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Principios básicos del derecho de autor y los ... - WIPO

Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos 2016. Todo usuario puede reproducir, distribuir, adaptar, traducir y presentar en p blico la presente publicaci n, tambi n con fines comerciales, sin necesidad de autorizaci n expresa, a condici n de que el contenido est acompa ado por la menci n de la OMPI como fuente y, si procede, de que se indique claramente que se ha modificado el contenido original. Las adaptaciones/traducciones/productos derivados no deben incluir ning n emblema ni logotipo oficial, salvo que hayan sido aprobados y validados por la OMPI. Para obtener autorizaci n, p nganse en contacto con nosotros mediante el sitio web de la OMPI. En relaci n con las obras derivadas, debe incluirse la siguiente advertencia: La Secretar a de la OMPI no asume responsabilidad alguna por la modificaci n o traducci n del contenido original.

Principios básicos del derecho de autor y los derechos conexos. Introducción . Esta publicación es una introducción al derecho de autor y los derechos conexos destinada a no especialistas en la materia. En ella se explican en términos generales los principios de la normativa y la práctica

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1 Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos 2016. Todo usuario puede reproducir, distribuir, adaptar, traducir y presentar en p blico la presente publicaci n, tambi n con fines comerciales, sin necesidad de autorizaci n expresa, a condici n de que el contenido est acompa ado por la menci n de la OMPI como fuente y, si procede, de que se indique claramente que se ha modificado el contenido original. Las adaptaciones/traducciones/productos derivados no deben incluir ning n emblema ni logotipo oficial, salvo que hayan sido aprobados y validados por la OMPI. Para obtener autorizaci n, p nganse en contacto con nosotros mediante el sitio web de la OMPI. En relaci n con las obras derivadas, debe incluirse la siguiente advertencia: La Secretar a de la OMPI no asume responsabilidad alguna por la modificaci n o traducci n del contenido original.

2 En los casos en los que el contenido publicado por la OMPI, como im genes, gr ficos, marcas o logotipos, sea propiedad de terceros, ser responsabilidad exclusiva del usuario de dicho contenido obtener de los titulares las autorizaciones necesarias. OMPI, 2016. Para consultar la presente licencia, rem tanse a https://. Primera publicaci n: 2005. Segunda edici n: 2016. Las denominaciones empleadas en esta publicaci n y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene Organizaci n Mundial de la Propiedad Intelectual no entra an, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la 34, chemin des Colombettes, Box 18. condici n jur dica de ninguno de los pa ses, territorios o zonas CH-1211 Ginebra 20. citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitaci n Suiza de sus fronteras o l mites. ISBN: 978-92-805-2801-5. La presente publicaci n no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretar a de la OMPI.

3 Atribuci n de licencia IGO (CC BY IGO). Cualquier menci n de empresas o productos concretos no implica en ning n caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen. Impreso en Suiza Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos ndice Introducci n La propiedad intelectual Las dos ramas de la propiedad intelectual Obras protegidas por derecho de autor Derechos protegidos por el derecho de autor Derechos patrimoniales Derechos de reproducci n, distribuci n, alquiler e importaci n Derechos de interpretaci n y ejecuci n p blicas, radiodifusi n y comunicaci n al p blico y de puesta a disposici n del p blico Derechos de traducci n y adaptaci n Derechos morales Limitaciones y excepciones respecto de los derechos Vigencia del derecho de autor Titularidad, ejercicio y cesi n del derecho de autor Observancia de los derechos Derechos conexos Beneficios para los pa ses en desarrollo Funci n de la OMPI.

4 Informaci n adicional 1. Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos Introducci n Esta publicaci n es una introducci n al derecho de autor y los derechos conexos destinada a no especialistas en la materia. En ella se explican en t rminos generales los Principios de la normativa y la pr ctica relativas al derecho de autor y los derechos conexos y se describen, por consiguiente, los tipos de derechos amparados en la legislaci n de derecho de autor y derechos conexos, as como las limitaciones y excepciones respecto de dichos derechos. Tambi n se examinan brevemente la cesi n del derecho de autor y las disposiciones en materia de observancia. En la presente publicaci n no se ofrece orientaci n jur dica ni administrativa detallada sobre el modo en que el derecho de autor se aplica en un determinado pa s, informaci n que puede solicitarse en las oficinas nacionales de propiedad intelectual y de derecho de autor .

5 En la secci n sobre Informaci n complementaria se enumeran algunos enlaces del sitio web de la OMPI de utilidad para todo lector que desee profundizar en la materia. En otra publicaci n, a saber, Principios b sicos de la propiedad industrial, se ofrece una introducci n similar al tema de la propiedad industrial y sus elementos centrales: patentes de invenci n, dise os industriales, marcas e indicaciones geogr ficas. En otra publicaci n, a saber, Principios b sicos de la propiedad industrial, se ofrece una introducci n similar al tema de la propiedad industrial y sus elementos centrales: patentes de invenci n, dise os industriales, marcas e indicaciones geogr ficas. 2. Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos La propiedad intelectual La legislaci n de derecho de autor forma parte del cuerpo m s amplio del derecho conocido con el nombre de derecho de la propiedad intelectual ( ).

6 Por se entiende, en t rminos generales, toda creaci n del intelecto humano. Los derechos de protegen los intereses de los innovadores y creadores al ofrecerles prerrogativas en relaci n con sus creaciones. El Convenio que establece la Organizaci n Dos razones fundamentales pueden aducirse Mundial de la Propiedad Intelectual (1967) no en general para explicar la necesidad de que tiene por objeto definir la , pero ofrece una los pa ses promulguen legislaci n para la lista de los siguientes objetos protegidos por protecci n de la : derechos de , a saber: amparar en la legislaci n los derechos de las obras literarias, art sticas y cient ficas; los creadores y los innovadores sobre sus las interpretaciones de los artistas int r creaciones e innovaciones, de manera equi . pretes y las ejecuciones de los artistas librada con respecto al inter s p blico de ejecutantes, los fonogramas y las emisiones acceder a las creaciones y las innovaciones.

7 De radiodifusi n; fomentar la creatividad y la innovaci n, las invenciones en todos los campos de la contribuyendo as al desarrollo econ mico actividad humana; y social. los descubrimientos cient ficos;. los dise os industriales;. las marcas de f brica, de comercio y de servicio y los nombres y denominacio . nes comerciales;. la protecci n contra la competencia desleal; y todos los dem s derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, cient fico, literario y art stico . De la importancia que reviste proteger la se deja por primera vez constancia en el Convenio de Par s para la Protecci n de la Propiedad Industrial, de 1883 (Convenio de Par s) y en el Convenio de Berna para la Protecci n de las Obras Literarias y Art sticas, de 1886 (Convenio de Berna). De la administraci n de uno y otro tratado se encarga la Organizaci n Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

8 3. Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos Las dos ramas de la propiedad intelectual La se divide esencialmente en dos ramas, a saber: la propiedad industrial y el derecho de autor . La propiedad industrial El derecho de autor La propiedad industrial adopta toda una serie El derecho de autor se aplica a las creaciones de formas, a saber: las patentes de invenciones, literarias y art sticas como los libros, las obras los dise os industriales (creaciones est ticas musicales, las pinturas, las esculturas, las relacionadas con el aspecto de los productos pel culas y las obras realizadas por medios industriales), las marcas de producto o de tecnol gicos como los programas inform ticos servicio, los esquemas de trazado de circuitos y las bases de datos electr nicas. En algunos integrados, los nombres y designaciones idiomas, el derecho de autor se denomina comerciales y las indicaciones geogr ficas, copyright.

9 Aunque mediante el derecho interna . a lo que viene a a adirse la protecci n contra cional se ha logrado cierta convergencia, esta la competencia desleal. distinci n pone de manifiesto una diferencia hist rica en la evoluci n de estos derechos que se refleja todav a en muchos sistemas de derecho de autor . El t rmino copyright se refiere al acto de copiar una obra original que, en lo que respecta a las creaciones literarias y art sticas, s lo puede ser efectuado por el autor o con su autorizaci n. La expresi n derecho de autor nos remite a la persona creadora de una obra art stica, su autor , subrayando as . que, como se reconoce en la mayor parte de las legislaciones, el autor goza de derechos espec ficos sobre sus creaciones que solo l puede ejercer, los cuales se denominan, con frecuencia, derechos morales, como el derecho a impedir la reproducci n deformada de la misma, mientras que existen otros derechos, como el derecho a efectuar copias, que pueden ser ejercidos por terceros, por ejemplo, por todo editor que obtenga una licencia del autor con ese fin.

10 4. Principios b sicos del derecho de autor y los derechos conexos Aunque no sean las nicas formas de , convendr a en esta etapa empezar por estudiar la diferencia que existe entre propiedad industrial y derecho de autor , concretamente, la diferencia esencial que existe entre las invenciones y las obras literarias y art sticas. Desde un punto de vista no jur dico, cabe definir una invenci n como toda nueva soluci n a un problema t cnico. Esas nuevas soluciones son ideas, y como tales pueden ser objeto de protecci n. En la protecci n de las invenciones que se contempla en la normativa de patentes no se exige que la invenci n quede representada de forma f sica. Por consiguiente, la protecci n que se concede a los inventores viene a ser una protecci n contra toda utilizaci n de la invenci n sin la debida autorizaci n de su propietario. Llegado incluso el caso de que un inventor conciba por su cuenta algo que ya haya sido inventado, sin haberlo copiado o incluso sin ser consciente del trabajo ya realizado por el primer inventor, es menester obtener autorizaci n antes de poder explotarlo.


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