigilar la normatividad para los procesos de dise o, captaci n, integraci n, procesamiento y difusi n de la estad stica en salud; y, de igual manera, tiene la atribuci n de generar la informaci n estad stica en salud que requieran las unidades administrativas de la Secretar a y otras dependencias y entidades.

9 El contar con informaci n oportuna y de calidad permite: a) Reorientar los recursos materiales, financieros y humanos hacia pol ticas p blicas en salud, principalmente preventivas y correctivas; b) Coadyuvar para planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y los diferentes sistemas a cargo de la Secretar a de Salud; c) Proveer la adecuada participaci n de los integrantes del Sistema Nacional de Salud, a fin de promover el cumplimiento del derecho a la protecci n de la salud establecido en el Art culo 4o. de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos; d) Impulsar que se proporcionen servicios de salud a toda la poblaci n y mejorar la calidad de los mismos; y, e) Reforzar las acciones de atenci n a los problemas sanitarios y a los factores que condicionen y causen da os a la salud, con especial inter s en la promoci n de acciones preventivas.

10 1. Objetivo y campo de aplicaci n Objetivo Esta NORMA tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos que se deben seguir para producir, captar, integrar, procesar, sistematizar, evaluar y divulgar la Informaci n en Salud. Para cumplir con lo anterior, esta NORMA adicionalmente regula el Centro de Inteligencia en Salud, constituido por un conjunto de procesos espec ficos para integrar, usar y explotar la informaci n en materia de salud, a trav s de una soluci n tecnol gica que presenta indicadores, as como estad sticas relevantes y prioritarias para la toma de decisiones en pol ticas p blicas en la materia y de igual forma consolida los diversos componentes que integran el Sistema Nacional de Informaci n en Salud y de aquellos que integran el Sistema Nacional de Salud.


Related search queries