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Reforma Laboral Ley #4 del 26 de enero de 2017

3/21/20181 InternalTALLER EDUCATIVO ENDOMETRIOSIS LEYES LABORALES Y SU IMPACTO 2018 Mayra D. L pez, MPAR oche Laboral Ley #4 del 26 de enero de 20173/21/20182 InternalLEY #4 DE 26 DE enero DE 2017 Enmienda aproximadamente una docena de leyes laborales Incluye nuevas disposiciones sobre el contrato de empleo, definici n uniforme de contratista independiente, deberes y obligaciones de los empleados, y cambios a la Ley #80 incluyendo nueva definici n de empleados a t rmino fijo y temporero deroga la Ley de Cierre y a ade disposici n sobre acomodo religioso. Art. : Los empleados contratados con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuar n disfrutando los mismos derechos y beneficios que ten an previamente, seg n lo dispuesto expresamente en los Art culos de sta.

Discrimen y Hostigamiento. 3/21/2018 9 Internal ¿Qué constituye discrimen? •Afectar adversamente los términos y condiciones de empleo •Hostigamiento •No proveer acomodo razonable: •Creencias religiosas •Personas con impedimentos •Víctimas de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.

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  Hostigamiento, Hostigamiento y

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1 3/21/20181 InternalTALLER EDUCATIVO ENDOMETRIOSIS LEYES LABORALES Y SU IMPACTO 2018 Mayra D. L pez, MPAR oche Laboral Ley #4 del 26 de enero de 20173/21/20182 InternalLEY #4 DE 26 DE enero DE 2017 Enmienda aproximadamente una docena de leyes laborales Incluye nuevas disposiciones sobre el contrato de empleo, definici n uniforme de contratista independiente, deberes y obligaciones de los empleados, y cambios a la Ley #80 incluyendo nueva definici n de empleados a t rmino fijo y temporero deroga la Ley de Cierre y a ade disposici n sobre acomodo religioso. Art. : Los empleados contratados con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuar n disfrutando los mismos derechos y beneficios que ten an previamente, seg n lo dispuesto expresamente en los Art culos de sta.

2 InternalDerechos de los Empleados Bajo la Ley N m. 4 de 26 de enero de 2017( Reforma Laboral )a)No ser discriminado en los t rminos y condiciones de empleo, ni sujeto a represalias por raz n de criterios prohibidos por ley. b)Protecci n contra riesgos para su salud o integridad f )Protecci n a su privacidad, sujeto a los leg timos intereses del patrono a proteger su negocio, su propiedad y el lugar de trabajo; o seg n se disponga por ley. d)Respeto a su dignidad, la cual comprende la protecci n contra ataques abusivos a su honra y reputaci )Al pago puntual de la remuneraci n pactada o legalmente requerida, conforme a los periodos de tiempo establecidos. f)Al ejercicio individual o colectivo de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.

3 G)Todos aquellos derechos que se deriven del contrato de de los Empleadosa)Cumplir con las responsabilidades y obligaciones de su puesto de trabajo, de conformidad a las normas del patrono, la buena fe y diligencia. b)Observar las medidas de seguridad e higiene establecidas por el )Abstenerse de incurrir en conducta impropia, desordenada, delictiva o inmoral que razonablemente pueda afectar los mejores intereses del )Cumplir las rdenes e instrucciones del patrono en el ejercicio regular de sus facultades directivas. e)No competir con la actividad de la empresa del patrono, salvo que se disponga de otra manera por ley o en un acuerdo de empleo. f)Contribuir a mejorar la productividad y competitividad de la empresa del patrono.

4 G)Todos aquellos deberes que se deriven del contrato de empleo o de las reglas y normas establecidas por el patrono que no sean contrarias a la ley, la moral y el orden p n Antes de la LeyCambios Nueva LeyTiempo ExtraSobre 40 horas -Tiempo DobleLas horas que trabaje un empleado durante su d a libre se pagar n a tiempo y medio del tipo convenido para las horas n: Empleados existentes en las industrias de comercio al detal, hoteles, restaurantes, hospitales y construcci n seguir n recibiendo paga TomarAlimentosTiempoDoblePatrono que emplee o permita que empleado trabaje durante su PTA tendr que pagar a por el tiempo trabajado3/21/20184 InternalCambiosDimensi n Antes de la LeyCambios Nueva LeyAcumulaci n de VacacionesBase para la Acumulaci n 112 horas o mas Base para la Acumulaci n 130 horas o mas Acumulaci n mensual de de Vacaciones y EnfermedadDe acuerdoa decretomandatorioVacaciones.

5 Hasta 1 a o d a>1-5 a os d a>5-15 a os d a>15 a os d d aInternalCambiosDimensi n Antes de la LeyCambios Nueva LeyBono de NavidadHoras m nimas trabajadas (700 horas) Cantidad del bono (3% o 6% del total del salario m ximo de $10,000de acuerdo al numero de empleados)Horas m nimas trabajadas (1350 horas) Cantidad del bono (2% del salario hasta un m ximo de $300o $600 de acuerdo al numero de empleados)S ptimo Diade TrabajoPagaDoblePagaTiempoy Medio3/21/20185 InternalCambiosDimensi n Antes de la LeyCambios Nueva LeyPeriodoProbatorio90 d as -Per odos probatorios autom ticos para empleados nuevos-12 meses para administradores, ejecutivos y profesionales-9 meses para el resto de los empleados-Se pueden acordar per odos probatorios m s cortosLactanciaen el EmpleoUna (1) hora de licencia por lactancia por turno de trabajo-Lugar designado para lactancia en el empleo deber garantizar a madre lactante privacidad, seguridad e higiene.

6 El lugar debe contar con tomas de energ a el ctrica y ventilaci n-Empleadas trabajando jornada a tiempo parcial y la misma sobrepasa las 4 horas tienen derecho un per odo de 30 minutos por cada periodo de 4 horas consecutivas-Establece penalidades por violaciones a disposiciones de esta leyInternalCambiosDimensi n Antes de la LeyCambios Nueva LeySemana de TrabajoComprimidaN/A -Permite semana de trabajo de 40 horas con horarios que no excedan 10 horas por d a sin incurrir en obligaciones de pago de tiempo extra-Pero horas trabajadas en exceso de 10 horas se consideran tiempo extra-Por acuerdo mutuo no puede ser impuesto al empleadoHorario para Reponer Horas de TrabajoN/A -Patrono puede permitir a empleado trabajar hasta 12 horas en un d a para reponer horas no trabajadas por razones personales sin incurrir en el pago de horas extra si:-Es solicitado por el empleado-Horas sean trabajadas en la misma semana de la ausencia-No exceda de 40 horas en la semana de trabajo-Esta disposici n es discrecional del patrono3/21/20186 InternalCambiosDimensi n Cambios Nueva LeyContratistaindependienteCumple con 3 o m s de los siguientes criterios: mantiene control y discreci n sobre la manera en que realiza trabajos; mantiene control sobre horario de trabajo; no se le requiere trabajar de manera exclusiva; libertad para contratar empleados.

7 O ha realizado una inversi n en su negocio para prestar los servicios acordados (herramientas, permisos, licencias, alquiler de espacio o equipo de trabajo)Contratado a un empleo por t rminoSe presumir v lido y bona fide si no excede de tres a os en su t rmino inicial o en la totalidad de sus n Cambios Nueva LeyContrato de empleo temporeroSe establece para realizar un proyecto espec fico, obra cierta, sustituir a un empleado o llevar a cabo tareas extraordinarios o de corta duraci nCondiciones Flexibles de TrabajoEmpleado puede solicitar, por escrito, cambios a su: horario, cantidad de horas o el lugar donde deba realizar el trabajoAplica a todo empleado que regularmente trabaje 30 horas o m s a la semana y que hayan trabajado para el patrono por lo menos 1 a o3/21/20187 InternalCambiosDimensi n Antes de la LeyCambios Nueva LeyMesada1-5 a os = 2 meses de salario + 1 semana por cada a o de servicio>5-15 a os = 3 meses de salario + 2 semanas por cada a o de servicio>15 a os = 6 meses de salario + 3 semanas por cada a o de servicioNueva f rmula con un tope m ximo-3 meses de salario + 2 semanas por cada a o de servicio-Hasta un m ximo de 9 meses de salarioT rminos dePrescripci n de ReclamacionesHoras & Salarios 3 a osDespido Injustificado3 a osHoras & Salarios 1 a

8 ODespido Injustificado1 a oInternalCambiosLey de Cierre Se derog la Ley de Cierre No hay m s restricciones en el horario o d as de operaciones (excepto por Viernes Santo y Domingo de Pascua) No hay requisito de salario m nimo por trabajo realizado los domingos Excepto que los establecimiento cubiertos por la anterior Ley de Cierre deben permanecer cerrados el Viernes Santo y Domingo de Pascua3/21/20188 InternalAcomodoReligioso Crea obligaci n de acomodar razonablemente pr cticas religiosas de empleados Solicitud debe ser por escrito Puede ser denegado si patrono demuestra que el acomodo resultar a en una dificultad excesiva La mera posibilidad de que muchas personas m s con las mismas pr cticas religiosas podr an necesitar acomodo razonable no es evidencia de dificultades excesivas Patrono no puede penalizar o de cualquier manera negarse a permitirle a un empleado que participe

9 O asista a cualquier servicio religiosoDiscrimen y Hostigamiento3/21/20189 Internal Qu constituye discrimen? Afectar adversamente los t rminos y condiciones de empleo hostigamiento No proveer acomodo razonable: Creencias religiosas Personas con impedimentos V ctimas de violencia dom stica, agresi n sexual o acecho. Embarazadas? RepresaliasInternalT rminos y Condiciones de Empleo Reclutamiento Adiestramiento Ascenso Traslado Despido Cesant a Actividades Culturales, Sociales, Deportivas y Recreativas3/21/201810 Internal Qu es el hostigamiento Laboral ? Acoso Laboral y/o por su t rmino en ingl s "mobbing" ("asediar, acosar, acorralar en grupo"). Se refiere a acciones conducentes a producir miedo, aprehensi n o terror en empleados/as en sus lugares de trabajo.

10 Tambi n se refiere a actos negativos y hostiles en el trabajo por parte de compa eros/as (entre iguales), de subalternos (en sentido vertical ascendente) o de superiores (en sentido vertical descendente), que tiene el efecto de crear violencia psicol gica, cuando la misma se produce de forma sistem tica y recurrente durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e incluso a Es ilegal en Puerto Rico? En Puerto Rico no existe legislaci n que contemple de manera espec fica el hostigamiento Laboral como un acto il cito, aunque se han producido algunos intentos de promover legislaci n de manera n de hostigamiento Ilegal Cualquier conducta que cree un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, que interfiera irrazonablemente con el desempe o en el trabajo de una persona, o que afecte en forma negativa las oportunidades de empleo de una persona por pertenecer a un grupo protegido.