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REGLAMENTO GENERAL DE TITULACI N DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAP TULO I DISPOSICIONES GENERALES Art culo 1. El presente REGLAMENTO tiene por objeto establecer las normas generales que regulan los procedimientos de evaluaci n aplicables en la Universidad de Guadalajara que permitan a los pasantes, obtener el t tulo de licenciatura o el t tulo de nivel profesional medio superior. Art culo 2. Los procesos de evaluaci n para los ex menes de titulaci n, tienen como objetivos generales: I. Que el pasante demuestre que es capaz de ejercer la profesi n en la que se grad a, y que pueda apreciar el nivel de formaci n o capacitaci n adquiridos. II. Que el personal acad mico tenga los elementos suficientes para valorar la calidad y pertinencia del curriculum, en lo GENERAL , y del proceso ense anza - aprendizaje, en lo particular; III.

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas generales que regulan los

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1 REGLAMENTO GENERAL DE TITULACI N DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAP TULO I DISPOSICIONES GENERALES Art culo 1. El presente REGLAMENTO tiene por objeto establecer las normas generales que regulan los procedimientos de evaluaci n aplicables en la Universidad de Guadalajara que permitan a los pasantes, obtener el t tulo de licenciatura o el t tulo de nivel profesional medio superior. Art culo 2. Los procesos de evaluaci n para los ex menes de titulaci n, tienen como objetivos generales: I. Que el pasante demuestre que es capaz de ejercer la profesi n en la que se grad a, y que pueda apreciar el nivel de formaci n o capacitaci n adquiridos. II. Que el personal acad mico tenga los elementos suficientes para valorar la calidad y pertinencia del curriculum, en lo GENERAL , y del proceso ense anza - aprendizaje, en lo particular; III.

2 Que la Universidad acredite socialmente, mediante los respectivos comprobantes de estudios, los conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas por sus egresados. Art culo 3. La Universidad de Guadalajara podr aplicar, en las carreras profesionales de nivel medio superior y en las licenciaturas, las modalidades de titulaci n establecidas en el presente REGLAMENTO . Los respectivos Consejos de los Centros y el Consejo Universitario de Educaci n Media Superior establecer n, en sus reglamentos particulares, las modalidades y procedimientos aplicables a cada una de sus carreras, de conformidad con este ordenamiento. CAP TULO II DE LAS MODALIDADES DE TITULACI N Art culo 4. Los preceptos que contiene el presente cap tulo tienen por objeto establecer las bases y criterios generales que regulen los procesos para la obtenci n de los t tulos que la Universidad de Guadalajara expida en los niveles medio superior y de licenciatura.

3 Art culo 5. Estos lineamientos tienen por objeto contribuir a la diversificaci n de las modalidades de titulaci n, al fortalecimiento de las estructuras colegiadas y al incremento de la eficiencia terminal en los Centros y Escuelas de la Red Universitaria. Adem s, es su prop sito valorar el conjunto de los conocimientos generales del egresado, que demuestre su capacidad para aplicarlos y un criterio profesional propio. Art culo 6. Para los efectos de este REGLAMENTO , se entiende por modalidad de titulaci n, el procedimiento de graduaci n que permite al sustentante demostrar que a lo largo de su formaci n ha adquirido los conocimientos, habilidades, aptitudes, destrezas y juicio cr tico, necesarios para su pr ctica profesional.

4 Art culo 7. La elaboraci n o el cumplimiento de las diferentes modalidades de titulaci n deber n observar los par metros requeridos por el rigor acad mico propio de estos procesos y se sujetar n a los requerimientos metodol gicos se alados por el presente REGLAMENTO as como a los establecidos por cada Centro Universitario y el Sistema de Educaci n Media Superior, en sus ordenamientos particulares. Art culo 8. Se reconocen como modalidades de titulaci n en la Universidad de Guadalajara, las siguientes opciones gen ricas: I. Desempe o acad mico sobresaliente; II. Ex menes; III. Producci n de materiales educativos; 1 IV.

5 Investigaci n y estudios de posgrado; V. Demostraci n de habilidades; VI. Tesis, Tesina e Informes. Art culo 9. Ser n opciones espec ficas para las modalidades del Desempe o acad mico sobresaliente, las siguientes: I. Excelencia acad mica: Es la obtenci n autom tica de un promedio global m nimo de 95 (noventa y cinco), aprobando un m ximo del 10% (diez porciento) de las asignaturas en per odo extraordinario. II. Titulaci n por promedio: Esta modalidad permite la obtenci n autom tica del t tulo por haber obtenido un promedio global m nimo de 90 (noventa), acreditando todas las asignaturas correspondientes a un plan de estudios durante los per odos ordinarios de ex menes.

6 Art culo 10. Ser n opciones espec ficas para las modalidades de ex menes, las siguientes: I. Examen global te rico - pr ctico: Es la prueba oral o escrita que permite la valoraci n de los conocimientos que adquieren los alumnos en su formaci n para relacionarlos y aplicarlos a situaciones concretas de su quehacer profesional, el cual ser sobre los conocimientos generales adquiridos y sobre los aspectos pr cticos del propio ejercicio. II. Examen global te rico: En esta modalidad, el pasante se somete a una evaluaci n en relaci n al curriculum espec fico de su formaci n acad mica; deber sustentar un examen oral o escrito, y ser sobre reas generales de conocimiento, conjunto de materias o fundamentos b sicos del ejercicio profesional.

7 III. Examen GENERAL de certificaci n profesional: Este examen pretende establecer en qu medida los pasantes de las licenciaturas para las cuales el Centro Nacional de Evaluaci n de la Educaci n Superior (CENEVAL) cuenta con ex menes generales de certificaci n, acreditan el puntaje y el nivel acad mico de excelencia, de acuerdo con los par metros definidos por el Centro. IV. Examen de capacitaci n profesional o t cnico - profesional Es la defensa o r plica oral de un trabajo de investigaci n documental o de campo que el pasante sustenta frente a un jurado, y el cual suele versar sobre el conjunto de asignaturas o campos del conocimiento que conforman la curricula de su carrera. V. R plica verbal o por escrito: Es la argumentaci n que realiza el sustentante respecto de un tema espec fico que versar sobre el conjunto de materias del plan de estudios o sobre aspectos b sicos del quehacer profesional espec fico.

8 Art culo 11. Para las modalidades de producci n de materiales educativos, ser n opciones espec ficas las siguientes: I. Gu as comentadas o ilustradas: Son documentos pedag gicos, de car cter orientador, cuyo objetivo es facilitar el proceso de ense anza aprendizaje con base en el dise o de t cnicas, manuales, programas y procedimientos para el apoyo de contenidos 2disciplinares de un programa espec fico de curso o asignatura. Estos pueden ser: textos, prototipos did cticos, audiovisuales, o instructivos para pr cticas de laboratorio y taller. II. Paquete did ctico: Es el producto de una investigaci n educativa cuyo resultado es un material que tiene como funci n principal servir de apoyo did ctico para una disciplina espec fica.

9 III. Propuesta Pedag gica: Consiste en la fundamentaci n de un proyecto en el que se presente alguna innovaci n en el campo pedag gico. Puede estar referida a aspectos te ricos, metodol gicos, instrumentales, de contenido, de organizaci n escolar, etc. Considerando el modo en que han sido planteados los cursos, la propuesta pedag gica debe ser el resultado l gico de su proceso; parte de la situaci n docente que se problematiza y culmina con la formulaci n y puesta en pr ctica de la propuesta. Art culo 12. Ser n opciones espec ficas para la modalidad de investigaci n y estudios de posgrado, las siguientes: I. Cursos o cr ditos de maestr a o doctorado en Instituciones de Educaci n Superior de reconocido prestigio: Consiste en la recuperaci n de la experiencia y conocimientos de los estudios de maestr a o especialidad, vinculando dicho proceso con las necesidades o problem ticas de la licenciatura donde se aspira a titular.

10 La aplicaci n de esta modalidad depender de los cr ditos acad micos del posgrado y de las disposiciones que los reglamentos particulares de los Centros Universitarios establezcan. En todo caso se tomar n en cuenta las investigaciones y productos que el pasante realice en los cursos de posgrado. II. Trabajo monogr fico de actualizaci n: Es el estudio o publicaci n que presenta una visi n global e integradora de los contenidos informativos propios de una profesi n o campo profesional. Se traduce en documentos pr cticos para orientadores profesionales y deben contener datos sistematizados tendientes a la constante actualizaci n de materiales y m todos implementados en una carrera o rea espec fica de conocimiento del propio curriculum acad mico del respectivo plan de estudios.


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