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NTP 565: Sistema de gestión preventiva: …

NTP 565: Sistema de gesti n preventiva: organizaci n y definici n de funciones preventivasSyst me de gestion pr ventive: Organitation et definition de fonctions pr ventives Prevention management system: Organization and prevention functionsRedactores:Manuel Bestrat n Bellov Ingeniero IndustrialMiguel Angel Marr n Vidal Licenciado en Ciencias Econ micas y EmpresarialesCENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJOLa Ley 31/1995 de Prevenci n de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevenci n establecen la obligatoriedad de que la empresa desarrolle un Sistema de prevenci n de riesgos laborales, con los procedimientos necesarios y la documentaci n definida en art.

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1 NTP 565: Sistema de gesti n preventiva: organizaci n y definici n de funciones preventivasSyst me de gestion pr ventive: Organitation et definition de fonctions pr ventives Prevention management system: Organization and prevention functionsRedactores:Manuel Bestrat n Bellov Ingeniero IndustrialMiguel Angel Marr n Vidal Licenciado en Ciencias Econ micas y EmpresarialesCENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJOLa Ley 31/1995 de Prevenci n de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevenci n establecen la obligatoriedad de que la empresa desarrolle un Sistema de prevenci n de riesgos laborales, con los procedimientos necesarios y la documentaci n definida en art.

2 23 de la citada Ley. En base a ello, y ante la conveniencia de que los procedimientos sean escritos para facilitar su implantaci n y seguimiento, se desarrolla un grupo de Notas T cnicas de Prevenci n (NTP) como la presente, para facilitar su elaboraci n. Esta NTP se centra en la definici n de funciones preventivas, base esencial para organizar e integrar esta materia en las actividades cotidianas de la nTal y como recogen la Ley 31/1995 de Prevenci n de Riesgos Laborales y el RD 39/1997 de los Servicios de Prevenci n, la prevenci n de riesgos laborales, como actuaci n a desarrollar dentro de la empresa, deber integrarse en el conjunto de sus actividades y decisiones.

3 El establecimiento de una acci n de prevenci n de riesgos integrada en la empresa supone la implantaci n de un plan de prevenci n de riesgos que incluya la estructura organizativa, la definici n de funciones, las pr cticas, los procedimientos y los recursos necesarios para llevar a cabo dicha acci n. El desarrollo de tal actividad preventiva se har organizando la prevenci n de acuerdo al cap tulo III del citado RD 39 existe un nico Sistema v lido de organizaci n de la prevenci n, ya que depender de c mo est organizada la empresa y la cultura que en ella exista. El modelo m s eficaz en cada caso es aquel que se integre plenamente a la propia organizaci n productiva, logrando que directivos, t cnicos, mandos y trabajadores, asuman las responsabilidades que tienen en la materia.

4 En todo caso y sea cual fuere la modalidad de organizaci n preventiva elegida de acuerdo a la legislaci n vigente en funci n de la plantilla y la actividad (propio empresario, trabajador designado, o servicio de prevenci n propio, mancomunado o ajeno), es necesario disponer siempre en todo centro de trabajo de personas involucradas en tareas de coordinaci n, seguimiento y control de la gesti n de la prevenci n de riesgos laborales. Aunque es permisible legalmente que una empresa pueda concertar toda la actividad preventiva con un Servicio de Prevenci n Ajeno, es del todo recomendable que alguien competente de la misma y contando con el apoyo de la Direcci n, act e de v nculo con tal Servicio y preste el apoyo log stico necesario para el correcto desarrollo e implantaci n del Direcci n es quien debe definir y dar a conocer el organigrama general de la empresa en el que se determinen las funciones a desarrollar por cada uno de sus miembros.

5 Dentro de ese organigrama habr a que definir las funciones de prevenci n de riesgos laborales, en coherencia con la propia pol tica de prevenci n que la empresa quiera desarrollar, y tambi n, de su organizaci n general. La definici n por escrito de las funciones preventivas de los miembros de una organizaci n y velar por su cumplimiento es no s lo algo necesario, sino adem s, un medio esencial para lograr el grado de compromiso y de autocontrol que se precisa para desarrollar una cultura empresarial basada en las personas y un eficaz desarrollo del Sistema preventivo tanto, no se trata de desarrollar una estructura paralela o superpuesta a las ya existentes sin ninguna o pocas conexiones entre ellas, sino todo lo contrario, se trata de adaptar la organizaci n preventiva a la organizaci n global de la empresa.

6 Aprovechando incluso, si las hubieren, estructuras organizativas desarrolladas para campos de acci n afines, como calidad o conveniente evitar disfuncionalidades de compatibilizaci n de cometidos que puedan surgir en el mbito de la actuaci n preventiva por parte de personas que dependiendo org nicamente de un rea o centro de trabajo, debieran colaborar o incluso depender funcionalmente de un Servicio de Prevenci n propio. Tal situaci n, frecuente en empresas con varios centros de trabajo y que disponen de un Servicio de Prevenci n propio, habr a de contemplar que la responsabilidad de la acci n preventiva en cada centro de trabajo es siempre de la direcci n del mismo, la cual debe apoyar el correcto desarrollo del plan preventivo aprobado por la direcci n general y las actuaciones que del mismo se deriven.

7 En tal sentido, resulta imprescindible determinar las funciones preventivas de las personas y el tiempo h bil que ello les haya de an considerar dos tipos de actuaciones preventivas de las personas en su quehacer cotidiano: las que comportan el desarrollo de una tarea bien hecha con los est ndares de calidad establecidos y en donde los aspectos preventivos debieran formar parte consustancial del trabajo, y aquellas otras, consideradas espec ficamente preventivas, que constituyen las actuaciones esenciales de la planificaci n preventiva, por ejemplo la investigaci n de accidentes y las revisiones de seguridad de los NTP son gu as de buenas pr cticas.

8 Sus indicaciones no son obligatorias salvo que est n recogidas en una disposici n normativa vigente. A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edici o: 2000 Las primeras son fundamentales para lograr la debida integraci n de la prevenci n en las tareas y las segundas lo son tambi n, adem s, para implicar a mandos y trabajadores en el proceso de innovaci n, mejora y aprendizaje continuo que el Sistema de prevenci n debiera comportar. Hay que tener en cuenta que la prevenci n de riesgos, como la calidad, se aprende y se asume, logrando cambiar actitudes de las personas, mediante la realizaci n de actividades preventivas espec ficas que hayan sido cuidadosamente dise adas y aplicadas con valor pedag gico y que favorezcan a su vez la comunicaci n y el di logo entre mandos y trabajadores, base para lograr la necesaria confianza ya se ha comentado anteriormente.

9 La organizaci n de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se realizar por la direcci n con arreglo a alguna de las modalidades recogidas en el cap tulo III del RD 39/1997, las cuales se desarrollan a continuaci n legal de la prevenci nA continuaci n se describen las diferentes modalidades de organizaci n preventiva, de acuerdo a la reglamentaci n vigente, teniendo en cuenta que cada empresa elegir la que se adapte a sus caracter sticas, respetando en todo caso los m nimos que prescribe el RD 39/1997, tal como se indica en la tabla 1, donde se esquematiza la modalidad de organizaci n preventiva en funci n del n mero de 1 Organizaci n preventiva en funci n del n mero de trabajadoresN MERO DE TRABAJADORESDELEGADOS DE PREVENCI NCOMIT DE SEGURIDAD Y SALUD(1)SERVICIO DE PREVENCI N1-101 (Del.)

10 Personal) empresas =>6 trabajadores P. ajeno11-301 (Del. Personal) ajeno50-1002S Trabaj/ S. P. ajeno101-2503S Trabaj/ S. P. ajeno251-5003S (2) ajeno501-10004S ajeno1001-20005S ajeno2001-30006S ajeno3001-40007S ajeno> 40008S ajeno(1) Las empresas que cuenten con varios centros de trabajo dotados de Comit de Seguridad y Salud podr n acordar con sus trabajadores la creaci n de un Comit Intercentros. (2) Para empresas que pertenezcan al ANEXO 1 del Reglamento de los Servicios de Prevenci n (R. D. 39/97)Asunci n personal por el empresario de la actividad preventivaEl empresario (direcci n) desarrolla personalmente la actividad de prevenci vigilancia de la salud de los trabajadores, as como aquellas otras actividades preventivas no asumidas por la direcci n, deber n cubrirse mediante el recurso a alguna de las restantes modalidades designadosEl empresario (direcci n)


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