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NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, …

Lunes 22 de febrero de 1999 DIARIO Oficial (Primera Secci n) 1 NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, Especificaciones t cnicas para las pruebas diagn sticas que realicen los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural. NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LAS PRUEBAS DIAGNOSTICAS QUE REALICEN LOS LABORATORIOS DE PRUEBAS APROBADOS EN MATERIA ZOOSANITARIA. JORGE MORENO COLLADO, Director General Jur dico de la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural, con fundamento en los art culos 35 fracci n IV de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, 4o.

Lunes 22 de febrero de 1999 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 1 NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, Especificaciones técnicas para las pruebas

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1 Lunes 22 de febrero de 1999 DIARIO Oficial (Primera Secci n) 1 NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, Especificaciones t cnicas para las pruebas diagn sticas que realicen los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural. NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LAS PRUEBAS DIAGNOSTICAS QUE REALICEN LOS LABORATORIOS DE PRUEBAS APROBADOS EN MATERIA ZOOSANITARIA. JORGE MORENO COLLADO, Director General Jur dico de la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural, con fundamento en los art culos 35 fracci n IV de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, 4o.

2 Fracciones I, III y V, 12 fracci n VIII, 13 y 16 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1o., 38 fracci n II, 40 fracciones III y XI, 41 y 47 de la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; 12 fracciones XXIX y XXX del Reglamento Interior de esta Dependencia, y CONSIDERANDO Que es atribuci n de la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural, fomentar la producci n pecuaria mediante la aplicaci n de las medidas zoosanitarias tendientes a prevenir, controlar y erradicar enfermedades y plagas de los animales, con la finalidad de proteger la salud de stos y la del hombre. Que los servicios de diagn stico que realizan los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria, contribuyen a resguardar la realizaci n de los programas sanitarios.

3 Que las pruebas diagn sticas que realizan los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria, deben estar debidamente reguladas con la finalidad de proporcionar a los usuarios un servicio de calidad. Que se requiere homologar los procedimientos t cnicos de las pruebas diagn sticas que realizan los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria a fin de que garanticen su repetibilidad y reproducibilidad. Que para alcanzar los objetivos se alados en los p rrafos anteriores, con fecha 13 de octubre de 1997 se public en el Diario Oficial de la Federaci n, el Proyecto de NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, Especificaciones t cnicas para las pruebas diagn sticas que realicen los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria, iniciando con ello el tr mite a que se refiere la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n; raz n por la cual, con fecha 1 de julio de 1998 se publicaron las respuestas a los comentarios recibidos en relaci n a dicho proyecto.

4 Que en virtud del resultado del procedimiento legal antes indicado, se modificaron los diversos puntos que resultaron procedentes y por lo cual, se expide la presente NORMA Oficial Mexicana NOM-056-ZOO-1995, Especificaciones t cnicas para las pruebas diagn sticas que realicen los laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria. INDICE Objetivo y campo de aplicaci n Referencias Definiciones y abreviaturas Disposiciones generales Identificaci n de abejas africanas Varroasis de las abejas Enfermedad de Newcastle Influenza aviar Salmonelosis aviar Diagn stico taxon mico de garrapatas Brucelosis bovina y caprina Rabia Tuberculosis bovina Enfermedad de Aujeszky Fiebre porcina cl sica Sanciones Concordancia con normas internacionales Disposiciones transitorias 1.

5 Objetivo y campo de aplicaci n 2 (Primera Secci n) DIARIO Oficial Lunes 22 de febrero de 1999 La presente NORMA es de observancia en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer las especificaciones t cnicas de las pruebas diagn sticas que deben observar los laboratorios de pruebas en materia zoosanitaria que sean aprobados por la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural. La vigilancia del cumplimiento de esta NORMA corresponde a la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural y a los gobiernos de los estados en el mbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, de conformidad con los acuerdos que se suscriban.

6 La aplicaci n de las disposiciones previstas en esta NORMA compete a la Direcci n General de Salud Animal, as como a las delegaciones estatales de la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural, en el mbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales. 2. Referencias Para la correcta aplicaci n de esta NORMA se deben consultar las siguientes normas oficiales mexicanas: NOM-001-ZOO-1994, Campa a Nacional contra la Varroasis de las Abejas. NOM-002-ZOO-1994, Actividades t cnicas y operativas aplicables al programa nacional para el control de la abeja africana. NOM-003-ZOO-1994, Criterios para la operaci n de laboratorios de pruebas aprobados en materia zoosanitaria.

7 NOM-005-ZOO-1993, Campa a Nacional contra la Salmonelosis Aviar. NOM-007-ZOO-1994, Campa a Nacional contra la Enfermedad de Aujeszky. NOM-013-ZOO-1994, Campa a Nacional contra la Enfermedad de Newcastle, presentaci n velog nica. NOM-019-ZOO-1994, Campa a Nacional contra la Garrapata Boophilus spp. NOM-031-ZOO-1995, Campa a Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis). NOM-037-ZOO-1995, Campa a Nacional contra la Fiebre Porcina Cl sica. NOM-041-ZOO-1995, Campa a Nacional contra la Brucelosis en los Animales. NOM-044-ZOO-1995, Campa a Nacional contra la Influenza Aviar. NOM-011-SSA2-1993, NORMA Oficial Mexicana para la Prevenci n y Control de la Rabia. 3.

8 Definiciones y abreviaturas Para efectos de la presente NORMA se entiende por: Abeja: insecto himen ptero Apis mellifera sp. Abeja africanizada: es el insecto conocido como Apis mellifera en cualquier forma de desarrollo y que incluye caracter sticas gen ticas de las especies africana y europea. Abeja obrera: abeja hembra reproductivamente incompleta. Abeja reina: es la abeja hembra sexualmente desarrollada, cuya funci n principal es depositar huevos f rtiles en las celdas del panal y regir la vida de la colonia. Aislamiento viral: prueba diagn stica realizada por un laboratorio aprobado para la Campa a Nacional contra la Enfermedad de Newcastle, consiste en la inoculaci n de muestras procedentes de aves en embri n de pollo, para el aislamiento e identificaci n del virus de la enfermedad de Newcastle.

9 Alojamiento para animales en proceso de pruebas: local dedicado exclusivamente para la permanencia temporal de animales de laboratorio u otras especies animales empleados en desarrollo de pruebas y/o an lisis, el cual debe cumplir con los requisitos necesarios para un trato humanitario. An lisis: operaci n t cnica que consiste en la determinaci n de una o varias caracter sticas de un producto, proceso o servicio, con base en un procedimiento espec fico. Anaplasmosis: enfermedad infecciosa no contagiosa del ganado, caracterizada por anemia progresiva, fiebre e ictericia y en ocasiones abortos y muerte en los animales, ocasionada por Anaplasma marginale, rickettsia que es transmitida por artr podos como moscas, mosquitos, t banos, garrapatas, o bien, por objetos contaminados como instrumental de cirug a y agujas.

10 Anticuerpos: son inmunoglobulinas formadas en respuesta a la introducci n de sustancias que, una vez dentro del organismo, son reconocidas por ste como ex genas. Su propiedad caracter stica es que se cambian en condiciones fisiol gicas, con la sustancia que indujo su formaci n. Ant geno: sustancia que puede inducir una respuesta inmunitaria. Ant geno K polivalente: producto biol gico constatado y autorizado por la Secretar a de Agricultura, Ganader a y Desarrollo Rural, utilizado para la detecci n serol gica de aves portadoras de Pulorosis (S. pullorum) y Tifoidea Aviar (S. gallinarum) a nivel de campo, compuesto por las siguientes cepas: cepa intermedia - 4 Lunes 22 de febrero de 1999 DIARIO Oficial (Primera Secci n) 3 cepa est ndar - 11 cepa variante - 77 cepa variante - 79 cepa variante - 269 Apiario: es el conjunto de colmenas instaladas en un lugar determinado.


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