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RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: …

A o 2016 1/10 Este documento es orientativo y carece de validez legal. RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: UTILIDADES Este documento se ha confeccionado para que sirva de orientaci n a aquellas personas que, teniendo reconocido un GRADO de discapacidad*, quieran conocer algunos de los servicios, prestaciones o beneficios vinculados a dicho RECONOCIMIENTO .

Año 2016 3/10 Este documento es orientativo y carece de validez legal.

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1 A o 2016 1/10 Este documento es orientativo y carece de validez legal. RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: UTILIDADES Este documento se ha confeccionado para que sirva de orientaci n a aquellas personas que, teniendo reconocido un GRADO de discapacidad*, quieran conocer algunos de los servicios, prestaciones o beneficios vinculados a dicho RECONOCIMIENTO .

2 Las utilidades de la certificaci n del GRADO de discapacidad pueden variar en funci n de la normativa local, auton mica o estatal correspondiente y en funci n de cada ejercicio presupuestario. Es importante tambi n tener presente que hay beneficios en los que concurren otros requisitos suplementarios. Se trata, por tanto, de un documento de car cter orientativo, que carece de validez jur dica y que est supeditado a la comprobaci n por parte de las personas interesadas de los requisitos y vigencia de dichos beneficios. NOTA 1: Las personas que deseen acceder a los servicios y prestaciones econ micas que forman parte del cat logo del Sistema para la Autonom a y la Atenci n de la Dependencia (SAAD) establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre deben solicitar dicha valoraci n de la situaci n de Dependencia (m s informaci n) que es distinta y complementaria a la del GRADO de discapacidad.

3 NOTA 2: Las necesidades de atenci n temprana de los menores de 6 a os se determinan mediante un procedimiento de valoraci n espec fico para el que existe una solicitud independiente. PRESTACIONES ECON MICAS Pensi n no Contributiva de Invalidez ( ) Para personas que no puedan acceder a las pensiones contributivas ordinarias y que no superen determinado nivel de ingresos. Incompatible con prestaci n por Hijo a Cargo. Debe tener un GRADO de discapacidad igual o superior al 65%. (Tanto en este mbito como a efectos del IRPF, la incapacitaci n judicial civil se equipara a un 65% de discapacidad, aunque la persona no alcance dicho GRADO ).

4 Los pensionistas de invalidez no contributiva, cuyo GRADO de discapacidad sea igual o superior al 75% y que acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar las actividades esenciales de la vida diaria, percibir n un complemento del 50% sobre la cuant a anualmente establecida. Existe asimismo un complemento de alquiler de vivienda para los pensionistas no contributivos de invalidez o jubilaci n que no tengan vivienda en propiedad y que residan, de forma habitual, en una vivienda alquilada. Centros Base de Valoraci n y Orientaci n a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid Punto de Informaci n y Atenci n al Ciudadano de la Consejer a de Pol ticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid C/ O Donnell, 50 Tfno.

5 91 392 56 86 Correo de consultas sobre PNC o prestaciones derivadas de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad: (Direcci n General de Servicios Sociales e Integraci n Social) Prestaciones sociales y econ micas derivadas de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (antigua LISMI) Destinadas a la protecci n de las personas con un GRADO de discapacidad igual o superior al 33% que por no desarrollar actividad laboral no est n comprendidas en el campo de aplicaci n de la Seguridad Social. - Asistencia Sanitaria y Prestaci n Farmac utica (ASPF) - Subsidio de Movilidad y Compensaci n por Gastos de Transporte (SMGT) A o 2016 2/10 Este documento es orientativo y carece de validez legal.

6 PRESTACIONES ECON MICAS Prestaciones Familiares por Hijo a Cargo Asignaci n econ mica que se reconoce por cada hijo a cargo del beneficiario, as como por los menores acogidos. Reciben esta prestaci n (aunque con diferentes cuant as) aquellos cuyo hijo est en alguno de estos tres casos: - Menores de 18 a os con 33% o m s de discapacidad. - Mayores de 18 a os con 65% o m s de discapacidad. - Mayores de 18 a os con 75% o m s de discapacidad y necesidad de ayuda de otra persona. Ministerio de Empleo y Seguridad Social Prestaci n econ mica por nacimiento o adopci n de hijo, cuando la madre acredite una discapacidad igual o superior al 65% La prestaci n se abona en un pago nico, siempre que los ingresos de la beneficiaria no rebasen el l mite establecido.

7 Pensiones de orfandad y viudedad La discapacidad es un factor que, en determinados supuestos, puede incidir en un incremento de la protecci n derivada de las pensiones de orfandad y viudedad. La normativa prev distintas circunstancias que pueden afectar a la duraci n, la cuant a o las condiciones de mantenimiento de estas prestaciones. Subsidio de Renta Activa de Inserci n ( ) Ayuda extraordinaria para desempleados con gran dificultad de acceso al mercado laboral. Pueden beneficiarse las personas con discapacidad igual o superior al 33% que hayan agotado una prestaci n contributiva o subsidio por desempleo a lo largo de su vida laboral y que cumplan, adem s, otra serie de requisitos.

8 Oficinas del SEPE (antiguo INEM) Otras entidades con ayudas a personas con discapacidad MUFACE ISFAS FUNDACI N ONCE Ayudas individuales para el fomento de la autonom a personal Seg n disponibilidad de cada convocatoria. Servicios Sociales Municipales Punto de Informaci n y Atenci n al Ciudadano de la Consejer a de Pol ticas Sociales y Familia C/ O Donnell, 50 Tfno. 91 392 56 86 A o 2016 3/10 Este documento es orientativo y carece de validez legal.

9 BENEFICIOS FISCALES: REDUCCIONES O EXENCIONES EN IMPUESTOS Y TASAS Declaraci n de la Renta-IRPF Disminuci n de la carga tributaria por discapacidad del contribuyente, ascendientes o descendientes (en la determinaci n del m nimo personal y familiar) e incremento de los gastos deducibles por rendimientos del trabajo para trabajadores activos con discapacidad. Reducci n por aportaciones a patrimonios protegidos o planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad. Deducci n por obras de adaptaci n de la vivienda. (Solo si se han satisfecho cantidades antes del 1 de enero de 2013 y siempre que las obras est n concluidas antes del 1 de enero de 2017).

10 En la Comunidad de Madrid deducci n por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad igual o superior al 33%, si se cumplen otros requisitos econ micos. Desde 2015: Abono anticipado de las deducciones por ascendiente o descendiente con discapacidad establecidas en la nueva normativa del IRPF. Nuevas deducciones por ascendientes o descendientes con discapacidad. Los contribuyentes que re nan los requisitos pueden tramitar el abono anticipado mensual mediante transferencia bancaria de esta deducci n, previa solicitud a la Agencia Tributaria ( o tel fono 901 200 345). Agencia Tributaria Tel fono de Informaci n Tributaria B sica: 901 33 55 33 Reducciones IVA.


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