Example: quiz answers

Página | 2

P gina | 2 Introducci n Desde el a o 2015, la Corte Suprema de Justicia de la Naci n asume la labor de elaborar un Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina. A tal efecto, la Vicepresidenta, Dra Elena Highton de Nolasco, en su calidad de Ministra a cargo de la Oficina de la Mujer y de la Oficina de Violencia Dom stica requiri la colaboraci n de todas las jurisdicciones del pa s. El concepto de femicidio permite visibilizar las muertes violentas de mujeres por razones de g nero y, de esta manera, alcanzar una comprensi n m s acabada del fen meno y sus causas. En el marco de la Declaraci n sobre el Femicidio del a o 2008, se defini este t rmino como: La muerte violenta de mujeres por razones de g nero, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad dom stica o en cualquier otra relaci n interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acci n u omisi n.

Página | 2 Introducción Desde el año 2015, la Corte Suprema de Justicia de la Nación asume la labor de elaborar un Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina.

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Advertisement

Transcription of Página | 2

1 P gina | 2 Introducci n Desde el a o 2015, la Corte Suprema de Justicia de la Naci n asume la labor de elaborar un Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina. A tal efecto, la Vicepresidenta, Dra Elena Highton de Nolasco, en su calidad de Ministra a cargo de la Oficina de la Mujer y de la Oficina de Violencia Dom stica requiri la colaboraci n de todas las jurisdicciones del pa s. El concepto de femicidio permite visibilizar las muertes violentas de mujeres por razones de g nero y, de esta manera, alcanzar una comprensi n m s acabada del fen meno y sus causas. En el marco de la Declaraci n sobre el Femicidio del a o 2008, se defini este t rmino como: La muerte violenta de mujeres por razones de g nero, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad dom stica o en cualquier otra relaci n interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acci n u omisi n.

2 En relaci n a esto, la Ley sancionada en 2012 introdujo cambios en el C digo Penal. Se modificaron los incisos 1 y 4 del art culo 80 y se incluyeron los incisos 11 y 12 que imponen la pena de prisi n o reclusi n perpetua a quien matara a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de g nero (inciso 11 ) y a quien lo hiciera con el prop sito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relaci n en los t rminos del inciso 1 (inciso 12 ), con lo que se incorporaron las figuras de femicidio y femicidio vinculado. La Convenci n sobre la Eliminaci n de todas las Formas de Discriminaci n contra la Mujer (CEDAW) y la Convenci n Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convenci n de Belem do Par ) imponen a sus Estados parte el deber de implementar pol ticas p blicas para eliminar toda manifestaci n de discriminaci n y violencia contra la mujer.

3 En el mbito interno, la ley de protecci n integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los mbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Ley ) establece en su art culo 37 que: La Corte Suprema de Justicia de la Naci n llevar registros sociodemogr ficos de las denuncias efectuadas sobre hechos de violencia previstos en esta ley, especificando, como m nimo, edad, estado civil, profesi n u ocupaci n de la mujer que padece violencia, as como del agresor; v nculo con el agresor, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus resultados, as como las sanciones impuestas al agresor [..] La Corte Suprema de Justicia de la Naci n elaborar estad sticas de acceso p blico que permitan conocer, como m nimo, las caracter sticas de quienes ejercen o padecen violencia y sus modalidades, v nculo entre las partes, tipo de medidas adoptadas y sus resultados, y tipo y cantidad de sanciones aplicadas.

4 P gina | 3 Es en este contexto que la elaboraci n de un Registro Nacional de Femicidios permite dar cumplimiento a las obligaciones internacionales suscritas por el Estado Argentino, pero tambi n dar respuesta a un reclamo social sobre esta problem tica y brindar las bases para el dise o de pol ticas p blicas que apunten a la efectiva prevenci n de estos cr menes contra las mujeres. Relevamiento Metodolog a Se contact a las personas designadas por las m ximas autoridades de los Superiores Tribunales, de las Cortes provinciales y de la C mara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional para realizar el relevamiento en el mbito de su jurisdicci n. Instrumentos de recolecci n de datos Para la compilaci n de los datos se utiliz el mismo sistema inform tico en l nea dise ado para la carga de los femicidios cometidos en 2014 y 2015.

5 Este permite a cada jurisdicci n cargar directamente la informaci n requerida. Tambi n se pusieron a disposici n planillas imprimibles para posibilitar la recolecci n en las distintas dependencias, especialmente, en aquellas jurisdicciones que no tuvieran centralizados los datos requeridos. A fin de impedir un proceso de duplicaci n de la informaci n, se indic que las planillas deb an ser completadas exclusivamente por los juzgados de primera instancia, de instrucci n o fiscal as que iniciaron las causas y, en caso de que el expediente hubiese sido elevado a otra instancia, se certificara su estado procesal al momento de cargar la informaci n al sistema. Los resultados totales de las planillas completadas por estas dependencias fueron volcados al sistema por la persona designada en la jurisdicci n.

6 Datos relevados El presente registro comprende todas las causas por muerte violenta de mujeres (ni as, adolescentes y/o adultas) perpetradas por varones por razones asociadas con su g nero en el a o 2016, hayan sido o no tipificadas como femicidio. En tanto se opt por la definici n establecida en la Declaraci n sobre el Femicidio (2008), quedaron por fuera de este relevamiento las muertes violentas de varones comprendidos en las previsiones del art culo 80, inciso 12 del C digo Penal (Ley ), denominados femicidios vinculados, y los femicidios en grado de tentativa. A fin de posibilitar la realizaci n de un an lisis comparativo de los datos, se opt por no modificar las variables solicitadas en las anteriores ediciones, priorizando la recolecci n de los datos coincidentes con los indicadores requeridos por los organismos de monitoreo de las convenciones internacionales.

7 Sin embargo, en un trabajo conjunto con el Observatorio de G nero de la Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires se incorpor la variable sexo/g nero de la v ctima a fin de visibilizar los travesticidos y transfemicidios. P gina | 4 Fueron analizadas las siguientes variables: Cantidad de v ctimas Cantidad de imputados Edad de las v ctimas Edad de los imputados V nculo entre v ctimas e imputados Cantidad de ni as/os y adolescentes a cargo de las v ctimas Estado procesal de la causa Existencia de denuncias por violencia previas A su vez, estos datos contienen subcategor as que se detallan a continuaci n: Edad de la v ctima Se indica el total de v ctimas en la jurisdicci n para cada rango etario. 0-10 11-15 16-20 21-40 41-60 +60 Sin datos disponibles Cantidad de ni as/os y adolescentes a cargo de las v ctimas Se consigna el total de ni as/os y/o adolescentes a cargo de las v ctimas en la jurisdicci n, as como la falta de disponibilidad de este dato.

8 Edad del imputado Se indica el total de imputados existentes en la jurisdicci n en cada rango etario. Menores de 16 16-18 19-40 41-60 +60 Sin datos disponibles P gina | 5 Sexo/g nero de la v ctima Se indica los totales de v ctimas cuyo sexo biol gico es femenino y aquellas que fueran mujeres trans o travestis. En este sentido se considerar travesti o mujer trans a todas aquellas personas asignadas al g nero masculino al nacer, que se identifican como travestis o como mujeres respectivamente, hayan accedido o no al cambio registral establecido por la Ley Nacional de Identidad de G nero (Ley N ) e independientemente de si se hayan o no realizado modificaciones en el cuerpo. Sexo biol gico femenino Mujeres trans/travestis V nculo entre v ctima e imputado Se indican los totales de la jurisdicci n en cada tipo de v nculo.

9 V NCULO ENTRE V CTIMA E IMPUTADO Pareja ex-pareja uniones convivenciales conyugal noviazgo Familiares fraternal filial otros familiares Conocidos otros no familiares Extra os inexistente Sin datos sin datos El n mero de v nculos es superior a la cantidad de v ctimas e imputados, ya que se registr el v nculo de cada v ctima con cada imputado. Existen causas con m s de una v ctima y otras con m s de un imputado. P gina | 6 Estados procesales Se indica el total de causas de la jurisdicci n en cada estado procesal al momento de la recolecci n de datos. ESTADO PROCESAL En proceso de investigaci n Requerimiento fiscal Declaraci n indagatoria Auto de procesamiento Falta de m rito para procesar o sobreseer Auto de sobreseimiento Auto de sobreseimiento En proceso de juicio oral Requerimiento fiscal de elevaci n a juicio Elevaci n a juicio oral Citaci n a juicio Fecha de juicio oral Con sentencia condenatoria Sentencia condenatoria Con sentencia absolutoria Sentencia absolutoria Otra forma de terminaci n del proceso Otra forma de terminaci n del proceso durante la instrucci n Otra forma de terminaci n del proceso en la etapa oral Dado que se busca reflejar el avance de las investigaciones.

10 En los casos en los que hab a m s de un imputado solo se comput el estado procesal sobre el que la investigaci n hab a avanzado y no aquellas imputaciones que fueran descartadas con falta de m rito o sobreseimiento. Registro de denuncias previas por violencia de g nero Se indica si hay registros sobre denuncias anteriores por violencia de g nero. S No Sin datos Per odo de recolecci n de datos Los datos consignados fueron relevados entre los meses de marzo y mayo de 2017 y se corresponden a los femicidios ocurridos durante 2016. P gina | 7 Resultados El presente informe integra los datos brindados por los Poderes Judiciales de todo el pa s. Cantidad de v ctimas El total de v ctimas asciende a 254. Tasa de femicidios por jurisdicci n La tasa de femicidio por jurisdicci n fue calculada en base a la poblaci n estimada al 1 de julio de 2016 por el INDEC seg n proyecciones elaboradas en base al Censo Nacional de Poblaci n y Viviendas 20101.


Related search queries