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PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE FEBRERO DE 2011 NORMA T CNICA COMPLEMENTARIA PARA EL PROYECTO ARQUITECT NICO Lic. Fernando Aboitiz Saro, Secretario de Obras y Servicios del Gobierno de DISTRITO Federal, con fundamento en los art culos 5, 15 fracci n V, 16 fracci n IV y 27 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal, 26, fracci n X del Reglamento Interior de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal, 1, 2 fracciones I y XI, 3 fracci n XIV, 74 y Tercero Transitorio del Reglamento de Construcciones para el DISTRITO Federal, he tenido a bien expedir la siguiente: NORMA T CNICA COMPLEMENTARIA PARA EL PROYECTO ARQUITECT NICO CONSIDERANDO El art culo 27 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal se ala que corresponde a la Secretar a de Obras y Servicios, el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras p blicas y servicios urbanos, as como dictar las pol ticas generales sobre la construcci n y conservaci n de stas y las relativas a los programas de remodelaci n y mejoramiento urbano en el DISTRITO Federal.

publicada en la gaceta oficial del distrito federal el 8 de febrero de 2011 norma tÉcnica complementaria para el proyecto arquitectÓnico lic.

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1 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE FEBRERO DE 2011 NORMA T CNICA COMPLEMENTARIA PARA EL PROYECTO ARQUITECT NICO Lic. Fernando Aboitiz Saro, Secretario de Obras y Servicios del Gobierno de DISTRITO Federal, con fundamento en los art culos 5, 15 fracci n V, 16 fracci n IV y 27 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal, 26, fracci n X del Reglamento Interior de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal, 1, 2 fracciones I y XI, 3 fracci n XIV, 74 y Tercero Transitorio del Reglamento de Construcciones para el DISTRITO Federal, he tenido a bien expedir la siguiente: NORMA T CNICA COMPLEMENTARIA PARA EL PROYECTO ARQUITECT NICO CONSIDERANDO El art culo 27 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica del DISTRITO Federal se ala que corresponde a la Secretar a de Obras y Servicios, el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras p blicas y servicios urbanos, as como dictar las pol ticas generales sobre la construcci n y conservaci n de stas y las relativas a los programas de remodelaci n y mejoramiento urbano en el DISTRITO Federal.

2 Que el art culo 3, fracci n XIV en relaci n con el art culo Tercero Transitorio del Reglamento de Construcciones para el DISTRITO Federal se ala que la Secretar a de Obras y Servicios podr expedir y modificar, cuando lo considere necesario, las Normas T cnicas Complementarias del Reglamento de Construcciones, para el debido cumplimiento del propio Reglamento. Con base en lo anterior, he tenido a bien expedir la siguiente: NORMA T CNICA COMPLEMENTARIA PARA EL PROYECTO ARQUIT CTONICO INDICE SECCI N PRIMERA CAP TULO NICO CONSIDERACIONES 1. INTRODUCCI N 2. OBJETIVO 3. CAMPO DE APLICACI N 4. TERMINOLOG A SECCI N SEGUNDA CAP TULO 1 GENERALIDADES 1 PERFIL DE LAS FACHADAS A LA V A P BLICA ELEMENTOS QUE SOBRESALEN AL PARAMENTO ESTACIONAMIENTOS CAP TULO 2 HABITABILIDAD, ACCESIBILIDAD Y FUNCIONAMIENTO DIMENSIONES Y CARACTER STICAS DE LOS LOCALES EN LAS EDIFICACIONES ACCESIBILIDAD EN LAS EDIFICACIONES ACCESIBILIDAD A ESPACIOS DE USO COM N CAP TULO 3 HIGIENE, SERVICIOS Y ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL PROVISI N M NIMA DE AGUA POTABLE SERVICIOS SANITARIOS.

3 DEP SITO Y MANEJO DE RESIDUOS ILUMINACI N Y VENTILACI N EFICIENCIA ENERG TICA EN EDIFICACIONES LOCALES PARA SERVICIO M DICO CAP TULO 4 COMUNICACI N, EVACUACI N Y PREVENCI N DE EMERGENCIAS ELEMENTOS DE COMUNICACI N Y CIRCULACIONES SE ALIZACION INFORMATIVA Y COMUNICACION SENSORIAL RUTAS DE EVACUACI N Y SALIDAS PREVISIONES CONTRA INCENDIO DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Y PROTECCI N VISIBILIDAD CONTROL DE RUIDO Y AUDICI N CAP TULO 5 INTEGRACI N AL CONTEXTO E IMAGEN URBANA CAP TULO 6 INSTALACIONES INSTALACIONES HIDR ULICAS Y SANITARIAS INSTALACIONES EL CTRICAS INSTALACIONES DE COMBUSTIBLES INSTALACIONES TELEF NICAS, DE VOZ Y DATOS INSTALACIONES DE ACONDICIONAMIENTO DE AIRE Y DE EXPULSI N DE AIRE REFERENCIAS AP NDICE N ORMATIVO A - M TODO ALTERNATIVO ANCHOS DE LOS ELEMENTOS DE COMUNICACI N Y CIRCULACIONES SECCI N PRIMERA CAP TULO NICO CONSIDERACIONES 1. INTRODUCCI N Las presentes Normas se refieren al T tulo Quinto relativo al Proyecto Arquitect nico del Reglamento de Construcciones para el DISTRITO Federal; tambi n satisfacen lo dispuesto en la Ley para la Integraci n al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del DISTRITO Federal en lo que se refiere a la accesibilidad y establecen las bases para facilitar el Dictamen de Prevenci n de Incendios a que se refiere la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del DISTRITO Federal.

4 Estas Normas son de aplicaci n general para todo tipo de edificaci n con las especificaciones y excepciones que en ellas se indican, se incluyen las edificaciones prefabricadas permanentes destinadas a vivienda. Se alan la aplicabilidad de otras disposiciones, tales como las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y las Normas Mexicanas (NMX) cuando as procede. El cumplimiento de estas Normas queda bajo la responsabilidad de los Directores Responsables de Obra y de los Corresponsables, en su caso. El proyecto arquitect nico para las edificaciones en el DISTRITO Federal debe prever las condiciones, elementos y dispositivos de apoyo para diversos grupos de la sociedad como: personas con discapacidad, menores, gestantes, adultos mayores, y personas de talla baja, considerando los conceptos de accesibilidad y dise o universal. Se recomienda consultar el Manual T cnico de Accesibilidad, editado por la Secretar a de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del DISTRITO Federal y la NMX-R-050-SCFI, Accesibilidad de las personas con discapacidad a espacios construidos de servicio al p blico - Especificaciones de seguridad.

5 2. OBJETIVO Con estas Normas se pretende fijar los requisitos m nimos para el dise o y ejecuci n de las obras e instalaciones de edificaci n en el DISTRITO Federal, a fin de asegurar su buen funcionamiento y accesibilidad, respecto de la habitabilidad, higiene, servicios y acondicionamiento ambiental; comunicaci n, evacuaci n y prevenci n de emergencias; integraci n al contexto e imagen urbana y de sus instalaciones hidr ulicas, sanitarias, el ctricas, combustibles, telef nicas, de voz y datos; de acondicionamiento y expulsi n de aire; as como establecer las especificaciones de dise o y construcci n, y proporcionar al dise ador y al constructor las bases que faciliten su trabajo dentro de la pr ctica recomendada internacionalmente. 3. CAMPO DE APLICACI N Estas Normas se aplicar n en todos los trabajos de dise o y ejecuci n de obras e instalaciones que realicen o pretendan realizar el Gobierno y los particulares, dentro del DISTRITO Federal.

6 En los casos de ampliaciones, modificaciones o reparaciones que alteren las condiciones originales del inmueble en cuanto a su distribuci n, aplicar todo lo previsto en el Reglamento de Construcciones para el DISTRITO Federal para obra nueva. 4. TERMINOLOG A A fin de aclarar al no especialista, y evitar posibles confusiones en el significado con que se utilizan algunos de los t rminos que se emplean en estas Normas, a continuaci n se establece su significado y se proporciona un listado de los m s usuales: Accesibilidad: combinaci n de elementos constructivos y operativos que permiten a cualquier persona con discapacidad, entrar, desplazarse, salir, orientarse y comunicarse con el uso seguro, aut nomo y c modo en los espacios construidos, el mobiliario y equipo, el transporte, la informaci n y las comunicaciones. Acceso a la salida: secci n de una ruta de evacuaci n que conduce a una salida. Ayudas t cnicas: dispositivos tecnol gicos, materiales y asistencia humana o animal, que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o m s limitaciones funcionales, motrices, sensoriales (auditiva y visual) o intelectuales de las personas con discapacidad.

7 Pueden incluir: andadera, aparatos ortop dicos, bast n, muletas, silla de ruedas, bast n blanco y aparatos auditivos, entre otros. Barreras: todo aquello que impida el libre desplazamiento y movilidad, o constituya un peligro para la seguridad de las personas. Casas de hu spedes o pensiones: edificio o parte de un edificio que no califica como vivienda unifamiliar o bifamiliar, que provee acomodo para dormir a un total de 16 personas o menos, en forma transitoria o permanente, sin servicio de asistencia personal, con comidas o sin ellas, pero sin instalaciones separadas para cocinar para ocupantes individuales. Contraste de color: contraste significativo entre el color del fondo y el frontal de un elemento, por ejemplo claro sobre fondo oscuro u oscuro sobre fondo claro. Se considera que un contraste del 70% entre caracteres y el fondo es adecuado para personas con baja visi n. Componentes de salida: incluyen puertas, pasillos o pasadizos, escaleras y rampas, que formen parte de una ruta de evacuaci n.

8 Descarga de la salida: secci n de la ruta de evacuaci n entre la terminaci n de la salida y la v a p blica. Dise o universal: dise o de productos y entornos para ser usados por todas las personas, al m ximo posible, sin adaptaciones o necesidad de un dise o especializado. Este concepto comprende una definici n m s amplia de lo que se conoce como accesibilidad para personas con discapacidad. Abarca que los entornos, productos y servicios que se ofrecen y usamos en nuestra vida diaria, sumando el acceso a las tecnolog as de la informaci n y las comunicaciones, deben estar disponibles para todos en igualdad de condiciones; como parte esencial para la adecuada integraci n de los diversos grupos de la sociedad. Este concepto busca que los entornos, desde su dise o incluyan uno o m s de los siguientes principios: a) Uso equitativo: que los entornos puedan ser usados por personas con distintas capacidades f sicas; b) Uso flexible: que los entornos se acomoden a un amplio rango de preferencias y habilidades individuales; c) Uso simple e intuitivo: que los entornos sean f ciles de entender, sin importar la experiencia, conocimientos, habilidades del lenguaje o nivel de concentraci n del usuario; d) Informaci n perceptible: que los entornos trasmitan la informaci n necesaria al usuario para su desplazamiento, de forma efectiva sin importar las condiciones del ambiente o sus capacidades sensoriales; e) Tolerancia al error: que los entornos minimicen riegos y consecuencias adversas de acciones involuntarias o accidentales.

9 F) M nimo esfuerzo f sico: que los entornos puedan ser usados c moda y eficientemente minimizando la fatiga; g) Adecuado tama o de aproximaci n y uso: que los componentes de las construcciones proporcionen un tama o y espacio adecuado para el acercamiento, alcance, manipulaci n y uso, independientemente del tama o corporal, postura o movilidad del usuario. Dormitorio: edificio o espacio en un edificio en el que se provee, en una misma habitaci n o en una serie de habitaciones cercanas asociadas, acomodo grupal para dormir a m s de 16 personas, que no son miembros de la misma familia, bajo una administraci n nica y para el conjunto colectivo, con comidas o sin ellas, pero sin instalaciones individuales para cocinar. Hotel: edificio o grupo de edificios bajo la misma administraci n en el que existe acomodo para que duerman m s de 16 personas y usado principalmente por ocupantes transitorios como alojamiento, con comidas o sin ellas.

10 Ocupaci n para reuniones p blicas: una ocupaci n utilizada para albergar 50 o m s personas, para prop sitos tales como deliberaciones, ceremonias religiosas, entretenimiento, comida, bebida, diversi n o sala de espera para transportes; o utilizada como edificio especial de diversi n, independientemente de la carga de ocupantes. Ocupaci n educativa: ocupaci n utilizada con fines educativos hasta el equivalente a tercer grado de preparatoria, por 6 o m s personas durante 4 o m s horas diarias o m s de 12 horas semanales. Ocupaci n para guarder as: una ocupaci n en la cual, 4 o m s clientes reciben asistencia, cuidado y supervisi n de personas que no son sus parientes o tutores legales, durante menos de 24 horas diarias. Ocupaci n sanitaria: una ocupaci n utilizada para ofrecer tratamiento m dico o de otra clase, o para el cuidado de 4 o m s personas cuando son en gran parte incapaces de su propia conservaci n, por razones de edad, discapacidad f sica o mental, o debido a que las medidas de seguridad no est n bajo el control de los ocupantes.


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