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QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 111 Y 113 DE LA …

QUE REFORMA LOS ART CULOS 111 Y 113 DE LA LEY DEL impuesto SOBRE LA RENTA, A CARGO DE LA DIPUTADA MARGARITA LICEA GONZ LEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN La que suscribe, diputada Margarita Licea Gonz lez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acci n Nacional de la LXII Legislatura de la C mara de Diputados del Congreso de la Uni n, en uso de las facultades que confieren la fracci n, II del art culo 71 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, y los art culos 6, numeral 1, fracci n I, 77 y 78 del Reglamento de la C mara de Diputados, somete a consideraci n de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los art culos 111 y 113 de la Ley del impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente: Exposici n de Motivos El lunes 9 de septiembre de 2013, el titular del Ejecutivo federal envi a

que reforma los artÍculos 111 y 113 de la ley del impuesto sobre la renta, a cargo de la diputada margarita licea gonzÁlez, del grupo parlamentario

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  Trane, Impuesto, Ebrso, La ley del impuesto sobre la renta

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1 QUE REFORMA LOS ART CULOS 111 Y 113 DE LA LEY DEL impuesto SOBRE LA RENTA, A CARGO DE LA DIPUTADA MARGARITA LICEA GONZ LEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN La que suscribe, diputada Margarita Licea Gonz lez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acci n Nacional de la LXII Legislatura de la C mara de Diputados del Congreso de la Uni n, en uso de las facultades que confieren la fracci n, II del art culo 71 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, y los art culos 6, numeral 1, fracci n I, 77 y 78 del Reglamento de la C mara de Diputados, somete a consideraci n de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los art culos 111 y 113 de la Ley del impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente.

2 Exposici n de Motivos El lunes 9 de septiembre de 2013, el titular del Ejecutivo federal envi al Congreso de la Uni n la propuesta de REFORMA hacendaria, en las cuales se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley del impuesto al Valor Agregado, de la Ley del impuesto Especial sobre Producci n y Servicios, del C digo Fiscal de la Federaci n, de la Ley Aduanera; asimismo se propuso la expedici n de una nueva Ley del impuesto sobre la Renta. Dentro de esta nueva Ley del impuesto sobre la Renta destacan las propuestas del Ejecutivo sobre los reg menes tributarios, principalmente la eliminaci n del R gimen Intermedio y del R gimen de Peque os Contribuyentes (Repecos), as como el establecimiento de un nuevo r gimen denominado de Incorporaci n fiscal, establecido en el T tulo IV, Cap tulo II, Secci n II de la ley en comento.

3 Para sustentar dicha propuesta el gobierno federal plante en la exposici n de motivos de la iniciativa los siguientes razonamientos: Para simplificar y promover la formalidad de las personas f sicas que realizan actividades empresariales, se propone sustituir el R gimen Intermedio y el Repeco por un R gimen de Incorporaci n que prepare a las personas f sicas para ingresar al r gimen general ; de la misma forma se menciona en la exposici n de motivos que a trav s del R gimen de Incorporaci n se pretende que las personas f sicas con actividades empresariales realicen su actividad en un esquema que les permita cumplir f cilmente con sus obligaciones tributarias.

4 La participaci n en el R gimen de Incorporaci n traer aparejado el acceso a servicios de seguridad social. De esta forma, se crear un punto de entrada para los negocios a la formalidad, tanto en el mbito fiscal como en el de la seguridad social . Este nuevo r gimen aplicable desde el 1 de enero de 2014, sustituye al antiguo r gimen intermedio y al de peque os contribuyentes. Cabe recordar que en el caso de los llamados Repecos este r gimen surge en la Ley del impuesto sobre la Renta del a o 1998 y tuvo como objetivo el de incorporar a la mayor a de los comerciantes que operaban en menor escala y tambi n el de acercar a la formalidad a aquellos vendedores que se encontraban en el mercado informal.

5 Ahora bien, debemos recordar que de acuerdo con los censos econ micos del 2003, el 70 por ciento de las Pyme ten an menos de 3 empleados y participaci n el 20 por ciento de los empleos formales, es decir son a estos negocios de qui n la REFORMA fiscal pretende obtener ingresos extraordinarios. Actualmente existen m s de 4 millones de unidades empresariales (cifras de la Secretar a de Econom a) de las cuales el 98 por ciento son micro y peque as empresas, que aportan el 52 por ciento del producto interno bruto y el 72 por ciento del empleo del pa s. Sin embargo para el gobierno federal las Pymes lejos de representar un motor del crecimiento de la econom a del pa s, representa un nicho de evasi n y elusi n pues en la exposici n de motivos de la iniciativa se menciona que El Repeco se dise como un esquema simplificado para las personas f sicas con ingresos anuales de hasta 2 millones de pesos.

6 Los contribuyentes que participaban en l estaban exentos de conservar comprobantes de sus proveedores y de emitir facturas por sus ingresos. Por lo anterior, permit a que se rompiera la cadena de comprobaci n fiscal. Dicha situaci n ha generado espacios para la evasi n y la elusi n . Ahora bien, con la entrada en vigor de esta ley, qui n hoy tribute bajo el r gimen de incorporaci n o qui n inicie un negocio ya no gozar de los beneficios de lo que representaba el antiguo r gimen de peque os contribuyentes, pues aunque la actual ley prev un lapso de incorporaci n de diez a os la realidad es que a partir del segundo a o se pagar n impuestos progresivamente, sin dejar de mencionar con claridad que al termino de diez a os tributando en el r gimen de incorporaci n se pasar a tributar al r gimen general.

7 De la misma forma para quienes tributen en este r gimen tendr n entre otras obligaciones, el de enterar el impuesto al valor agregado (IVA), lo que implica emitir factura digital de todas las ventas y solicitar de todas las compras y gastos facturas digitales tambi n; adem s de estar enviando su contabilidad v a internet cada bimestre, lo que se traduce en una alta carga administrativa para los peque os negocios que tienen que incursionar. Asimismo, llama especialmente la atenci n la obligaci n de presentar declaraci n por Internet, ya que de conformidad con cifras de la Asociaci n Mexicana de Internet, la penetraci n de Internet en el pa s es de alrededor del 37 por ciento (cerca de 45 millones de usuarios de Internet) mientras que el pa ses como Brasil es del 45 por ciento, Estados Unidos 78 por ciento, Espa a 71 por ciento y Argentina con el 68 por ciento, luego entonces.

8 C mo pretende la autoridad fiscal que peque os negocios realicen declaraciones bimestrales por Internet en un pa s donde el 50 por ciento de la poblaci n no tiene acceso a este medio? De acuerdo a cifras publicadas por propio SAT, en su portal de Internet, existen un n mero de 166 mil 154 comunidades sin acceso a Internet, que por entidad federativa se muestran en el siguiente cuadro: Ahora bien, el SAT expresa en su p gina que trat ndose de dichas comunidades podr n realizar sus tr mites por v a telef nica, sin estar ciertos que cuentan con este servicio. De la misma forma debe mencionarse de que acuerdo al estudio The Anatomy of an Entrepreneur realizado por Kauffman, The Foundation of Entrepreneurship, en M xico el promedio de edad de un emprendedor es de 25 a os, sin embargo s lo dos de cada diez emprendedores ha tenido una experiencia laboral previa, lo que ha provocado que el 80 por ciento de las empresas que son dirigidas por personas menores de 30 a os cierren al tercer a o de operaci n.

9 Si a esta situaci n le agregamos las reglas confusas sobre las cuales deber n de pagar sus impuestos, entonces existe una grave y real preocupaci n sobre la din mica y crecimiento de este sector, vulnerando el principio jur dico de que el impuesto debe ser claro y f cil entendimiento para el contribuyente. Por el lado de los peque os negocios que operan actualmente cabe recordar que de acuerdo con cifras de la C mara de Comercio en Peque o de la Ciudad de M xico, Conacope, cerca del 60 por ciento de los peque os comercios est n conformado por mujeres o por adultos mayores, quienes carecen de capacitaci n para la operaci n en los sistemas de administraci n, aunando a que s lo el 22 por ciento de personas entre 35 y 54 a os son usuarios de Internet.

10 De la misma forma, para las empresas que ya operan actualmente, este nuevo r gimen est afectando inmediatamente el aumento a la tasa del impuesto sobre la renta (ISR), pues anteriormente se pagaba una cuota mensual de acuerdo con el ingreso que obten an las empresas, pero con la nueva ley deber n pagar tarifas bimestrales, desde por ciento hasta 35 por ciento. Por ejemplo, si un negocio registra ventas anuales de entre 750 mil pesos y un mill n de pesos, deber pagar el 32 por ciento de ISR; por cada peso que exceda de los 750 mil pesos, la tasa aumenta a 34 por ciento si gana entre un mill n y tres millones anuales.


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