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REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL

EL R GIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL. SERVICIO CIVIL LEY 30057. Julio, 2015. Expositora: Janeyri Boyer Carrera Asesora de Presidencia Ejecutiva de SERVIR. AGENDA. 1. Fundamento y estado de la cuesti n. 2. El r gimen disciplinario de la LSC. a) Caracter sticas b) Cronolog a c) Autoridades d) Sanciones e) Estructura del procedimiento f) Tratamiento de las denuncias 2. 1. Fundamentos y estado de la cuesti n R gimen disciplinario FUNDAMENTO. Asegurar el buen funcionamiento de la Los Servidores P blicos: Cuentan con deberes y Administraci n P blica organizaci n obligaciones que no afectan a empleados del sector administrativa y tutela de derechos privado (incompatibilidades, especial probidad, durante el procedimiento.

*Ley N°30057, Ley del Servicio Civil.:Primera Disposición Complementaria Final Carreras Especiales Regula la relación del Estado con un determinado grupo de servidores civiles, en función de la naturaleza de sus

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1 EL R GIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL. SERVICIO CIVIL LEY 30057. Julio, 2015. Expositora: Janeyri Boyer Carrera Asesora de Presidencia Ejecutiva de SERVIR. AGENDA. 1. Fundamento y estado de la cuesti n. 2. El r gimen disciplinario de la LSC. a) Caracter sticas b) Cronolog a c) Autoridades d) Sanciones e) Estructura del procedimiento f) Tratamiento de las denuncias 2. 1. Fundamentos y estado de la cuesti n R gimen disciplinario FUNDAMENTO. Asegurar el buen funcionamiento de la Los Servidores P blicos: Cuentan con deberes y Administraci n P blica organizaci n obligaciones que no afectan a empleados del sector administrativa y tutela de derechos privado (incompatibilidades, especial probidad, durante el procedimiento.

2 Fidelidad a la Constituci n y a la ley, imparcialidad, secreto, consideraci n con el p blico) El r gimen disciplinario no es un fin en El ejercicio de sus funciones tiene impacto en el s mismo: ejercicio de derechos y en principios del derecho constitucional. Sus fines son preventivos evitar la comisi n de futuros il citos Estado de la cuesti n: Desorden Normativo R gimen de responsabilidad disciplinaria del personal de carrera ( N 276) Personal de carrera administrativa C digo de tica de la Funci n P blica (D. L. N 276. R gimen de las faltas administrativas previstas Personal sujeto al en la Ley N 27444 LPAG (art. 239 a r gimen laboral 243 ) privado ( N 728). Infracciones previstas en la Ley Personal sujeto al de Contrataciones Estatales.

3 Denominado r gimen de Contrataci n Adm. de Servicios CAS. R gimen que otorga potestad disciplinaria directa a la Contralor a para determinar responsabilidad administrativa funcional 5. REG MENES DE EMPLEO PUBLICO - DESORDEN NORMATIVO. Carreras Especiales Regula la relaci n del Estado con un determinado grupo de servidores civiles, en funci n de la naturaleza de sus actividades. La norma que la establece, define principalmente sus alcances, formas de ingreso, progresi n en la carrera, compensaciones y r gimen disciplinario. SERVICIO Diplom tico de la Rep blica. Docentes Universitarios. Profesionales de la Salud. Carrera P blica Magisterial. Oficiales de las Fuerzas Armadas. Personal de la Polic a Nacional del Per.

4 Carrera Especial P blica Penitenciaria. Fiscales. Carrera Judicial. *Ley N 30057, Ley del SERVICIO CIVIL . :Primera Disposici n Complementaria Final REG MENES DE EMPLEO PUBLICO - DESORDEN NORMATIVO. Confusiones en la aplicaci n de las distintas normas + disciplinarios de las propias entidades + ROF. + cualquier documento de gesti n que se establezcan funciones y obligaciones . Ej. Casos TSC CASO CLAUDIO REYES HIDALGO CONTRA LA UNIVERSIDAD DE LA. MOLINA. Locador actos de violencia grave. Se inicia un procedimiento al amparo del C digo de tica ( mbito de aplicaci n: todo aquel que ejerce funci n p blica). Se le sanciona con normas del D. Leg. N 276 (cuando procedimiento disciplinario de la Carrera Administrativa se aplica s lo a ellos).

5 Resoluci n TSC: aplicaci n indebida del r gimen disciplinario vulneraci n principio de legalidad. Importante: unificar criterios 2. El r gimen disciplinario de la LSC. CARACTER STICAS. 1. Busca reducir la dispersi n normativa mbito Faltas de los reg menes: 276, 728, Ex servidores civiles (que dejaron 1057, 30057. el Estado): quienes cambiaron de entidad son procesados donde se Supletoriamente (1era. DCF LSC): cometi la falta. servidores de entidades excluidas, reg menes especiales (m dicos, jueces, etc.), obreros PAD - LSC. Canaliza a trav s de su Normas sobre, nepotismo, procedimiento las faltas del conflictos de intereses e C digo de tica de la Funci n incompatibilidades P blica 9.

6 Caracter sticas del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD). 2. Autoridades Unipersonales A diferencia del r gimen 276: Las autoridades competentes del PAD son unipersonales. Elimina las comisiones (CPAD). Busca fortalecer las ORH identific ndolas como autoridades del PAD. 3. Protege la meritocracia Reconoce faltas administrativas en las que se busca proteger los principios de m rito y capacidad. Ejem: Autorizar la contrataci n de servidores civiles que no hayan atravesado el concurso p blico correspondiente (M RITO principio de igualdad en el acceso a cargos p blicos). Caracter sticas del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD). 4. Aplica flexibilidad en los plazos procedimentales para proteger el derecho de defensa, y en funci n a la complejidad del procedimiento disciplinario.

7 Plazo para presentar descargos: 5 d as con posibilidad de ser ampliados (evaluaci n sobre la base del derecho de defensa). Plazo para tramitar PAD: razonable y proporcionado seg n complejidad del procedimiento. Aplicaci n de las sanciones: criterios de graduaci n aplicando principios de razonabilidad y proporcionalidad (arts. 87 y 91 LSC). TODO DENTRO DEL PLAZO DE UN A O. Caracter sticas del PAD. TITULARIDAD DEL PODER PARA SANCIONAR entidades Entidad TIPO A: aquella organizaci n que cuente con personer a jur dica de derecho p blico, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y por tanto, se encuentran sujetas a normas comunes de derecho p blico . Entidades TIPO B: rganos desconcentrados, proyectos, programas, o unidades SAGRH ejecutoras de una entidad p blica Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan los siguientes criterios: a) Tener competencia para contratar, sancionar y despedir.

8 B) Contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendi ndose como la m xima autoridad administrativa y/o una alta direcci n o la que haga sus veces. c) Contar con resoluci n del titular de la entidad p blica a la que pertenece defini ndola como Entidad Tipo B. Tambi n cuentan con poder disciplinario, los rganos desconcentrados, proyectos, programas, o unidades ejecutoras que no han sido declaradas como entidad p blica Tipo B pero s se les ha otorgado la facultad de sancionar mediante una norma o instrumento de gesti n. PAD LSC (estructura b sica). Segunda instancia Fase instructiva Fase sancionadora INVESTIGACI N. INFORME DEL SANCI N O. PRELIMINAR INICIO PAD.

9 INSTRUCTOR ARCHIVAMIENTO. Documento que Concluye por la comisi n o no Si el sancionador decide contiene comisi n de la falta y apartarse de la imputaci n de recomienda sanci n o archivo. recomendaci n del cargos Si se apartase de la ST instructor fundamenta la notificado al fundamenta la raz n raz n servidor 13. CRONOLOG A DE LA VIGENCIA DEL PAD. 1. 2. Los PAD iniciados hasta el 13/09/2014 por faltas cometidas con fecha anterior: se tramitan seg n sus reglas de inicio Los PAD iniciados a partir del 14/09/2014 por faltas (276, 728, CAS, Comisiones, procedimientos, faltas, cometidas con fecha anterior: seg n reglas sanciones) hasta que culminen en segunda instancia procedimentales de la LSC.

10 04/07/2013 13/06/2014 13/09/2014 14/09/2014. Publicaci n de Publicaci n de los 3. la LSC Reglamentos de la LSC: Entrada en vigencia del El REGLAMENTO GENERAL R gimen Disciplinario: dispuso que la entrada aplicable a todos los en vigencia del reg menes R gimen Disciplinario sea en 3 meses PAD Iniciados a partir del 14/09, siguientes a su 3 por faltas cometidas a partir del 14/09: publicaci n Aplica reglas sustantivas y procedimentales de la LSC. 14. Cronolog a de la vigencia del PAD LSC. Reglas Procedimentales Reglas Sustantivas Autoridades competentes Faltas tipos Etapas Sanciones (tipos, determinaci n, Actos preparatorios graduaci n y eximentes). Reglas sobre actividad probatoria Deberes, incompatibilidades, derechos, obligaciones.


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