Example: stock market

Publicación Quincenal BOLETÍN DEL CONSEJO DE ESTADO

Contenido: En las ltimas semanas el CONSEJO de ESTADO ha ESTADO en los titulares de los principales medios de comunicaci n por las decisiones de trascendencia nacional que ha tenido que adoptar sobre diferentes temas. El trabajo de la Corporaci n ha sido destacado en columnas de opini n que reconocen las bondades del nuevo C digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) por la agilidad en el tr mite de los procesos que contempla como la solicitud de medidas cautelares de urgencia. El CONSEJO de ESTADO tiene un compromiso muy grande con la sociedad y el pa s en momentos en que se necesita de una justicia pronta y oportuna, lo cual es nuestro objetivo con la aplicaci n correcta y adecuada de las normas que contempla el CPACA. MAR A CLAUDIA ROJAS LASSO Presidenta EEDDIITTOORRIIAALL 1. En un fallo hist rico y sin precedentes en materia ambiental la Secci n Primera del CONSEJO de ESTADO decidi la Acci n Popular del R o Bogot.

En las últimas semanas el Consejo de Estado ha estado en los titulares de los principales medios de comunicación por las decisiones de trascendencia nacional que ha ...

Tags:

  Consejo, Nacional, Del consejo

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of Publicación Quincenal BOLETÍN DEL CONSEJO DE ESTADO

1 Contenido: En las ltimas semanas el CONSEJO de ESTADO ha ESTADO en los titulares de los principales medios de comunicaci n por las decisiones de trascendencia nacional que ha tenido que adoptar sobre diferentes temas. El trabajo de la Corporaci n ha sido destacado en columnas de opini n que reconocen las bondades del nuevo C digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) por la agilidad en el tr mite de los procesos que contempla como la solicitud de medidas cautelares de urgencia. El CONSEJO de ESTADO tiene un compromiso muy grande con la sociedad y el pa s en momentos en que se necesita de una justicia pronta y oportuna, lo cual es nuestro objetivo con la aplicaci n correcta y adecuada de las normas que contempla el CPACA. MAR A CLAUDIA ROJAS LASSO Presidenta EEDDIITTOORRIIAALL 1. En un fallo hist rico y sin precedentes en materia ambiental la Secci n Primera del CONSEJO de ESTADO decidi la Acci n Popular del R o Bogot.

2 S ntesis del caso: El pasado 28 de marzo, la Secci n Primera decidi la apelaci n de la acci n popular del R o Bogot , en un fallo trascendental, que puede catalogarse como hito en materia ambiental. En esta providencia se adopt un enfoque interdisciplinario, sist mico e interinstitucional para abordar la recuperaci n y conservaci n del hidrosistema fluvial de la Cuenca del R o Bogot de una manera integral. As las cosas, la Sala abord la problem tica a partir de tres componentes: I. El Mejoramiento Ambiental y Social de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot , II. La Articulaci n y Coordinaci n Institucional, Intersectorial y Econ mica, y III. La Profundizaci n de los Procesos Educativos y de Participaci n Ciudadana. A su vez, cada uno de estos componentes fue estudiado con prop sitos y objetivos precisos que permitieron definir la estrategia encaminada a la recuperaci n del R o Bogot.

3 En tal sentido, la Sala ampar los derechos colectivos relacionados con el agua, el goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecol gico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservaci n, restauraci n o sustituci n, JJUURRIISSPPRRUUDDEENNCCIIAA DDEELL CCOONNSSEEJJOO DDEE EESSTTAADDOO AALL DD AA En esta secci n destacamos algunos de los fallos proferidos por el CONSEJO de ESTADO en las ltimas semanas: AACCCCII NN PPOOPPUULLAARR Rep blica de Colombia CONSEJO de ESTADO BOLET N DEL CONSEJO DE ESTADO No 141- Abril 11 de 2014 BOGOT , COLOMBIA l de 2006 Publicaci n Quincenal l de 2006 l de 2006 Editorial 1 Jurisprudencia del CONSEJO de ESTADO al d a Acci n Popular 1-5 Acciones de tutela 5-7 Secci n Primera 7-9 Secci n Segunda 9-15 Secci n Tercera 15-27 Secci n Cuarta 27-33 Secci n Quinta 33-36 Sala de Consulta 36-37 ndice 38-41 Noticias destacadas 42 BOLET N DEL CONSEJO DE ESTADO N mero 141 11 de abril de 2014 P GINA 2 la conservaci n de las especies animales y vegetales, la protecci n de reas de especial importancia ecol gica, entre otros.

4 Para su salvaguarda, dict ordenes concretas, a corto, mediano y largo plazo, entre las que se destacan: que el Gobierno nacional - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el t rmino perentorio e improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, presente el correspondiente proyecto de ley de creaci n de la Gerencia de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot GCH y del Fondo Com n de Cofinanciamiento FOCOF -. La constituci n del CONSEJO Estrat gico de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot CECH y el Fondo Com n de Cofinanciamiento FOCOF - de manera transitoria y hasta tanto se expida la correspondiente ley de creaci n de la Gerencia de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot GCH y del Fondo. La constituci n e implementaci n del Observatorio Regional Ambiental y de Desarrollo Sostenible del R o Bogot ORARBO-, como instrumento para la direcci n y gesti n integral de la cuenca hidrogr fica.

5 La adopci n del Plan de Ordenaci n y Manejo de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot POMCA- como m ximo instrumento de planeaci n y gesti n de la cuenca hidrogr fica del R o Bogot . Que la Corporaci n Aut noma Regional de Cundinamarca CAR deber en el t rmino perentorio e improrrogable de veinte (20) meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, modificar y actualizar el Plan de Ordenaci n y Manejo de la Cuenca Hidrogr fica del R o. El Gobierno nacional a trav s del Ministro del Ramo una vez ejecutoriada esta sentencia, debe formular las pol ticas y expedir la reglamentaci n necesaria para orientar y contribuir a la gesti n integral de la cuenca hidrogr fica del R o Bogot . El Distrito Capital y los entes territoriales aferentes al R o Bogot , en el t rmino perentorio e improrrogable de veinticuatro (24) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, deben revisar y/o ajustar los Planes Maestros de Acueducto y Alcantarillado PMAA de manera que se intercepten todos los vertimientos directos a cuerpos de agua y stos sean conducidos a la planta de tratamiento de aguas residuales correspondiente.

6 Los Planes Maestros de Acueducto y Alcantarillado PMAA- deber n incluir los planes de rehabilitaci n de redes; asimismo, deben revisar y/o ajustar los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos PSMV de manera que se garantice efectivamente un manejo integral y se minimice y reduzca la contaminaci n en la cuenca hidrogr fica del R o Bogot , lo anterior bajo criterios t cnicos y econ micos. La Corporaci n Aut noma Regional de Cundinamarca CAR y a todos y cada uno de los entes territoriales que hacen parte de la cuenca hidrogr fica del R o Bogot , en el t rmino perentorio e improrrogable de doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, deben identificar e inventariar las reas de manejo a las cuales hace referencia el C digo de Recursos Naturales Decreto 2811 de 1974 y las zonas de protecci n especial tales como p ramos, subp ramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acu feros que se encuentren en su jurisdicci n, y de manera inmediata adoptar las medidas necesarias para la protecci n, conservaci n y vigilancia de las mismas.

7 En especial: la Corporaci n Aut noma Regional de Cundinamarca CAR y al Municipio de Villapinz n, en el t rmino de veinticuatro (24) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, deben adoptar las medidas necesarias para la protecci n y conservaci n del P ramo de Guacheneque, nacimiento del R o Bogot ; la Corporaci n Aut noma Regional de Cundinamarca CAR y el Distrito Capital, en el t rmino de veinticuatro (24) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, deben adoptar las medidas necesarias para la protecci n y conservaci n de los nacimientos de agua que se encuentran en el corredor ambiental de la zona oriental de Bogot ; la Corporaci n Aut noma Regional de Cundinamarca CAR, en el t rmino de doce (12) meses contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia, debe adoptar las medidas necesarias para la protecci n y conservaci n del Distrito de Manejo Integrado del Salto de Tequendama.

8 Adicionalmente, se define que el esquema de tratamiento para la descontaminaci n del R o Bogot en la cuenca media estar constituido por dos (2) plantas de tratamiento de aguas residuales -PTAR de la siguiente forma: - Ampliaci n de la actual PTAR Salitre en caudal y capacidad de tratamiento. - Construcci n de una segunda planta aguas abajo de la desembocadura del R o Tunjuelo sobre el R o Bogot (quedar localizada en el sitio denominado Canoas , por cuanto produce m s de un servicio, como lo es la generaci n de energ a el ctrica y puede lograr una econom a global). I. EXTRACTO: SOLUCI N INTEGRAL A. ARTICULACI N INTERINSTITUCIONAL E INTEGRACI N DE INSTRUMENTOS DE GESTI N, PLANEACI N Y OBSERVACI N BOLET N DEL CONSEJO DE ESTADO N mero 141 11 de abril de 2014 P GINA 3 1. CREACI N PROVISIONAL DEL CONSEJO ESTRAT GICO DE CUENCA, QUE SE CONVERTIR EN UNA GERENCIA ESTRAT GICA DE CUENCA mediante proyecto de Ley, que deber presentar el Ministerio de Medio Ambiente.

9 Se Ordena la articulaci n en cabeza de la CAR con todos los proyectos de adecuaci n hidr ulica y recuperaci n ambiental del R o Bogot ; con el Plan de Gesti n Ambiental 2008-2038 de la Secretaria Distrital de Ambiente, el Plan Departamental de Aguas PDA de la Gobernaci n de Cundinamarca, las Evaluaciones del Agua ERA del IDEAM, y los dem s instrumentos normativos para la gesti n integral de la Cuenca Hidrogr fica. El derecho del agua nace de la comunidad del agua . 2. REFUERZO DEL INSTRUMENTO DE PLANEACI N EXISTENTE. Se Ordena a la CAR actualizar en forma inmediata el POMCA (Plan de Ordenaci n y Manejo de la Cuenca del R o Bogot ) y hacer la articulaci n con los Instrumentos de Planeaci n existentes. Adem s se le ordena que Asesore al Distrito Capital y a los entes territoriales aferentes del R o Bogot , en el actual proceso de modificaci n de los POTS, PBOT y EOT, as como en su articulaci n con el POMCA.

10 Ya la CAR tiene a su cargo el Fondo de Inversiones para la Adecuaci n del Rio Bogot FIAB- creado por el Acuerdo No. 28 de 2005 y modificado por el Acuerdo No. 15 de 19 de Junio de 2007, cuyas inversiones deben estar contempladas en el POMCA. 3. REFUERZO DEL SISTEMA DE TOMA DE DECISIONES A PARTIR DE UN OBSERVATORIO COM N DEL R O. Se Ordena al CONSEJO Estrat gico de la Cuenca Hidrogr fica del R o Bogot (Mientras se crea la Gerencia Estrat gica de la Cuenca), la consolidaci n de un Observatorio Regional Ambiental y de Desarrollo Sostenible del R o BOGOTA OBARBO- como instrumento com n para lograr la direcci n y gesti n integral con base en una visi n com n de la Cuenca. Ya exist a el Observatorio Distrital de Bogot . 4. Se Declara que el ejecutor de la Estrategia y Estrategias ser definido por el CONSEJO Estrat gico de Cuenca, mientras se crea la Gerencia Estrat gica de Cuenca por ley. 5. Se Ordena al Ministerio de Medio Ambiente que coordine y lidere la Implementaci n del CONSEJO Estrat gico de Cuenca, y haga su SECRETARIA T CNICA; hasta tanto se cree la Gerencia Estrat gica de Cuenca, mediante el proyecto de Ley, que el mismo Ministerio deber estar presentando en el t rmino de seis meses al Congreso.


Related search queries