Transcription of RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2017, de la …
1 Martes, 26 de septiembre de 201731667N MERO 185 RESOLUCI N de 20 de septiembre de 2017 , de la Direcci n Gerencia, por la que se convoca la constituci n de la bolsa de trabajo en la Categor a de Celador/a, para la selecci n y cobertura de plazas b sicas de personal estatutario temporal en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extreme o de Salud. (2017062100)En el mbito sanitario, la selecci n del personal temporal adquiere una especial trascenden-cia, puesto que no s lo la asistencia sanitaria debe permanecer garantizada en todo momen-to, sino que adem s hay que dar respuesta a las caracter sticas de su prestaci n.
2 De ah que resulte necesario regular los procesos de selecci n del personal temporal en t rminos de agilidad y fluidez en la incorporaci n del personal requerido para la provisi n de plazas vacantes, la atenci n coyuntural de servicios que no puedan ser atendidos por la plantilla de los centros o la sustituci n del personal Pacto suscrito entre el Servicio Extreme o de Salud y las Organizaciones Sindicales CSI-F, SATSE, SIMEX y USAE, por el que se regulan los procedimientos de selecci n de personal temporal y provisi n de plazas con car cter temporal en los centros, servicios y estableci-mientos sanitarios p blicos dependientes del Servicio Extreme o de Salud, el 17 de enero de 2013, publicado mediante Resoluci n de 20 de febrero de 2013, de la Direcci n General de Trabajo (DOE n.)
3 45, de 6 de marzo), y modificado por el Pacto suscrito el 13 de abril de 2016, publicado mediante Resoluci n de 21 de abril de 2016, de la Direcci n General de Trabajo (DOE n. 94, de 18 de mayo), regula en base a los principios de igualdad, m rito, capacidad, publicidad y competencia, las normas que rigen la selecci n de personal presente convocatoria tendr eficacia durante todo el per odo de vigencia de dicho Pacto. Cualquier modificaci n parcial del citado Pacto que afecte a la selecci n de personal estatuta-rio temporal establecido en la presente Resoluci n implicar una modificaci n en igual senti-do de las bases de la todo lo expuesto, en virtud del art culo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre (BOE n.
4 301, de 17 de diciembre), del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y del art culo 26 del Decreto 12/2007, de 23 de enero (DOE n. 12, de 30 de enero), por el que se regula el sistema de selecci n de personal estatutario y de provisi n de plazas b sicas y singularizadas del Servicio Extreme o de Salud, y en uso de las atribuciones conferidas en el art culo ) de los Estatutos del Servicio Extreme o de Salud, aprobados mediante Decreto 221/2008, de 24 de octubre (DOE n. 210, de 30 de octubre), esta Direcci n Gerencia resuel-ve convocar la Bolsa de Trabajo en la categor a de Celador/a con sujeci n a las siguientes:BASES:1.
5 Normas Se convoca procedimiento para la constituci n de una Bolsa de Trabajo abierta y permanente en la categor a de Celador/a al objeto de atender las necesidades de provisi n de plazas de car cter temporal en el Servicio Extreme o de , 26 de septiembre de 201731668N MERO La presente convocatoria vincula a la Administraci n y a quienes participen en la misma. nicamente podr ser modificada con sujeci n a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE n. 236, de 2 octubre), del Procedimiento Adminis-trativo Com n de las Administraciones P blicas (en adelante LPACAP).
6 A los aspirantes incluidos en esta Bolsa de Trabajo les ser de aplicaci n el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, la normativa declarada vigente por este Estatuto, as como las que se dicten para su desarrollo, y el Real Decreto-Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B sico de Empleado P blico, cuando sea de aplicaci Aquellos aspirantes que hayan tenido o tengan nombramientos temporales en la cate-gor a convocada en el Servicio Extreme o de Salud, tendr n que participar en esta convocatoria para formar parte de esta nueva Bolsa de Trabajo y as tener derecho a posteriores nombramientos en el mbito de este El proceso de selecci n de aspirantes y el funcionamiento de la Bolsa de Trabajo se regir por lo establecido en el Pacto de selecci n de personal temporal y provisi n de plazas con car cter temporal, suscrito el 17 de enero de 2013.
7 As como por las bases de esta convocatoria y en las dem s disposiciones aplicables al El procedimiento de selecci n para formar parte de la Bolsa de Trabajo consistir en un concurso de m ritos de acuerdo con el baremo que se establece en la base Las bases de la presente convocatoria, se podr n consultar en la p gina web de empleo p blico del Servicio Extreme o de Salud y se expondr n al p blico en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Extreme o de Salud, as como en las Gerencias de rea. Asimismo, a lo largo del proceso selectivo, a efectos informativos, se ir publicando toda la informaci n relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo en los citados La Bolsa de Trabajo de personal estatutario temporal del Servicio Extreme o de Salud cumplir todas las exigencias y condiciones previstas para este tipo de soportes por la legislaci n sobre protecci n de datos de car cter personal, establecidos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre (BOE n.)
8 298, de 14 de diciembre), de Protecci n de Datos de Car cter Requisitos de los Para ser admitido a formar parte de la Bolsa de Trabajo, los aspirantes deber n reunir los siguientes requisitos:a) Poseer la nacionalidad espa ola. Los nacionales de los Estados miembros de la Uni n Europea podr n acceder, como personal estatutario, en igualdad de condi-ciones que los espa oles a los empleos p blicos, con excepci n de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participaci n en el ejercicio del poder p blico o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses Martes, 26 de septiembre de 201731669N MERO 185del Estado o de las Administraciones P blicas.
9 Estas previsiones ser n de aplica-ci n, cualquiera que sea su nacionalidad, al c nyuge de los espa oles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Uni n Europea, siempre que no est n separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su c nyuge siempre que no est n separados de derecho, sean menores de veinti n a os o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extender a las personas incluidas en el mbito de aplicaci n de los Tratados Internacionales celebrados por la Uni n Euro-pea y ratificados por Espa a en los que sea de aplicaci n la libre circulaci n de trabajadores.
10 B) Tener cumplidos los 16 a os y no exceder de la edad m xima de jubilaci n ) Estar en posesi n o en condiciones de obtener el t tulo de Certificado oficial de Estudios Obligatorios o t tulo o certificado equivalente. Las equivalencias de los t tulos alegados que no tengan el car cter general, deber n justificarse por el aspirante. Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalen-tes a las exigidas, habr n de citar la disposici n legal en que se reconozca la homologaci n o equivalencia o, en su caso, aportar certificaci n expedida en tal sentido por el Ministerio competente en materia de educaci n o cualquier otro rgano de la Administraci n competente para ello.