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SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS SUBDIRECCI N NORMATIVA DEPTO. DE NORMAS INTERNACIONALES MATERIA: ESTABLECE OBLIGACI N DE PRESENTAR ANUALMENTE INFORMACI N SOBRE CUENTAS FINANCIERAS, DE CONFORMIDAD AL ART CULO 62 TER DEL C DIGO TRIBUTARIO. SANTIAGO, 31 de mayo de 2018 Hoy se ha resuelto lo que sigue: RESOLUCI N EX. SII N 48 / VISTOS: Lo dispuesto en el art culo 7 de la Ley Org nica del SERVICIO de IMPUESTOS INTERNOS , contenida en el art culo 1 del N 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; en los art culos 6 letra A), N 1, y 62 ter del C digo Tributario, contenido en el art culo 1 del N 830, de 1974; en el Decreto N 418 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 5 de julio de 2017, que Aprueba Reglamento que Fija las Obligaciones de Identificaci n de Cuentas Financieras ; en la Convenci n sobre asistencia administrativa mutua en Materia Fiscal y en el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el Intercambio Autom tico de Informaci n sobre Cuentas Financieras, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Org nica del SERVICIO de IMPUESTOS INTERNOS y al C digo Tributario, corresponde al Director del mismo interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar rdenes para la aplicaci n y fiscalizaci n de los impuesto
2 comprometió, junto con otras 93 jurisdicciones, a implementar, a través de lo dispuesto en el artículo 6 de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en …
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