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NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS CONDICIONES DE …

C/ Almagro, 33 28071 MADRID TEL: 913478241 FAX: 913476969 NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS CONDICIONES DE EXPORTACI N DE BOVINOS VIVOS DE ESPA A A TURQU A 2 de junio de 2020 Las autoridades espa olas y turcas han alcanzado un acuerdo que permite la exportaci n de bovinos vivos desde Espa a a Turqu a. Este acuerdo se ha materializado a trav s de la aprobaci n de una serie de certificados sanitarios de exportaci n, que son los que deben cumplir los animales exportados a ese pa s, en funci n de su destino. ASE-2662: Certificado Sanitario Veterinario para la exportaci n a la Rep blica de Turqu a de bovinos dom sticos destinados a Sacrificio. ASE-2270: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino sacrificio procedentes de zona restringida.

5 • Requisitos adicionales de Schmallenberg para animales reproductores: −−−− En el caso de exportar animales para reproducción se deberá ...

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1 C/ Almagro, 33 28071 MADRID TEL: 913478241 FAX: 913476969 NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS CONDICIONES DE EXPORTACI N DE BOVINOS VIVOS DE ESPA A A TURQU A 2 de junio de 2020 Las autoridades espa olas y turcas han alcanzado un acuerdo que permite la exportaci n de bovinos vivos desde Espa a a Turqu a. Este acuerdo se ha materializado a trav s de la aprobaci n de una serie de certificados sanitarios de exportaci n, que son los que deben cumplir los animales exportados a ese pa s, en funci n de su destino. ASE-2662: Certificado Sanitario Veterinario para la exportaci n a la Rep blica de Turqu a de bovinos dom sticos destinados a Sacrificio. ASE-2270: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino sacrificio procedentes de zona restringida.

2 (animales nacidos en Espa a) ASE-2271: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino sacrificio (animales no nacidos en Espa a): Nacidos en zonas restringidas de otros EEMM, autorizados por Turqu a, y exportados desde zona libre en Espa a. Nacidos en zona libre de otros EEMM, autorizados por Turqu a, y exportados desde zona restringida en Espa a. Nacidos en zona restringida de otros EEMM, autorizados por Turqu a, y exportados desde zona restringida en Espa a, siempre que hayan sido vacunados tanto en origen como en destino o <90 d as de madres vacunadas. ASE-2663: Certificado Sanitario Veterinario para la exportaci n a la Rep blica de Turqu a de bovinos dom sticos destinados a Cebo.

3 ASE-2272: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino cebo procedentes de zona restringida. (animales nacidos en Espa a) ASE-2273: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino cebo y reproductores (animales no nacidos en Espa a): Nacidos en zonas restringidas de otros EEMM, autorizados por Turqu a y exportados desde zona libre en Espa a. Nacidos en zona libre de otros EEMM, autorizados por Turqu a y exportados desde zona restringida en Espa a. Nacidos en zona restringida de otros EEMM, autorizados por Turqu a, y exportados desde zona restringida en Espa a, siempre MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACI N DIIRECCION GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCI N AGRARIA SUBDIRECCION GENERAL DE ACUERDOS SANITARIOS Y CONTROL EN FRONTERA 2 que hayan sido vacunados tanto en origen como en destino o <90 d as de madres vacunadas.

4 ASE-2664: Certificado Sanitario Veterinario para la exportaci n a la Rep blica de Turqu a de bovinos dom sticos destinados a la Reproducci n. ASE 2274: Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino reproducci n procedentes de zona restringida. (animales nacidos en Espa a) ASE 2273 Atestaci n complementaria de Lengua azul para animales con destino cebo y reproductores (animales no nacidos en Espa a): Nacidos en zonas restringidas de otros EEMM, autorizados por Turqu a y exportados desde zona libre en Espa a. Nacidos en zona libre de otros EEMM, autorizados por Turqu a y exportados desde zona restringida en Espa a. Nacidos en zona restringida de otros EEMM, autorizados por Turqu a, y exportados desde zona restringida en Espa a, siempre que hayan sido vacunados tanto en origen como en destino o <90 d as de madres vacunadas.

5 Aclaraciones SOBRE algunos aspectos de las CONDICIONES de exportaci n Origen de los animales: El acuerdo alcanzado permite la exportaci n tanto de animales nacidos y criados en Espa a, como de animales que hayan nacido en un pa s autorizado por Turqu a para la exportaci n de bovinos, pero que al menos hayan permanecido en Espa a durante los ltimos 60 d as. La lista con los pa ses autorizados para exportar a Turqu a puede consultarse en la p gina web del Ministerio de Agricultura de Turqu a: Requisitos de Lengua Azul: Las CONDICIONES de exportaci n que han de cumplir los animales var a en funci n de situaci n sanitaria respecto a las restricciones por el virus de lengua azul de la zona donde est situada la explotaci n desde la que se exporte, y en la cual los animales han permanecido los ltimos 60 d as antes del embarque.

6 Explotaci n situada en zona libre de Lengua azul: Para aquellas regiones libres de lengua azul desde hace al menos 24 meses se deber cumplir con lo estipulado en el correspondiente certificado. No es precisa ninguna atestaci n complementaria por Lengua azul. Explotaci n situada en zona de vacunaci n del serotipo 4 del virus de la Lengua azul: 3 Adem s de cumplir con lo establecido en el certificado de exportaci n que le corresponda seg n el destino de los animales, estos deben cumplir una serie de requisitos adicionales que se recogen en el certificado complementario de Lengua azul. En este caso, se deber proceder de la siguiente manera: Se tachar por completo el punto que hace referencia a la situaci n respecto a la Lengua azul, correspondiente al punto (del ASE-2662 para sacrificio, ASE-2663 para cebo o ASE-2664 para reproducci n).

7 (pa s / regi n)(2) reconocido como oficialmente libre de Lengua Azul desde hace 24 meses En su lugar se adjuntar el certificado complementario de Lengua azul que corresponda seg n el destino de los animales (sacrificio, cebo o reproducci n). En el caso de animales para sacrificio, nacidos y criados en Espa a, procedentes de zona restringida deber n cumplir los siguientes requisitos (ASE-2270): No mostraron signos de Lengua azul el d a del embarque. Proceden de una explotaci n en el que no ha habido casos de Lengua azul en un radio de 20 km. Cumplen con una de las opciones del cap tulo del C digo Terrestre de la OIE o bien del anexo III del Reglamento comunitario (CE) N 1266/2007. Se indicar claramente la opci n elegida en el certificado complementario.

8 Si la opci n elegida fuera la de vacunaci n, se indicar nicamente la vacunaci n realizada frente al serotipo 4, indicando la fecha de sta. No se indicar n las vacunas frente al resto de serotipos. En el caso de animales destinados a cebo o a reproducci n procedentes de zona restringida deber n cumplir los siguientes requisitos (ASE 2272 o ASE-2274): Fueron vacunados frente al serotipo 4 en los ltimos 60 d as antes del embarque. Se indicar la fecha de vacunaci n en el complementario y se adjuntar informaci n SOBRE la misma. No se indicar n las vacunas frente al resto de serotipos Han sido sometidos a una PCR durante los ltimos 14 d as antes del embarque. Proceden de un establecimiento en el que no ha habido casos de Lengua azul en un radio de 20 km.

9 NOTA SOBRE las referencias documentales a vacunaciones de Lengua Azul: en los documentos que acompa en a los animales s lo 4 se har referencia a las vacunas de S4, independientemente de los otros tipos de vacunas que se hayan administrado a los animales. Explotaci n situada en zona en las que hay focos activos* de Lengua azul: No es posible la exportaci n. (*los focos de lengua azul se consideran cerrados, pasados 60 d as desde su notificaci n.) Animales destinados a sacrificio, cebo o reproducci n nacidos en otros EEMM aprobados para exportar a Turqu a diferentes de Espa a y que hayan pasado por zona restringida (ej Francia,..): Adem s de cumplir con el certificado de exportaci n para sacrificio, cebo o reproducci n (ASE-2662, ASE-2663, ASE-2664), estos animales deben cumplir una serie de requisitos adicionales que se recogen en el certificado complementario de Lengua azul - Sacrificio: con referencia ASE-2271 - Cebo o reproducci n: ASE-2273 En este caso, se deber proceder de la siguiente manera: Se tachar por completo el punto que hace referencia a la situaci n respecto a la Lengua azul, correspondiente al punto (del ASE-2662 para sacrificio, ASE-2663 para cebo o ASE-2664 para reproducci n).

10 (pa s / regi n)(2) reconocido como oficialmente libre de Lengua Azul desde hace 24 meses En su lugar se adjuntar el certificado complementario de Lengua azul con referencia (Ref.: ASE-2271) para sacrificio o (Ref.: ASE-2273) para cebo o reproducci n. En el mismo se exige: PCR en los 14 d as previos a la exportaci n. Diferentes opciones de vacunaci n en funci n de los serotipos presentes en la regi n del estado miembro de origen y en la regi n de destino en Espa a. Excepciones para los animales menores de 90 d as. Requisitos adicionales de schmallenberg para animales reproductores: Desde el mes de marzo de 2019 las autoridades turcas han dejado de exigir el certificado complementario respecto a la enfermedad de schmallenberg para la exportaci n de machos reproductores y hembras reproductoras gestantes.


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