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PERMISO O ALTA DE VEHÍCULO PARA LA …

PERMISO O ALTA DE VEH CULO PARA LA OPERACI N DEL SERVICIO DE. AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS, TURISMO, CARGA. Y TRANSPORTE PRIVADO DE PERSONAS Y CARGA. La Secretar a de Comunicaciones y Transportes (SCT) a trav s de la Direcci n General de Autotransporte Federal (DGAF), expide permisos para la explotaci n y operaci n de los Servicios de Autotransporte Federal en las modalidades de carga, pasaje y turismo, as como del transporte privado de persona y carga. Objetivo del tr mite: Otorgar permisos y/o altas de veh culos de autotransporte federal de carga, pasaje y turismo en sus diversas modalidades y transporte privado, de acuerdo a la normatividad establecida, a fin de brindar certeza jur dica a los prestadores de los servicios, con el prop sito de incrementar su competitividad y ampliar su participaci n en la actividad econ mica nacional.

permiso o alta de vehÍculo para la operaciÓn del servicio de autotransporte federal de pasajeros, turismo, carga y transporte privado de personas y carga.

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  Taal, De alta

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1 PERMISO O ALTA DE VEH CULO PARA LA OPERACI N DEL SERVICIO DE. AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS, TURISMO, CARGA. Y TRANSPORTE PRIVADO DE PERSONAS Y CARGA. La Secretar a de Comunicaciones y Transportes (SCT) a trav s de la Direcci n General de Autotransporte Federal (DGAF), expide permisos para la explotaci n y operaci n de los Servicios de Autotransporte Federal en las modalidades de carga, pasaje y turismo, as como del transporte privado de persona y carga. Objetivo del tr mite: Otorgar permisos y/o altas de veh culos de autotransporte federal de carga, pasaje y turismo en sus diversas modalidades y transporte privado, de acuerdo a la normatividad establecida, a fin de brindar certeza jur dica a los prestadores de los servicios, con el prop sito de incrementar su competitividad y ampliar su participaci n en la actividad econ mica nacional.

2 Este tr mite lo deben realizar todas aqu llas personas f sicas o morales que presten o deseen proporcionar el servicio p blico de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo o aqu llos particulares que requieren transitar con bienes de su propiedad o personal de su empresa, en caminos y puentes de jurisdicci n federal. Vigencia del tr mite: Los permisos se otorgan por tiempo indefinido. Requisitos: Del veh culo: 1. Solicitud en cualquiera de sus tres alternativas. a) Escrito libre b) Pre-registro por internet, el cual est disponible en la siguiente direcci n URL: No omito manifestarle, que en la p gina de registro de tr mite usted encontrar en su secci n superior derecha un manual / gu a r pida, que le orientar en los pasos a seguir para su preregistro en internet. Concluido con el preregistro en internet, deber de presentarse en el Departamento de Autotransporte Federal en su caso en el Centro Metropolitano para concluir el tr mite de registro solicitado.

3 C) Registro de tr mites en l nea; a partir del 30 de agosto de 2012, se habilit en el portal de internet de la Secretar a de Comunicaciones y Transportes, la opci n para el ingreso de solicitudes v a internet mediante Firma Electr nica Avanzada (FIEL). Para este tipo de tr mite, deber usted contar con FIEL, por medio del cual podr accesar desde cualquier parte de la Rep blica Mexicana su solicitud v a internet, proporcionando las caracter sticas del veh culo, as como anexar en formato electr nico los documentos requeridos (los cuales no deber n de exceder de 2MB por archivo), y dar seguimiento a su tr mite. De ser ste su inter s, podr ingresar al Portal de Tr mites y Servicios en L nea , en la siguiente direcci n URL: Para mayor informaci n, una vez que ingrese a la p gina referida, seleccione Descargar y revisar el manual para el registro de usuario.

4 2. Acreditar la propiedad o legal posesi n del veh culo con factura, carta factura, contrato de arrendamiento o documento del Registro Nacional de Veh culos. 3. P liza de seguro de responsabilidad civil por da os a terceros, por el equivalente a 19,000 d as de salario m nimo general vigente en el Distrito Federal por veh culo. 4. Declaraci n de caracter sticas del veh culo. 5. Certificado de baja emisi n de contaminantes del ltimo per odo. 6. Comprobante del pago de impuesto federal o uso de veh culos de los ltimos 3 a os seg n corresponda al a o modelo y con respecto al del a o calendario 2009, 2010 y 2011, para que acrediten las 3 requeridas, salvo en los casos que el contribuyente acredite que se encuentre liberado de esta obligaci n, lo anterior en cumplimiento a lo dispuesto en el art culo tercero, fracci n III de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Veh culos, vigente al 31 de diciembre de 2011.

5 Lo anterior de conformidad con lo se alado en el ltimo p rrafo del art culo cuarto correspondiente a las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh culos, contenido en el Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinaci n Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh culos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producci n y Servicios; publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el d a viernes 21 de diciembre de 2007, que en su parte conducente establece: Las obligaciones derivadas de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh culos que se abroga conforme el art culo anterior de este Decreto, que hubieran nacido durante su vigencia por la realizaci n de las situaciones jur dicas previstas en dichos ordenamientos, deber n ser cumplidas en las formas y plazos establecidos en los mismos y en las dem s disposiciones aplicables.

6 Si su Se debe acreditar el pago de las tenencias veh culo correspondientes a los a os es modelo 2000 2009. 2001 2009 2010. 2002 2009 2010 2011. 2003 2009 2010 2011. 2004 2009 2010 2011. 2005 2009 2010 2011. 2006 2009 2010 2011. 2007 2009 2010 2011. 2008 2009 2010 2011. 2009 2009 2010 2011. 2010 2010 2011. 2011 2011. 2012. 2013. 7. Antecedente de emplacamiento estatal o federal. 8. En el caso de unidades de procedencia extranjera, los documentos con los cuales acrediten su legal importaci n, estancia o tenencia en el pa s. Del solicitante: 9. Documento que ampara su inscripci n en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificaci n. Donde conste como actividad la prestaci n del servicio de autotransporte federal o servicio auxiliar solicitado. 10. Acta de nacimiento, cartilla, certificado de nacionalidad, carta de naturalizaci n o pasaporte, en caso de que el solicitante sea persona f sica.

7 11. Identificaci n del solicitante. Del representante legal: 12. Acreditar con poder, o carta poder otorgados ante fedatario p blico, la representaci n legal del promovente. 13. Identificaci n del promovente. 14. El documento que ampara la inscripci n en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificaci n. 15. Comprobante de domicilio vigente a nombre del promovente. Trat ndose de personas morales: 16. Deber presentar adem s, la escritura constitutiva en cuyo objeto social conste como actividad principal la prestaci n del servicio de autotransporte federal o servicio auxiliar solicitado. Trat ndose de un PERMISO de carga para transporte de materiales y residuos peligrosos, adem s de lo descrito en los numerales del 1 al 16 deber presentar: 17. P liza de da os ecol gicos por 900 mil pesos. 18. Original del listado de productos a transportar con n mero UN (NOM-002-SCT/2011).

8 19. Para tanques, original del documento que especifique el material de construcci n (NOM-020- SCT-2_1995). Trat ndose de un PERMISO de pasaje turismo, adem s de lo descrito en los numerales del 1. al 16 deber presentar: 20. P liza del seguro del viajero por 3,160 d as de salario m nimo general vigente en el Distrito Federal con vigencia de un a o o constancia de fondo de garant a actualizada (38 d as de salario m nimo general vigente en el Distrito Federal, considerando como base 500 o m s veh culos, en caso de que sean menos de 500 veh culos la aportaci n se debe de incrementar con el fin de alcanzar el monto considerado como base). Trat ndose de un PERMISO de pasaje, adem s de lo descrito en los numerales del 1 al 16 y 20, deber presentar: 21. Escrito especificando horarios m nimos de servicio. 22. Acreditar que dispone de terminales en los puntos de origen y destino de la ruta solicitada.

9 En caso de contar con PERMISO para operar terminales, bastar con se alar los datos de identificaci n del mismo. 23. Descripci n de la ruta solicitada en cuya conformaci n deber n considerarse los tramos o ramales que se conecten o formen parte de la misma. 24. Convenio o visto bueno del rgano administrador del puerto o aeropuerto de que se trate (este requisito s lo aplica para la modalidad de transportaci n terrestre de pasajeros de y hacia los puertos mar timos y aeropuertos). Trat ndose de un PERMISO para operar el transporte privado de carga o de personas en caminos y puentes de jurisdicci n federal, adem s de lo descrito en los numerales del 1 al 8 y del 10 al 15 deber presentar: 25. Documento que ampara su inscripci n en el Registro Federal de Contribuyentes, o en su caso, modificaci n. 26. Tarjeta de circulaci n y placas met licas de identificaci n del veh culo, expedidas por la autoridad local que corresponda (copia).

10 27. Trat ndose de personas morales, deber presentar adem s, la escritura constitutiva. Para transporte privado de personas, adicionalmente: 28. P liza del seguro del viajero por 3,160 d as de salario m nimo general vigente en el Distrito Federal con vigencia de un a o. De cumplir con todos los requisitos, el interesado recibir al final del proceso PERMISO y/o alta y tarjeta de circulaci n por unidad autorizada; dicho tr mite deber realizarlo en el Departamento de Autotransporte que corresponda a su domicilio. Consideraciones de car cter general Para el Servicio de Autotransporte Federal de Carga, no existe l mite de operaci n de los veh culos. El Servicio de Autotransporte Federal de Turismo, ser susceptible de autorizarse de acuerdo al tipo de unidad y modelos siguientes: Servicio de Turismo A o modelo que pueden A os de operaci n Modalidad Tipo de veh culo ingresar hasta permitidos a partir de su diciembre de 2013 a o modelo Autob s integral Tur stico de lujo Para el caso de personas morales podr prestar 2006 10 a os el servicio con limousinas o vagoneta de lujo.


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