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REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN PARA EL MUNICIPIO DE …

1 REGLAMENTO DE CONSTRUCCI N PARA EL MUNICIPIO DE QUER TARO TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAP TULO NICO ART CULO 1. Es de orden p blico e inter s social el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este REGLAMENTO , de sus normas t cnicas complementarias y de las dem s disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de Desarrollo Urbano, planificaci n, seguridad, estabilidad e higiene, as como las limitaciones y modalidades que se impongan al uso de los terrenos o de las construcciones de propiedad p blica o privada en los programas parciales y las declaratorias correspondientes. Las obras de construcci n, instalaci n, modificaci n, ampliaci n, reparaci n y demolici n, as como el uso y destino de las construcciones y dem s disposiciones en materia de Desarrollo Urbano.

Para efectos de este Reglamento, las construcciones en el Municipio de Querétaro se clasificarán de acuerdo a lo señalado en las tablas de la Sección 1 del Título Séptimo de este Reglamento. Se considerará vivienda mínima la que tenga, cuando menos, una pieza habitable y servicios de cocina, regadera, excusado y lavabo, únicamente para ...

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1 1 REGLAMENTO DE CONSTRUCCI N PARA EL MUNICIPIO DE QUER TARO TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAP TULO NICO ART CULO 1. Es de orden p blico e inter s social el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este REGLAMENTO , de sus normas t cnicas complementarias y de las dem s disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de Desarrollo Urbano, planificaci n, seguridad, estabilidad e higiene, as como las limitaciones y modalidades que se impongan al uso de los terrenos o de las construcciones de propiedad p blica o privada en los programas parciales y las declaratorias correspondientes. Las obras de construcci n, instalaci n, modificaci n, ampliaci n, reparaci n y demolici n, as como el uso y destino de las construcciones y dem s disposiciones en materia de Desarrollo Urbano.

2 ART CULO 2. Para los efectos del presente REGLAMENTO , se entender por: I. Ayuntamiento, el H. Ayuntamiento de Quer taro; II. C digo Municipal, a el C digo Municipal de Quer taro; III. C digo, al C digo Urbano para el Estado de Quer taro; IV. Declaratoria, a las Declaratorias inherentes al Desarrollo Urbano; V. Delegaci n, a la Delegaci n Municipal correspondiente; VI. Direcci n, la Direcci n de Desarrollo Urbano de la Secretar a de Desarrollo Sustentable del MUNICIPIO de Quer taro; VII. Director Responsable de Obra ( ), a el responsable de la obra, registrado ante la Secretar a; VIII. Ley de conservaci n, a la Ley Federal sobre Monumentos, Zonas Arqueol gicas, Art sticos e Hist ricos; IX.

3 Ley de Ingresos, a la Ley de Ingresos para el MUNICIPIO de Quer taro que corresponda al ejercicio fiscal; X. Ley de Obras, a la Ley Estatal de Obras P blicas; XI. Ley General, a la Ley General de Asentamientos Humanos; XII. MUNICIPIO , el MUNICIPIO de Quer taro; XIII. Planes, a los Planes de Centro de Poblaci n; Planes Parciales, Programas y Esquemas de Desarrollo Urbano; XIV. Predio, a el terreno ubicado dentro de la circunscripci n municipal; 2XV. REGLAMENTO Municipal, a el REGLAMENTO de Construcci n para el MUNICIPIO de Quer taro; XVI. Secretar a, la Secretar a de Desarrollo Sustentable del MUNICIPIO de Quer taro; y XVII. Ventanilla nica de Gesti n ( ), a la Ventanilla nica de Gesti n dependiente del Departamento de Control Urbano de la Direcci n de Desarrollo Urbano.

4 ART CULO 3. La Secretaria a trav s de la Direcci n ser el rgano administrativo que har cumplir las disposiciones del presente REGLAMENTO , tendr las siguientes facultades: I. Fijar los requisitos t cnicos a que deber n sujetarse las construcciones e instalaciones en predios y v as P blicas, a fin de que satisfagan las condiciones de habitabilidad, seguridad, higiene, comodidad y buen aspecto; II. Fijar las restricciones a que deber n sujetarse las construcciones y los elementos tales como fuentes, esculturas, arcos, columnas, monumentos y dem s elementos arquitect nicos localizados en zonas de patrimonio art stico y cultural, de acuerdo con la Ley de Conservaci n; III. Establecer de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, los fines para los que se pueda autorizar el uso de los terrenos y determinar el tipo de construcciones que se puedan levantar en ellos, en los t rminos de lo dispuesto por los planes; IV.

5 Otorgar o negar licencias y permisos para la ejecuci n de las obras y el uso de construcciones en los predios a que se refiere el art culo 4 de este REGLAMENTO ; V. Llevar un registro clasificado de Directores Responsables de Obra y Corresponsables; VI. Realizar visitas de verificaci n a las obras en proceso de ejecuci n o terminadas; VII. Coordinarse con la Direcci n nica de Inspecci n a efecto de que se haga de un predio, estructura, instalaci n, edificio o construcci n, se ajuste a las caracter sticas previamente registradas, solicitadas o para lo que fue construido; VIII. Dictar medidas preventivas o correctivas, de conformidad con el presente ordenamiento, el REGLAMENTO de Inspecci n para el MUNICIPIO de Quer taro y dem s disposiciones legales aplicables; IX.

6 Autorizar o negar, de acuerdo con este REGLAMENTO , la ocupaci n o el uso de una instalaci n, predio o construcci n; X. La planeaci n del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial del MUNICIPIO de Quer taro, por medio de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, que tienen por objeto mejorar el nivel y la calidad de vida de la poblaci n urbana y rural, a trav s de: a) La planeaci n de funcionamiento ordenado y regular de los servicios urbanos y del acceso a los satisfactores econ micos, culturales, recreativos y tur sticos, que permitan a los habitantes del MUNICIPIO de Quer taro ejercer su derecho a una vida segura, productiva y sana, 3b) Evitar los asentamientos humanos en las reas de mayor vulnerabilidad, en las reas riesgosas y en las reas de conservaci n en coordinaci n con la dependencia competente, c) Optimizar el ordenamiento territorial y el aprovechamiento del suelo, d)

7 Aprovechar de manera m s eficiente, en beneficio de la poblaci n urbana y rural, la infraestructura, equipamiento y servicios urbanos, procurando la optimizaci n de aquellos y de las estructuras f sicas de la ciudad, e) Coadyuvar con dependencias Federales, Estatales y Municipales en la conservaci n del medio natural, de la flora y fauna silvestres en el territorio del MUNICIPIO de Quer taro; La restauraci n de la salubridad de la atm sfera, del agua, del suelo y el subsuelo; la adecuada interrelaci n de la naturaleza con los centros de poblaci n y la posibilidad de su aprovechamiento y disfrute por los habitantes, esto en coordinaci n con la Direcci n de Ecolog a Municipal de la Secretar a, f) Coadyuvar con dependencias Federales, Estatales y Municipales en la protecci n, la conservaci n, la restauraci n y la consolidaci n de la fisonom a propia e imagen urbana y de su patrimonio arqueol gico, hist rico, art stico y cultural.

8 Incluyendo aquellos elementos arquitect nicos que sin estar formalmente catalogados merezcan tutela en su conservaci n y consolidaci n, en mbito de competencia, y g) Promover ante el Ayuntamiento, la coordinaci n de acciones con entidades y dependencias Federales, Estatales, Municipales y organismos descentralizados, el desarrollo urbano y ejecuci n de obra P blica en la Entidad. XI. Realizar, a trav s del programa al que se refiera la Ley General y el C digo, los estudios para establecer o modificar las limitaciones respecto a los usos, destinos y reservas de construcci n, tierras, aguas y bosques y determinar las densidades de poblaci n permisibles; XII.

9 Ejecutar con cargo a los propietarios y/o los responsables, las obras que la Secretar a hubiere ordenado realizar y que los propietarios, en rebeld a, no las hayan llevado a cabo; XIII. Ordenar la suspensi n temporal o la clausura de obras en ejecuci n o terminadas y la desocupaci n en casos previstos por el C digo y este REGLAMENTO ; XIV. Ordenar y ejecutar demoliciones de construcciones en los casos previstos por este REGLAMENTO ; XV. Imponer sanciones por conductas que constituyan infracci n al presente REGLAMENTO ; XVI. Expedir las Normas T cnicas Complementarias de este REGLAMENTO y dem s disposiciones administrativas que procedan para el debido cumplimiento de sus funciones; 4 XVII.

10 Aplicar las cuotas que deben pagarse por derechos de licencias y permisos de todo tipo, relacionados con este REGLAMENTO y contenidas en el C digo Municipal y Ley de Ingresos; XVIII. Solicitar el apoyo de la fuerza p blica cuando fuere necesario para hacer cumplir sus determinaciones; y XIX. Las dem s que le confieran este REGLAMENTO y las disposiciones legales aplicables. ART CULO 4. Para efectos de este REGLAMENTO , las construcciones en el MUNICIPIO de Quer taro se clasificar n de acuerdo a lo se alado en las tablas de la Secci n 1 del T tulo S ptimo de este REGLAMENTO . Se considerar vivienda m nima la que tenga, cuando menos, una pieza habitable y servicios de cocina, regadera, excusado y lavabo, nicamente para pie de casa.


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