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Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de …

LEGISLACI N CONSOLIDADA. real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. Jefatura del Estado BOE n m. 65, de 16 de marzo de 2013. Referencia: BOE-A-2013-2874. NDICE. Pre mbulo.. 4. CAP TULO I. Compatibilidad entre la pensi n de jubilaci n y el trabajo.. 11. Art culo 1. mbito de aplicaci .. 11. Art culo 2.. 11. Art culo 3. Cuant a de la pensi n.. 11. Art culo 4. Cotizaci .. 11. CAP TULO II. Modificaciones en materia de jubilaci n en la Seguridad Social.. 11. Art culo 5. Cuant a de la pensi n de jubilaci n en los supuestos de anticipaci n en el acceso a la .. 11. Art culo 6. Modificaci n de la jubilaci n anticipada.. 11. Art culo 7. Modificaci n de la jubilaci n .. 13. Art culo 8. Normas transitorias en materia de pensi n de jubilaci .. 15. CAP TULO III. Modificaci n del contrato a tiempo parcial y del contrato de relevo.

Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos

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1 LEGISLACI N CONSOLIDADA. real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. Jefatura del Estado BOE n m. 65, de 16 de marzo de 2013. Referencia: BOE-A-2013-2874. NDICE. Pre mbulo.. 4. CAP TULO I. Compatibilidad entre la pensi n de jubilaci n y el trabajo.. 11. Art culo 1. mbito de aplicaci .. 11. Art culo 2.. 11. Art culo 3. Cuant a de la pensi n.. 11. Art culo 4. Cotizaci .. 11. CAP TULO II. Modificaciones en materia de jubilaci n en la Seguridad Social.. 11. Art culo 5. Cuant a de la pensi n de jubilaci n en los supuestos de anticipaci n en el acceso a la .. 11. Art culo 6. Modificaci n de la jubilaci n anticipada.. 11. Art culo 7. Modificaci n de la jubilaci n .. 13. Art culo 8. Normas transitorias en materia de pensi n de jubilaci .. 15. CAP TULO III. Modificaci n del contrato a tiempo parcial y del contrato de relevo.

2 16. Art culo 9. Contrato a tiempo parcial y contrato de .. 16. CAP TULO IV. Medidas para evitar la discriminaci n de los trabajadores de m s edad en los despidos colectivos.. 18. Art culo 10. R gimen de aportaciones econ micas por .. 18. Disposiciones adicionales.. 21. P gina 1. BOLET N OFICIAL DEL ESTADO. LEGISLACI N CONSOLIDADA. Disposici n adicional primera. Mantenimiento del empleo durante la percepci n de la pensi n de jubilaci n compatible con el .. 21. Disposici n adicional segunda. Nuevo r gimen de compatibilidad de la pensi n de jubilaci n o retiro de Clases .. 21. Disposici n adicional tercera. Aplicaci n del nuevo r gimen de compatibilidad de la pensi n de jubilaci n o retiro de Clases Pasivas.. 22. Disposici n adicional cuarta. Colaboraci n de la Inspecci n de Trabajo y Seguridad Social en relaci n con la jubilaci n anticipada.. 23. Disposici n adicional quinta. Informe sobre la Recomendaci n 16.

3 Del Pacto de .. 23. Disposici n adicional sexta. Actuaci n de la Comisi n Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en el mbito de las Comunidades Aut nomas.. 23. Disposici n adicional s ptima. Informe previo de las entidades, participadas mayoritariamente o apoyadas financieramente por el Fondo de Reestructuraci n Ordenada Bancaria, y de los entes, organismos y entidades del sector p blico .. 24. Disposici n adicional octava. Pol ticas activas de empleo para mayores de 55 a .. 24. Disposici n adicional novena. Creaci n de un comit de expertos para el estudio del Factor de Sostenibilidad del Sistema de la Seguridad .. 24. Disposiciones transitorias.. 24. Disposici n transitoria nica. Subsidio por desempleo para mayores de 55 a .. 24. Disposiciones derogatorias.. 24. Disposici n derogatoria nica. Derogaci n normativa.. 24. Disposiciones finales.. 24. Disposici n final primera. Modificaci n del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el real decreto Legislativo 1/1994, de 20 de.

4 24. Disposici n final segunda. Modificaci n del real Decreto-ley 29/ 2012 , de 28 de diciembre, de mejora de gesti n y protecci n social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de car cter econ mico y .. 26. Disposici n final tercera. Modificaci n del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el real decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.. 27. Disposici n final cuarta. Modificaci n del real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los t rminos y las condiciones de inclusi n en el R gimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formaci n, en desarrollo de lo previsto en la disposici n adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualizaci n, adecuaci n y modernizaci n del sistema de Seguridad .. 27. Disposici n final quinta. Modificaci n del real decreto 1716/ 2012 , de 28 de diciembre, de desarrollo de las disposiciones establecidas, en materia de prestaciones, por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualizaci n, adecuaci n y modernizaci n del sistema de la Seguridad.

5 27. Disposici n final sexta. Modificaci n del Reglamento General sobre procedimientos para la imposici n de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el real decreto 928/1998, de 14 de .. 29. P gina 2. BOLET N OFICIAL DEL ESTADO. LEGISLACI N CONSOLIDADA. Disposici n final s ptima. Modificaci n del real decreto 1484/ 2012 , de 29 de octubre, sobre las aportaciones econ micas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o m s a .. 29. Disposici n final octava. Modificaci n del real decreto 1483/ 2012 , de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensi n de contratos y reducci n de .. 34. Disposici n final novena. Modificaci n de disposiciones .. 34. Disposici n final d cima.

6 T tulo competencial.. 34. Disposici n final und cima. Facultades de .. 34. Disposici n final duod cima. Entrada en .. 34. P gina 3. BOLET N OFICIAL DEL ESTADO. LEGISLACI N CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO. ltima modificaci n: 7 de julio de 2018. I. Los sistemas de pensiones de los pa ses de la Uni n Europea se enfrentan a importantes desaf os en el medio plazo derivados de fen menos demogr ficos. Las bajas tasas de natalidad y el alargamiento de la esperanza de vida exigen la adaptaci n de estos sistemas para asegurar su viabilidad en el largo plazo y mantener unas pensiones adecuadas para el bienestar de los ciudadanos de m s edad. Espa a no es una excepci n, y el sistema de Seguridad Social debe hacerse cargo del pago de un n mero creciente de pensiones de jubilaci n, por un importe medio que es superior a las que sustituyen, y que deben abonarse en un periodo cada vez m s largo, gracias a los progresos en la esperanza de vida.

7 La Uni n Europea est otorgando una creciente importancia a este desaf o. Sus competencias en este mbito son limitadas, pero las implicaciones del proceso para el crecimiento econ mico y la cohesi n econ mica y social son tales que la sostenibilidad de los sistemas de pensiones y el impulso del envejecimiento activo se han convertido en una prioridad. La Estrategia Europa 2020, que constituye el marco de referencia para la coordinaci n de las pol ticas econ micas de los Estados miembros, es el mbito desde el que se impulsa una pol tica de orientaci n y coordinaci n de los esfuerzos de las Instituciones Comunitarias y de los Estados miembros para afrontar el reto del envejecimiento y su impacto sobre los sistemas de protecci n social. Fruto de este enfoque es la publicaci n por la Comisi n Europea del Libro Blanco 2012 : Ayuda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles , con el objetivo de orientar los instrumentos pol ticos de la Uni n para que respalden los esfuerzos de los Estados miembros para la reforma de sus sistemas de pensiones, y proponer una serie de iniciativas que impulsen una mayor coordinaci n del seguimiento de los avances hacia objetivos comunes en el marco de la estrategia integrada y global Europa 2020.

8 Este Libro blanco se complementa con otros documentos como el Informe de envejecimiento 2012 o Adecuaci n de las pensiones en la UE 2010-2050 . El Libro Blanco detalla una serie de recomendaciones a nivel global y otras a nivel de Estado miembro, que enfatizan la necesidad de reformar las pensiones tanto por las previsiones demogr ficas analizadas como por la necesaria sostenibilidad de las finanzas p blicas, m xime en per odos de crisis financiera y econ mica como el actual. Si bien reconoce los progresos realizados en la ltima d cada, advierte de que es necesario seguir avanzando para garantizar la viabilidad en el largo plazo. El incremento de la edad de jubilaci n, la prolongaci n de la vida activa y el incremento de la participaci n en el mercado de trabajo de los trabajadores de m s edad suponen elementos b sicos para la adecuaci n y sostenibilidad de las pensiones. Para ello, es recomendable vincular la edad de jubilaci n a los aumentos de la esperanza de vida, racionalizar el acceso a los planes de jubilaci n anticipada y a otras v as de salida temprana del mercado laboral, y favorecer la prolongaci n de la vida laboral, facilitando el acceso al aprendizaje a lo largo de la vida, desarrollando oportunidades de empleo para los trabajadores de m s edad y fomentando el envejecimiento activo.

9 II. Los avances realizados en este mbito por Espa a han sido muy ambiciosos y coherentes con los planteamientos de la Uni n Europea. El Acuerdo Social y Econ mico para el crecimiento, el empleo y la garant a de las pensiones, suscrito en fecha 2 de febrero de 2011 entre el Gobierno y los interlocutores sociales, y las orientaciones contenidas en el Informe de Evaluaci n y Reforma del Pacto de Toledo, aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesi n de 25 de enero de 2011, configuraron una base s lida para la reforma del sistema de forma consensuada. Buena parte de sus planteamientos se P gina 4. BOLET N OFICIAL DEL ESTADO. LEGISLACI N CONSOLIDADA. plasmaron en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualizaci n, adecuaci n y modernizaci n del sistema de Seguridad Social, que supuso un avance muy relevante para reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones espa ol.

10 Esta norma se complet con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de octubre de 2011, que aprob la Estrategia Global para el Empleo de los Trabajadores de M s Edad 2012 -2014 (Estrategia 55 y m s), por la que se establece el marco general de las pol ticas que se dirijan a favorecer el empleo de las personas de m s edad. La recomendaci n n mero 12 del mencionado Informe de Evaluaci n y Reforma del Pacto de Toledo inclu a referencias expresas a tres elementos que todav a deben ser abordados para asegurar la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social y el impulso efectivo del envejecimiento activo. Por un lado, es necesario conceder una mayor relevancia a la carrera de cotizaci n del trabajador para favorecer la aproximaci n de la edad real de jubilaci n a la edad legal de acceso a la jubilaci n. Por otro, la jubilaci n anticipada deber a reservarse a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotizaci n.


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