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Protocolo DE PREVENCI N Y ACTUACI N EN casos DE DISCRIMINACI N Y VIOLENCIA DE G NERO, HOSTIGAMIENTO Y acoso SEXUAL EN FUNDARP rotocolo de prevenci n y actuaci n en casos de discriminaci n y violencia de g nero, hostigamiento y acoso sexual en Fundar. Este Protocolo es producto de una construcci n colectiva. Para su redacci n se conform un comit que fue acompa ado por especialistas. El contenido fue ajustado y avalado por todo el equipo en septiembre de 2019 y por la Asamblea General de Asociados de Fundar en marzo de editorial y proofreading Arelh Galicia Claudia Garc a Ingrid Picasso Cerd Dise o editorial Cecilia Madrid Fundar, Centro de An lisis e Investigaci n A. C. Cerrada de Alberto Zamora 21, Col. Villa Coyoac n, Del. Coyoac n, 040000, Ciudad de M xico Primera edici n: noviembre de 2019 NDICEE xposici n de motivosAutoridadesDefinicionesPrevenci nDenuncia0610162024 Atenci n y notificaci nSanci n y reparaci n del da oInvestigaci nRecursos de revisi n antela resoluci n28323640 EXPOSICI N DE MOTIVOS6 Fundar tiene como visi n promover la democracia sustantiva, el bienestar y la justicia social en el Estado mexicano y en los espacios internacionales en los cuales participa.

acoso sexual son: a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que

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1 Protocolo DE PREVENCI N Y ACTUACI N EN casos DE DISCRIMINACI N Y VIOLENCIA DE G NERO, HOSTIGAMIENTO Y acoso SEXUAL EN FUNDARP rotocolo de prevenci n y actuaci n en casos de discriminaci n y violencia de g nero, hostigamiento y acoso sexual en Fundar. Este Protocolo es producto de una construcci n colectiva. Para su redacci n se conform un comit que fue acompa ado por especialistas. El contenido fue ajustado y avalado por todo el equipo en septiembre de 2019 y por la Asamblea General de Asociados de Fundar en marzo de editorial y proofreading Arelh Galicia Claudia Garc a Ingrid Picasso Cerd Dise o editorial Cecilia Madrid Fundar, Centro de An lisis e Investigaci n A. C. Cerrada de Alberto Zamora 21, Col. Villa Coyoac n, Del. Coyoac n, 040000, Ciudad de M xico Primera edici n: noviembre de 2019 NDICEE xposici n de motivosAutoridadesDefinicionesPrevenci nDenuncia0610162024 Atenci n y notificaci nSanci n y reparaci n del da oInvestigaci nRecursos de revisi n antela resoluci n28323640 EXPOSICI N DE MOTIVOS6 Fundar tiene como visi n promover la democracia sustantiva, el bienestar y la justicia social en el Estado mexicano y en los espacios internacionales en los cuales participa.

2 Esta visi n incluye a su propio equipo, por lo que se propone fortalecer las condiciones laborales del equipo, as como las relaciones con quienes valores de la organizaci n el res-peto, el profesionalismo, la congruencia, la solidaridad, la colaboraci n, la responsabili-dad, el trabajo en equipo y la comunicaci n. Todo ello a partir de la concepci n integral de los derechos humanos, del reconoci-miento expl cito de la necesidad de incor-porar y promover la perspectiva de g nero, la participaci n ciudadana, la justicia social, la interculturalidad y la las reglas de convivencia definidas en su Pol tica laboral , Fundar establece como criterios principales la no discrimi-naci n y la resoluci n positiva de conflic-tos. En ellas se afirma que en Fundar no se tolera ni la violencia ni la discriminaci n de ning n tipo. Para resolver los conflictos que se presenten, establece dos v as: 1) la me-todolog a de resoluci n de conflictos y; 2) la EXPOSICI N DE MOTIVOSLey Federal del Trabajo.

3 Los conflictos labo-rales se resolver n de acuerdo con lo que establece la Ley, tomando en consideraci n los valores institucionales, de forma justa y equitativa. Entre los actos de discriminaci n y violencia que se han registrado en Fundar, ante los que se ha actuado, y que son par-te del debate al interior de las organizacio- nes civiles y de la sociedad en general, est el hostigamiento y el acoso sexual. Si bien estas ltimas dos conductas pueden ser ejercidas por y afectar a cualquier persona, el registro hist rico y la realidad demues-tran que ambas se ejercen principalmen-te por los hombres contra las mujeres. Estos hechos se reconocen actualmente en las leyes y, tanto el hostigamiento co- mo el acoso sexual, est n incorporados como formas concretas de tipo de violen-cia sexual contra las mujeres que tienen como causa y consecuencia la discrimina-ci n contra las reconocimiento actual de esta vio-lencia como una forma de discriminaci n es reciente, por lo que en la operaci n de la Ley y los debates pol ticos, p blicos y so-FUNDAR 20207ciales todav a permean estereotipos discri-minatorios y de privilegios, por ejemplo, la idea de que la sexualidad y todos los mbi-tos de la vida relacionados a ella -erotismo, reproducci n, identidad, g nero, parentes-co, etc tera- son aspectos de la vida que no deben ser atendidos desde el Estado o las instituciones, sino de manera privada, o que no requieren una investigaci n formal ni una sanci n.

4 Por esta raz n se incluye un apartado sobre las acciones de prevenci n, con el objetivo de garantizar la erradicaci n de los estereotipos discriminatorios o de privilegios, espec ficamente en aspectos vinculados a la que la violencia de g -nero, el acoso y el hostigamiento sexual conllevan un car cter estructural de las asimetr as de poder y las desigualdades entre los g neros, y que son formas de violencia sexual que tienen como causa y consecuencia la discriminaci n que inter-sectan las diversas condiciones sociales de las personas, Fundar considera que es necesario un abordaje de acuerdo con los deberes constitucionales de prevenir, in-vestigar, sancionar y reparar los da os ante violaciones a derechos humanos. Tambi n asume la nueva obligaci n establecida en la Ley Federal del Trabajo, en su Art culo 132 Fracci n XXXI, de implementar, en acuer-do con los trabajadores, un Protocolo para prevenir la discriminaci n por razones de g nero y atenci n de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual.

5 Asimismo, Fundar reconoce que, en materia de discriminaci n estructural, exis-te una obligaci n reforzada de adoptar me-didas para transformar las desigualdades que genera dicha discriminaci n, por lo que en la interpretaci n y aplicaci n de las nor-mas en contra de la violencia de g nero se toma, como punto de partida, la adopci n de ciertas medidas excepcionales, cuya fi-nalidad es asegurar la igualdad de condicio-nes en el acceso a la justicia. Hacia finales del a o 2018, Fundar en-frent la necesidad de acompa ar algunas denuncias de acoso sexual en la organiza-ci n que mostraron el car cter estructural de la violencia de g nero en la sociedad y, por tanto, en las organizaciones de la so-ciedad civil, as como la necesidad de for-talecer los marcos normativos que regulan la vida interna para atender esta forma de violencia hasta entonces normalizada.

6 El presente Protocolo materializa el compro-miso de Fundar con la no repetici n de los hechos, como parte de la reparaci n in-tegral del da o a las v ctimas, as como la prevenci n de otros hechos vinculados a la discriminaci n , para atender la necesidad institu-cional de garantizar un ambiente seguro y libre de violencia de g nero, se cre un Co-mit para la elaboraci n del Protocolo de actuaci n frente a casos de hostigamiento y acoso sexual de Fundar conformado por integrantes del equipo que contaron con el acompa amiento de especialistas en la tem tica. Durante el primer semestre de 2019 planearon y dise aron la propues-ta y, despu s de un proceso de reflexi n, sensibilizaci n, deliberaci n y acuerdos, el Comit aprob , en julio de 2019, el presen-te PRESENTE Protocolo TIENE POR OBJETIVO ESTABLECER LAS DEFINICIONES CENTRALES Y LOS MECANISMOS CON LOS QUE EN FUNDAR SE REALIZAR LA PREVENCI N, INVESTIGACI N, SANCI N Y REPARACI N DEL DA O POR ACTOS DE HOSTIGAMIENTO Y acoso SEXUAL, AS COMO POR ACTOS DE DISCRIMINACI N Y VIOLENCIA DE G NERO, DE MANERA QUE TODO EL EQUIPO Y LAS PERSONAS QUE ENTREN I.

7 OBJETIVOEN RELACI N CON FUNDAR, TENGAN CLARIDAD SOBRE LAS CONDUCTAS Y LA FORMA DE PROCEDER DE LA INSTITUCI N ANTE STE TIPO DE VIOLACIONES A DERECHOS Y DETALLES, REFERENCIAS JUR DICAS Y T CNICAS PARA SU OPERACI N SE INTEGRAR N EN UN MANUAL QUE DISE AR Y PUBLICAR LA COORDINACI N DE GESTI N INSTITUCIONAL Y DEL N DE MOTIVOS1010 FUNDAR Y acoso SEXUALDe acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su Art culo 13, y a la Ley Federal del Trabajo en su Art culo 3 Bis, el hostigamiento y el acoso sexual son:a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relaci n de subordinaci n real de la v ctima frente al agresor en el mbito laboral , que se expresa en conductas verbales, f sicas o ambas; b) acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinaci n, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensi n y de riesgo para la v ctima, independien-temente de que se realice en uno o va-rios acuerdo con el Art culo 135 de la Ley Federal del Trabajo Fracci n XI, queda prohibido a los trabajadores, acosar se-xualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo.

8 Por lo que, de acuerdo con el Art culo 47 de la misma Ley, son causas de rescisi n de la relaci n de trabajo, sin responsabilidad para el patr n las fracciones: II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violen-cia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patr n, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patr n, salvo que medie provocaci n o que obre en defensa propia, y VIII. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el esta-blecimiento o lugar de trabajo. En correspondencia, para consolidar un ambiente laboral digno, de acuerdo con el Art culo 133 de la Ley Federal del Trabajo, queda prohibido a los patrones o sus re-presentantes:I.

9 Negarse a aceptar trabajadores por raz n de origen tnico o nacional, g nero, edad, discapacidad, condici n social, condiciones de salud, religi n, opinio-nes, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio;XII. Realizar actos de hostigamiento y/o FUNDAR 202013 DISCRIMINACI Nacoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo;XIII. Permitir o tolerar actos de hostiga-miento y/o acoso sexual en el centro de trabajo;XIV. Exigir la presentaci n de certificados m dicos de no embarazo para el in-greso, permanencia o ascenso en el empleo;XV. Despedir a una trabajadora o coaccio-narla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores. Por lo que, de acuerdo con el Art culo 51 de la misma Ley, son causas de rescisi n de la relaci n de trabajo, sin responsabili-dad para el trabajador, las fracciones: II.

10 In-currir el patr n, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamien-to y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros an logos, en contra del trabaja-dor, c nyuge, padres, hijos o hermanos. III. Incurrir el patr n, sus familiares o trabajado-res, fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fracci n anterior, si son de tal ma-nera graves que hagan imposible el cumpli-miento de la relaci n de trabajo, IX. Exigir la realizaci n de actos, conductas o com-portamientos que menoscaben o atenten contra la dignidad del trabajador. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci n establece en su Art cu-lo 1 Fracci n III que la discriminaci n es toda distinci n, exclusi n, restricci n o preferencia que, por acci n u omisi n, con intenci n o sin ella, no sea objetiva, racio-nal ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o m s de los siguientes motivos.


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