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PROTOCOLO SOBRE NORMAS MÍNIMAS PARA EL …

P gina 1 de 63 PROTOCOLO SOBRE NORMAS M NIMAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS de vigilancia de LA P RDIDA AUDITIVA POR EXPOSICI N A RUIDO EN LOS LUGARES DE TRABAJO DIVISION DE POLITICAS P BLICAS SALUDABLES Y PROMOCI N DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL Santiago-Chile 2011 PROTOCOLO de Exposici n Ocupacional a Ruido (PREXOR) P gina 2 de 63 COORDINADOR: - Jaime Eduardo Pi a Rojas, M dico Departamento de Salud Ocupacional, Divisi n de Pol ticas P blicas Saludables y Promoci n, Ministerio de Salud. AUTORES: - Jos Espinosa, Instituto de Salud P blica de Chile.

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1 P gina 1 de 63 PROTOCOLO SOBRE NORMAS M NIMAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS de vigilancia de LA P RDIDA AUDITIVA POR EXPOSICI N A RUIDO EN LOS LUGARES DE TRABAJO DIVISION DE POLITICAS P BLICAS SALUDABLES Y PROMOCI N DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL Santiago-Chile 2011 PROTOCOLO de Exposici n Ocupacional a Ruido (PREXOR) P gina 2 de 63 COORDINADOR: - Jaime Eduardo Pi a Rojas, M dico Departamento de Salud Ocupacional, Divisi n de Pol ticas P blicas Saludables y Promoci n, Ministerio de Salud. AUTORES: - Jos Espinosa, Instituto de Salud P blica de Chile.

2 - Leslie Carriel, Instituto de Salud P blica de Chile. - Mauricio S nchez, Instituto de Salud P blica de Chile. - Juan Carlos Valenzuela, Instituto de Salud P blica de Chile. - Hern n Fontecilla, Instituto de Salud P blica de Chile. - Reynaldo Concha, Instituto de Salud P blica de Chile. - Luc a Molina, Instituto de Salud P blica de Chile. - Manuel Parra, Instituto de Salud P blica de Chile. - Valentina Nehgne, Superintendencia de Seguridad Social. - Claudio Tapia, Superintendencia de Seguridad Social. - Juan Carlos Miranda, Superintendencia de Seguridad Social. - Nilsa Pizarro, Comisi n M dica de Reclamos, Ministerio de Salud. - Jaime Pi a, Divisi n de Pol ticas P blicas Saludables y Promoci n, Ministerio de Salud COLABORADORES: - Alejandra P rez, Secretar a Regional Ministerial de Salud (RM).

3 - Mar a Eliana Moya, Comisi n M dica de Reclamos, Ministerio de Salud. - Mar a Helena Celis, Instituto de Seguridad Laboral. - Luis Reyes, Instituto de Seguridad Laboral. - Juan Ch vez, Asociaci n Chilena de Seguridad. - Manuel Moreno, Asociaci n Chilena de Seguridad. - Ana Mar a Salazar, Asociaci n Chilena de Seguridad. - Ver nica Herrera, Asociaci n Chilena de Seguridad. - Gabriela Moreno, Asociaci n Chilena de Seguridad. - Marcelo Molina, Mutual de Seguridad de la C mara Chilena de la Construcci n. - Luis Moreira, Mutual de Seguridad de la C mara Chilena de la Construcci n. - Catalina Rita Montalva, Escuela de Tecnolog a M dica, Universidad de Chile. - Rodrigo Mu oz A., Ltda. P gina 3 de 63 NDICE INTRODUCCION.

4 4 ANTECEDENTES ..5 Alcance T cnico ..5 Poblaci n Objetivo ..5 Usuarios ..5 Marco Legal ..5 Epidemiolog a .. 11 DIFUSI N .. 14 RESPONSABILIDADES .. 14 PROP SITO .. 14 Objetivo general .. 14 DEFINICIONES .. 15 DE LA vigilancia .. 18 vigilancia AMBIENTAL DE LA EXPOSICI N OCUPACIONAL A RUIDO .. 19 Objetivo .. 19 L mites M ximos Permisibles para la Exposici n Ocupacional a Ruido .. 20 Evaluaci n Ambiental .. 20 Descripci n Programa Preventivo a Implementar .. 20 Funciones y Responsabilidades Espec ficas .. 23 DE LA vigilancia DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON EXPOSICI N OCUPACIONAL A 24 Objetivo .. 24 Programas de vigilancia de la Salud Auditiva .. 24 Funciones y responsabilidades espec ficas.

5 32 PROCEDIMIENTO DE DERIVACI N DEL TRABAJADOR POST-DETERMINACI N DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL .. 33 Intervenci n en puesto de trabajo .. 33 Rehabilitaci n .. 33 Reeducaci n profesional .. 35 Derivaci n M dico Legal .. 35 EVALUACI N DEL PROTOCOLO .. 36 SISTEMA DE INFORMACI N (NOTIFICACI N) .. 36 BIBLIOGRAF A .. 38 12. ANEXOS .. 40 P gina 4 de 63 INTRODUCCION La seguridad y la salud en el trabajo constituyen temas de importancia para los gobiernos, los empleadores, los trabajadores y sus familias. El Ministerio de Salud, entre sus pol ticas de salud p blica, considera relevante la preocupaci n por la salud de las y los trabajadores de nuestro pa s, particularmente en lo que se refiere a la prevenci n y vigilancia epidemiol gica de las enfermedades que derivan o se agravan por efectos de los agentes de riesgo en el trabajo.

6 Dentro de las enfermedades profesionales, la hipoacusia por exposici n a ruido laboral, presenta desde tiempos remotos una alta prevalencia, principalmente en pa ses industrializados. El n mero estimado de personas afectadas por esta patolog a en el mundo, ha aumentado de 120 millones en el a o 1995 a 250 millones en el a o 2004. La p rdida auditiva inducida por ruido afecta principalmente la capacidad del individuo para interactuar tanto en el trabajo como socialmente, impactando directamente en su calidad de vida, ya que, induce dificultades permanentes en la comunicaci n, en las relaciones interpersonales, provocando aislamiento social. En el caso de Chile, el pa s cuenta con estad sticas fiables SOBRE accidentes del trabajo de las empresas afiladas a las Mutualidades.

7 Sin embargo, respecto a las enfermedades profesionales la informaci n es muy escasa, debido a que la pesquisa de ellas es d bil en el sistema, hay un subdiagn stico y por tanto un subregistro. En este contexto, la Subsecretar a de Salud P blica a trav s del Departamento de Salud Ocupacional en atribuci n a lo dispuesto por el art culo 21 del N 109/68 y la letra g) del art culo 72 del N 101/68, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsi n Social, en virtud de la problem tica existente a nivel nacional respecto de la exposici n ocupacional a ruido por parte de los trabajadores, y por ende, de las enfermedades generadas producto de esta exposici n, estableci como l nea de trabajo la obtenci n de un PROTOCOLO que establezca los requerimientos m nimos para la implementaci n de programas de vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores con exposici n ocupacional a ruido.

8 As como tambi n, la derivaci n del trabajador post determinaci n del da o, en cuando a la intervenci n de puesto de trabajo, rehabilitaci n, reeducaci n profesional y derivaci n m dico legal. P gina 5 de 63 ANTECEDENTES Alcance T cnico Entregar las directrices tanto para la elaboraci n, aplicaci n y control de los programas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos al agente ruido, como tambi n de lo concerniente a los ambientes de trabajo desarrollados por los administradores de la Ley , en todos los rubros en que haya presencia de este agente, con la finalidad de aumentar la poblaci n bajo control y mejorar la eficiencia y oportunidad de las medidas de control en los lugares de trabajo, evitando de esta forma el deterioro de la salud de los trabajadores.

9 Como asimismo, disponer de los procedimientos que permitan detectar precozmente a los trabajadores con problemas en su audici n debido a la exposici n ocupacional a ruido, disminuyendo as la incidencia y prevalencia de esta enfermedad. Poblaci n Objetivo Este PROTOCOLO se aplica a todos los trabajadores y trabajadoras expuestos ocupacionalmente a ruido, quienes debido a la actividad que desempe an, pueden desarrollar una Hipoacusia Sensorioneural Laboral (HSNL) por dicha exposici n. Usuarios Este PROTOCOLO est destinado a los profesionales con formaci n en Salud Ocupacional, m dicos del trabajo, m dicos otorrinolaring logos, profesionales de la salud, expertos en prevenci n de riesgos, higienistas industriales, y en general, a todos aquellos profesionales relacionados con el tema, de los servicios de salud y administradores del seguro de la Ley , como tambi n a los empleadores quienes deben velar por la salud de sus trabajadores/as, con el fin de brindar herramientas basadas en la evidencia, para la atenci n integral de stos.

10 Quienes est n expuestos/as ocupacionalmente a ruido en los lugares de trabajo. Marco Legal A continuaci n se exponen algunos de los m s importantes cuerpos legales en los que se establecen las obligaciones del Estado, administradores del seguro Ley , empleadores y trabajadores, referente a las acciones tendientes a proteger la salud de quienes laboran en nuestro pa s, de aquellos trabajadores expuestos a ruido. Constituci n Pol tica del Estado En el art culo N 19 inciso N 9 se establece el derecho a la protecci n de la salud: El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoci n, protecci n y recuperaci n de la salud y de rehabilitaci n del individuo.


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