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NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. NDICE. P gina 1 Fundamento jur dico 3. 2 Objetivo 3. 3 mbito de aplicaci n 3. 4 Sujetos de la NORMA 3. 5 Responsables de la aplicaci n de la NORMA 3. 6 Definiciones 4. 7 Documentos de referencia 8. 8 DISPOSICIONES 10. Generales 10. Espec ficas 12. Recursos Materiales 12. Seguridad 13. Administrativas 14. Personal 15. Pedagog a 15. Alimentaci n 16. Fomento de la Salud 17. Discapacidad 18. Mejora del servicio 18. Supervisi n-asesor a 19. Transitorios 20. Ap ndice A Solicitud de inscripci n a guarder a del IMSS . P gina 2 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. 1 Fundamento jur dico Con fundamento en lo dispuesto en los art culos del 201 al 207 Secci n Primera del Cap tulo VII, de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 21 de diciembre de 1995 y sus reformas; as como en los art culos 4 y 5 T tulo Primero del Cap tulo nico, art culo 81 Fracciones I, II, IV, V y X T tulo Cuarto Cap tulo Sexto y, art culo 139 T tulo S ptimo Cap tulo Segundo Secci n Primera, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas, s

NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA Página 3 de 20 Clave: 3000-001-018 1 Fundamento jurídico

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1 NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. NDICE. P gina 1 Fundamento jur dico 3. 2 Objetivo 3. 3 mbito de aplicaci n 3. 4 Sujetos de la NORMA 3. 5 Responsables de la aplicaci n de la NORMA 3. 6 Definiciones 4. 7 Documentos de referencia 8. 8 DISPOSICIONES 10. Generales 10. Espec ficas 12. Recursos Materiales 12. Seguridad 13. Administrativas 14. Personal 15. Pedagog a 15. Alimentaci n 16. Fomento de la Salud 17. Discapacidad 18. Mejora del servicio 18. Supervisi n-asesor a 19. Transitorios 20. Ap ndice A Solicitud de inscripci n a guarder a del IMSS . P gina 2 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. 1 Fundamento jur dico Con fundamento en lo dispuesto en los art culos del 201 al 207 Secci n Primera del Cap tulo VII, de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 21 de diciembre de 1995 y sus reformas; as como en los art culos 4 y 5 T tulo Primero del Cap tulo nico, art culo 81 Fracciones I, II, IV, V y X T tulo Cuarto Cap tulo Sexto y, art culo 139 T tulo S ptimo Cap tulo Segundo Secci n Primera, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas, se expide la siguiente: NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N DEL SERVICIO.

2 DE GUARDER A. 2 Objetivo Establecer las DISPOSICIONES para proporcionar atenci n y cuidado a las ni as y los ni os, a fin de favorecer su desarrollo integral, a trav s del servicio de guarder a. 3 mbito de aplicaci n La presente NORMA es de observancia obligatoria para los rganos de nivel central, rganos de operaci n administrativa desconcentrada y todas las guarder as del sistema IMSS. 4 Sujetos de la NORMA Todo el personal que interviene en la prestaci n del servicio de guarder a, adscrito a los rganos de nivel central, rganos de operaci n administrativa desconcentrada y en las guarder as del sistema IMSS. 5 Responsables de la aplicaci n de la NORMA Titulares de Delegaciones Estatales, Regionales y del Distrito Federal, Jefes(as) de Servicios de Prestaciones Econ micas y Sociales, Jefes(as) de Departamento de Guarder as, Coordinadoras Zonales de Guarder as y Directoras de Guarder a as como el personal operativo de las guarder as, para vigilar el cumplimiento de las DISPOSICIONES de la presente NORMA , en sus respectivos mbitos de competencia.

3 P gina 3 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. 6 Definiciones Para efectos de la presente NORMA se entender por: adaptaci n curricular: Adecuaci n a los contenidos de ense anza en la realizaci n de actividades pedag gicas, a partir del an lisis de las necesidades educativas especiales y capacidades de las ni as y los ni os para favorecer el logro de aprendizajes. rea de discapacidad: Espacio f sico de las unidades del esquema Guarder a Integradora donde se atiende a ni as o ni os que presentan discapacidad moderada, hijas o hijos de los asegurados usuarios(as) con derecho a la prestaci n del servicio, donde se les proporciona atenci n y cuidados espec ficos. rea regular: Espacio f sico de las unidades del esquema Guarder a Integradora donde se atiende a ni as o ni os sin discapacidad o que presentan discapacidad clasificada como leve, hijas o hijos de los asegurados usuarios(as) con derecho a la prestaci n del servicio.

4 Asegurado(a): El trabajador o la trabajadora con derecho a la prestaci n inscrito(a). ante el Instituto, en los t rminos de la Ley del Seguro Social. asegurado usuario(a): El trabajador o la trabajadora con derecho a la prestaci n del servicio de guarder a y que hace uso del mismo, en t rminos de lo se alado en los art culos 201 y 207 de la Ley del Seguro Social, vigente. atenci n m dica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud. brote: Aumento inusual en el n mero de casos, dos o m s, asociados epidemiol gicamente, de aparici n s bita y diseminaci n localizada en un espacio espec fico. En situaciones especiales, un caso puede ser considerado como brote. coordinadora del rea de discapacidad: Profesional que coordina, asesora y supervisa las actividades formativo-asistenciales, pedag gicas, para apoyo terap utico y las de su seguimiento, que realiza el personal que atiende a las ni as y los ni os con discapacidad moderada, y que orienta a los asegurados usuarios(as) sobre el desarrollo de los infantes con apego a la normatividad del IMSS.

5 Deficiencia: Disminuci n o p rdida de una estructura corporal o de una funci n fisiol gica que provoca discapacidad. desarrollo: Proceso de cambios cuantitativos y cualitativos que experimenta el ser humano desde su gestaci n hasta su muerte, pasando por etapas de diferenciaci n de P gina 4 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. forma y funci n en las esferas f sica, cognitiva y afectivo-social. desarrollo integral: Desenvolvimiento arm nico de todas las reas (f sica, cognitiva, afectiva y social) de la ni a y el ni o. discapacidad: Deficiencia f sica o motriz, intelectual, sensorial y mental o psicosocial que presenta una persona y que al interactuar con diversas barreras pueda impedir su participaci n plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones que las dem s. Engloba las deficiencias de las funciones y estructuras corporales, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participaci n en actividades.

6 Discapacidad leve: Deficiencia f sica o motriz, intelectual, sensorial y mental o psicosocial que genera una reducci n m nima de la capacidad de la ni a o el ni o, para desempe ar sus actividades cotidianas y no interfiere en su rendimiento. Por lo general, no requiere de atenci n y cuidados espec ficos. discapacidad moderada: Reducci n o dificultad parcial en las funciones y estructuras corporales, la cual justifica una dificultad significativa para llevar a cabo algunas actividades de la vida diaria, siendo independiente en las de autocuidado. Puede auxiliarse o no de ayuda especializada. evaluaci n del desarrollo del ni o(a): Identificaci n, vigilancia y registro sistem tico, peri dico y permanente de los avances psicosociales, del lenguaje, psicomotrices y cognitivos; que se espera presente la ni a o el ni o, de acuerdo a su edad cronol gica y etapa del desarrollo.

7 Evaluaci n del desarrollo del ni o(a) con discapacidad moderada: Proceso que permite detectar necesidades, avances, logros y reas de oportunidad de la o el ni o, mediante instrumento estandarizado que identifique su nivel de desarrollo, para elaborar un plan individual. filtro sanitario: Proceso de revisi n que se realiza en el vest bulo, durante la recepci n de los ni os(as) mediante el cual se inspeccionan sus condiciones de salud. Ante la presencia de brotes o contingencia, se verifica la presencia de signos o s ntomas del padecimiento bajo vigilancia epidemiol gica, para enviarlo a valoraci n m dica y notificar el caso. grupo o grupo de atenci n: Conjunto de ni as y ni os con discapacidad leve o moderada que, con base en su nivel de desarrollo, se concentran en un espacio determinado, para su atenci n, educaci n y asistencia, se organizan del I al IV, y en guarder as En el campo, con base en su nivel de desarrollo, se concentran en un espacio determinado, como grupos A, B, C y D.

8 P gina 5 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. guarder a: Instalaci n de car cter educativo-asistencial donde se proporciona el servicio y se favorece el desarrollo integral y arm nico de la ni a y el ni o. guarder a integradora: Instalaci n de car cter educativo-asistencial donde se proporciona el servicio y se favorece el desarrollo integral y arm nico de la ni a o el ni o, cuenta con dos reas de atenci n, donde se brinda el servicio a ni as y ni os con y sin discapacidad, de 43 d as de nacidos hasta que cumplan 4 a os de edad. En ella se promueve el desarrollo integral en un ambiente de equidad y respeto a las diferencias. IMSS o Instituto: Instituto Mexicano del Seguro Social. integraci n: Proceso din mico y multifactorial que promueve la participaci n conjunta entre ni as y ni os de las reas regular y de discapacidad de las unidades del esquema Guarder a Integradora, en un ambiente de respeto a las diferencias.

9 Integraci n definitiva: Incorporaci n permanente de la ni a o el ni o con discapacidad moderada a las actividades cotidianas del rea regular de la Guarder a Integradora. integraci n parcial: Incorporaci n paulatina y progresiva de la ni a y el ni o con discapacidad moderada al rea regular, desempe ando las actividades que se realizan en sta por periodos espec ficos, a fin de consolidar una integraci n definitiva. material did ctico: Juguetes, objetos y dem s elementos que se utilizan en la aplicaci n de actividades enfocadas a desarrollar habilidades en la ni a o el ni o y facilitar su aprendizaje. m dico especialista en medicina f sica y rehabilitaci n: Profesional que domina m todos y t cnicas preventivas, diagn sticas, terap uticas y de rehabilitaci n ante los casos de salud propios del mbito de su especialidad. Asesora al personal de las unidades del esquema Guarder a Integradora y asegurados usuarios(as), con relaci n al tratamiento rehabilitatorio de las ni as y los ni os con discapacidad moderada, a trav s de valoraciones y revaloraciones m dicas establecidas de forma peri dica.

10 M dico tratante: Profesional de la salud del IMSS o particular externo a la guarder a, encargado de la atenci n y tratamiento espec fico de las ni as y los ni os con discapacidad, para aplicar las medidas preventivas para la recuperaci n o preservaci n de la salud. ni a o ni o lactante: Aquel cuya edad est comprendida entre los 43 d as de nacido y los 18 meses de edad. ni a o ni o maternal: Aquel cuya edad est comprendida entre los 19 y los 48 meses P gina 6 de 20 Clave: 3000-001-018. NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA OPERACI N. DEL SERVICIO DE GUARDER A. de edad. persona autorizada: Persona mayor de 18 a os designada por el asegurado usuario(a) para entregar y recoger a la ni a o el ni o en su ausencia o lo represente en caso de que no sea localizado en situaciones de emergencia. proceso de adaptaci n: Conjunto de acciones realizadas desde el primer d a en que la ni a o el ni o asiste a la guarder a o a una nueva sala, hasta su plena incorporaci n a este nuevo espacio y a las actividades que se desarrollan en l.