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Reglamento de Seguridad y Salud para la ... - trabajo.gob.ec

REGISTRO OFICIAL Administraci n del Se or Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la Rep blica del Ecuador Jueves, 10 de Enero de 2008 - R. O. No. 249 SUPLEMENTO No. 00174 Abogado Antonio Gagliardo Valarezo MINISTRO DE TRAB AJO Y EMPLEO Considerando: Que es deber del Estado, a trav s de los rganos y entidades competentes, precautelar las condiciones de vida y de trabajo de la poblaci n; Que la Organizaci n Internacional del trabajo en la Reuni n de la Conferencia General del trabajo en Ginebra en 1988, aprob la Recomendaci n 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcci n; Que la Decisi n 584 de la Comunidad Andina de Naciones, aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores puso en vigencia el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo , mismo que determina que los Pa ses Miembros deber n propiciar el mejoramiento de las condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo a fin de prevenir da os a la integridad f sica y mental de los trabajadore s que sean consecuencia, guarden relaci n o sobrevengan durante el trabajo ; Que es indispensable reglamentar las actividades, construcci n y obras p blicas en orden a riesgos de accidentes de trabajo edades profesionales que afectan a los ores de esta impor tante rama de actividad econ mica; Que en el Suplemento del Ofic

Condiciones de medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Empleador: La persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio.

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  Riesgos, De riesgos, Trabajo, De trabajo

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1 REGISTRO OFICIAL Administraci n del Se or Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la Rep blica del Ecuador Jueves, 10 de Enero de 2008 - R. O. No. 249 SUPLEMENTO No. 00174 Abogado Antonio Gagliardo Valarezo MINISTRO DE TRAB AJO Y EMPLEO Considerando: Que es deber del Estado, a trav s de los rganos y entidades competentes, precautelar las condiciones de vida y de trabajo de la poblaci n; Que la Organizaci n Internacional del trabajo en la Reuni n de la Conferencia General del trabajo en Ginebra en 1988, aprob la Recomendaci n 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcci n; Que la Decisi n 584 de la Comunidad Andina de Naciones, aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores puso en vigencia el Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo , mismo que determina que los Pa ses Miembros deber n propiciar el mejoramiento de las condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo a fin de prevenir da os a la integridad f sica y mental de los trabajadore s que sean consecuencia, guarden relaci n o sobrevengan durante el trabajo ; Que es indispensable reglamentar las actividades, construcci n y obras p blicas en orden a riesgos de accidentes de trabajo edades profesionales que afectan a los ores de esta impor tante rama de actividad econ mica.

2 Que en el Suplemento del Oficial No 298 de 23 de junio del 2006 se public la Ley Reforma toria C digo del trabajo mede la cual se regula la actividad de intermediaci n laboral y la de tercerizaci n de servicios complementarios Que el art culo 143 de la Ley de Seguridad Social dispone que los trabajados de la construcci n, permanentes, temporales ocasionales o a prueba, ser n afiliados obligatoriamente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y estar n protegidos por el Seguro Genera1 Obligatorio Que el Reglamento de Seguridad y Trabajadore s y Mejoramiento del Medio Ambiente de trabajo , en los art culos 18 a 20 establece que para el cumplimie nto de las normas legales y reglamentarias sobre Seguridad en el proyecto deber existir coordinaci n entre el Comi t Interinstitucional de Seguridad e Higiene del trabajo y los Municipios de la Rep blica, con la debida informaci n al Ministerio de trabajo y Empleo; Que mediante Acuerdo Minis terial No.

3 011, publicado en el Registro Oficial No. 253 del 9 de febrero de 1998, se promulg el Reglamento de Seguridad para la Construcci n y Obras P blicas; Que el Comi t Interinstitucional de Seguridad e Higiene del trabajo , en cumplimiento de lo establecido en el Art. 2, numeral 2, literal c) del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadore s y Mejoramiento del Medio Ambiente de trabajo , aprob en sesi n ordinaria del 10 de octubre del 2007 el texto sustitutivo del Reglamento de Seguridad para la Construcci n y Obras P blicas ; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 539 del C digo del trabajo , Acuerda: Art. Aprobar el siguiente texto sustitutivo del Reglamento de Seguridad para la Cons trucci n y Obras P blicas: Reglamento DE Seguridad Y Salud PARA LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS TITULO PRIMERO Glosario CAPITULO 1 Art. DEFINICIONES: Salud : Se denomina as al completo estado de bienestar f sico, mental y social.

4 No nicamente la ausencia de enfermedad. trabajo : Es toda actividad humana que tiene como finalidad la producci n de bienes y servicios. Seguridad y Salud en el trabajo (SST): Es la ciencia y t cnica multidisciplinaria que se ocupa de la valoraci n de las condiciones de trabajo y la prevenci n de riesgos ocupacionales , a favor del bienestar f sico, mental y social de los trabajadore s, potenciando el crecimiento econ mico y la produc tividad. Sistema gesti n de la Seguridad y Salud en el trabajo : Es el conjun to de elementos interrelacionados e interactivo que tienen por objeto establecer una pol tica y objetivos de Seguridad y Salud en el trabajo y la forma de alcanzarlos. Condiciones de medio ambiente de trabajo : Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generaci n de riesgos para la Seguridad y Salud de los trabajadore s.

5 Empleador: La persona o entidad, de cualquie r clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio. Trabajador: La persona que se obliga a la prestaci n del servicio o a la ejecuci n de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero. Trabajador calificado o competente: Aquel trabajador que a m s de los conocimientos y experiencia en el campo de su actividad espec fica, los tuviera en la prevenci n de riesgos dentro de su ejecuci n. Ni o, ni a y adolescente: Toda persona menor de 18 a os. Lugar o centro de trabajo : Son todos los sitios en los cuales los trabajadore s deben permanecer o a los que tienen que acudir en raz n de su trabajo y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador, para efectos del presente Reglamento se entender como centro de trabajo cada obra de construcci n. Organizaci n: Toda compa a, negocio, firma, establecimiento, empresa, instituci n, asociaci n o parte de los mismos, independiente que tenga car cter de sociedad an nima, de que sea p blica o privada con funciones y administraci n propias.

6 En las organizaciones que cuentan con m s de una unidad operativa, definirse como organizaci n cada una de ellas. Seguridad : Mecanismos jur dicos, administrativos, log s ticos tendientes a generar determinados riesgos o peligros f sicos o sociales. Seguridad laboral o del trabajo : El conjunto de t cnicas aplicadas en las reas laborales que hacen posible la prevenci n de accidentes e incidentes trabajo y aver as en los equipos e instalaciones. Higiene laboral o del trabajo : Sistema de principios y reglas orientadas al control de contaminan tes del rea laboral con la finalidad de evitar la generaci n de enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo . Psicosociolog a laboral: La ciencia que estudia la conduc ta humana y su aplicaci n a las esferas laborales. Analiza el entorno laboral y familiar , los h bitos y sus repercusiones, estados de desmotivaci n e insatisfacci n que inciden en el rendimiento y la Salud integral de los trabajadore s.

7 Medicina del trabajo : Es la ciencia que se encarga del estudio, investigaci n y prevenci n de los efectos sobre los trabajadore s, ocurridos por el ejercicio de la ocupaci n. Ergonom a: Es la t cnica que se ocupa de adaptar el trabajo al hombre, teniendo en cuenta sus caracter sticas anat micas, fisiol gicas, psicol gicas y sociol gicas con el fin de conseguir una ptima produc tividad con un m nimo esfuerzo y sin perjudicar la Salud . Prevenci n de riesgos laborales: El conjunto de acciones de las ciencias biom dicas, sociales y t cnicas tendientes a eliminar o controlar los riesgos que afectan la Salud de los trabajadore s, la econom a empresarial y el equilibrio medio ambiental. Equipos de protecci n personal: Son equipos espec ficos destinados a ser utilizados adecuadamente por el trabajador para la protecci n de uno o varios riesgos amenacen su Seguridad y su Salud . Riesgo del trabajo : Es la posibilidad de que ocurra un da o a la Salud de las personas con la presencia de accidentes, enfermedades y estados de insatisfacci n ocasionados por factores o agentes de riesgos presentes en el proceso productivo.

8 Clasificaci n internacional de los factores de riesgos : Se describen seis grupos: F sicos: Originados por iluminac i n, ruido, vibraciones, temperatura, humedad, radiaciones, electricidad y fuego. Mec nicos: Producidos por la maquinaria, herramientas, apara tos de izar, instalaciones, superficies de trabajo , orden y aseo. Factor o agente de riesgo: Es el elemento agresor o contaminante sujeto a valoraci n, que actuando sobre el trabajador o los medios de producci n hace posible la presencia del riesgo. Sobre este elemento es que debemos incidir para prevenir los riesgos . Qu micos: Originados por la presencia de polvos minerales, vegetales, polvos y humos met licos, aerosoles, nieblas, gases, vapores y 1iquidos utiliz ados en los procesos laborales. Biol gicos: Ocasionados por el contacto con virus, bacterias, hongos, par sitos, venenos y sustancias producidas por plantas y animales.

9 Se suman tambi n microorganis mos trasmitidos por vectores como insectos y roedores. Ergon micos: Originados en posiciones incorrectas, sobreesfuerzo f sico, levantamiento inseguro, uso de herramientas, maquinaria e instalaciones que no se adap tan a quien las usa. Psicosociales. Los que tienen relaci n con la forma de organizaci n y control del proceso de trabajo . Pueden acompa ar a la automatizaci n, monoton a, repetitividad, parcelaci n del trabajo , inestabilidad laboral, extensi n de la jornada, turnos rotativos y trabajo nocturno, nivel de remuneraciones, tipo de remuneraciones y relaciones interpersonales. Factor o agente de riesgo: Es el elemento agresor o contaminante sujeto a valoraci n, que actuando sobre el trabajador o los medios de producci n hace posible la presencia del riesgo. Sobre este elemento es que debemos incidir para prevenir los riesgos .

10 Vigilancia de la Salud de los trabajadores: Es el conjunto de estrategias preventivas encaminadas a salvaguardar la Salud f sica y mental de los trabajadore s que permite poner de manifiesto lesiones en principio reversibles, derivadas de las exposiciones laborales. Su finalidad es la detecci n precoz de las alteraciones de la Salud y se logra con la aplicaci n de ex menes m dicos preventivos. Ex menes m dicos preventivos: Son aquellos que se planifican y practican a los trabajadore s de acuerdo a las caracter sticas y exigencias propias de cada actividad. Los principales son: Preempleo, peri dicos, de reintegro al trabajo y de retiro. Morbilidad laboral: Referente a las enfermedades registradas en la empresa, que proporciona la imagen del estado de Salud de la poblaci n trabajadora, permitiendo establecer grupos vulnerables que ameritan reforzar las acciones preventivas.


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