Example: barber

Términos y condiciones de la fusión por absorción …

T rminos y condiciones de la fusi n por absorci n de Compa a de Seguros Generales Penta S. A. en Liberty Compa a de Seguros Generales S. A. Conforme lo dispone el art culo 155 letra (a) del Reglamento de Sociedades An nimas, el presente documento contiene los t rminos y condiciones de la fusi n que se propone entre Compa a de Seguros Generales Penta ( Penta ) y Liberty Compa a de Seguros Generales ( Liberty ), en virtud de la cual Liberty, como entidad absorbente, incorporar a a la sociedad Penta, la que se disolver sin necesidad de efectuar su liquidaci n, sucedi ndola en todos sus derechos y obligaciones (la Fusi n ). El presente documento, junto con los dem s antecedentes establecidos en la Ley N sobre Sociedades An nimas (la Ley de Sociedades An nimas o LSA ), su Reglamento y la Norma de Car cter General N 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros ( SVS ), en el caso de Penta, deber n ser aprobados por las respectivas juntas extraordinarias de accionistas de cada una de dichas sociedades.

Términos y condiciones de la fusión por absorción de Compañía de Seguros Generales Penta S. A. en Liberty Compañía de Seguros Generales S. A.

Tags:

  Generale, Condiciones, Condiciones de

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of Términos y condiciones de la fusión por absorción …

1 T rminos y condiciones de la fusi n por absorci n de Compa a de Seguros Generales Penta S. A. en Liberty Compa a de Seguros Generales S. A. Conforme lo dispone el art culo 155 letra (a) del Reglamento de Sociedades An nimas, el presente documento contiene los t rminos y condiciones de la fusi n que se propone entre Compa a de Seguros Generales Penta ( Penta ) y Liberty Compa a de Seguros Generales ( Liberty ), en virtud de la cual Liberty, como entidad absorbente, incorporar a a la sociedad Penta, la que se disolver sin necesidad de efectuar su liquidaci n, sucedi ndola en todos sus derechos y obligaciones (la Fusi n ). El presente documento, junto con los dem s antecedentes establecidos en la Ley N sobre Sociedades An nimas (la Ley de Sociedades An nimas o LSA ), su Reglamento y la Norma de Car cter General N 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros ( SVS ), en el caso de Penta, deber n ser aprobados por las respectivas juntas extraordinarias de accionistas de cada una de dichas sociedades.

2 Sociedad Absorbente: Liberty, sociedad an nima especial, Rol nico Tributario N , constituida por escritura p blica de fecha 22 de abril de 1920 otorgada en la Notar a de Valpara so de don Arturo Bascu n Cruz. Un extracto de dicha escritura se inscribi a fojas 362, N 267 del Registro de Comercio de Valpara so correspondiente al a o 1920, y se public en el Diario Oficial de fecha 7 de mayo de 1920. Sociedad Absorbida Penta, sociedad an nima especial y abierta, inscrita en el Registro de Valores de la SVS bajo el N 898, Rol nico Tributario N , constituida por escritura p blica de fecha 23 de septiembre de 1993, otorgada en la Notar a de Santiago de don Patricio Raby Benavente. Un extracto de dicha escritura se inscribi a fojas , N del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al a o 1993, y se public en el Diario Oficial de fecha 5 de noviembre de 1993.

3 Tipo de Fusi n: Fusi n por Incorporaci n . Liberty absorber a por incorporaci n a Penta, sociedad que se disolver a sin liquidaci n, sucedi ndola en todos sus derechos y obligaciones. Sujeto a los t rminos y condiciones que se se alan m s adelante, se realizar n todas las actuaciones, tr mites y diligencias establecidas en la Ley de Sociedades An nimas y su Reglamento, destinadas a que sea aprobada la Fusi n por parte de cada una de las juntas extraordinarias de accionistas de las sociedades que se fusionan. Asimismo, y en forma previa a la aprobaci n de la Fusi n, las referidas juntas extraordinarias de accionistas deber n aprobar, conforme a los t rminos del T tulo XVI de la Ley de Sociedades An nimas, la operaci n con partes relacionadas ( OPR ) consistente en la propuesta de Fusi n. Las juntas de accionistas de las sociedades que se fusionan se celebrar n en una misma y nica fecha.

4 El acta que se levante de cada una de las juntas de Fusi n se reducir a su propia escritura p blica, y se realizar un extracto para cada una de esas escrituras p blicas. Objetivos y Beneficios Esperados La Fusi n de Liberty y Penta tiene como objetivo beneficiar ambas entidades en los siguientes aspectos: - Se conseguir a una mayor eficiencia en los procesos operativos y de administraci n, as como mayor agilidad en la toma de decisiones, reduciendo significativamente los costos de administraci n. - Se complementar an las carteras de productos y canales de distribuci n de ambas sociedades para consolidar una compa a l der en el mercado de seguros generales. Antecedentes de la Fusi n Son antecedentes de la fusi n los balances de Liberty y de Penta al 30 de septiembre de 2016, debidamente auditados por la empresa de auditor a Ernst & Young Ltda.

5 ; el informe pericial preparado por Deloitte y la propuesta de relaci n de canje de las actuales acciones de Penta por acciones de Liberty que sta sociedad emitir para ser entregadas a los accionistas de Penta, que ser sometida a la decisi n de las respectivas juntas. Modificaciones a los Estatutos de la Sociedad Absorbente Se modificar n los estatutos de Liberty Compa a de Seguros Generales , con el objeto de aumentar su capital social, para reflejar los efectos de la fusi n, en la suma que la Junta acuerde conforme a la relaci n de canje que se apruebe en la misma, modificando el art culo quinto permanente y el art culo transitorio de los mismos. Adicionalmente, la aprobaci n de un texto refundido y actualizado de los estatutos de la Sociedad que incluya los cambios antes indicados, as como cualquier otro que sea necesario para ajustar los mismos a las disposiciones de la ley N sobre Sociedades An nimas y su Reglamento.

6 Modificaciones posteriores a la fecha de cierre del estado financiero proforma post fusi n El d a 27 de septiembre de 2016 se inscribi en el Registro de Valores de la SVS bajo el N la emisi n de acciones de Penta por un monto total de $ , con cargo a un aumento de capital aprobado por Resoluci n N 3052, de fecha 5 de agosto de 2016 de la Estas acciones de pago se ofrecieron a los accionistas de la Sociedad conforme a lo acordado por el Directorio en sesi n de fecha 22 de septiembre del mismo a o. Se deja constancia que, al cierre de los estados financieros proforma post fusi n se han suscrito y pagado los siguientes montos accionarios: Con fecha 6 de octubre de 2016, LMG Chile SPA suscribi y pag acciones por un total de M$ Con fecha 12 de octubre de 2016, don Jorge Nibaldo Bahamonde Avil s suscribi y pag 3 acciones por un total de $ Con fecha 25 de octubre de 2016, don Mario Luis Astudillo N ez suscribi y pag 344.

7 Acciones por un total de $ Y con fecha 7 de noviembre 2016, LMG Chile SPA suscribi y pag acciones por un total de $ Se informar en las respectivas juntas de accionistas que se pronuncien sobre la Fusi n acerca de cualquier otra modificaci n significativa a las cuentas de su activo, pasivo o patrimonio, que hayan tenido lugar con posterioridad a la fecha de cierre del estado de situaci n financiera proforma post Fusi n incluido en el respectivo informe pericial. Relaci n de Canje Se obtuvo Informe Pericial Sobre Valor Econ mico de Entidades Que Se Fusionan . preparado por Deloitte, encargado por los directorios de Liberty y Penta, el cual contiene propuestas de relaci n de canje. La relaci n de canje definitiva, sin embargo, ser aquella que determine y aprueben las respectivas Juntas de Accionistas. Fecha en que la Fusi n surtir efecto La fusi n producir sus efectos conforme a lo establecido en el art culo 158 y 5 inciso segundo del Reglamento de la LSA, esto es, desde la fecha de la respectiva resoluci n que la apruebe, siempre que el certificado especial que la Superintendencia de Valores y Seguros expida acredite tal circunstancia, contenga un extracto de las cl usulas del estatuto social que hayan sido modificadas, y sean oportunamente inscritos y publicados.

8 Efectos de la Fusi n (a) Incorporaci n a Liberty de la totalidad del patrimonio (activos y pasivos) de Penta, sucediendo la primera a la ltima en todos sus derechos y obligaciones. (b) Para los efectos de lo dispuesto en el art culo 69 del C digo Tributario, Liberty, en su calidad de continuadora y sucesora legal de Penta, se constituir en solidariamente responsable y se obligar a pagar todos los impuestos que adeudare o pudiese llegar a adeudar Penta, de conformidad al balance de t rmino que deber . confeccionar en virtud de la disposici n legal citada anteriormente. (c) Penta se disolver de pleno derecho en la fecha en que la Fusi n surta efecto de conformidad a lo indicado en este documento, disoluci n que se producir sin que sea necesaria su liquidaci n toda vez que sus accionistas pasar n a ser accionistas de Liberty.

9 (d) Se modificar n los estatutos de Liberty seg n se se ala en la secci n Modificaciones a los estatutos de la sociedad absorbente de este documento. (e) Una vez que la SVS apruebe y se inscriba y publique el certificado respectivo, el Directorio de Liberty que, proceder a distribuir directamente las nuevas acciones de Liberty entre los accionistas de Penta, en la proporci n correspondiente, conforme a lo establecido en el art culo 99 de la LSA. Asignaci n y canje El Directorio quedar ampliamente facultado por las respectivas Juntas de Accionistas, para disponer la asignaci n, una vez efectuados los tr mites legales correspondientes, de las nuevas acciones provenientes de la fusi n, dando cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que regulan la materia. El canje material se efectuar a partir de la fecha acordada por el Directorio de la sociedad absorbente y ser debidamente informado a los accionistas.

10 A partir de la fecha del canje material, quedar n sin valor y efecto los t tulos de acciones de Penta emitidos a esa fecha, debiendo sus accionistas entregar los t tulos de acciones a Liberty, la que proceder a inutilizarlos. Derecho a retiro De acuerdo con lo dispuesto en el art culo 69 de la LSA, en caso de aprobarse la fusi n por la respectiva Junta Extraordinaria de Accionistas dar a los accionistas disidentes el derecho a retirarse de las sociedades, previo pago por stas del valor de sus Se considera accionista disidente a aquel que en la referida Junta se oponga al acuerdo de fusi n o que, no habiendo concurrido a la Junta manifieste su disidencia por escrito a las sociedades dentro del plazo de 30 d as contados de la fecha de celebraci n de la referida Junta El valor a pagar por sus acciones a los accionistas que ejerzan el derecho a retiro se se alar en la respectiva Junta.


Related search queries