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rea Triutaria I Formulario 194: Errores materiales o ...

I rea Tributaria Formulario 194: Errores materiales o circunstancias posteriores a la emisi n de actos de la Administraci n Tributaria Ficha T cnica Reclamaci n Formulario 194. Para rdenes de pago, la presentaci n Para rdenes de pago, Autor : Miguel Antonio R os Correa del recurso no suspender la ejecuci n se suspender siempre coactiva, salvo la excepci n prevista en el que se haya presen- T tulo : Formulario 194: Errores materiales o circunstancias posteriores a la numeral 3 del inciso a) del art culo 119 tado oportunamente emisi n de actos de la Administraci n Tributaria Suspen- del C digo Tributario (circunstancias que (dentro de los 20 d as si n de la evidencien que la cobranza podr a ser h biles siguientes a la Fuente.)

Actualidad Empresarial rea Triutaria I N° 307 Segunda Quincena - Julio 2014 I-11 Formulario 194: Errores materiales o circunstancias posteriores a la emisión de actos de la Administración Tributaria

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1 I rea Tributaria Formulario 194: Errores materiales o circunstancias posteriores a la emisi n de actos de la Administraci n Tributaria Ficha T cnica Reclamaci n Formulario 194. Para rdenes de pago, la presentaci n Para rdenes de pago, Autor : Miguel Antonio R os Correa del recurso no suspender la ejecuci n se suspender siempre coactiva, salvo la excepci n prevista en el que se haya presen- T tulo : Formulario 194: Errores materiales o circunstancias posteriores a la numeral 3 del inciso a) del art culo 119 tado oportunamente emisi n de actos de la Administraci n Tributaria Suspen- del C digo Tributario (circunstancias que (dentro de los 20 d as si n de la evidencien que la cobranza podr a ser h biles siguientes a la Fuente.)

2 Actualidad Empresarial N 307 - Segunda Quincena de Julio 2014 improcedente, y siempre que se presente notificaci n). cobranza coactiva dentro de los 20 d as h biles siguientes Para resoluciones de de- a la notificaci n). terminaci n y de mul- 1. Consideraciones previas Para resoluciones de determinaci n y de ta, siempre. (Informe multa, solo si se presenta dentro de los N 005-2006-SUNAT/. Este procedimiento, dispuesto en el art culo 108 del TUO del 20 d as h biles a su notificaci n. 2B0000). C digo Tributario y regulado por la Resoluci n de Superinten- rdenes de pago, en cualquier momento dencia N 002-97/SUNAT, se convierte muchas veces en un previo pago de la deuda, salvo la excep- ci n prevista en el numeral 3 del inciso a).

3 Remedio efectivo ante Errores materiales , ocasionados por la Plazo para del art culo 119 del C digo Tributario. En cualquier momento administraci n o el administrado, los que por lo general son presentar Resoluciones de determinaci n y de o estado del valor. advertidos con la notificaci n de la ejecuci n coactiva, y fuera multa, 20 d as h biles a su notificaci n, del plazo para presentar el recurso de reclamaci n. de lo contrario debe acreditar el pago previo de la deuda. Es necesario precisar que, en la pr ctica este procedimiento, puede terminar liber ndolo de rdenes de pago, resoluciones Como se aprecia, el Formulario 194 es menos formal, m s gil, de multa, resoluciones de determinaci n o incluso resoluciones menos oneroso en cuanto a los costos indirectos al tr mite, e incluso de intendencia o resoluciones de oficina zonal, generadas por resulta ser m s efectivo para solicitar la suspensi n o el no inicio Errores no necesariamente materiales o formales.

4 Adem s, est de la cobranza coactiva. Sobre el particular la RTF N 01743-3- revestido de una serie de elementos como la formalidad, el 2005 de observancia obligatoria, citada anteriormente, establece plazo de resoluci n, costos indirectos, que lo hacen preferible que: Dado que la comunicaci n presentada mediante Formulario frente a un procedimiento contencioso tributario, por ejemplo. N 194 tiene la naturaleza de un medio impugnativo interpuesto contra un acto administrativo, y, en la medida que dicha comunicaci n haya Vale decir, que si bien no se trata de un procedimiento que sido presentada dentro del plazo establecido en el referido art culo pueda reemplazar en todos los casos a la reclamaci n, ya que 137 , proceder la suspensi n y/o conclusi n del procedimiento de sus naturalezas son distintas y en principio hemos dicho que cobranza coactiva contra tales actos, de conformidad con lo dispuesto en subsana Errores de car cter formal, el Tribunal Fiscal en la RTF el art culo 119 del citado C digo.

5 Este criterio ha sido corroborado N 01743-3-2005, precedente de observancia obligatoria, ha por la propia Sunat en el Informe N 005-2006-SUNAT/2B0000, se alado que: El Formulario 194 Comunicaci n para la revocaci n, utilizando como sustento la RTF antes glosada. modificaci n, sustituci n, complementaci n o convalidaci n de actos administrativos', regulado por la Resoluci n de Superintendencia 3. Procedencia N 002-97/SUNAT, es una reclamaci n especial en que la De acuerdo a la Resoluci n de Superintendencia N 002-97/SU- voluntad del administrado es cuestionar el acto de cobro, y, en NAT, los motivos por lo que se podr a presentar este procedimiento, consecuencia, contra lo resuelto por la Administraci n proceder el tambi n precisados en el Anexo A obrante en la parte posterior del recurso de apelaci n respectivo.

6 El car cter de especial de la reclama- mismo formato, y los rubros a llenar en cada caso, son: ci n est dado porque considerando los casos en que procede no le Base son aplicables los requisitos de admisibilidad establecidos en Concepto C digo legal Rubro el art culo 137 del C digo Tributario excepto el del plazo . Exista pagos imputados equivocadamente por la 11 A) II. administraci n tributaria. 2. Formulario 194 vs. reclamaci n Exista pagos realizados hasta el d a anterior al que se 12 B) II. efect e la notificaci n. Como hemos adelantado, si bien el Formulario 194 no reem- plaza al recurso de reclamaci n, a pesar de la naturaleza de No se ha considerado que la totalidad o parte de la deuda tributaria haya sido materia de un aplaza- 13 C) III.

7 Reclamaci n especial que el primero tiene de acuerdo a lo miento y/o fraccionamiento aprobado por resoluci n. establecido por el Tribunal Fiscal, en nuestra consideraci n hay Exista Errores de digitaci n, transcripci n o procesamien- una serie de aspectos que presentan al Formulario 194 como to de cifras, por parte de la administraci n tributaria. 14 D) IV. una mejor opci n frente a la reclamaci n. A continuaci n, dise- Exista duplicidad en la emisi n de resoluciones de aremos un cuadro comparativo en donde podamos evidenciar multa u rdenes de pago. 15 E) VI. las caracter sticas y ventajas de ambos: Exista declaraci n sustitutoria o rectificatoria que 16 F) V.

8 Hubiera determinado una mayor obligaci n. Reclamaci n Formulario 194. Firma de abogado habilitado, as como Exista solicitud de modificaci n de datos aprobada Defensa 17 G) IV. constancia de dicha habilitaci n emitida No requiere por la Sunat. cautiva por el colegio respectivo. La deuda tributaria que contienen ha sido corregida Plazo para como consecuencia de la modificaci n del coeficiente 9 meses 45 d as h biles resolver o porcentaje usados para el c lculo de los pagos a En el caso de la orden de pago, siempre cuenta mensuales correspondientes al IR, o de la 18 H) V. para resoluciones de determinaci n y de comunicaci n de la suspensi n del pago a cuenta Pago previo No requiere mensual del impuesto m nimo a la renta, con arreglo multa, no se requiere si se presenta dentro de los 20 d as h biles a su notificaci n.

9 A las normas pertinentes. N 307 Segunda Quincena - Julio 2014 Actualidad Empresarial I-11. I Actualidad y Aplicaci n Pr ctica Base Concepto C digo Rubro legal Exista una declaraci n rectificatoria que hubiera 19 I) V. determinado una obligaci n menor respecto a la deuda tributaria contenida en una orden de pago y, de ser el caso, en una resoluci n de multa vinculada siempre que la aludida declaraci n hubiera surtido efectos conforme a lo se alado en el art culo 88 del C digo Tributario. Se hubieran aplicado NCN para la cancelaci n de 21 A) II. deuda tributaria, sin considerar los pagos realizados respecto de dichas deudas a la fecha de emisi n de las resoluciones que aprueban la emisi n de las NCN.

10 4. Forma del llenado A continuaci n se alamos los rubros a ser consignados en cada supuesto: Datos Obligato- rios (casillas 02, 100, 101, 102, 103). C digos 11, 12. y 21. C digo 13. C digo17. C digo 14 o 17 (ii) Persona natural o jur dica, que el se apersona a un Centro de Servicios a solicitar una suspensi n temporal de actividades, llevando como sustento, la ltima compra declarada de fecha A la fecha se le han notificado la multa por no presentar C digos 16, 18 el PDT 0621 por el periodo 07/2013. y 19. (iii) Asociaci n sin fines de lucro, inscrita en el RUC el Solicito su inscripci n al Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta reci n el , y se aprob la misma el No C digo 15 obstante, a la fecha a n mantiene Resoluciones de multa por no pre- sentar declaraciones juradas mensuales de los periodos de 11/2013, 12/2014, y 01/2014.


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