Transcription of SENTENCIA DEFINITIVA - Poder Judicial del Estado …
1 --- SENTENCIA HERMOSILLO, SONORA, A CINCODE JUNIO DE DOS MIL para resolver en DEFINITIVA los autos delExpediente ,relativo al juicioEjecutivo Mercantil, promovido porXXXXXXXX en sus caracteres de endosatarios en procuraci n delaparte actoraen contra deel demandado,y;---------------------------- ----R E S U L T A N D O:-------------------1 .-Que por escrito y anexos recibidos el quince de octubre de dosmil catorce ( ) ante la Oficial a de Partes Com n a los JuzgadosCiviles, Familiares y Mercantiles de este Distrito Judicial ,el cual porraz n de turno fue remitido a esteJuzgado Segundo de PrimeraInstancia de lo Mercantil,comparecieronXXXXX,en su car cter deendosatarios en procuraci n deXXXXXX demandando en laV aEjecutiva Mercantilen ejercicio de la acci n cambiaria directa aXXXXXXXXXXXXXXXX, de quien reclam las siguientes prestaciones:--------------------------- ------------ A).
2 -El pago de la cantidad de $11, (SON: ONCE MILPESOS 00/100 ), por concepto de suerte ).-El pago del 15% de inter s mensual por concepto deintereses moratorios vencidos y los que se sigan venciendo hastala total liquidaci n del ) El pago de los Gastos y Costas que se originen con elpresente juicio .-------------------------------------Fu nd su demanda en una relaci n de hechos y preceptos dederechos que estim pertinentes y aplicables al caso y anex a sudemanda un pagar con fecha de suscripci n de dieciocho de junio dedos mil .-Por auto del veintiuno de octubre de dos mil catorce ( ) sedio entrada a la demanda en la v a y forma propuestas, orden ndoserequerir de pago y emplazar a la parte demandada para que2compareciera a juicio, lo que se hizo en diligencia del cuatro denoviembre de dos mil catorce(ff.
3 11-12) compareciendo este acontestar la demanda instaurada en su contra, seg n auto de fechaveinticinco de noviembre dedos mil catorce ( ), se le tuvo oponiendolas defensas y excepciones que considero aplicables al caso, d ndosevista a la parte actora por el t rmino de tres d as para que manifestaralo que a su derecho corresponda, evacuada sta (ff. 75-87), por autodefecha diez de diciembre de dos mil catorce ( ), se declar fincadala litis, abri ndose el juicio a desahogo de las pruebas, seg n consta endicho auto del treinta de abril de dos mil quince ( ), a petici nde la parte actora se pusieron los autos a disposici n de las partes paraque formularan sus respectivos alegatos,en el que las partes nohicieron uso de tal derecho, en auto de veintid s de mayo de dos milquince ( ),se cit el juicio para o r SENTENCIA DEFINITIVA , la que aqu se pronuncia como sigue.
4 ---------------------------------------- ---C O N S I D E R A N D juzgado es competente para conocer y decidir el presentejuicio, de conformidad con los art culos 1090, 1091, 1092 y 1104 delC digo de Comercio, en relaci n con el 62 de la Ley Org nica del PoderJudicial del Estado de v a Ejecutiva Mercantil elegida por el actor para el tr mitedel presente juicio es la correcta, toda vez que demand con base en undocumento que trae aparejada ejecuci n en t rminos del art culo 1391(fracci n IV) del C digo de Comercio, consistente en un t tulo de cr ditode los denominados pagar de cuya simple lectura se adviertensatisfechos todos y cada uno de los requisitos referidos en el art culo170 de la Ley General de T tulos y Operaciones de Cr dito,para serconsiderado un t tulo de cr dito y tener a la reclamada como una deudacierta, l quida y exigible, al contener la menci n inserta en el texto del3documento, de serpagar , la promesa incondicional de pagar unasuma determinada de dinero; el nombre de la persona a quien ha dehacerse el pago.
5 La fecha y el lugar de suscripci n, la fecha y lugar depago; y finalmente contienen tambi n la firma del suscriptor,lo que sedice con vista en las siguientes tesis de la Justicia Federal,Jurisprudencia la primera de ellas y, por ende, obligatoria al tenor delart culo 207 de la Ley de Amparo:--------------------------- TITULOS EJECUTIVOS. SON PRUEBA a los que la ley concede el car cter de t tulos ejecutivos,constituyen una prueba preconstituida de la acci n. --------------------"V A EJECUTIVA. ELEMENTOS PARA SU laprocedencia de la v a ejecutivano basta que el documento sea p blico, o quesiendo privado haya sido reconocido ante notario o ante una autoridad Judicial ,sino quees menester que la deudaque en l se consignesea cierta, exigible yl quida, esto es, ciertaen su existencia y en su importey de plazo cumplido,por lo que no se puede despachar la ejecuci n cuando el t tulo no es ejecutivopor no contener en s la prueba preconstituida de esos tres elementos".
6 Parte actorase legitim procesalmente en t rminos de losart culos 35 de la Ley General de T tulosy Operaciones de Cr dito y 1(segundo p rrafo) del C digo Federal de Procedimientos Civiles--supletorio del Comercial en lo adjetivo--, en virtud de que con el propiodocumento base de la acci n (pagar ) demostr ser su beneficiarioquien comparece por conducto de sus endosatarios en procuraci n,quienes con el documento base de la acci n (pagar ), demostraron sersus Endosatarios en Procuraci n, as como elcontar con facultades derepresentaci n para comparecer a juicio en la forma que lo hacen alobraral reverso del t tulo endoso en procuraci n conferido por la actoraa su favor, el cual al cumplir con cada uno de los requisitos que para talefecto se ala el art culo 29 de la Ley General de T tulos y Operacionesde Cr dito.
7 De ah , que se reitere que la parte actora, se encuentradebidamente legitimada en el prop sito de ello, la parte demandada opuso la excepci n quedenomin EXCEPCI NLA FALTA DE PERSONALIDAD DEL ACTOR para lo cual razona que,no se aclara con precisi n quien de los4endosatarios en procuraci n es el autorizado para reclamarle aldemandado en la presente v a; razonando que, al reverso deldocumento base de la acci n se aprecia endoso en procuraci n a favordeXXXXXXXX,sin que quede claro si su personalidad la deber n derealizar de manera conjunta o separada, o si deber de ser uno u otrode los endosatarios, puesto que, no se encuentra claramente definidoque quisieron decir con su prefijo "y/o" , al ser "y" de manera conjuntao(sic) "o" uno de ellos sin definir cu l de ellos, siendo que su se or a diopor buena la personalidad de todos.
8 Excepci n que es improcedente excepcionante parte de una premisa err nea al afirmar que en elendoso conferido aXXXXXXXno se precisa con exactitud quien de losendosatarios en procuraci n es el autorizado para reclamarle a nombrede la actora el pago del t tulo de cr dito fundatorio de la acci n; dadoque si bien en el endoso en procuraci n no se asent la leyenda paraque lo ejerzan conjunta o separadamente ; esa omisi n no provoca laincertidumbre respecto a quien de los tres endosatarios en procuraci nse le est concediendo en t rminos del art culo 35 de la Ley General deT tulos y Operaciones de Cr dito las facultades y obligaciones demandatario, con el fin de que cobre judicialmente el pagar ; habidacuenta que, resulta suficiente para efectos de advertir al tenor de loprevisto por el ar bigo 78 del C digo de Comercio la verdadera intenci ndel endosante.
9 Traducida est en el otorgamiento de un endoso enprocuraci n a favor deXXXXXXX,para que lo ejercitaran en formaconjunta o separada; dado que la conjunci n y/o asentada entre unnombre y otro, resulta suficiente para inferir lo antes , atendiendo al significado gramatical de y/o ,definida por la Real Academia de la Lengua Espa ola como: Conjunci n( o- nis), ( uni n), nque coordina aditivamente una oraci n con otra, oelementos5an logos de una misma secuencia;p. ej.,y,ni.; nque denota exclusi n, alternancia o contraposici nentredosom s personas, cosas o ideas;p. ej.,o. ; la utilizaci n de laletra o , conjunci n disyuntiva, denota diferencia, separaci n oalternativa entre dos o m s personas, cosas o ideas; mientras quela utilizaci n de la letra y , conjunci n copulativa, tiene comofinalidad el unir palabras en concepto de lo anterior, se tiene que, la utilizaci n de laformula y/o , la cual por cierto, es de uso com n, no s lo en lapr ctica comercial, sino adem s en lo cotidiano.
10 De ah que seconsidera como una f rmula conocida y por el com n de laspersonas, tiene como finalidad el dejar claro que el endoso fueconferido para que el mismos fuera ejercido por todos enconjunto; esto es, porXXXXXXX, como aconteci en la especie,obien s lo por uno de ellos; es decir, anterior encuentra sustento en la Tesis Jurisprudencial emitida por la Primera Sala, publicada en el Semanario Judicial dela Federaci