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Presentación - Fundació per a la Prevenció de Riscos ...

1 Presentaci nEl Patronato de la Fundaci n para la Prevenci n de Riesgos Laborales en el sector de Hosteler a de les Illes Balears (FPHIB), constituido por las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente convenio colectivo , tiene la satisfacci n de presentar la edici n del XV convenio colectivo Sectorial de Hosteler a de la Comunidad Aut noma de les Illes presente documento, en vigor hasta el 31 de marzo de 2018, su-pone una nueva etapa en materia de negociaci n colectiva a trav s de los acuerdos alcanzados por las partes FPHIB pretende que con la difusi n de este convenio colectivo los trabajadores/as y las empresas del sector conozcan los derechos y deberes que rigen sus relaciones laborales, incluyendo aquellos que afecten a la prevenci n de riesgos Fundaci n Prevenci n Hosteler a Illes Balears (FPHIB)

3 texto articulado del xv convenio colectivo sectorial de hostelerÍa de la comunidad autÓnoma de las islas baleares (cÓdigo convenio 07000435011982)

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  Convenio colectivo, Convenio, Colectivo

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1 1 Presentaci nEl Patronato de la Fundaci n para la Prevenci n de Riesgos Laborales en el sector de Hosteler a de les Illes Balears (FPHIB), constituido por las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente convenio colectivo , tiene la satisfacci n de presentar la edici n del XV convenio colectivo Sectorial de Hosteler a de la Comunidad Aut noma de les Illes presente documento, en vigor hasta el 31 de marzo de 2018, su-pone una nueva etapa en materia de negociaci n colectiva a trav s de los acuerdos alcanzados por las partes FPHIB pretende que con la difusi n de este convenio colectivo los trabajadores/as y las empresas del sector conozcan los derechos y deberes que rigen sus relaciones laborales, incluyendo aquellos que afecten a la prevenci n de riesgos Fundaci n Prevenci n Hosteler a Illes Balears (FPHIB)

2 2 Ejemplar gratuito para su distribuci n3 TEXTO ARTICULADO DELXV convenio colectivo SECTORIALDE HOSTELER A DE LA COMUNIDADAUT NOMA DE LAS ISLAS BALEARES(C DIGO convenio 07000435011982) NDICECAP TULO I 9 Disposiciones generales Art culo 1. PARTES QUE LO CONCIERTAN 9 2. DECLARACI N DE PRINCIPIOS 9 Art. 1 MBITO DE APLICACI N PERSONAL, FUNCIONAL Y TERRITORIAL 10 Art. 2 MBITO TEMPORAL Y DENUNCIA 10 Art. 3 CL USULA DE VINCULACI N A LA TOTALIDAD 11 Art. 4 PUBLICIDAD DEL convenio 12 Art. 5 ORGANIZACI N DEL TRABAJO 12 CAP TULO II 13 CONTRATACI N, PLANTILLAS, MOVILIDAD, ASCENSOS Y CONTRATACI N OSUBCONTRATACI N DE SERVICIOS Art. 6 NORMAS COMUNES DE CONTRATACI N 13 Art. 7 PLANTILLAS Y CONTRATACI N 16 Art. 8 TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS 20 Art. 9 CONTRATO PARA LA FORMACI N Y EL APRENDIZAJE 28 Art. 10 DIMISIONES O CESES 29 Art. 11 CLASIFICACI N PROFESIONAL, MOVILIDAD FUNCIONAL Y ASCENSOS 30 Art.

3 12 ESCALAF N DE PERSONAL 30 Art. 13 DESPIDOS COLECTIVOS, SUSPENSIONES DE CONTRATO Y 30 REDUCCIONES DE JORNADA Art. 14 CONTRATACI N O SUBCONTRATACI N DE SERVICIOS 31preliminar4 Ejemplar gratuito para su distribuci nCAP TULO III 33 JORNADA, DESCANSOS, PERMISOS Y EXCEDENCIAS Art. 15 JORNADA LABORAL 33 Art. 16 DESCANSO SEMANAL 34 Art. 17 VACACIONES 35 Art. 18 FIESTAS 37 Art. 19 PERMISOS RETRIBUIDOS 38 Art. 20 PERMISOS NO RETRIBUIDOS 39 Art. 21 CONCILIACI N DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR 40 Art. 22 EXCEDENCIAS ESPECIALES 42 CAP TULO IV 45R GIMEN RETRIBUTIVO Art. 23 COMPENSACI N, ABSORCI N Y PAGO DE ATRASOS 45 Art. 24 SALARIO BASE 45 Art. 25 SITUACIONES ESPECIALES QUE AFECTAN AL SALARIO BASE 48 Art. 26 PLUS DE NOCTURNIDAD 48 Art. 27 GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS 50 Art. 28 PLUS DE DESPLAZAMIENTO 51 Art. 29 HERRAMIENTAS 52 Art. 30 UNIFORMES Y ROPA DE TRABAJO 52 Art. 31 ALOJAMIENTO Y MANUTENCI N 54 Art.

4 32 RECLAMACI N DE CANTIDADES 54 Art. 33 COMPENSACI N A LA EXTINCI N DE LA RELACI N LABORAL 555 CAP TULO V 57 ACCI N ASISTENCIAL Y SALUD LABORAL Art. 34 SEGURO POR INVALIDEZ O FALLECIMIENTO 57 Art. 35 SEGURO DE ACCIDENTES 58 Art. 36 INCAPACIDAD TEMPORAL 59 Art. 37 SALUD LABORAL 60 Art. 38 MANIPULACI N DE ALIMENTOS 61 CAP TULO VI 63 REPRESENTACI N COLECTIVA Art. 39 DERECHOS DE REPRESENTACI N COLECTIVA 63 Art. 40 AUSENCIAS DEL TRABAJO POR FUNCIONES DE 63 REPRESENTACI N DEL PERSONAL Art. 41 ACUMULACI N DE HORAS DE REPRESENTACI N DEL PERSONAL 64 Art. 42 DELEGADO SINDICAL 64 Art. 43 ACCI N SINDICAL 67 Art. 44 CUOTA SINDICAL 67 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 68 Disposici n ACUERDOS INTERCONFEDERALES 68 transitoria primera Disposici n IV ACUERDO LABORAL DE MBITO ESTATAL PARA EL SECTOR 68 transitoria segunda DE HOSTELER A (ALEH IV) Disposici n DESCANSO ENTRE JORNADAS 68 transitoria tercera Disposici n JUBILACI N 68 transitoria cuarta Disposici n ADAPTACI N DEL ANEXO II SOBRE CATEGOR AS 69 transitoria quinta DE LOS CENTROS DE TRABAJO A EFECTOS RETRIBUTIVOS 6 Ejemplar gratuito para su distribuci nDISPOSICIONES ADICIONALES 69 Disposici n COMPLEMENTO POR ANTIG EDAD AD PERSONAM 69 adicional primera Disposici n COMISI N PARITARIA 70 adicional segunda Disposici n CAMARERA DE PISOS Y CAMARERO DE PISOS 71 adicional tercera Disposici n TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y MEDIACI N DE LAS ISLAS BALEARES 72 adicional cuarta Disposici n GRUPO DE TRABAJO SOBRE INCIDENCIA DE LOS EFECTOS 72 adicional quinta DE LA DEPENDENCIA DEL ALCOHOL.

5 TABAQUISMO Y DE OTRAS SUSTANCIAS EN EL TRABAJO Disposici n OBSERVATORIO LABORAL SECTORIAL 72 adicional sexta Disposici n GARANT AS DE OCUPACI N ANTERIORES AL A O 1992 73 adicional s ptima Disposici n L MITE DE JORNADA DE TRABAJO DE LOS TRABAJADORES FIJOS 74 adicional octava DISCONTINUOS CONTRATADOS DURANTE LA VIGENCIA DEL REAL DECRETO-LEY 15/1998, DE 27 DE NOVIEMBRE Disposici n MEDIDAS ESPECIFICAS PARA PREVENIR EL ACOSO SEXUAL Y EL 75 adicional novena ACOSO POR RAZ N DE SEXO EN EL TRABAJO Y PROTOCOLO DE ACTUACI N EN EL MBITO DE LAS EMPRESAS DE HOSTELER A Disposici n INCREMENTOS RETRIBUTIVOS EN CASO DE PR RROGA 75 adicional d cima DEL CONVENIODISPOSICIONES FINALES 75 Disposici n NORMATIVA SUPLETORIA 75 final primera Disposici n CL USULA DEROGATORIA 76 final segunda 7 ANEXOS 77 ANEXO I NIVELES RETRIBUTIVOS PARA LOS PUESTOS DE TRABAJO DEL XV 77 convenio colectivo DE HOSTELER A DE LAS ISLAS BALEARES ANEXO II CATEGOR A DE LOS CENTROS DE TRABAJO A EFECTOS 81 RETRIBUTIVOS ANEXO III TABLA FIJA DE TRAMOS DE ANTIG EDAD CONSOLIDADOS 83 ANEXO IV COMUNICADO DE LLAMAMIENTO A LOS TRABAJADORES 84

6 FIJOS DISCONTINUOS Y A LA OFICINA DE EMPLEO ANEXO V COMUNICADO DE INTERRUPCI N DE LA EJECUCI N DEL 85 CONTRATO DE TRABAJO DE LOS TRABAJADORES FIJOS ANEXO VI XV convenio colectivo DE HOSTELER A DE LA COMUNIDAD 86 AUT NOMA DE LAS ISLAS BALEARES ART CULO 7 .1 PLANTILLAS DE LOS CENTROS DE TRABAJO8 Ejemplar gratuito para su distribuci n9 TEXTO ARTICULADO DELXV convenio colectivo SECTORIALDE HOSTELER A DE LA COMUNIDADAUT NOMA DE LAS ISLAS BALEARES(C DIGO convenio 07000435011982)CAP TULO IDISPOSICIONES GENERALESArt culo preliminar. 1. PARTES QUE LO partes concertantes del presente convenio colectivo ; por la representaci n empresarial: Federaci n Empresarial Ho-telera de Mallorca (FEHM) , Federaci n Empresarial Hotelera de Ibiza y Formentera (FEHIF) , Asociaci n Hotelera de Menorca (ASHOME) , Asociaci n Empresarial de Restauraci n de Mallor-ca (AERM) , Federaci de PIME Restauraci de Balears (PIMEB) y Asociaci n de Empresarios de Salas de Fiestas, Discotecas y Si-milares de Baleares (AESFDYSB); y por la representaci n sindical: Federaci n de Servicios para la Movilidad y el Consumo (SMC-UGT).

7 De las Islas Baleares y Federaci de Comer , Hoteler a, Turis-me i Joc de Comisions Obreres de les Illes Balears (FECOHT-CCOO Illes Balears). 2. DECLARACI N DE partes concertantes que renuevan el convenio colecti-vo, de forma juiciosa y firme acatan los motivos y el texto aut n-tico de la Ley Org nica 3/2007, de 22 de marzo, para la igual-dad efectiva de mujeres y hombres, en especial el T tulo IV de la misma que se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, declarando que el presente texto articulado est negociado para su aplicaci n sin absolutamente ning n tipo de vacilaci n o indecisi n tanto para mujeres como para hombres, por lo que cualquier cita en el mismo referido a personas (tra-bajadores, categor as profesionales, puestos de trabajo, fami-10 Ejemplar gratuito para su distribuci nliares de trabajadores, etc tera)

8 , huyen en todo momento y en cualquier caso de favorecer un lenguaje sexista, utilizando de la forma m s racional los vocablos en el g nero neutro, con apli-caci n indistinta tanto al g nero femenino como al masculino, sin ning n asomo de discriminaci n, asumiendo de este modo lo establecido en la referida Ley de Igualdad en el apartado 11, del art culo 14 en esta materia. Adem s, es de aplicaci n al presente convenio colectivo como derecho paccionado supletorio, el cap -tulo octavo sobre igualdad efectiva de mujeres y hombres del IV Acuerdo Laboral de mbito Estatal del sector de Hosteler a (en lo sucesivo, ALEH IV), firmado en Santander (Cantabria), el d a 27 de julio de 2010, publicado en el Bolet n Oficial del Estado (en lo sucesivo, BOE) n m. 237, de 30 de septiembre de 2010, c digo convenio (99010365011900). Art. 1 . MBITO DE APLICACI N PERSONAL,FUNCIONAL Y regir n por el presente convenio colectivo las empresas y em-presarios que desarrollen sus actividades en los centros de trabajo de los establecimientos e instalaciones que se relacionan en el anexo II del mis-mo o los que resultaran afectados por aplicaci n del mbito funcional del ALEH IV, as como los trabajadores que presten las funciones de los puestos de trabajo recogidos en dicho acuerdo estatal que se reflejan en el anexo I del convenio colectivo , prestando sus servicios en dichos cen-tros de trabajo, todo ello dentro del mbito territorial de la Comunidad Aut noma de las Islas Baleares.

9 Art. 2 . MBITO TEMPORAL Y presente convenio colectivo entrar en vigor el d a siguiente al de su publicaci n en el Bolet n Oficial de las Islas Baleares (en lo sucesi-vo, BOIB), estando vigente hasta el d a 31 de marzo de 2018, retrotra-y ndose en sus efectos retributivos al d a 1 de abril de 2014. Finalizado el periodo de vigencia del convenio , ste se entender prorrogado de a o en a o, salvo que se produzca denuncia expresa por cualquiera de las partes legitimadas para su negociaci n, de con-formidad a lo dispuesto en los art culos 86, 87 y concordantes del Real 11 Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En caso de denuncia, sta deber producirse dentro del mes de enero de 2018, o dentro de cualquiera de los siguientes meses de enero de los eventuales a os de pr rroga, mediante comunicaci n escrita que deber dirigirse a las otras partes firmantes del convenio .

10 De esta comu-nicaci n se enviar copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral. En el plazo m ximo de un mes a partir de la recepci n de la comunicaci n, se proceder a constituir la comisi n negociadora. La parte receptora de la comunicaci n deber responder a la propuesta de negociaci n y ambas partes establecer n un calendario o plan de negociaci n, todo ello de conformidad a lo establecido en el art culo 89. 1 y 2 ET. Art. 3 . CL USULA DE VINCULACI N A LA TOTALIDAD1. Las condiciones pactadas en el convenio colectivo a efectos de su aplicaci n configuran un todo org nico e indivisible. No obstante, si la autoridad laboral estimase que alg n precepto de convenio conculca la legalidad vigente, o lesiona gravemente el inter s de terceros, las partes firmantes del mismo tratar n de consensuar un texto alternativo que merezca la aprobaci n de dicha autoridad en el preceptivo tr mite de audiencia que establece el art culo ET.


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