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1 REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCI N CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M xico, el 06 de septiembre de 2017 T TULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES Art culo 1. Las disposiciones contenidas en este ordenamiento tienen por objeto reglamentar la Ley del SISTEMA de Protecci n Civil del Distrito Federal. Art culo 2. Adem s de los conceptos que expresamente se ala el art culo 7 de la Ley, para efectos de este REGLAMENTO , se entiende por: I. Alto Riesgo: La probabilidad elevada de ocurrencia de un fen meno que pueda producir una emergencia, siniestro o desastre, poniendo en peligro la salvaguarda de los habitantes de la Ciudad de M xico, sus bienes y entorno; II.

1 REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 06 de septiembre de

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1 1 REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCI N CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de M xico, el 06 de septiembre de 2017 T TULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES Art culo 1. Las disposiciones contenidas en este ordenamiento tienen por objeto reglamentar la Ley del SISTEMA de Protecci n Civil del Distrito Federal. Art culo 2. Adem s de los conceptos que expresamente se ala el art culo 7 de la Ley, para efectos de este REGLAMENTO , se entiende por: I. Alto Riesgo: La probabilidad elevada de ocurrencia de un fen meno que pueda producir una emergencia, siniestro o desastre, poniendo en peligro la salvaguarda de los habitantes de la Ciudad de M xico, sus bienes y entorno; II.

2 Artificio Pirot cnico: Aquel que contenga materia destinada a producir un efecto calor fico, luminoso, sonoro, gaseoso, fum geno, o una combinaci n de tales efectos como consecuencia de reacciones qu micas elaborado de manera artesanal o industrial que sea destinado para fines recreativos, de entretenimiento o tradicionales; III. Centro: Centro de Evaluaci n, Formaci n y Capacitaci n de Protecci n Civil; IV. Centro de Acopio: La instalaci n f sica temporal, destinada a la recepci n, clasificaci n, empaque, embalaje y env o de donaciones o insumos adquiridos para la asistencia humanitaria de la poblaci n afectada por una emergencia o desastre; V.

3 Contingencia: Situaci n derivada de una amenaza que puede o no poner en peligro a los sujetos, objetos o sistemas expuestos; VI. Cuerpos de Emergencia y/o Auxilio: Instituciones de car cter p blico y/o privado que realizan actividades destinadas primordialmente a salvaguardar la vida, la salud, la integridad f sica de las personas y sus bienes en situaciones de emergencia o desastre; VII. Diccionario de Datos: Es un conjunto ordenado de informaci n que contiene caracter sticas l gicas de las coberturas geogr ficas que se van a utilizar en el SISTEMA de informaci n, incluyendo nombre, descripci n, contenido y organizaci n de cada capa vectorial de informaci n; VIII.

4 Dictamen T cnico: Documento en el que se detalla la vulnerabilidad y el peligro detectado de inmuebles, sitios, o actividades, as como el nivel de riesgo y las recomendaciones de prevenci n y mitigaci n a ejecutar; 2 IX. Evaluaci n: Proceso sistem tico de recolecci n e interpretaci n de informaci n, dise ado internacional y t cnicamente mediante criterios espec ficos para valorar el grado de conocimientos y habilidades que posee el evaluado sustentante; X. Inspecci n Ocular: Revisi n en campo de las condiciones de un inmueble, sitio o actividad, en materia de protecci n civil; XI.

5 Instalaciones Estrat gicas: Son aquellas en las que se realizan los servicios esenciales que proveen bienes y servicios p blicos y cuyo funcionamiento es indispensable para el adecuado desarrollo de una Ciudad; XII. Metadatos: Es el conjunto de datos sobre las caracter sticas de la informaci n y sirve para la clasificaci n, integraci n y b squeda de mapas existentes; XIII. Obra de Alto Impacto: Son aquellas en las que se desarrollan proyectos de intervenci n de infraestructura en el subsuelo, cuyos procesos se ejecutan sobre vialidades primarias, zonas con alta concentraci n de infraestructura preexistente, intervengan de manera simult nea en vialidades secundarias de m s de dos manzanas o que impliquen una alteraci n en la din mica de su entorno; XIV.

6 Opini n T cnica: Documento en el cual se plasma el resultado del an lisis especializado en materia de protecci n civil; XV. Plan Comunitario de Protecci n Civil: Conjunto de actividades a realizar antes, durante y despu s de una emergencia o desastre, por los miembros de una comunidad; XVI. Plan Sistem tico de Operaciones: Instrumento id neo y necesario para realizar las acciones en materia de Protecci n Civil de manera corresponsable identificando los riesgos a los que est expuesta la poblaci n ante cualquier agente perturbador, implementando las medidas de prevenci n, mitigaci n, auxilio y restablecimiento antes, durante y despu s de una emergencia, siniestro o desastre; XVII.

7 Plataforma Tecnol gica: Es el conjunto de hardware y software que dispone la Secretar a para ofrecer informaci n a trav s de diversos canales a la poblaci n; XVIII. Puesto de Mando: El rea de coordinaci n de actividades de protecci n civil donde concurren los servidores p blicos para la toma de decisiones y coordinaci n operativa, ubicado en el lugar del riesgo, contingencia, emergencia o desastre; XIX. Reducci n de Riesgos: Conjunto de esfuerzos sistem ticos dirigidos al an lisis y gesti n de los factores causales de los desastres, incluyendo la reducci n del grado de exposici n a las amenazas, la disminuci n de la 3 vulnerabilidad de la poblaci n y su entorno, as como el mejoramiento de la preparaci n ante los eventos adversos; XX.

8 Rehabilitaci n: Conjunto de acciones que contribuyen a que los servicios vitales o sistemas estrat gicos afectados por una emergencia o desastre, retomen su funci n original; XXI. Restablecimiento: El conjunto de acciones que contribuyen con la vuelta a la normalidad, para reactivar los procesos socio econ micos en condiciones adecuadas y sostenibles, en las zonas de alto riesgo o las afectadas por emergencia o desastre; XXII. Servicios Estrat gicos: Elementos o conjuntos que se consideran infraestructura estrat gica que garantiza la operaci n de los servicios, informaci n y suministros indispensables, cuya destrucci n o inhabilitaci n es una amenaza a la seguridad nacional; XXIII.

9 Usuarios del Subsuelo: Toda persona, entidad de Gobierno Federal, Local, paraestatal o iniciativa privada que efect en actividades inherentes a la operaci n, mantenimiento y/o construcci n de infraestructura en el subsuelo de la Ciudad de M xico; y XXIV. SISTEMA de Comando de Incidentes: Es el conjunto de acciones, procedimientos, protocolos y comunicaciones que operan los integrantes del SISTEMA de Protecci n Civil, con la responsabilidad de administrar los recursos con los que se cuenta para salvaguardar la integridad f sica, bienes y entorno de la poblaci n, ejercicios de respuesta, eventos o ante la ocurrencia de situaciones de contingencia, emergencia o desastre.

10 Art culo 3. Los integrantes del SISTEMA de Protecci n Civil de la Ciudad de M xico, deber n regirse con base en los siguientes principios: I. Prioridad en la protecci n a la vida, la salud y la integridad de las personas; II. Equidad, eficacia y eficiencia en la prestaci n del auxilio; III. Transversalidad en las funciones asignadas a las diversas instancias del Gobierno; IV. Comunicaci n y participaci n social en todas las fases de la protecci n civil, orientada a la Gesti n Integral de Riesgos de Desastres; V. Legalidad, equidad, transparencia y rendici n de cuentas en la administraci n de los recursos p blicos; VI.


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