Transcription of CIRCULAR EXTERNA - Supersociedades
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CIRCULAR EXTERNA Se ores MATRICES O CONTROLANTES, REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y REVISORES FISCALES DE SOCIEDADES, SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS Y EMPRESAS UNIPERSONALES INSPECCIONADAS, VIGILADAS O CONTROLADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES O VIGILADAS POR OTRAS SUPERINTENDENCIAS DISTINTAS A LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Referencia: Plan de Normalizaci n del Registro de Situaciones de Control y Grupos Empresariales El art culo 30 de la Ley 222 de 1995 establece la obligaci n para las sociedades controlantes de solicitar la inscripci n de la situaci n de control o de grupo empresarial, dentro de los 30 d as h biles siguientes a su configuraci n o de sus modificaciones1. De acuerdo con lo se alado en el par grafo 1 del art culo 261 del C digo de Comercio, esta obligaci n se hace extensiva a las personas naturales y a las personas jur dicas de naturaleza no societaria que tengan la condici n de matrices o controlantes2.
circular externa señores matrices o controlantes, representantes legales, miembros de junta directiva y revisores fiscales de sociedades, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales inspeccionadas, vigiladas o controladas por la …
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