Transcription of ARTÍCULO 16. Nadie puede ser molestado en su …
{{id}} {{{paragraph}}}
1 Art culo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastar con que quede constancia de ellos en cualquier medio que d certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este p rrafo. P rrafo reformado DOF 15-09-2017 Toda persona tiene derecho a la protecci n de sus datos personales, al acceso, rectificaci n y cancelaci n de los mismos, as como a manifestar su oposici n, en los t rminos que fije la ley, la cual establecer los supuestos de excepci n a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden p blico, seguridad y s
Por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos
Domain:
Source:
Link to this page:
Please notify us if you found a problem with this document:
{{id}} {{{paragraph}}}