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TEXTO ORDENADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE …

1 TEXTO ORDENADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 659/13 INDICE CAPITULO I - MARCO Y PRINCIPIOS GENERALES Art culos Partes 1 Vigencia del 2 mbito de Aplicaci 3 Personal 4 Declaraci n de 5 Vinculaci n de la totalidad de los 6 CAPITULO II - DE LAS CATEGORIAS Art culos Profesional Farmac 7 Personal en Gesti n de 8 Ayudante en Gesti n de 8 Aprendiz Ayudante .. 8 Personal Asignaci n Especifica(Administrativo /Cajero/ Perfumer a).. 9 Personal Auxiliar Externo e Interno. Cadete.. 10 CAPITULO III - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO Art culos R gimen Especial Aplicable a la Micro Oficina de 11 R gimen de Reemplazo y Coberturas de 12 De las 13 Escala Salarial B 14 Escalaf n por Antig 15 Jornada 16 Jornada 17 2 Jornada a Tiempo 18 Jornada Laboral 19 Jornada Laboral Nocturna en Servicios Extendidos, Voluntarios u 20 CAPITULO IV - CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO Articulo Servicios en Zonas Fr as y/o Desfavorables.

5 TEXTO ORDENADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 659/13 ARTÍCULO 1 - PARTES INTERVINIENTES: En la ciudad autónoma de Buenos Aires a los 14 días del mes de Diciembre de 2.011, Entre la Federación Argentina de Trabajadores de

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  Convenio, Colectivo, Del convenio colectivo de

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1 1 TEXTO ORDENADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 659/13 INDICE CAPITULO I - MARCO Y PRINCIPIOS GENERALES Art culos Partes 1 Vigencia del 2 mbito de Aplicaci 3 Personal 4 Declaraci n de 5 Vinculaci n de la totalidad de los 6 CAPITULO II - DE LAS CATEGORIAS Art culos Profesional Farmac 7 Personal en Gesti n de 8 Ayudante en Gesti n de 8 Aprendiz Ayudante .. 8 Personal Asignaci n Especifica(Administrativo /Cajero/ Perfumer a).. 9 Personal Auxiliar Externo e Interno. Cadete.. 10 CAPITULO III - CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO Art culos R gimen Especial Aplicable a la Micro Oficina de 11 R gimen de Reemplazo y Coberturas de 12 De las 13 Escala Salarial B 14 Escalaf n por Antig 15 Jornada 16 Jornada 17 2 Jornada a Tiempo 18 Jornada Laboral 19 Jornada Laboral Nocturna en Servicios Extendidos, Voluntarios u 20 CAPITULO IV - CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO Articulo Servicios en Zonas Fr as y/o Desfavorables.

2 21 CAPITULO V - ADICIONALES PERMANENTES Art culos Adicional, por Capacitaci n, Actualizaci n 22 Adicional, por Administrativo y/o Perfumer 22 Adicional, por 22 Adicional, por Titulo de 22 Adicional, por uso de motocicleta y/o ciclomotor y/o 22 Adicional 22 Fondo Compensador por Fallo de 23 CAPITULO VI - DE LA NO DISCRIMINACION Articulo R gimen de Trabajo, No Discriminaci n .. 24 CAPITULO VII - DE LAS HORAS SUPLEMENTARIAS. Art culos Horas 25 Diferencias entre Categor 26 CAPITULO VIII - DEL REGIMEN DE LICENCIAS Art culos Licencia Anual 27 Licencias Especiales 28 CAPITULO IX - DE LA PROTECCION DE LA MATERNIDAD Y EL MENOR Art culos 3 Protecci n de la 29 R gimen de Trabajo y Protecci n al 30 Extensi n de la Jornada Laboral del 31 Prohibici n en Trabajo 32 Prestaci n de Servicio en Guardia 33 Pausa para el Almuerzo.

3 Descanso 34 Prohibici n de emplear al Menor en tareas domiciliarias, peligrosas e 35 Licencia Anual 36 CAPITULO X - OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR. Art culos Integridad Psicof sica y Dignidad de los 37 Conservaci n de los elementos de 38 Brindar servicios sanitarios y 38 Provisi n de indumentaria, elementos de seguridad y 39 Certificaci n de la provisi n de la 39 Asignaciones 40 Venta de Mercader 41 CAPITULO XI - DIAS NO LABORABLES REMUNERADOS Art culos Feriados Nacionales, Provinciales y cierres 42 D a del Trabajador de Farmacia (22 de Diciembre).. 42 CAPITULO XII - DE LA REPRESENTACION GREMIAL. PERMISOS. INFORMACION Art culos Representaci n Gremial en los establecimientos de 43 Permisos 44 Cartelera 45 CAPITULO XIII - APORTES Y RETENCIONES OBLIGATORIAS DEL EMPLEADOR Art culos 4 Aporte destinado al fomento de actividades Sociales Culturales y 46 Retenci n de Aportes por 47 Instituto Nac.

4 De Capac. Prof. y Tecnol gica para los Trabajadores de 48 Retenciones, Cuota Sindical, C digo de Descuento, Obra Social del Personal de 49 CAPITULO XIV - CONTRALOR EN LA CAPACITACION Articulo Comit Acad mico de Certificaci n y Revalidaci n .. 50 CAPITULO XV - DE LA INTERPRETACION DEL Articulo Comisi n Paritaria de Interpretaci 51 CAPITULO XVI - DE LA AUTORIDAD DE APLICACION Articulo Autoridad de Aplicaci n.. 52 CAPITULO XVII - DEL COMPROMISO ENTRE LAS PARTES Art culos Comisi n Paritaria. Reuniones trimestrales. Evaluaci n del 53 Encuadramiento en el presente .. 54 Reconversi n de Categor 55 Prohibici n de Recategorizaci 55 Prohibici n de percibir un menor 55 CAPITULO XVIII - DE LOS ACUERDOS SALARIALES Articulo Homologaci n CCT.

5 Acuerdo Salariales vigentes y Finalizaci n de los conceptos no remunerativos, plazos y 56 57 5 TEXTO ORDENADO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 659/13 ART CULO 1 - PARTES INTERVINIENTES: En la ciudad aut noma de Buenos Aires a los 14 d as del mes de Diciembre de , Entre la Federaci n Argentina de Trabajadores de Farmacia en representaci n de los Trabajadores; la Confederaci n Farmac utica Argentina, la Federaci n Argentina de C maras de Farmacia, en representaci n de los Empleadores, de acuerdo con las respectivas personer as de que se hallan investidas, en el mbito territorial de esta Convenci n Colectiva de Trabajo, seg n lo establecido en el art culo tercero (3 ), se reconocen rec procamente como entidades representativas de los trabajadores y de la parte empleadora perteneciente a la actividad de farmacia que se detalla en esta Convenci n, y seg n lo establecido por la legislaci n vigente.

6 Las Partes signatarias se reconocen, como nicos representantes de las entidades de los trabajadores y empleadores de la actividad de farmacia, comprendidos en el mbito de actuaci n del presente CONVENIO COLECTIVO de trabajo, con el sentido y alcance que se desprende de toda la normativa vigente en la materia. ART CULO 2 - VIGENCIA: Esta Convenci n Colectiva de Trabajo se prorroga por dos a os a partir de la firma del mismo, seg n lo acuerdan las partes signatarias del presente CONVENIO , en concordancia con las normas legales vigentes. ART CULO 3 - AMBITO DE APLICACION: Ser el mbito de aplicaci n de la presente Convenci n Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean stas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la Rep blica Argentina, con excepci n de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires, los partidos de San Mart n, Tres de Febrero, Mor n, Ituzaing , Hurlingham, Merlo, Lan s, Avellaneda, San Isidro, San Fernando, Vicente L pez, Lomas de Zamora, Tigre, Moreno, La Matanza, Escobar, Pilar, San Miguel, Malvinas Argentinas.

7 Jos C. Paz de la Provincia de Buenos Aires; toda la Provincia de C rdoba, la Ciudad de Mendoza y en los siguientes departamentos: Godoy Cruz, Las Heras, San Carlos, San Mart n, Guaymall n, Luj n, Maip , Jun n, Rivadavia, Santa Rosa, La Paz, Tunuy n; Tupungato y Lavalle de la Provincia de Mendoza; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San Javier, San Jer nimo, San Mart n y Garay pertenecientes a la Provincia de Santa Fe y al personal comprendido en la resoluci n 480/10 aplicable nicamente de las Farmacias Mutuales y Sindicales de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del Chaco.

8 ART CULO 4 - PERSONAL COMPRENDIDO: La presente Convenci n Colectiva de Trabajo alcanza y es de aplicaci n obligatoria a todo personal con relaci n de dependencia que se 6 desempe e en todas las oficinas farmacias privadas, sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro establecida en el marco de los t rminos del art culo tercero (3 ) del presente CONVENIO COLECTIVO de Trabajo. La Federaci n Argentina de Trabajadores de Farmacias ( ) entregar a su exclusivo cargo a cada trabajador una credencial habilitante como trabajador de la actividad , la cual contendr sus datos personales y la categor a que revista el trabajador de acuerdo al presente CONVENIO , la misma ser identificatoria, personal e intransferible, y deber exhibirla cuando le sea requerida.

9 En caso de p rdida o extrav o deber denunciarlo a la Federaci n Argentina de Trabajadores de Farmacias ( ) a los efectos de su reposici n. El sector Empleador cada vez que incorpore a un trabajador en relaci n de dependencia podr solicitar dentro de los 90 d as de producida dicha incorporaci n, la presentaci n de la credencial habilitante provista por FATFA. El mismo procedimiento se deber realizar con todos los dem s trabajadores que se encuentren actualmente en relaci n de dependencia, en el mismo plazo establecido en el presente, el cual comenzar a regir una vez homologado el presente CONVENIO . ART CULO 5 - DECLARACION DE PRINCIPIOS: Las partes manifiestan su total coincidencia, en funci n a la actividad que desarrollan la farmacias como servicio p blico impropio y primer centro de salud, en mantener un camino conjunto de negociaci n y relaci n estable y arm nica entre ellas, fundada en la convicci n de que mediante el desarrollo de las mismas, se confluir en mejores niveles de servicio y m ximo desarrollo personal y profesional del personal.

10 Para ello, comprometen sus esfuerzos conjuntos, teniendo siempre como principio el di logo constructivo y permanente que permita evitar la posibilidad de conflicto. Las partes coinciden en que es indispensable defender y gestionar en todos los mbitos p blicos y privados que el medicamento es un bien social que debe ser canalizado nicamente a trav s de las oficinas de farmacias y cuya dispensa debe ser exclusivamente realizada por el personal comprendido en este CONVENIO COLECTIVO de Trabajo. Las partes coinciden en que las oficinas de farmacias deben instalarse de un modo racional a fin de garantizar los servicios y defender las fuentes de trabajo. Las partes reconocen la necesidad de las farmacias de obtener condiciones de comercializaci n igualitarias como factor que contribuya al desarrollo de la actividad.


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