Example: bachelor of science

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios ...

Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-07-2010 1 de 129 Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 28 de julio de 2010 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. FELIPE DE JES S CALDER N HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracci n I del art culo 89 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los

REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento

Tags:

  Reglamento, Reglamento de

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios ...

1 Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-07-2010 1 de 129 Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federaci n el 28 de julio de 2010 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Presidencia de la Rep blica. FELIPE DE JES S CALDER N HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracci n I del art culo 89 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los art culos 31, 34 y 37 de la Ley Org nica de la Administraci n P blica Federal, y todos los relativos de la Ley de Obras P blicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

2 He tenido a bien expedir el siguiente Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS T TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAP TULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Art culo El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que propicien el oportuno y estricto cumplimiento de la Ley de Obras P blicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Art culo Para los efectos de este Reglamento se aplicar n las definiciones establecidas en el art culo 2 de la Ley.

3 Asimismo, se entender por: I. Amortizaci n programada: la contraprestaci n peri dica que la dependencia o entidad tiene obligaci n de cubrir al Inversionista contratista por la ejecuci n de Obras p blicas asociadas a proyectos de infraestructura, su puesta en marcha, mantenimiento y operaci n; II. rea responsable de la contrataci n: la facultada en la dependencia o entidad para realizar los procedimientos de contrataci n, a efecto de realizar Obras p blicas o contratar Servicios relacionados con las mismas; III.

4 Rea responsable de la ejecuci n de los trabajos: la facultada en la dependencia o entidad para llevar la administraci n, control y seguimiento de los trabajos hasta la conclusi n definitiva de los contratos de Obras p blicas o de Servicios relacionados con las mismas; IV. rea requirente: la que en la dependencia o entidad solicite o requiera formalmente la contrataci n de Obras p blicas o Servicios relacionados con las mismas, o bien aqu lla que los utilizar ; V. rea t cnica: la que en la dependencia o entidad elabora las especificaciones que se deber n incluir en el procedimiento de contrataci n, eval a la parte t cnica de la proposici n y responde a las dudas que se presenten en la junta de aclaraciones; Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS C MARA DE DIPUTADOS DEL H.

5 CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-07-2010 2 de 129 VI. Avance financiero: el porcentaje de los trabajos pagados respecto del importe contractual; VII. Avance f sico: el porcentaje de los trabajos ejecutados y verificados por el residente conforme a la facultad que le confiere la fracci n VI del art culo 113 de este Reglamento , en relaci n a los trabajos contemplados en el programa de ejecuci n convenido; VIII. Bit cora: el instrumento t cnico que constituye el medio de comunicaci n entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecuci n de los trabajos, ya sea a trav s de medios remotos de comunicaci n electr nica, caso en el cual se denominar Bit cora electr nica, u otros medios autorizados en los t rminos de este Reglamento , en cuyo caso se denominar Bit cora convencional; IX.

6 Caso fortuito o fuerza mayor: el acontecimiento proveniente de la naturaleza o del hombre caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntad de las partes y que imposibilita el cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones previstas en el contrato de Obras p blicas o Servicios relacionados con las mismas; X. Comit : el comit de Obras p blicas a que se refiere el art culo 25 de la Ley; XI. Especificaciones generales de construcci n: el conjunto de condiciones generales que las dependencias y entidades tienen establecidas para la ejecuci n de Obras , incluyendo las que deben aplicarse para la realizaci n de estudios, proyectos, ejecuci n, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisi n, que comprenden la forma de medici n y la base de pago de los conceptos de trabajo; XII.

7 Especificaciones particulares de construcci n: el conjunto de requisitos exigidos por las dependencias y entidades para la realizaci n de cada obra, mismas que modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales de construcci n; XIII. Est ndar de desempe o: el conjunto de par metros de desempe o y calidad que deban satisfacerse en el dise o, la ejecuci n, la puesta en marcha, el mantenimiento o la operaci n de Obras p blicas; XIV. Estimaci n: la valuaci n de los trabajos ejecutados en un periodo determinado presentada para autorizaci n de pago, en la cual se aplican los precios, valores o porcentajes establecidos en el contrato en atenci n a la naturaleza y caracter sticas del mismo, considerando, en su caso, la amortizaci n de los anticipos, los ajustes de costos, las retenciones econ micas, las penas convencionales y las deducciones.

8 As como, la valuaci n de los conceptos que permitan determinar el monto de los gastos no recuperables; XV. Inversionista contratista: la persona que celebra contratos de Obras p blicas asociadas a proyectos de infraestructura en los t rminos del Cap tulo Noveno del T tulo Segundo de este Reglamento ; XVI. Investigaci n de mercado: la verificaci n de la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo, as como de contratistas, a nivel nacional o internacional, y del precio total estimado de los trabajos, basado en la informaci n que se obtenga en t rminos del presente Reglamento ; XVII.

9 Ley: la Ley de Obras P blicas y Servicios Relacionados con las Mismas; Reglamento DE LA LEY DE Obras P BLICAS Y Servicios RELACIONADOS CON LAS MISMAS C MARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNI N Secretar a General Secretar a de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-07-2010 3 de 129 XVIII. MIPYMES: las micro, peque as y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Peque a y Mediana Empresa; XIX. Monto total ejercido: el importe correspondiente al costo total erogado con cargo al presupuesto autorizado para ejercer en un contrato de obra p blica o de Servicios relacionados con la misma, sin considerar el impuesto al valor agregado; XX.

10 Normas de calidad: los requisitos m nimos que establecen las dependencias y entidades, conforme a las especificaciones generales y particulares de construcci n, para asegurar que los materiales y equipos de instalaci n permanente que se utilizan en cada obra son los adecuados; XXI. Obras : las se aladas en el art culo 3 de la Ley; XXII. Obras de gran complejidad: aqu llas cuya ejecuci n o el sitio donde se vayan a realizar presenten dificultades t cnicas o de seguridad para el desarrollo de los trabajos, as como las que se ala el primer p rrafo del art culo 6 de este Reglamento y en las cuales se considerar que el avance del desarrollo de los estudios y proyectos estar constituido por una propuesta conceptual; XXIII.


Related search queries